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001-2023-GR-GOB-REG-TACNA Regional Decree Tacna In force

Decreto Regional N.° 001-2023-GR/GOB.REG.TACNA

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N° 00] -2023-GR/GOB.REG.TACNA

FECHA, 21 ABR 203

VISTOS:

El Oficio N° 116-2022-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN, Informe N° 00253-2022- MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, Oficio N° 2560-2022-SGPLEGTGRPPAT/GOB.REG.TACNA, Informe N° 07-2022-HHH-SGPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, Informe N° 112-2022-GRRNyGA-GOB.REG.TACNA, el Oficio N° 848-2023-SGPLEGTGRPPAT/GOB.REG.TACNA, Informe N° 068-2023-GRPPAT-SGPLEGT/GOB.REG.TACNA, Informe N® 06-223-HHH-SGPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA asi como la Opinión Legal N° 508-2023- GRAJ/GOB.REG.TACNA del 13 de abril del 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia...”, norma concordante con el Artículo 191° de la Constitución Politica del Perú.

Que; de acuerdo con lo señalado en el inciso a) del artículo 53 de la mencionada Ley, ‘los gobiernos regionales tienen como función formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales.”

Que, el artículo 20° de la Ley No 28611 - Ley General del Ambiente, establece que la planificación y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible.

Que, con la Resolución Ministerial N° 026-2010-MINAM, se aprobaron los “Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial" el cual define el Ordenamiento Territorial como una política de estado, un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos. Asimismo, hace posible el desarrollo integral de la persona como garantía para una adecuada calidad de vida.

Que, asimismo, con la Resolución Ministerial N* 173-2016-MINAM se aprobó las “Pautas Generales para la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial, a través del cual, define: “el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) es un instrumento de planificación y gestión del territorio, que promueve y regula los procesos de organización y gestión sostenible del mismo, articulados a los planes ambientales, de desarrollo económico social, cultural y otras políticas de desarrollo vigentes en el pals. El POT, es un instrumento dinámico, participativo y se construye sobre la base del Diagnóstico Integrado del Territorio.”; añadido a ello, el Plan de Ordenamiento Territorial de nivel regional, conforme a la normativa vigente deberá considerar las políticas sectoriales nacionales en su elaboración, Así el POT, vincula al proceso de ordenamiento territorial con otros planes e instrumentos relacionados a la gestión del territorio y del desarrollo, los cuales son abordados por otros sectores y niveles de gobierno en el marco de sus competencias y funciones.

Que, a través del Oficio N° 116-2022-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales DGOTGIRN; remite el Informe N° 00253-2022-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN con la revisión a la propuesta de reglamento y se concluye que el Gobierno Regional de Tacna ha incorporado los comentarios y recomendaciones formuladas por la DGOTGIRN cuyo detalle se encuentra contenido en el referido informe.

N° 00] -2023-GR/GOB.REG.TACNA

FECHA, 2 1 ABR 2003

Que, con la Ordenanza Regional N° 028-2021-CR/GOB.REG.TACNA publicada el 10 de febrero del 2022 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento (POT), por lo que corresponde desarrollar la etapa de implementación del indicado plan, conforme lo establecido en la Resolución Ministerial N* 098-2016-MINAM. Asimismo, a través del Artículo Cuarto del mismo dispone que sea reglamentada mediante Decreto Regional en un plazo no mayor de 30 días desde la entrada en vigencia encargando su elaboración a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Tacna.

Que, a través del Informe N° 07-2022-HHH-SGPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA elaborado por el Ing Hernán Hurtado Hurtado de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gestión del Territorio, se emite opinión técnica a la propuesta del Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna, habiéndose efectuado observaciones; por lo que se recomienda ceñirse a los criterios básicos establecidos en la Guía Técnica Legislativa para la elaboración de proyectos normativos de las entidades del Poder Ejecutivo.

Que, mediante Informe N° 112-2022-GRRNyGA-GOB.REG.TACNA el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental presenta ante la Gerencia General Regional, la propuesta del Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna que incluye las recomendaciones efectuadas por la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gestión del Territorio, por lo que solicita sea aprobado con el acto administrativo correspondiente.

Que, mediante Oficio N° 270-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica solicita ampliación de opinión técnica de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gestión del Territorio sobre las observaciones y recomendaciones efectuadas en el Informe N*07-2022-HHH-SGOPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA.

