Decreto Regional N.° 006-2019-GRSM/GR
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Deraeta frrqiunnl No@
-2019-GRSM/GR Moyobaurba, Z7DlC.?019 VISTO:
El Expediente Adrninistrativo No 001-2019111449, que contiene el Nota Informativa N" 529-2019-GRSM/GRPYP de fecha 27 de diciembre del 2019 y el lnforme Técnico N" 178-2019-GRSM/SGDI de lecha 27 de diciembre del 2019; v,
CONSIDERANDO:
Que, de confonnidad con la Constitución Política del
Estado; Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley N" 27680; Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N' 27867, se les reconoce a los Gobiemos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Oficio N' 3723-201 9-GRSM-DIRESA,/DG de fecha 16 de diciembre del 2019la Dirección Regional de Salud, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobiemo Regional San Mart{n, el informe sustentatorio del Manual de Ope¡aciones del Laboratorio Regional de Salud Pública San Martín, para conocimiento, evaluación y trámite correspondiente, en tal sentido. mediante proveido la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto remite dicho inlorme a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional para que así pueda emitir el inlorme técnico correspondiente; es así, que mediante Informe Técnico N" 178-2019-GRSM/SGDI se inlorma al Cerente Regional de Planeamiento y Presupuesto que es favorable la aprobación mediante Decreto Regional del Manual de Operaciones del Laboratorio Regional de Salud Pública, finalmente mediante la nota informativa de la referencia el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto, informa al Gerente General Regional que se debe otorgar la conformidad respectiva y opinión favorable para aprobación del Manual de Operaciones del boratorio Regional de Salud Prlblica, previo informe legal, es así que mediante proveído de fecha 27 12-2019 se solicita a la Oficina Re-sional de Asesoria Legal la opinión correspondiente
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Que, la Ordenanza Regional N.' 023-201S-GRSM/CR de fecha 10 de setiembre del 2018, se aprueba la modificación al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobiemo Regional de San Martin. que en su anículo 179'Dirección Regional de Salud; establece que es el órgano de línea de la Gerencia Regional de Desarrollo Social responsable de promover la salud y prevenir los riesgos y daños a la salud, regula y fiscalizar los bienes y servicios de salud; organizar y promover la atención integral de servicios públicos y privados con calidad, considerando los detenninantes de la salud centrados en satisfacer las necesidades de salud de las personas, farnilias y las comunidaCes, priorizando a los más vulnerables y excluidos- La Dirección Regional se constituye en la autoridad sanitaria regional, responsable de formular, adecuar, implementar. evaluar y controlar las politicas del sector salud en el ámbito del Departamento de San Martin.
Por otro lado el numeral 9.2 del anículo 9 de la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización establece que la Autonomía Administrativa; es la lacultad de organizarse intemamente y de reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad, el literal e) del artículo 35'de la Ley en mención establece como competencia exclusiva del Gobiemo Regional aprobar su organización intema y su presupucslo instirucional confon¡re a Ley de Gestión
Der.,rcta Slgqignnl
N' @6 _-2019-GRSM/GR Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de presupuesto; y mediante Ordenanza Regional N' 023-2018-CRSM/CR el Gobierno Regional de San Martín aprueba la modificación al Reglamento de Organización y Funciones.
Así mismo, entendiendo que el Laboratorio Regional de Salud Pública brinda servicios especializados de alcance regional orientados al diagnostico laboratorial especializado, y de actividades de apoyo a la vigilancia, prevención y control de las enfermedades trans¡¡isibles y no trasmisibles que afectan o ponen eo riesgo la salud pública en la región. Su desempeño se enmarca en las políticas y norrnas técnicas establecidas por el Instituto Nacional de Salud.
En tal sentido, para la aprobación del Manual de Operaciones -MOP del Laboratorio Regional de Salud Pública, sc deberá tomar en consideración Io descrito por el del Decreto Supremo No 054-2018-PCM y modificación con el Decreto Supremo N" I3l-201S-PCM que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado" y que en el anículo 55o .- Infonne Técnico y Aprobado del MOP establece que: "55.1 La Propuesta de Manual de Operaciones se sustenta en un informe técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justilica su estructura y los mecanismos de control y coordinación, y en un inlorme legal elaborado por la Oficina de Asesoría JurÍdica o Ia que haga sus veces, oue valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el Manual de Operaciones, 55.2 EL MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del tirular de un organismo público, en el caso del Poder ejecutivo o por Decreto Re-eional o de Alcandía, en el caso de los Cobiemo Regionales o Locales''. Que, para el presente caso en el cual se busca la aprobación
del iv{anual de Operaciones del Laboratorio Regional de Salud Pública, se deberá tener en cuenta lo establecido en el nur¡reral 55.2 del artículo 55o Decreto Supremo No 054-2018-PCM y modiñcación
con el Decreto Supremo No t3l-2018-PCM que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado", teniendo en cuenta que para Ia aprobación del Manual de Operación - MOP se debe realizar mediante Decreto Regional.
Finalmente, teniendo a la vista el inlorme técnico sustentario del Nlanual de Operaciones -MOP del Laboratorio Regional de Salud Pública, así cotro la opinión favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo lnstitucional emitido mediante Infonne Técnico l'r-o 178-2019-GRSM,'SGDI de fecha 27 de diciembre del 2019: asi como el informe legal No 889-2019-GRSM./ORAL de fecha 27 de diciembre del 2019 que opina de manera favorable Ia aprobación Mediante Decreto Regional el Manual de Operaciones -MOP del Laboratorio Regional de Salud Pública; y siendo este un requisito indispensable para la aprobación de acuerdo a Io establecido en el numeral 55-l del artículo 55' del Decreto Supremo No 054-2018-PCM y su modificatoria con el Decreto Supremo No l3 I -2018-PCM.
