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007-2022-GRSM-GR Regional Decree San Martín In force

Decreto Regional N.° 007-2022-GRSM/GR

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Moyobamba, 27 JUL,?0?? VISTO: El Expediente N" 001-2022061205 que contiene el Informe Legal No 004-2022-GRSM/GTHC-J/OAL de fecha I I de julio del 2022, el Infonne Técnico N' 001-2022-KDLACV de fecha 15 de julio del 2022, el lnforme Legal N' 3442022-GRSIU/ORAL de fecha 20 de julio del2022,y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley N' 27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título fV, sobre descentralización", la Ley No 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales" y sus modificatorias Ley No 2'7902 yN' 28013, se le reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y adrninistrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Informe Legal No 004-2022-

GRSM/GTHC-J/OAL de fecha I I de julio de|2022,la Gerencia Territorial Huallaga Central Juanjui concluyó lo siguiente: "2.1 Por lo expuesto, después de efecluar un análisis técnico legal se considera viable APROBAR el lvfqnual de Operaciones de la Gerencia Terriforial Huallaga Central - Juanjui, conto insfrumento de gestión de la Entidad, que consta de cuatro (IV) títulos, treinÍa y ocho (38) arfículos, una (01) disposición complementaria, tres (03) disposiciones trqnsitorias, una (01) disposiciónfinal, y tres (03) anexos que forman parte del mismo."; Que, mediante Informe Técnico No 002-2022-KDLACV

de fecha l8 de julio del2022,la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional concluyó lo siguiente: "1.1. En el marco de las funciones y competencias asignadas a la Sub Gerencia de Desarrollo

Institucional en materia de documentos de gestión en el ámbito de la región, se detennina que es necesario para la Gerencia Territorial Huallaga Central.- Juanjuí confar con un documento de gestión que le permita organizar su estruclura como Organo Desconcentrado, a través de la aprobación de su Manual de Operaciones, en concordancia con la normatividad señalada en el presente informe. (...) 1.3.Por lo expuesto, esta Sub Gerencia emite opinión técnicafavorable a la propuesta de 'Manual de Operaciones de la Gerencia Territorial Huallaga Central'Juanjuí', toda vez que resulta un documento de gestión que formaliza la estructura orgánica de este órgano desconcentrado, agrupando las funciones entre sus unidades y estableciendo las líneas de dependencia. "; Que, el Decreto Supremo No 054-2018-PCM "Decreto remo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado" (en adelante, los Lineamientos") tiene como objeto regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, siendo de aplicación también a los Gobiernos Regionales (literal f., del numeral 3.1., del Artículo 3');

Que, el Artículo 53o de los Lineamientos señala 1o

siguiente: "Artículo 53.- Marutal de Operaciones - IvIOP 53.1 Es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a. La eslructura funcional de los progrqmas y los proyectos

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especiales. b. La estructura funcional de entidades que carecen de personería iurídica, de

corresponder. c. La estructura orgánica al interior de los órganos académicos u órganos desconcentrados que por la magnitud de sus operaciones o por su naturaleza requieran de alguna organización interna permanente. 53.2 Contiene las funciones generales del programa, proyecto especial o del órgano desconcentrado; las funciones específicas de sus unidades, así como sus procesos. " i

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública No

005-202O-PCM-SGP que aprobó los "Lineamientos No 02-202O-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP" precisa en el último párrafo del literal D., del Sub Capítulo I del Capítulo II lo siguiente: "No deben tener un ROF los programas, proyectos especiales, órganos desconcentrados, órganos académicos, fondos, entre otrqs instancias que dependan o forman parte de cualquiera de las entidades públicas a nivel nacional, regional y local referidas en el literal D del presente subcapítulo (entidades públicas que deben contar con un ROF). El documento técnico normativo de gestión organizacional que les corresponde, según se justifique, es un Manual de Operaciones-

MOP."; Que, el primer párrafo del literal E., del Sub Capítulo I del Capítulo III de los referidos Lineamientoi precisá lo siguiente: "ÓnG¿¡lOS QUE PUEDEN CONTAR CON UN lvtOP Los órganos que pueden contar con un llIOP, cuando se sustente la necesidad, son los órganos desconcentrados y los órganos académicos-";