Que, con el Oficio N* 848-2023-SGPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se remiten los Informes N° 068-2023-GRPPAT-SGPLEGT/GOB.REG.TACNA e Informe N° 06-223-HHH-SGPLEGTGRPPAT/GOB.REG.TACNA de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gestión del Territorio, con los cuales amplía su opinión técnica sobre la propuesta del Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna, el cual, según el Informe N° 06-223- HHH-SGPLEGT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, se ha fortalecido con las incorporaciones de las recomendaciones sugeridas en el Informe N*07-2022-HHH-SGOPLEGTGRPPAT/GOB.REG.TACNA y se ratifica en su contenido, en todos sus extremos.

Que, la implementación del ordenamiento territorial corresponde a los niveles de gobierno nacional, regional y local en el marco de sus competencias, para lo cual deberán considerar la información generada en los instrumentos técnicos sustentatorios (Zonificación Ecológica Económica (ZEE); los Estudios Especializados (EE); el Diagnóstico Integrado del Territorio (DIT) y el Plan de Ordenamiento Territorial (POT); definiendo estrategias y mecanismos para su adecuada incorporación en los diferentes procesos de desarrollo e instrumentos de gestión. Que, el ordenamiento territorial se concreta una vez que se implementan y ejecutan las acciones que correspondan a partir del Plan de Ordenamiento Territorial

Que, la implementación del Plan de Ordenamiento Territorial requiere de una eficiente capacidad institucional que permita el desarrollo del proceso de manera permanente, fortaleciendo la gobernanza, fomentando la participación equitativa de diferentes actores orientada a armonizar políticas, planes, programas, procesos instrumentos y mecanismos que garanticen el desarrollo sostenible.

Que, el mencionado Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna, tiene por objetivo regular la organización y el funcionamiento integral de la entidad, estableciendo las tareas, responsabilidades y derechos a fin de promover una convivencia democrática, cuya finalidad es promover y orientar los procesos de organización y gestión sostenible del territorio según lo establecido en el POT, cuyo uso y aplicabilidad serán de cumplimiento por el

ga

ae ez Deoneto Regional

N° 00 7 -2023-GR/GOB.REG.TACNA

FecHa, 2 | ABR 2003 Gobierno Regional de Tacna, los gobiernos locales, los sectores y las entidades de administración involucradas, quienes adecuaran sus acciones orientadoras sobre el uso y ocupación del territorio en el departamento de Tacna en concordancia al Plan de Ordenamiento Territorial aprobado y a sus competencias según la legislación vigente.

Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 21 literal d) señala que es atribución del Gobernador Regional dictar Decretos y Resoluciones regionales. En tanto que el artículo 40 prescribe que “Los Decretos regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobemación Regional con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales.”

Que, estando a la Opinión Legal N° 508-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N* 27867 - Ley Orgánica de Gobiemos Regionales y sus modificatorias la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y la Ordenanza Regional N° 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna; con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Gerencias Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna.

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA - POT, el mismo que consta

de IX Títulos, 27 artículos y siete Disposiciones Complementarias; y como Anexo forma parte del presente Decreto Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a partir de la publicación del presente Decreto Regional se encargue de la implementación del mismo.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional se encargue de la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE con el presente Decreto Regional a los demás órganos competentes del Gobiemo Regional de Tacna.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.

TORRES ROBLEDO IADOR REGIONAL

REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA

PROYECTO: "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE GESTIÓN TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA”

pos TIN

TERRITORIAL

CCTUBRE CE 2022

DEPARTAMENTO DE TACNA Tecna - Pera

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial de! Departamento de Tacna SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DETACNA Gobernador Regional de Tacna

Ing. Juan Tonconi Quispe

Vice Gobernador Regional de Tacna

Mag. Magda Portugal Copaja

Consejeros Regionales

Prof. Luz Delia Huancapaza Cora

ing. Edilberto Artemio Parihuana Mamani Ing. Alberto Avelino García Levano Prof. Dany Luz Salas Rios Ing. Jesús Chambi Flores Ing. iván Jhony Copaja Aguilar Prof. Arnold Elvis Condori Cutipa Bach. Econ. José Luis Antonio Mátaga Cutipe

Prof. Mario Genaro Copa Conde

Gerente General Regional Abg. Luis Alberto Valdivia Salazar

Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental

Blgo. Marco Navarro Guzmán

Jefe de Proyecto

Arg, Leonidas Layme Mamani

Equipo Técnico del Proyecto

Arq. Albert Achiri Melchor

Abog. Lizaid Tolenttini Sánchez Abog. Flor de María de la Cruz Calderón Blga. Mónica Aguirre Quispe

Artículo 15.-De la sede del Gobierno Regional de Tacna..

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

Cuarto. Medios de Acceso a la Información del Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

Quinto. Planificación Orientada al Ordenamiento Territorial - OT.

Sexto. — Vigencia.