Que, por las razones expuestas. en uso de las facuhades y atribuciones conlbridas, de conformidad con Ia Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N' 27867 y sus modificatorias l-eyes No 27902 y N" 28013, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Ordenanza Regional N" 023-201 8-GRSNICR, y con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal. Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Planearniento y Presupuesto y Ia Gerencia General Regional del Gobiemo Regional San Manín-
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Deorcta tlPqianal N" lo? -2019-GRSM/GR SE RESUELVE:
ARTiCULO PRIMERO: APROBAR eI Manual de Operaciones MOP del Laboratorio Rcgional de Salud Pública en virn¡d a los considerandos arriba señalados, de conlonnidad con los numerales 55.1 y 55-2 del artículo 55o del Decreto Supremo No 054-2018-PCM y su modificatoria Decreto Supremo N'131-201S-PCM.
ARTÍCULO SEGU\DO: DISPONER a Ia Dirección Regional de Salud las acciones administrativas para la publicación y difusión de la aprobación Manual de Operaciones MOP del Laboratorio Regional de Salud Pública, así corno para su irrplerrentación y aplicación.
ARTICULO TERCIRO: REMITIR copias del presente decreto a las Gerensias Regionales, Direcciones Regionales y deraás instancias técnicas adrninistrativas del Gobiemo Regional San Martin que corresponda, para su estricto curnplirniento.
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GOBIERNO REGIONAL SAN MARTIN
DIRECCION REGIONAL DE SALUD OGESS ESPEC!ALIZADA
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TARAPOTO, DICIEAAERE DEL 2019
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I ¡rru^¡- OE qP€RtClONEs oEL L-AEORAToR|o REGIO¡ÁL oE s¡luo Pu8!EA DE S^¡l rÁRf[a
CONTENIOO OEL MANUAL DE OPERACIONES (HOP} DEL LABORATORIO REGIONAL DE SALUD PUBLICA DE SAN MARTIN
TÍTULO l: DISPOSICIONES GENERALES NATURALEZA JURiDICA ENTIDAD A LA QUE PERTENECE IDENTIFICACIÓN DEL LABORATORIO BASE LEGAL FUNCIONES
TÍTULO II: DE LA ESTRUCTURAORGAXCA Y FUXCIONAL DEL LABORATORIO REGIONAL DE SALUD PUBLICA OE SAN MART¡N TTTULO lll: OE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS Y UNIDAIIES ORGANICAS
CAPITULO l: FUNCIONES DEL ORGANO DE OIRECCóN NATURALEZA DE LA DIRECCION FUNCIONES DE LA DIRECCION CAPTTULO ll: FUNCIONES OE LOS ORGAI¡OS DE ASESOR¡A
NATURALEZA DE LA UNIDAD DE GESTÓN DE LA CALIDAD FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE LA CALIDAD NATURALEZA DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN CAPITULO lll: FUNCIONES DEL ORGANOS DE APOYO NATURALEZA DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN FUNCIONES DE LA UNIDAD DE LAADMINISTRACÓN CAPITULO M: FUNCIONES DE LOS ORGAIIOS DE LINEA NATURALEZA DEL DEPARTAMENTO DE ENSAYOS LABORATORIALES FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ENSAYOS LABORATORIALES NATURALEZA DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA
xar{u^L oE cE¡¡crot¡Es oE! L-aaoR^ioFio ¡Ea¡la,lAr DE SALUO PUBLrcA OE SAX MARII¡
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN EN SALUD PÚBLICA
TnULO M: PROCESOS ORGANIZACIONALES
ANEXO: ORGANIGRAIIA DEL LABORATORIO REGIONAL DE SALUO PÚBLICA DE SA¡.¡ MARTíN
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NA¡UA]. OE OPERACIO¡ES OEL !¡AORAIORIO REOIO'IA! oE s ¡-uo Pua¡.rc4 oE sax M^nl¡l
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MANUAL DE OPERACIONES DEL LAAORATORIO REGIONAL OE SALUD PUBLICA DE SAN MARTIN
TITULO I OISPOSICIONES GENERALES
Art. L Finalidad del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martín
El LABORATORIO Regional de Salud Pública de San Martin tiene como finalidad brindar soporte laboratorial especializado al sistema regional de salud en acciones relacionadas con vi¡ilancia, prev€ncbn y control de daños de salud públir=, además de actividades de investigacón en salud pública.
Art. 2. Naturaleza Juridica El Laboratorb Regbnal de Salud Pública de San Martín es un servic¡o especializado de
alcance regional, orientado a brindar servic¡os de diagnóstico laboratorial especializado,
y de activirlades d€ apoyo a la v(¡ilancia, prevención, investigación y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles que afectan o ponen en riesgo la salud en la regón. Su desempeño se enmarca en las políticas y nornas técn¡cas establecklas por el lNS.
Art. 3. Entidad a la que pertenece Pertonece a la OGESS Especial¡zada de la Dirección Regional de Salud de San MartÍn
Art. 4. kdor¡t aficac¡ón La denominación es: Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martín
Art. 5. Base Legal
a) Constitución Política del Estado. b) Ley N" 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. c) Ley N" 27658 Ley Marco de la Modem2ac¡ón de la Gestión del Estado y su Reglamento aprobado por Oecreto Supremo N" 030-2002-PCM.
d) Loy N" 27785 Ley orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contratoria General de la República, sus normas reglamentar¡as, mod¡ficatorias y complementarias. 0f¡ o
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TAXUAj" OE OPER CIOI{ES O€L LAAORATORIO RESIO'IAI oE §lruo PUaTEAo€
e)
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Decreto Suprémo N" 004-2013-PCM que aprueba la Polít¡ca Nacional de Modemizacón de la Gestión Pública del Estado.
