Ordenanza Regional N.° 008-2019-GRSM/CR
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San Martín
GOBIE
ORDENANZA REGIONAL N° (08 -2019-GRSM/CR Moyobamba, 0 8 MAYO 2019
JO REGIONAL
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú — modificado por la Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, Ley N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902, Ley N° 28013; Reglamento Interno del Gobierno Regional de San Martin; y demás norma complementarias, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 192” de la Constitución Política del Perú- modificada Jpor la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680- establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con la políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;
Que, en atribución de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos ~, /Regionales, define la organización como democrática, desconcentrados conforme a la Constitución y a SE la Ley de Bases de la Descentralizacion, tienen por finalidad fomentar el desarrollo regional integral : “a stenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los recho y la igualdad de oportunidades de su habitantes, de acuerdo con los planes y programas
y, racionales, regionales y locales de desarrollo; da
Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública tiene como objeto orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública basada en resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país;
Que, mediante Ordenanza Regional N°005-2017-GRSM/CR, de fecha 17 de marzo del 2017, se aprueba las modificatorias del Reglamento de Organización y Funciones ROF del Gobierno Regional San Martín, a efecto de fortalecer la capacidad resolutiva de las nuevas Redes de Salud de la Dirección Regional de Salud;
Que, mediante Ordenanza Regional N°009-2017-GRSM/CR, de fecha 18 de julio del 2017, aprobó ajustes y/o precisiones del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF, aprobado con Ordenanza Regional N°005-2017-GRSM/CR, entre los que se encuentra la creación de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de alcance Regional - OGESS, como un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud San Martin;
Que, mediante Ordenanza Regional N°051-2018-GRSMI/CR, de fecha 06 de noviembre del 2018, suspende temporalmente el procedimiento de implementación de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud - OGESS de la Región San Martin, en el marco del Decreto Supremo N°054-2018-PCM- Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 039-2018-GRSM/CR, de fecha 16 de enero del 2019, DEROGAR las Ordenanzas Regionales N° 005-2017-GRSM/CR de fecha 17 de marzo de 2017, mediante la cual se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín, a efecto de fortalecer la capacidad resolutiva de las nuevas Redes de Salud de la Dirección Regional de Salud y la Ordenanza Regional N* 009-
QS a pa
San Martín
ORDENANZA REGIONAL N° OOS -2019-GRSMICR
2017-GRSMICR de fecha 18 de julio del 2017, mediante la cual se aprobó ajustes y/o precisiones del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martin - ROF aprobada mediante Ordenanza Regional N° 005-2017-GRSM/CR, entre los que se encuentra, la creación de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de alcance regional - OGESS Especializada como un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud San Martín, cuya naturaleza es de conducción y soporte de los servicios (IPRESS) especializadas de alcance regional, identificando a las IPRESS especializadas que la conforman;
N Que, con Oficio N°560-2019-GRSM-DIRESA/DG, de fecha 05 de | marzo del 2019, remite Informe N°001-2019-GRSM-DIRESA/DG, mediante la cual se hace de conocimiento la Situación del Sector Salud;
$)
Que, con Nota Informativa N°0072-2019-GRSM/GRPyP, de fecha 08 de marzo del 2019, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe Técnico N0019-2019-GRSM/SGDI de fecha 07 de marzo del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, respecto a la propuesta de derogación de la Ordenanza Regional N 039-2018-GRSM/CR;
Que, mediante Informe Legal N*146-2019-GRSM/ORAL, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, Opina que mediante Ordenanza Regional se Derogue la Ordenanza Regional N°039-2018-GRSM/CR, de fecha 16 de enero del 2019, en razón de que este cuerpo normativo ha creado en el Sector Salud de la Región San % a + ¡ Martín, una desorientación en la estructura organizacional y funcional del Gobierno Regional San of Martín, actuando de conformidad a lo establecido en el artículo 191°, el numeral 1 y 6 del artículo 192°
y el numeral 4 del artículo 200° de la Constitución Política de 1993; el artículo 38° de la Ley N° 27867.
Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45% de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional de San Martín - Moyobamba, llevado a cabo el día miércoles 3 de abril del presente año, aprobó por Mayoría la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTICULO PRIMERO: DEROGAR ta Ordenanza Regional N° 039- 2018-GRSM/CR, de fecha 16 de enero del 2019, mediante la cual se derogaron las Ordenanzas Regionales N° 005-2017-GRSM/CR de fecha 17 de marzo de 2017 y la Ordenanza Regional N° 009- 2017-GRSM/CR de fecha 18 de julio del 2017, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente ordenanza
ARTICULO SEGUNDO: DECLARAR en Reestructuración Organizacional y Funcional al Gobierno Regional San Martín, priorizando el sector salud bajo una perspectiva sistémica por un periodo de 180 días calendarios.
San Martín
GOBIE GIONAL
ORDENANZA REGIONAL N*008_-2019-GRSM/CR
ARTICULO _TERCERO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de
Z S00! y Rega», Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de Salud, formulen los documentos de SS 7 ce pestión conforme a los lineamientos de Organización del Estado. E d
¿ Le
i ERNE, *} ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia General del
A ¿Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente
ld Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Regional San Martín y en el diario Oficial El Peruano, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín.
ARTICULO QUINTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación.
08 MAYA 2019
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martin.........00..0...0ccccccccssseeeceesnstseeesecseaee
POR TANTO: Mando se publique y se cumpla.
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