Séptimo. De la Aprobación y Actualización. ..

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

TITULO [ DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- — Objetivo del Reglamento interno.

Regular la organización y el funcionamiento integral de la entidad, estableciendo las tareas,

responsabilidades y derechos a fin de promover una convivencia democrática.

Artículo 2.- Objetivo del Reglamento interno det Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

Reglamentar el Plan Ordenamiento Territorial - POT det Departamento de Tacna; Aprobado con Ordenanza Regional N028-2021-CR/GOB.REG.TACNA; siendo un instrumento de planificación que facilite la vinculación del proceso de ordenamiento territorial con otros planes e instrumentos relacionados a fa gestión del territorio y del desarrollo; el cual está enmarcado en la Política de Estado N34 sobre Ordenamiento y Gestión Territorial, para lo cual plantea un conjunto de directrices orientadas a la ocupación ordenada y uso sostenible territorio, en función a las categorías de uso del territorio de la ZEE que considera criterios ambientales, socioculturales, económicas y de seguridad física, y en función a las variables estratégicas priorizadas del DIT que permiten revertir los principales problemas territoriales y concretar el

modelo deseado del territorio, en concordancia con la visión concertada de desarrollo con los

diferentes niveles de gobierno según las competencias y funciones correspondientes, articulándose con otros instrumentos de OT abordados por otros sectores y considerando la

normatividad legal vigente.

Artículo 3.- Finalidad del Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

El presente Reglamento Interno tiene la siguiente finalidad:

  1. Promover y orientar los procesos de organización y gestión sostenible de! territorio, según io establecido en el POT, cuyo uso y aplicabilidad serán de cumplimiento por ef Gobierk Regional de Tacna, los Gobiernos Locales, los sectores y las entidades de administración involucradas, quienes adecuaran sus acciones orientadoras sobre el uso y ocupación del territorio en el Departamento de Tacna, en concordancia al Plan de Ordenamiento Territorial aprobado y a sus competencias según la legislación vigente.

  2. Promover y orientar el desarrollo de acciones que la impulsen la adecuada localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, comunidades campesinas, de las

inversiones públicas y privadas de aicance regional, de las actividades económicas, sociales y

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territoriai del Departamento de Tacna

CONTENIDO TITULO 1

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Objetivo del Reglamento Interno.

Artículo 2.- Objetivo del Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial - POT. ..

Artículo 3.- Finalidad del Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

Artículo 4.- Ámbito de Aplicación del Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento

Territorial- PO'

Artículo 5.- Alcances.

Artículo 6.- Base legal...

Articulo 7.- Definiciones...

TITULO 1

LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA.

Artículo 8.- Principios.

Artículo 9.- De los Lineamientos de Politica para el Ordenamiento Territorial - OT. TITULO IT DEL USO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA

Artículo 10.-Usos del Plan de Ordenamiento Territorial - POT...

Artículo 11.-Validez de los Actos Administrativos. ..

Artículo 12.-Solución de Conflictos. ...

TITULO IV

(CHIR: MELCHOR

DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL... .ss.s00+e

Artículo 13.-Consideraciones Previas para la implementación det Plan de Ordenamiento

Territorial - POT a Nivel Regional. ..

Artículo 14.-De la Implementación del Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

Artículo 15.-De la sede del Gobierno Regional de Tacna..

Artículo 16.-Competencias de la sede del Gobierno Regional de Tacna en la Implementación

del Plan de Ordenamiento Territorial - POT.

Pity | EE Regiamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna *

el desarrollo físico espacial del territorio en el Departamento de Tacna, en concordancia al Plan de Ordenamiento Territorial aprobado y a sus competencias según la legislación vigente, en concordancia con las políticas nacionales correspondientes, y en coordinación con las entidades competentes así como los gobiernos locales.

  1. Impulsar el Ordenamiento Territorial como base de todo proceso de planificación multisectorial en los diferentes niveles de gobiernos que coadyuven al desarrollo de la inversión pública y privada en los ámbitos urbanos y rurales que son inherentes en el Departamento de Tacna; y a la ocupación y uso planificado del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población.

  2. Promover y orientar el adecuado ordenamiento de actividades configuradoras del espacio que se desarrollan por los grupos humanos considerando las estrategias regionales respecto a la conservación y al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en los diferentes niveles de gobierno regional y local, de acuerdo a sus competencias y funciones dentro del

marco de las políticas nacionales y estrategias nacionales respectivas.

Artículo 4.- Ámbito de Aplicación del Reglamento interno del Plan de Ordenamiento

Territorial- POT.