Ley N'29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud.
s)
Ley N"29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud y su Reglamento D.S. N'008-2010-SA.
h)
Decreto Supremo N'008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Min¡sterio de Salud y modificatoria aprobada por Decreto Supremo N'
011-2017-sA. i)
Resolución Ministerial 850-2016/MINSA que aprueba las 'Normas para la elaboracón de Documentos Normativos del Ministerio de Salud".
i)
Resolución Ministerial N' 450-2017/MINSA que aprueba los "Lineami€ntos para la
elaborac¡ón y Aprobación de los Manuales de Operaciones de los Órganos Desconcentsados del Ministerio de Salud, Direcciones lntegradas de Salud'. k)
Ley N' 27783, Ley de bases de la descentral¡zacirin.
r)
Ley N' 27867 Ley Orgánica de los Gobiemos Rsgionales.
m) Ley N" 279O2, Ley modificatoria de la ley Orgánica de Gobiemos Regionales. n)
R.M. N' 099-2014-M|NSA, que aprueba la Directiva Administrativa N' 197MINSA/DGSO-V.01, 'Directiva Administrativa que establece la Cartera de Servicios de Salud".
o)
- Decreto Legislativo N' 1 158, que Dispone modilas destinadas al
fortalecimiento y camb¡o de denominación de la Superintendencia Nacional de Asegurambnto sn Salud p)
- Resolucíón Ministerial N" 467-20'17/MINSA, que Aprueba el Manual de
Operaciones (MOP) de las Direcciones de Redes lntegradas de Salud del M¡n¡sterio de Salud
q)
- Ordenanza Regbnal N" 009-201 7-GRSt\rllCR, que Aprueba ajustes y/o
prec¡s¡ones del Reglamento de OrganLación y Funciones del Gobiemo Regional de San Martín aprobado mediante Ordenanza Regional N" 00t2017-GRS¡/UCR r)
Decreto Supremo N" 054-2018-PCM de fecha 17 de mayo del 2018, Aprobar los Lineamientos de OrganLación dol Estado. Déjese sin efecto el Decreto Supremo N" 043-2006-PCM, que aprueba los'Lineamientos para la Elaboracón y Aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracón Pública". Resolución Directoral Regional N" 451-2018-GRSM/DIRES-Si/UOPyPS de fecha 12
de Julio del 2018, Aprobar el Manual de Operaciones de la Oficina de Gestión de
tÁ¡uar oE oPÉfl^€paaE3 ocL LABoR^TOQK' REOlOli^¡. OE S LUO PUALrc O€ SA¡ T¡ARII'
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Servicios de Salud Especializada de Alcance RegionalOGESS Especializada de Ia Oirección Regional de Salud, del Gobierno Regional de San Martín.
t) Decreto Regional N' 002-2018-GRSM/GR de fecha 27 de Setiembre del 2018, Aprobar el Manual de Operac¡ones de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializada de Alcance Regionat-OGESS Especializada.
u) Decreto Regional N' 003-2018-GRSM/GR de fecha 16 de octubre del 2018, Aprobar la ampliación del lnforme técn¡co Sust€ntalorio de Manual de Operaciones de la Oficina de Gestón de Servicios de Salud Especializada de Alcance RegionalOGESS Especializada.
v) Ordenanza Regional N" 039-2018-GRS[\IUCR de fecha 16 de enero del 2019, que deroga la Ordenanza Regional N" 005-2017-GRS!T,UCR de fecha 17 de mazo de 201 7 y Ordenanza Regional No 009-201 7-GRSI\¡UCR de fecha 17 de ma-zo de 2017 .
w) Ordenanza Regional N" 008-201g-GRStr¡l/CR de fecha 08 de mayo del 2019, que deroga la Ordenanza Regional N" 039-2018-GRSIVUCR de fecha't7 de mazo de 2017 y declara en re€structuración organzacional y funcional al Gobierno Regional de San Martín.
Art.6. - Func¡ones del Laboratorio Regional de Salud Pública San Martin
Contribuir a la prevencón y control de hs enfermedades de importancia regional en salud pública.
Proponer normas y procedimientos de diagnóstico laboratorhl, prevención y control en salud pública. aplicables al ámbito regional.
Realizar exámenes de laborator¡o en apoyo a h v§ilancia de los eventos de ¡mportancia en salud / públ¡ca, vigilancia y control sanitarb en la regón.
Realizar análisis de laboratorio en apoyo a la investigación y control de brot€s, epidemias y emergencias en la regir5n.
lmplementar el sistema de informacón de la Red Nacionalde Laborator¡os establecido por las instancias especializadas d€ nivel nacbnal-
Recop¡lar, procesar, analizar y difundir oportunam€nte datos y resultados de los análisis de laboratorio de ¡nterés en salud pública. con el fin de apoyar la toma de decisiones para la vigilancia y control senitario en la regón.
. Promover y participar en el programa de garantía de caladad de los laboratorios de acue.do a las normas técnicas vigentes, para garantzar la oportunidad, conf¡ab¡lidad y veracidad de los procedimientos desarrollados.
- lmpl€menlar programas de bioseguridad y manejo de residuos, de acuerdo con la áDr
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normatividad nacional vigente.
rAr¡UAl OE eERAclOllES OEL l¡AoRAToRIO REGIOIIAL OE SAIUO PUBL¡CA OE SA¡¡ I¡IAR'¡{
L Cumplir con los estándares de calidad y bioseguridad definidos para la remisión, transporte y conservación de muestras e insumos para la realzación de pruebas de laboratorio.
