Acuerdo de Consejo Regional N.° 009-2026-CR/GOB.REG.TACNA
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 009-2026-CR/GOB.REG.TACNA
Tacna, veintidós de enero de dos mil veintiséis
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Politica del Perú en su artículo 191 establece: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...). La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, (...)”.
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 13 prescribe que: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. (...)”; en tanto que el artículo 39 de la referida norma señala que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (...)”,
Que, la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley N° 30804, en su artículo 2 prescribe: “La mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización”. Asimismo, en su artículo 11 sobre la organización y estructura básica señala: “La mancomunidad regional se organiza de la siguiente manera: a) Asamblea de la Mancomunidad. Está conformada por tres representantes de los consejos regionales de los gobiernos regionales que integran la mancomunidad regional, con facultades normativa y fiscalizadora únicamente en materia de la mancomunidad regional. (...)”.
Que, el Reglamento de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2020-PCM, en su artículo 14 indica: “Son órganos de la mancomunidad regional: a) Asamblea. b) Comité Ejecutivo Mancomunal. c) Dirección Ejecutiva. d) Comité Consultivo”. Asimismo, el artículo 15 precisa: “15.1. Miembros: La asamblea de la mancomunidad regional está conformada por tres consejeros representantes de cada uno de los consejos regionales de los gobiernos regionales integrantes de la mancomunidad regional. Uno de dichos representantes es el consejero delegado de cada consejo regional. La asamblea tiene facultades normativas y fiscalizadoras en los asuntos de la mancomunidad regional. El periodo de funciones de los consejeros regionales en la asamblea de la mancomunidad regional es de un año (...)”.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 011-2019-CR/GOB.REG.TACNA, publicada en el diario oficial “ PRIMERO: APROBAR la constitución de la “MANCOMUNIDAD REGIONAL MACRO
REGIÓN SUR” (...)”.
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N” 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 009-2026-CR/GOB.REG.TACNA
Que, en Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional de Tacna, de fecha 22 de enero de 2026 se trató el punto de agenda el OFICIO MULT. N*002-2026- GRM/CR/AJQR/PA/MRMRS DE FECHA 06 DE ENERO DE 2026, RECEPCIONADO EL 08 DE ENERO DE 2026, PRESENTADO POR EL SR. ALONSO JOANN QUISPE ROMERO, PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL MACRO REGION SUR CON EL ASUNTO SOLICITO ACREDITACIÓN Y/O RATIFICACIÓN DE REPRESENTANTES ANTE LA ASAMBLEA Y ÓRGANOS DE GESTIÓN DE LA MANCOMUNIDAD - EJERCICIO FISCAL 2026. En este punto se procedió a dar cuenta del referido oficio e indicar que la Asamblea de la Mancomunidad Regional está conformada por tres consejeros regionales, quienes representan a cada uno de los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales integrantes de la Mancomunidad, siendo uno de estos representantes el Consejero Delegado o Presidente del Consejo Regional, cargo que para el presente periodo legislativo 2026 corresponde al Consejero Regional Prof. Miguel Angel Sierra Cayo. En este contexto, se procede a solicitar al Pleno del Consejo Regional realicen las respectivas propuestas para los dos representantes adicionales; por lo que, luego de recibidas las mismas y efectuadas las votaciones correspondientes, conforme obra en el respectivo registro audiovisual, fueron elegidos los consejeros regionales Sr. Oswaldo Téllez Paco y Sr, Juan Velasquez Limache.
Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la presente fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a los representantes del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna ante la Asamblea de la “Mancomunidad Regional Macro Región Sur” de acuerdo al siguiente detalle:
1.1. Miembro: Prof. Miguel Ángel Sierra Cayo, Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna.
1.2. Miembro: Sr. Oswaldo Téllez Paco, Consejero Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna.
1.3. Miembro: Sr. Juan Velasquez Limache, Consejero Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna.
ARTÍCULO SEGUNDO: PONER en conocimiento del Presidente de la Asamblea de la “Mancomunidad Regional Macro Región Sur” y del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna el presente Acuerdo de Consejo Regional.
ARTÍCULO TERCERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
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GOBIERNO REGIONAL DE TACNA CONSEJO REGIONAL
LEY N° 27867
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 009-2026-CR/GOB.REG.TACNA
ARTÍCULO CUARTO: DIFUNDIR el contenido del presente acuerdo en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
POR TANTO:
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regiontacna/normas-legales/7765470-009-2026-cr-gob-reg-tacna PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9485187/7765470-acuerdo-n-009-2026.pdf