El presente Reglamento Interno es de aplicación para quienes planifiquen o desarrollen procesos de ocupación y usos del territorio, en sus diversas modalidades en el ámbito del Departamento ¿£) de Tacna, cuyas intervenciones son de carácter público o privado, así como para la sede del Gobierno Regional de Tacna, Las Municipalidades provinciales y las entidades de administración \ .

publica.

Prioritariamente es de aplicabilidad en la formulación de planes territoriales para una adecuada

distribución territorial equilibrada y segura de la población y de los servicios públicos. Asimismo,

ACHARI MELCHOR

es aplicado en la formutación de políticas y estrategias de planificación regional orientada a:

  1. Recuperar las áreas identificadas donde se manifiesten conflictos de uso de la tierra por sobre uso y sub uso, donde se generan serios problemas de degradación de los suelos y perdida de la biodiversidad.

  2. Promover la gestión de conflictos en las áreas identificadas donde se manifiesten conflictos por derecho de uso, donde las áreas de derecho de uso extractivo como concesiones mineras

se sobreponen a fas superficies que ocupan las comunidades campesinas, las áreas de

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna 9

protección de recursos naturales y del patrimonio cultural, de acuerdo al marco normativo correspondiente,

  1. Promover un desarrollo del territorio con un enfoque de cuencas hidrográficas y revalorar los víncutos de las zonas rurales con las zonas urbanas.

  2. Consecuentemente toda intervención sobre el territorio dentro del Departamento de Tacna debe ser concordante con el Plan de Ordenamiento Territorial de nivel regional que elabora la sede del Gobierno Regional de Tacna, así como con los planes y políticas nacionales

correspondientes.

Artículo 5.- — Alcances.

  • Resolución Ministerial N*173-2016-MINAM, Aprueba las "Pautas generales para fa elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial”.
  • Ley N°30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y

permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.

Artículo 6- Base legal.

Dei Gobierno Nacional.

  • Constitución Politica del Perú de 1993, Artículos 66°, 67” y 68°, señalan que los recursos 48 naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la nación (...). Asimismo, el arica .
  • Trigésimo Cuarta Política de Estado en Ordenamiento y Gestión Territorial del Acuerdo Nacional.

  • Ley N227972, Ley Orgánica de Municipales.

© Ley N228245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

  • Ley N227446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del impacto Ambiental.

  • Ley N227308, Ley General de Forestal y Fauna Silvestre.

  • Ley N226834, Ley Áreas Naturales Protegidas.

  • Ley N226836, Ley Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.

  • Ley N227293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.

  • Ley N226856, Declaran que las playas del litoral son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles y establecen zona de dominio marítimo restringido.

  • Ley N?28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

  • Ley N229338, Ley de los Recursos Hídricos.

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

  • Ley N229664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres — SINAGERD Orgánica de Municipales.

« Ley N*31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible

  • D.L. N*1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

  • DS. N*045-2001-PCM, Declara de interés nacional el Ordenamiento Territorial Ambiental Y constitúyase la Comisión Nacional para el ordenamiento territorial ambiental.

  • D.S. N*023-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030.
  • D.S. N2008-2005-PCM, Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental,
  • D.S. N2012-2022-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030.

  • R.D. N2005-2006-EF — 68.01, Pautas para la elaboración de estudios de pre-inversion de Proyectos de inversión Pública de desarrollo de capacidades para Ordenamiento Territorial.

  • DS. N2095-2022-PCM, Aprueban el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050.

  • R.D. N2007-2013-EF — 63.01, Lineamientos para ia Formulación de Proyectos de inversión Pública en materia de Ordenamiento Territorial.

  • R.M. N2189-2012-PCM, Comisión Multisectorial: Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental.

  • Ley N°26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible De Los Recursos Naturales.

  • Ley N°27783, Ley de Bases para la Descentralización.

» Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

  • Decreto Supremo N*087-2004-PCM, Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE).
  • Ley N*28611, Ley General del Ambiente.

  • Ley N°30230, Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación De Procedimient

Permisos Para La Promoción Y Dinamización De La Inversión En El País.

  • Decreto de Consejo N°010-2006-CONAM/CD, Aprobación de la Directiva Metodología para la Zonificación Ecológica y Económica. A
  • Decreto Legislativo N*1013, Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. « Resolución Ministerial N°026-2010-MINAM, Aprueba los Lineamientos de Política para el

Ordenamiento Territorial.

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

Phy | ii

Resolución Ministerial N°135-2013-MINAM, Aprueba la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Sustenta torios para el Ordenamiento Territorial. Resolución Ministerial N*159-2015-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico Y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Análisis de Capacidad Institucional.