- Vigilar la calidad de los exámenes de laboratorio de interés en salud pública desanollados por los laboratorios de establec¡mientos de salud.
. Realizar y participar activamente en invesügaciones de bs principales problemas de salud públ¡ca, según las d¡rectrices nacional€s y las nsc€s¡dades regionales.
Brindar capacitación y as¡stencia técnica a los laboratorios de establecimientos de salud.
Participar en el sistema de referencia y contra referencia de muestras biológicas de acuerdo con los lineamientos nacbnales relacionados con la materia.
Realizar análisis peródicos de la demanda y ofs a de exámenes de labor¿torio de interés en salud públ¡ca.
TAXUAL OE CERIGIOII§S ffiL L¡AORAÍORP REOO(AL OE S¡LUD PUBIEA O€ SAX TAAIE{
T]TULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL LABORATORIO REGIONAL DE
SALUO PUBLICA DE SAN MARTIN
Art.7o.- El Laboratorio Regional de Salud Públ¡ca de San tlartin tíene la siguiente estructura orgánica y funcioaal. 01. ÓRGA'.¡O OE DIRECCÉN 01.1 Direcclán del Laboratorio Regional de Salud Públka de San Martín 01.1.1. Sscrgtaria 02. ÓRGANOS DE ASESORIA 02.1 Unidad de Gestirín de la Calilad 02.2 Unidad de Gestion de la lnformaciln
2.2.1 Area de Estradísüca e lnformátir:a 03. ÓRGAI.¡OS DE APOYO 03.1 Unidad de Administracón 3.1.1 Área de Economía 3.1.2 Área de Logístir= 3.1 .3 Área de Recursos Humanos
- ÓRGANoS DE LíNEA
04.1 Departamento de Ensayos Laboratoria[es 4.1.1 Unidad de Hbtoparasitología. a) Área de Malaria b) Área de Lebhmaniosis y Tripanosomiasis
4.1.2 Unidad de Entomología Médica.
a) Area de Taxonom ía. b) Area de Bioensayos. c) Area de lnsectario. 4.1 .3 Unidad de Microbiología Médica.
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a) Área de Micobacterias b) Area de Micología.
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I'A'iUAl. DE OPERACIOI'ES OEL L¡AORATORIO REGIOTAL DE SAIUO P('a(¡CA OE S^l'r rÁRlr{
c) Area de Entero-Ectoparasitología. d) Area de zoonosis bacterias
4.1.4 Unidad de Control de CalUad de Alimentos y Aguas. a) Área de Microbiología de Alimentos. b) Área de Microbiología de Aguas c) Área de FÍsico-Química de Alimentos y Aguas
4 1.5 Unidad de lnmunología. a) Área de Zoonosis Viral b) Área de lnfecciones de Transmisión Sexual - ITS
c) Área de Citometria de flujo.
d) Área de Arbovirosis y enfermedades ictéricas. 4.1.6 Unidad de Citopatológia. a) Área de Citología.
4.1.7 Unidad de Biotecnología Molecular. a) Área de Diagnóstico molecular.
04.2 Departamento de lnvestigación en Salud Pública 4.2.1 Unidad de Bioética
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TÍTULO III DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS Y UNIDADES ORGAT{ICAS
Capítulo l: Naturaleza y Funciones del Órgano de Dirección Art. 08. Naturaleza de la Dirección La Dirección del Laboratorio Regional de Salud Pública es la un¡dad orgánica a cargo de un funcionario desiganado por la Direccion Regional de Salud de San Martin, y depende ,erarqu¡camente del Director General de la OGESS especializada.
La Direccion es responsable de diri¡ir el funcionamiento del LABORATORIO Regional
de Salud Pública, en el marco de la politicas y planes regionales y sectoriales, y en aplicación de las normas tecnicas establecidas por e! Ministerio de Salud y el lnstituto Nacional de Salud.
Art.09. Funciones de la Dirección a)
Conducir y organizar la aplicación e implementacón de las normas y procedimientos técn¡cos sectoriales de su responsabilidad, en armonia con los planes regionales y nacionales.
b)
Conducir, organizar, supervisar y evaluar el desempeño de las diferentes unidades organ¡cas del Laboratorio asegurardo la cafidad de los productos o servicios que genera para el sistema de salud regbnal.
c)
Emitir opinión técnica en €l campo de su competencia, a solicitud de la Dirección Ragional de Salud o sus Órganos Desconcentrados.
d)
Representar al LABORATORIO Regional de Salud Pública ante organ2aciones
públicas o privadas de nivel regional, nacional e intemacional en sl campo de investigación en ciencia y tecnología de la salud. e)
Proponer a la OGESS Especializada y participar de la celebracion de convenios de
Cooperacián Técnica en el campo de ciencia y tecnología, en el ámbito de su competencia.
Conducir la organización, impl€mentacion y control del sistema de informacion NETLAB en el ambito regional.
s)
Conducir, en coordinación con la OGESS Especial2ada, la programac¡on anual fisica y financiera, la v§ilancia y el control del suministro de equipos, insumos y reactivos para el adecuado desempeño de sus funciones. onducir y supervisar el cumplim¡ento de las tareas/procedímientos de los sistemas
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min¡strat¡vos de contabilidad, tesoreria, log¡stica, control patrimonial y
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¡A¡UAI OE OPER CIO¡ES OEL LAAORAfORIO REO|o'TAL DES LUO PUSIICA OE SAr¡ IARTfl
administracion de recursos humanos, encargados y/o delegados por la OGESS Especializada.
i) Conducir la elaboración y ejecución del Plan Operatúo lnstitucional. i) Proponer a la OGESS Especializada modificacbnes al Manual de Operaciones det Laboratorio Regional cuando lo considere pertinonte.
k) Otras funciones que l€ sean encomendadas por el Director de la OGESS Esp€cializada y/o Director Regional de Salud. relacionadas con la naturaleza y fu nciones del Laboratorio.