Que, el Artícul¡ 256" y 257' del Reglamento de (ROF) Gobiemo Regional San Mafín se refiere a la Gerencia del Organización y Funciones que se precisa en la última modificación prevista en el (denominación Territorial Huallaga Central por Ordenanra Regional N' 023-2018-GRSM/CR) como un Órgano ROF San Martín aprobada Desconcentrado Territoria l; Que. el Artículo 20 del Decreto Supremo No 131-2018PCM.,Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organización del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo N" 054-2018-PCM'precisa lo siguiente: "(...) Artículo l1-Órgrnos Desconcentrados l1.l Son órganos que desarrollanfunciones sustanlivas de uno ovarios de los órganos de línea para prestar bienes o servicios, y se creon para atender necesidades no cubiertas en el territorio. Requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte, la cual se desarrolla en un manual de operaciones, de corresponder. Actúan en representación de la entidad de la cual forman parte. (...)";

Que, la aprobación del instrumento normativo de la

estructura orgánica y funcional de la Gerencia Territorial Huallaga Central del Gobierno Regional

San Martín, obedece a la necesidad de una adecuación de su documento técnico nonnativo, conforme a ley, el rnismo que, confonna a lo expuesto en los numerales precedentes, deberá cumplir con lo dispuesto en los Artículos 53o al 55o de los Lineamientos. Es así que, la estructura orgánica y funcional de Órganos Desconcentrados debe estar contenida en un Manual de Operaciones justifica la ifUOp), como documento técnico normativo de gestión organizacional. Por tanto, se necesidad de aprobar el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial Huallaga Central del Gobierno Regional San Martín, corno documento normativo que establezca su estruclura y diseño organizacional;

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Que, el Articulo 2° del Decreto Supremo N° 131-2018PCM "Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de Organizacion del Estado aprobados mediante el Decreto Supremo • 05-'-2018-PCM" precisa lo siguiente: ·'(. . .) Articulo 55.­ lnforme Tecnico y aprohacion de/ MOP (. . .) 55.2 El MOP se aprueba segun corresponda. por resoluci<Jn ministerial o por resoluci<Jn de/ titular de un organismo p1iblico. en el caso de/ Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldia. en el caso de los gobiernos regionales y locales. (. . .) ". En consecuencia, corresponde aprobar el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial Huallaga Central mediante Decreto Regional, confonne al Articulo 53° de los Lineamientos; Que, la Presidencia Regional (Gobernador Regional) es el Organo ejecutivo del Gobiemo Regional, y tiene entre sus atribuciones dictar Decretos y Resoluciones Regiooales, conforme al confonne al Articulo 20° y al literal d., de! Artfculo 2 l 0de la Ley N ° 27867 •'Ley Organica de Gobiernos Regionales", respectivamente; O 3-'-'·2022Que, mediante el loforme Legal GRSM/ORAL, la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobiemo Regional de San Martin, opina favorablemente por la aprobaci6n del Manual de Operaciones (MOP) de la Gereocia Territorial Huallaga Central del Gobieroo Regional San Martin mediante Decreto Regional, conforme a lo desarrollado en el lnfonne;

Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades y atribuciones conferidas, de conformidad con la Ley N° 27867 "Ley Organica de Gobiemos Regionales", y sus modificatorias Leyes O 27902 y 1 ° 28013, y el Reglamento de Organizaci6n y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional O 023-2018-GRSM/CR, y con las visaciones de la Oticina Regional de Asesoria Legal, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, y la Gerencia General Regional de! Gobiemo Regional San Martin. SE DECRETA: ARTICULO PRJMERO: APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) de la Gerencia Territorial HuaUaga Central del Gobierno Regional an Martin, el mismo que se adjunta y forma parte integranre del presente Decreto. ARTiCULO SEGU DO: DISPONER la publicaci6n del presence Decreto en el Portal [nstitucional del Gobiemo Regional San Martin.

Registrese, Comu11iquese y Cumplase. OBIE ��G/ONAL SA�RTN

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