Resolución Ministerial N*136-2015-MINAM, Aprueba el Procedi

iento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Normatividad y Políticas

con Incidencia Territorial, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Resolución Ministerial N°311-2015-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico y Metodológico para ta Elaboración del Estudio Especializado de Servicios Ecosistémicas para el Ordenamiento Territorial.

Resolución Ministerlal N°O81-2016-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Análisis de Cambios de la Cobertura y Uso de la Tierra.

Resolución Ministerial N*156-2016-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Dinámica Económica

Regional.

Resolución Ministerial N*147-2016-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Ecosistemas y Hábitat Marino, Costero.

Resolución Ministerial N”008-2016-MINAM, Aprueba el Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Evaluación de Riesgos de Desastres y Vulnerabilidad al Cambio Climático.

Resolución Ministerial N°172-2016-MINAM, Aprueba las Pautas Generales Para La

Elaboración del Diagnóstico Integrado del Territorio. Resolución Ministerial N*173-2016-MINAM, Aprueba las Pautas Generales Pard La

Elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial.

ARQUITECTO

Resolución Ministerial N*098-2016-MINAM, Aprueba los Lineamientos Estratégicos y

Disposiciones Complementarias para la Conducción del Proceso de Ordenamiento Territorial, y Él Resolución Ministerial N*167-2021-MINAN, Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de <Q Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

Decreto Supremo N*022-2021-MINAM, Aprueba la sección primera del Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

Reglamento interno del Pian de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

  • Decreto Supremo N*016-2021-MINAM, Aprueba las Disposiciones para la Gestión de la E

coeficiencia en las Entidades de la Administración Publica.

Del Gobierno Regional de Tacna.

La sede del Gobierno Regional de Tacna en relación con el marco legal con incidencia territorial

ha emitido los siguientes instrumentos legales:

  • Ordenanza Regional N“016-2012-CR/GOB.REG.TACNA, modificado con Ordenanza Regional N°018-2013-CR/GOB.REG.TACNA; Aprueba la Zonificación Ecológica Económica (ZEE) de la Región Tacna.
  • Ordenanza Regional N°021-2014-CR/GOB.REG.TACNA, Aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC - Tacna hacia el 2023.

  • Ordenanza Regional N°006-2017-CR/GOB.REG.TACNA, Declara de Interés Público Regional La Elaboración Y Aplicación De La Zonificación Y Ordenamiento Forestal En El Departamento de Tacna.

» Ordenanza Regional N°016-2018-CR/GOB.REG.TACNA, Declara De Interés Regional Prioritario, La Implementación Del Manejo Integrado de las Zonas Marino Costeras en el ámbito del Gobierno Regional de Tacna.

  • Directiva General Regional N*001-2021-SGMI-GRPPAT-GGR/GOB,REG.TACNA, Normas Para La Utilización De Sellos, Siglas, Nomenclaturas Y Generación De Documentos Oficiales En

Sede Regional; Disposiciones Generales 6.15.

  • Ordenanza Regional N°012-2021-CR/GOB.REG.TACNA Modifican el artículo cuarto de la

Ordenanza Regional N°016-2006-CR/GOB.REG.TACNA, de la Comisión Técnica Regional el cual tendrá las siguientes funciones: (...).

  • Ordenanza Regional N“027-2021-CR/GOB.REG.TACNA; Aprueban el Reglamento de Aplicación de la Zonificación Ecológica — ZEE del Departamento de Tacna.

« Ordenanza Regional N°028-2021-CR/GOB.REG.TACNA; Aprueban el Plan de Ordena:

Territorial — POT del Departamento de Tacna.

De los Gobiernos Locales de Tacna.

  • Los Gobiernos Locales, en materia de Ordenamiento Territorial, tienen como función específica, planificar integralmente el desarrollo local y el Ordenamiento Territorial, en el nivel provincial; conforme a lo establecido en el numeral a) del artículo 73° de la Ley N°27972,

Ley Orgánica de Municipalidades.

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna?

  • En base al Decreto Supremo N“022-2016-VIVIENDA; Aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano Sostenible, en su Capitulo Ii, numeral 15.1 del Artículo 15°, menciona que, en el ámbito provincial, el Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT), debe ser concordante con el Plan de Ordenamiento Territorial Regional.

Artículo 7.- — Definiciones.

Para los efectos del presente Reglamento interno, se entenderá por:

» Acondicionamiento Territorial (AT), ~ Comprende el proceso de organizar el espacio, las actividades, recursos naturales e intervenciones en el territorio, en armonía con las actividades económicas de la ciudadanía, el ambiente, cultura e historia; a través del conjunto de políticas, planes y acciones político-administrativas llevadas a cabo por los Gobiernos Regionales y Locales, que definen el manejo, ocupación y transformación del territorio de su jurisdicción. Fuente: Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, Ley N231313.