Secretaría
Art. '10. Funciones de la Socretarla La Secretaría del Laboratorio es una unidad funcional adscrita a la Dirección y cumple las si¡uientes fu nciones:
a) Coordinar y ejecutar actividades de apoyo administrativo en la Direccirin. b) Recepcbnar, analizar, sintet¡zar, seleccionar, pñorzar y archúar la documentación clasificada de la Direccirin del LABORATORIO.
c) Mantener y organizar el archivo de la Direcci<5n del Laboratorio y sus diferentes unidades orgánies.
d) Generar y tramitar la documentación de la Dirección del Laboratorio y sus diferentes unidades orgánicas, haciendo seguimiento al resullado de la m¡sma.
e) Entregar los resuf.'ados de ensayos e informes tácnicos generados en las unidades del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martín.
g) Apoyar en la organizacirin y desanollo de los eventos que organice la institución. h) Gestbnar y mantener actualizada la agenda de la DirecclSn del Laboratorio y sus diferentes unidades orgánicas.
i) Brindar adecuada orientación al usuario extemo e intomo. j) Otras que le asigne su jefe inmediato.
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¡AXUAI OE OPER C|o¡E5 OEL !-AAORAfORIO REOIONAI OC SAj-I'O PUALrcA OE SÁ,.¡ IARTIi¡
Capitulo ll.- Naturaleza y Funciones de los Órganos dé Asesorla Unidad de Gestión de la Calidad
Art. f 1. Naturaleza do la Unidad de Gest¡ón de la Calidad
La Unidad de Gestir5n de la Calidad es la unidad orgánica de asesoría de¡ Laboratorio responsable de proponer, conducir, supervisar y reportar a la Dirección del Laboratorio el cumplimiento de los estándares nacionales establecidos por el INS para los ensayos laboratoriales que desanolla diariamente.
Está a cargo de un profesional de la salud designado por la Dirección General d€ la OGESS Especializada a propuesta de la Direccion del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jerarquicamente.
Art. 12. Funciones de la Unidad de Gestión de la Calidad
a) Proponer la incluslín de acl¡vidades e indicadores de cal¡dad en los planes institucionales, en coordinación con la oficina ejecutiva d€ planeamiento estrat{¡ico.
b) lncorporar el enfoque de cal¡dad en los planes estratég¡cos y operativos institucionales, así como en la capacitación y gestión de los recr.¡rsos humanos en salud.
c) lmplementar hs esfategias, metodologías e instrumentos de la calidad y mejora cont¡nua en los servicios.
d) Efectuar el monitoreo y evaluacón de los indicadores de control de la calidad en los difer€ntss unklades y áreas del Laboratorio e informar a la dirección según conesponde.
e) Asesorar en al desanollo de la auto evaluacitín, el proceso de acreditacón y auditoria, según las normas que establezca el m¡n¡sterb d€ salud.
f) Apoyar la capacitackln y sensibilizar al personal en los conceptos y herramientas de la calidad.
g) Asesorar a la Direccón en tomas relacionados con la Garantía de Calidad (AcreditackSn, Auditoria, ¡nstrumentos del control de la gestón de la Calidad, entre
otros), y Mejoramiento continuo de la Calidad (Círculos de Calidad, mejoram¡ento de la organizacón de las unidades y áreas, de la capacidad resolutiva, ontre otros) para
lograr una atenckin asist€nc¡al y administrativa con calidad.
h) Otras funciones que le asigne la Dirección. I
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llAlrUA]. OE OPER CIO¡E§ OEI LABORAÍORIO REoIOI¡AL oE S¡LUO Pt AtrcA O€ SIX rAiTür
Un¡dad de Gestión de la tnformación
Art. 13. Naturaleza de la Unidad de Gestión de la lnformació:r
La Unidad de Gestión de la lnformacitin es la unidad orgánica de asesoría del Laboratorio responsable de proponer, conducir, supervisar y reportar a la Dirección del Laboratorio la información generada en las Unidades, en forma organ2ada y analizada. Está a cargo de un profesional de la salud designado por la Dirección General de la OGESS Especializada a propuesta de la Direccion del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jerarquicamente.
Art.'t4. Funciones de ta Unidad de Gestlón de la lnformación
a) Formular, proponer e implementar Normas y Directivas ¡ntemas para el adecuado uso de los Sistemas de lnformacitin EstadÍstico e lnformático institucional.
b) Sistemat2ar y controlar la calidad de la información. c) Elaborar los indi:adores, informes, reportes técnicos y su respectiva socialización con la Direccón para la toma de decisiones.
d) Elaborar la Sala situacional y emitir peri5dicamente d@umentos estadísticos relacionados al ámbito de competencia del Laboratorio Regional de Salud Pública.
e) Monilorizar y evaluar los indicadores reportados por las UnkCades. fl Conducir los procesos inh€rentes a los sistemas de información estadística e in form ática institucionales.
g) Otras funciones que b as¡gne la Direccirán. Arca de Estadíst¡ca e lafomática
Art. '15: El Area de Estadística o lnfomát¡ca. Es un área funcional adscrita a la Unidad de Gestón de la lnformacón y cumple las siguienles funciones: Brindar soporte técnico especializado de recursos tecnológicos a los sistomas de
a)
información.
Administrar los sistemas de lnformática y Estadística, y proporcionar asistenc¡a
b)
técnica a los usuarios.
Mantener actualizado el uso de henamientas tecnobgicas en el ámbito de su
c)
comp€t6nc¡a.
Brindar asistencia técnica en materia estadísüca a las áreas orgánicas de la
d)
instituckin.
á o¡ne
o
mplementar y actualizar el sistema de Netlab en EE.SS según necesidad.
f^¡ua! oE @€R crda€3 t ct uaon^roRto REotoala lr€ s¡tuo PUSucA oE s^r{ rAÁr!{
f) Otras funciones asignadas por el Jefe directo
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l ¡auAL o€ qPÉR ctoaaEs É L¡aoR^foRto REoroataL fx s ¡lro ñrgtrca oE s^r¡ r^nn¡
Capitulo lll.- Naturaleza y Funciones del Órganos de §oyo Unidad de Adm¡nistrac¡ón
Art. 16. Naturaleza de la Unidad Administrac¡ón La Unklad de Administracón es la unidad orgánica de apoyo del Laboratorio responsable
de proponer, conducir, supervisar y reportar a la Direcckin del Laboratorio el cumplimiento de los procesos administrativos, económico-financieros, logístico y de recursos humanos.
Está a cargo de un profesional de la salud des§nado por la Dirección General de la OGESS Especial¿ada a propuesta de la Direccion del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jeÉrquicámente.
Art. 17. Funclones de la Unidad Mmlnlstraclón
a) Rsalizar bs procesos técnicos relacionados a la administrac¡ón de los recursos económicos y ñnancíeros de Ia lnsütucbn.
b) Apl:car y hacer cumplir los proced¡m¡€ntos e ¡nstrumentos normativos en concordancia con la normatividad v(lente en la administraciín pública.
c) Preparar la información contabl€, financiera y presupuestaria consolidada mensual. d)
Caulelar la correcta apl¡cación rogistro, control interno, previo, simultáneo y posterior y custod¡a de los recursos presupueslal€s y financieros que administra el Labo¡atorio Regional de Salud Pública.
e)
Solicitar la adquisición de bienes, servic¡os y otros de acuerdo a las adjud¡caciones efectuadas por los Comités Especiales y el Comité Permansnte de
Adquisiciones y Contrataciones según corresponda.
Formular y proponer las normas y procedimientos adm¡nistrativos en concordancia con la normatividad v§ente en la administrac¡ón pública.
s)
Formular y proponer directivas, normas, reglamentos y manuales como instrumentos d€ gestión de los procesos técnicos.
h)
Elaborar y conducir la elaboración del Cuadro Anual de Necesidades, Presupueslo y Metas FÍsicas.
D
Proyectar las modificac¡ones presupuestar¡as - transferencias.
i)
Administrar las actividades del Sistema de Costos de la lnstitución.
k)
Elaborar el Plan Anual de actividades.
funciones que le asigne la Dirección.
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xaaiu^r DE oPERAcpr¡E§ oE! L^aoRAroR o Rtopa¡at oE SALUO PU8I|CA OC SAll tlASflX
Area de Economía Artículo 18: El Área de Economia.
Es un área funcional adscrita a la Unidad de Admin¡slracón y cumple las s¡guientes funciones:
a) Aplicar y actualizar los procesos de contab¡l¡dad, tesorería y presupuesto. b) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos de los Sistemas de Presupuesto, Conlabil¡dad, Tesorería
c) Analizar e informar perificamente la situación financiera de los resultados de la gestón prasugJestal y la s¡tuac¡ón patr¡monial, sstablec¡endo los indicadores para la oportuna toma de decbiones.
d) Realizar Babnces mensuales de Comprobacón, bs Eslados Presupuestarios Consolidados, el Balanco y los A.justes de los Estados Financieros.
e) Realizar evaluackin de los regisfos de Comprobantes y Pagos, Presupuestarios y Financieros.
f) Controlar y conciliar la ejecucián del presupuestrc institucional autoüado, asignacbnes cornpromotidas, ejecución de ingresos y ejecución de gastos.
g) Verificar la conformidad de los saldos de los Libros Princ¡pal€s y Auxiliares, y si los registros s€ efectuaron en la fecha conespondiente.
0 Otras funcbnes asb.adas por el Jefe directo. Área de Logktlca
Art. f 9: El Área de Logastaca Es un área funcbnal adscrita a la Unidad de Administración y cumple las sigu¡entes funciones:
a) Conducir la adminisúación de las actúidadss del área de Logística. b) Ejecutar los proc€sos técn¡cos logísticos, así como bs procedimientos administrativos relacionados al s¡stema de abastecim¡enlo en el Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martín.
c) Brindar y asegurar el apoyo de los servicios auxiliares, mantenimiento, seguridad y v§ilancia, transporte a todas las unidades/áreas orgánicas de la institución.
d) Coordinar y supervisar el mantenimiento, así como la segurklad física de la infraestructura, equipamiento e instalaciones del Laboratorü: Regional de Salud Pública de San Martín.
anlener la disponibilidad de bienes necesarios para el apoyo logístico a los o -¿: ,'^7
ramas de intervención rápida para el control de emergencias y desastres.
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TA¡¡UA! OE EE¡¡CEI{ES fI€L LAAORATOE|o REGIOIIA! oE s^tuo Pt,B¡-¡ca oE sA¡ ¡aRmr
Mantiene y da segu¡m¡ento al lnventario de Bienes Patrimoniales de la lnstitución.
s)
Realiza otra tarea que le sea asignada.