  • Área Rural. - Territorio no habilitado para uso urbano de la superficie terrestre que está fuera de fos límites urbanos o de expansión urbana. Son áreas en su mayor parte no urbanizadas o destinadas a la limitación del crecimiento urbano, utilizadas para actividades agropecuarias,

agroindustriales, extractivas, de silvicultura y de conservación ambiental. Fuente: Manual

para la elaboración de los Planes de Acondicionamiento Territorial en el Marco de la reconstrucción con cambios.

  • Área Urbana. - Área ubicada dentro de una jurisdicción municipal destinada a usos urbanos, Está constituida por áreas ocupadas con usos, actividades, servicios o instalaciones urbanas; Y así como por áreas ocupadas con proceso de urbanización incompleto; Se incluye igualmente

dentro de esta clasificación a las islas rústicas. Fuente: Manual para la elaboración de los

Planes de Acondicionamiento Territorial en el Marco de la reconstrucción con cambios. 3

  • Centro Poblado (CP). — Lugar en el territorio nacional con toponimia propia e identificable E 23 donde habita una población con vocación de permanencia, con viviendas agrupadas de forrha ees contigua y con un patrón determinado. Fuente: Decreto Supremo N°012-2022-VIVIENDA ES

Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible.

  • Centro Poblado Rural (CPR). - Lugar que tiene 2500 o menos viviendas agrupadas contiguamente o que se encuentran dispersas o diseminadas sin formar bloques o núcleos. Fuente: Manual para la elaboración de los Planes de Acondicionamiento Territorial en el

Marco de la reconstrucción con cambios.

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

Lo oa EEE

AS

Centro Poblado Urbano. - Lugar que tiene más de 2500 viviendas agrupadas contiguamente, formando manzanas y calles, por lo general, están conformados por uno e más núcleos urbanos. Fuente: Manual para la elaboración de los Planes de Acond ionamiento Territorial en el Marco de la reconstrucción con cambios.

Cuenca Hidrográfica. - Constituye la unidad física básica y general de planificación y ordenamiento en materia de conservación, uso de suelos, aguas continentales y diversidad biológica. En base al Decreto Supremo N°068-2001-PCM - Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.

Desarrollo Territorial. - Es el proceso de acrecentar o dar impulso a las capacidades de un territorio y transformar su estructura en forma positiva. Protección de los recursos naturales y humanos de un territorio determinado, para hacerlos disponibles a la economía y al uso social, a través de fa gestión administrativa, la inversión económica, los mecanismos regulatorios o los incentivos. En base al Ministerio Público y Fomento-Argentina (2003). Desarrollo Sostenible, - Proceso de transformación natural, económico social, cultural e institucional que tiene por objeto asegurar el mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano, la producción de bienes y prestación de servicios sin deteriorar el ambiente natural ni comprometer las bases de un desarrollo similar para las futuras generaciones. Fuente: Decreto Supremo N°048-2011-PCM Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley N°29664 Ley que Crea el Sistema Nacional de Gestión de Desastres (SINAGERD). Diagnostico integrado del Territorio (EE). - El DIT es un instrumento técnico que integra y analiza la información generada en la ZEE y los EE, permitiendo completar el conocimiento de las condiciones y características ambientales y sociales, así como de la dinámica y tendencias de crecimiento económico de un determinado ámbito geográfico, y de sus implicancias en los ecosistemas, El DIT aporta información sobre las variables clave o

aspectos más importantes que determinan la ocupación del territorio, sustentadas en |:

características biofísicas, sociales, económicas, culturales, funcionales, institucionales,

EVA e CARA MELCOR

ARQÁNTECT

políticas del territorio; estableciendo el conjunto de condiciones favorables y desfavorabl en las que se encuentra; y que servirán de insumo para la elaboración det POT. Fuente: Guía metodológica para la elaboración de los instrumentos técnicos sustentatorios para el

ordenamiento territorial, según Resolución Ministerial N2135-2013-MINAM.

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Directrices para el Ordenamiento Territorial. - Son el conjunto de pautas que orientan la ocupación y el uso sostenible del territorio que han sido formuladas a escala departamental y que consideran las normas nacionales pertinentes en su elaboración. Las directrices

permitirán contribuir a revertir los principales problemas territoriales identificados ya

Regismento intemo del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna asegurar el desarrollo del modelo deseado de! territorio logrando el equilibrio, la equidad y sostenibilidad del mismo. En base al concepto de directrices del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (2017) del Gobierno de Mendoza.

  • Enfoque Territorial. - Se entiende como una noción conceptual e instrumental que reconoce las características y particularidades del territorio para impulsar el desarrollo, y al territorio como unidad, tanto para la observación y la actuación, así como para la gestión y planificación estatal. Este enfoque plantea una mirada multidimensional del desarrollo que incluye el desarrollo humano, el desarrollo social e institucional, el desarrollo ambiental y el desarrollo económico. Fuente: Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado, aprobado con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N200028-2021/CEPLAN/PCD.

  • Esquema de Acondicionamiento Urbano (EU). - Producto del proceso a cargo de las municipalidades, que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo urbano y/o rural sostenibie, y dirige y promueve el desarrollo de la inversión pública y privada en los continuos poblados categorizados como villa, pueblo y caserío, conforme a la categorización establecida en el SICCEP. Fuente: Decreto Supremo N°012-2022-VIVIENDA - Reglamento de

Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible.

e Estudios Especializados (€E). - Los EE, son los instrumentos técnicos de carácter estratégico, que enfatizan el análisis de las dinámicas, relaciones y funcionalidad que se evidencian en el territorio bajo estudio y su articulación con otros territorios. Responden a la necesidad de conocer la relación de las sociedades con su medio natural, evolución, situación actual y LE

proyección, permitiendo articular ia gestión y ocupación del territorio en concordancia conf

sus características naturales, necesidades y desarrollo económico, Se priorizan a partir de la y SP información generada en la ZEE, el contexto geográfico, el rol y las dinámicas territoriales, ) sociales, económicas, ambientales, de cada ámbito de intervención, Fuente: Guía metodológica para la elaboración de los instrumentos técnicos sustentatorios para el

isteria! N%135-2013-MINAM.

ordenamiento territorial, según Resolución Mi

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AITEGTO MIST

  • Gestión del Territorio. - Es el Proceso De Articulación De Políticas Nacionales, bajo'

enfoque territorial, con la finalidad de garantizar el desarrollo integral de la persona humana»

AR

teniendo en cuenta aspectos sociales, económicos, culturales y ambientales. En ese sentido, 4 la gestión del territorio toma muy en cuenta el Ordenamiento Territorial, así como también S otros aspectos relacionados al territorio bajo un marco de gobernanza, una visión de desarrollo y fos mecanismos financieros que hacen estas entidades. En base a las

Orientaciones básicas sobre el Ordenamiento Territorial en el Perú —MINAM (2015).

Reglamento Interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

« Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial. - Son instrucciones que orientan la toma de decisiones en el marco del ordenamiento territorial y que facilitan la aplicación y el desarrollo de las directrices para el ordenamiento territorial. En base a los conceptos de lineamientos del Plan Provincial de Ordenamiento Territorial (2017) del Gobierno de Mendoza y el Plan de Ordenamiento Departamental (2018) de la Gobernación de Antioquia = Universidad Nacional de Colombia,

  • Ocupación del Territorio. - Es el proceso de posesión del espacio físico con carácter de permanente, por parte de la sociedad. Tiene relación con dos aspectos: Que la población ocupa el territorio por medio de sus organizaciones económicas, culturales, etc., es decir como sociedad y que la ocupación tiene sentido económico y residencial, que se sustenta en el valor de uso que la sociedad asigna a los recursos naturales con fines de producción o residencia. Fuente: Decreto Supremo N*068-2001-PCM -Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica.

  • Ordenamiento Territorial (OT). - Es una política de Estado, un proceso técnico administrativo de toma decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo de los asentamientos humanos. Fuente:

Resolución Ministerial N° 026-2010-MINAM — Lineamientos de política para el ordenamiento

territorial.

  • Ordenamiento Territorial Ambiental (OTA). - El ordenamiento territorial ambiental es ung? instrumento que forma parte de la política de ordenamiento territorial. Es un proceso técnico ¥ político orientado a la definición de criterias e indicadores ambientales que condicionan la asignación de usos territoriales y la ocupación ordenada del territorio. Fuente: Ley N° 28611, Ley General del Ambiente.

  • Planificación Territorial (PT). - Son los procesos progresivos orientados a la asignación de

usos territoriales, sobre la base de diferentes alternativas aplicables a un territorio

determinado. Fuente: Resolución Ministerial N° 026 -2010-MINAM — Lineamientos Y

WARCALO ACARI MELCHOR

Política Para El Ordenamiento Territorial,

  • Plan de Ordenamiento Territorial (POT). - Es un instrumento de planificación y gestión del El

territorio, que promueve y regula los procesos de organización y gestión sostenible del YD

mismo, articulados a los planes ambientales, de desarrollo económico social, cultural y otras

políticas de desarrollo vigentes en el país. El POT se rige por los principios básicos del

ordenamiento territorial y se constituye como un instrumento que orienta el desarrollo

regional y local, sobre la base del conocimiento de las aptitudes y oportunidades que ofrece

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna el territorio definidas por fas condiciones y características sub sistema del medio físico natural y del sub sistema de! medio construido. Fuente: Pautas Generales para la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2016- MINAM.