Otras funciones asígnadas por el Jefe directo.
Area de Recursos Humanos
Art-20: El Área de Recursos Humanos Es un área funcional adscrita a la Unidad de Adm¡nistracón y cumple las siguientes funciones:
a) Conducir los procesos técnicos de administración del personal. b) Difundir, supervisar y evaluar el cumpl¡m¡ento y aplicación de las normas y procedim¡entos para el cumplimi€nto de los deberes y derechos y obl{Taciones del personal.
c) Administrar y mantener aclualizados los registros y controles, expedientes personales y otros de los servidores del Laboratorio Regional de Salud pública de San Martín.
d) Tramitar los expodient€s r€ferentes a licencias, ceses, bonificaciones y otros benef¡cios del servidor y pension¡stas.
e) Promover la capacitackin del personal institucional. 0 Promover, elaborar y desanollar los programas de asistencia médico - soc¡al y recreación del personaldel Laboratorio Regional de Salud Públics de San Martín.
g) Realizar otra tarea que le sea asQnada. h) Otras funciones asQnadas por el Jefe directo.
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¡AXUA! OE OPERACIO'{ES OEL L¡AOR IORIO ñEGIOI' ! O€ SALI,'O ñ'ALEA OE SAX I¡ARI¡N
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Capitulo M.- Naturaleza y Funciones de los Órganos de L¡nea Oepartamento de Ensayos Laboratoriales
Art.2l. Naturaleza del Departamsnto de Ensayos Labo¡ato¡iales El Departamento de Ensayos Laboratoriales es el órgano de línea del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martín responsable de la elecucún de los ensayos laboratoriales que conforman su cartera de prestaciones, asegurando la aplicación de las normas, pautas y estándares técnicos establecidos por el lNS.
El Departamento de Ensayos Laboratoriales está cargo de un profesional de la salud
des§nado por la Direcckrn General de la OGESS Especializada a propuesta de la Direccion del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jerarquicamente.
Art. 22. Funciones del Departamento de Ensayos Laboratofiabs
a) Dir§ir y organizar los procesos de las unidad analíticas orientados al diagnóstico,conl¡mación, identificación y cuantificacón etblogica, sensibilidad antimicrobiana, taxonomía vectorial, determinacón de la calidad de alimentos y aguas relacionados con riesgos y daños prevalentes de la Salud Pública.
b) Supervisar los procesos qu€ realizan las unidad analíticas. c) Coordinar con los responsables de las unklades analíticas la transferencia tecnológica de nuestro referente nac¡onal lNS.
d) Brindar soporte tá:nico en Salud Pública a la Red Regional de Laboratorios. e) Otras funciones que le asigne la Dirección. Unidad de H¡stoparasitolog¡a
Aá. 23. Naturaleza de la Unidad de Histoparasitologaa
La Unidad de Histogatología es la unidad orgánica de Línea del Laboratorio responsable de capacitar, monilorizar, controlar y evaluar la calidad de lectura de láminas de histoparásitos de vigilancia en Salud Pública.
La Unidad de Histoparasitología está a cargo de un profesional de la salud designado por la Dirección del Laborator¡o Regional de Salud Pública de San Martin, de qu¡en nde jerarquicamente
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I¡A¡UAI OE OPERÁCIO'{ES OEL LAAORAIORIO
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O€ S^¡.UO PuEtlcA OE SAr{ IlRTli¡
Art. 24. Funciones d€ la Un¡dad de Histoparasitolog¡a
a) Capacitar. mon¡torizar, y evaluar los servicios de diagnóstico laboratorial de la Red Regional de Laboratorios de Salud en Leishmania, Plasmodium y Trypanozoma en concordancia con la transferencia tecnologica del lNS.
b) Articula. y participar activamant€ en los equipos de intervenclán tácnico regionales en caso de brotes epidemiologicos.
c) Participar en los proyectos de invest§ación en matoria de Salud Pública. d) Ofas funciones que des(¡ne el Director. Área de Malaria Art-25: El Área de ilalaria Es un área funcional adscrita a la Unidad de Histoparasitología y cumple las siguientes funciones:
a) Controlar la calidad de gota gruesa para Malaria a la Red Regional de Laboratorios. b) Enviar muestras al INS para control de calidad de Malaria. c) Monitorear, supervisar y evaluar bs procesos para el diagnóstico de mala¡ia a la red regional de laboratorios.
d) Participar PEEC (PROGRAMA DE EVALUACTON EXTERNA DE LA CALTDAD) en los diagnósücos de malaria.
e) Elaborar planes de capacitacón para el diagnóstico de malaria a la red regbnal de laborato¡lc.
0 Otras funciones asignadas por el Jefe d¡recto. Área de Leshmaniasis y Tripanosom¡asis
Art-26: Área de Leshman¡asls y Tripanosomiasis Es un área funcional adscrita a la Unidad de Histoparasitología y cumple las siguientes
funciones:
a) Controlar la calidad de leclura de frotis a la Rod Regional de Laboratorios. b) Enviar las muestras al INS para control de calidad. c) Monitorear, supervisar y evaluar los procesos para el diagnóstico de Leishmaniasis y Tripanosomiasis a la red rog¡onel ds laboratorios.
d) Partic:par PEEC (PROGRAMA DE EVALUACION EXTERNA DE LA CALTDAD) en los diagnósticos de L6ishmaniasis y Tripanosomiasis.
€) Vbilar e ¡nvestigar los brotes epidemiológicos. f) Elaborar los planes de capacitacón para el diagnóstico de leishmania y lripanosomiasis a la red regional de bboratorios Otras fu.rciones que le asigne su ief6 ¡nmediato.