  • Plan de Desarrollo Regional Concertado — PDRC. - Es el instrumento de gestión del Estado del planeamiento estratégico de mediano y largo plazo que orlenta el desarrollo integral y sostenible de un territorio, buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, y promoviendo sinergias con el sector privado y la sociedad civil a nivel departamental, a fin de alcanzar el futuro deseado para el territorio. El PORC se elabora en base a los aportes de los actores en el territorio, siendo así un instrumento de carácter participativo y concertado. Fuente: Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado, aprobado con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N200028-2021/CEPLAN/PCD.
  • Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT). -Producto del proceso a cargo de la municipalidad provincial que orienta y regula la organización flsico-espactal del territorio de una provincia, cuenca o litoral; a fin de lograr una adecuada ocupación del territorio mediante el aprovechamiento sostenible de los recursos, así como la conservación, protección y patrimonio natural y cultural. Establece la categoría, rango jerárquico, y rol y caracterización de las ciudades y los centros poblados, orientado y promoviendo la inversión en los ámbitos urbano y rural del ámbito de intervención; y la ocupación y uso planificado $ del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población"

urbana y rural. Fuente: Decreto Supremo N*012-2022-VIVIENDA - Reglamento de

Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible,

  • Plan de Desarrollo Urbano (PDU). - Producto del proceso a cargo de las municipalidades, que

orienta y regula el proceso de planificación y el desarrollo urbano sostenible, y dirige y

promueve el desarrollo de la inversión pública y privada en las cludades mayo intermedias y menores conforme a la categorización establecida en el SICCEP. Fue: Decreto Supremo N°012-2022-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible. Ed

  • Suelo. — Es el espacio físico en donde se producen las actividades que la ciudadanía lleva a et cabo, en búsqueda de su desarrollo integral sostenible y en el que se materializan las decisiones y estrategias territoriales, de acuerdo con las dimensiones sociales, económica, cultural y ambiental. Fuente: Fuente: Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, Ley N931313.
  • Suelo Rural. - Son las áreas destinadas, principalmente, a actividades agro-productivas,

extractivas o forestales. Su clasificación y aprovechamiento se ajusta a la regulación

Reglamento Interno del Ptan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna establecida por la autoridad competente y la normativa de la materia, Fuente: Ley N°31313 — Ley de Desarrollo Urbano Sostenible.

« Suelo Urbano Consolidado. - Son las áreas urbanas que predominantemente poseen adecuada dotación de servicios, equipamientos, infraestructuras y espacio público, necesarios para un nivel de vida de calidad y sobre las que se requieren acciones de

mantenimiento y gestión. Fuente: Ley N°31313 — Ley De Desarrollo Urbano Sostenible.

  • Territorio. - Para estos efectos entendemos el territorio come el suelo, subsuelo, dominio marítimo (200 millas) y el espacio aéreo que los cubre, donde el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, Fuente: Constitución Política del Perú 1993.

  • Uso del Suelo, — Es el destino asignado al suelo de conformidad con las actividades urbanas predominantes que se puedan desarrollar en una determinada zona en concordancia con la clasificación y la zona vigente. Fuente: Decreto Supremo N*012-2022-VIVIENDA - Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible.

  • Uso del Territorio. — Es el proceso mediante el cual la sociedad “emplea el territorio”, es decir emplea sus recursos naturales y disfruta de esta. Fuente: Decreto Supremo N2068-2001-PCM -Reglamento de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad

Biológica. f)

  • Zonificación Ecológica Económica (ZEE). - Es un proceso dinámica y flexible para la LE

identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, f

basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos,

sociales, económicos y culturales; una vez aprobada se convierte en un instrumento técnico => y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales. Así, la ZEE es una herramienta indispensable para construir el ordenamiento territorial, es la base para la formulación de políticas y planes de ordenamiento territorial que servirán, a su vez, pi El definir planes de desarrollo nacional, regional y local. Fuente: Decreto Supremo N° 087-2004- E

PCM — Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica.

Reglamento interno del Plan de Ordenamiento Territorial del Departamento de Tacna

TITULO II LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA EL ORDENAMI


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