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IA,.UA! frE OPEi CIO¡€5 OEL L¡aOf, ToRlO R€OlOi¡^r oE saluo PgSLrcA oE s^n l.A8rx
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Unidad de Entomologia Médica
Art. 27. Naturaleza de la Unidad de Entomología liédica
La Unidad de Entomologia Médica es la unidad orgánica de Línea del Laboratorio responsable de identificaccón y cuantificacón de vectores. Capacita, monitoriza, y €valua los servicios de identíficac 5n de vectores a la red regbnal de laboratorios ; asi como evalúa hábitos y susceptibilad de los veclores de acuerdo a la v§ilancia dirigida por el lNS.
La Unidad de Entomología Médicá está a cargo de un profesional de la salud designado por la Direccion del Laboratori¡ Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jerarquicamente.
Art. 28. Funcionos de la Unidad de Entomologla Médica
a) ldentificar, cuantif¡car y analizar, a nivel del vector, bs faclores biológicos, ecológicos, eüobgicos y epidemiológicos inherentes al establec¡miento y el mantenimiento de la transmisión de las enfermedades Metaxénicas.
b) Monitorizar y evaluar los servicios d€ ¡dentifbación vectorial a la Red Regional de Laboratorios de Salud en temas de su comp€tenciaen concordancia con la transferenc¡a tecnológ¡ca del lNS.
c) Suprvisar y capacitar al personal de las Red Regional de Laboratorios de Salud en temas de su competencia.
d) Ehborar y ejecrtar proyectos de ¡nvost¡gación en materia de Salud Pública. b) Seleccbnar, modifrcar y/o desanollar métodos y técnicas apropiadas para €l control de los vectores de ac¡rerdo a cada situación epidemblógba.
c) ldentificar, estudios biologicos y cría masiva de insectos (insectario) benáficos nativos e introducidos.
Q Conocer las característ¡cas biológicas y ecológicas de los principales Artrópodos de importancia médica.
g) Ofas funciones que le asigne la Dirección. Área de Taxonomía
Art-29: Area de Taxonomla Es un área funcbnal adscrita a la Un¡dad de La Unidad de Entomología Médica y cumple las siguientes funciones: ldentificar los caracteres generales de los Artrópodos, como la fisiología, morfología,
natomía, biología y taxonomía
xallua! oE oPERAcroiEs oEt L^ao¡^loñro REoror¡A! o€ ltaluo ñr3¡-¡c^ oE s^x r^Rnr{
b) Conocer el maneio de las claves dicotómicas para la identificacón de los Artrópodos de importancia médica.
c) ldentificar y describir la unidad taxonómica básica o especie de interés en salud pública
e) Otras func¡ones asignadas por el Jefe directo. Arsa de B¡oe§sayos
Art.i0: Area de Bioensayos Es un área funcional adscrita a la UnirJad de La Unidad de Entomobgía Médica y cumple las siguientes funciones:
a) Vigilar los principales vectores que transmiten enfermedades a la población en la Región San Martin.
b) Evaluar el impacto del tratami€nto con ¡nsectic¡das para el control de vectores. c) Vigilar la susceptibilidad y resistencia a diferentes ¡nsecticidas, en poblaciones de mosquitos vectores (Aedes aegypü, Anopheles spp., Culex spp., etc.).
d) Evaluar a través de pruebas de eficacia de campo el impacto de los ¡nsect¡cidas aplicados en el control de vectores.
e) Diagnosticar y controlar la calidad de v€ctores recepcionados de la Red Regional de laboratorios.
0 Otras funciones as¡gnadas por el Jefe directo. Área de lnsec{e.io
Art{l Area de lnsectar¡o Es un área funcional adscrita a la Unidad de La Unidad de Entomología Médica y cumple las sigu¡entes funciones:
a) Establecer la metodologÍa y realiza el mantenimiento de hs colonias de mosquitos de importancia médica y de salud pública.
b) Obtener las generaciones requeridas de mosquitos de importancia médica para eslud¡os de invest§ación y control de brotes.
c) Parlicipar en Estudios da investigación sobre morfología de esp€ci€s transmisoras de enfermedades vectoriales.
d) Otras funciones as§nadas por el Jsfe d¡recto.
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¡A¡UAL D€ OPERACIq{ES OEL I^AOE ICR¡O AECPXA¡. ¡)€ 3ALUO ñJalrcA OE Sln raÁnm
Unidad de Microbiología Médica
Art. 32. Naturaleza de la Un¡dad de Microbiología Médica
La Unídad de Microbiologia Médica es la un¡dad orgánica de Línea del Laboratorio responsable de capacitar, monitorizar, desanollar ensayoa paaa identificacion de
Zoonosis bacterianas,Mycobacterium y parasitos prevalentes para la v¡g¡lancia invest¡gac¡on y control en concordancia con las estrategias nacionalss y el lNS.
La Unidad de Mícrobiobgia Médica está a cargo de un profesional de la salud designado por la Direccion del Laboratorio Regional de Salud Pública de San Martin, de quien depende jerarquicamente.
Aft. 33. Func¡ones de la Unidad de Microb¡olog¡a liédacá
a) Capacitar, monitorizar, asesorar y evaluar los servicios de dhgnóstico laboratorial de la Red Regional de Laboratorios de Salud en temas de su competencia en concordancia con la transferencia tecnológ¡ca del lNS.
b) Participar en prevercirin de la Salud Pública mediante campañas de sensibilización y ponencias ¡ntra y extra instituc¡onales.
c) Art¡cular y partic¡par activamente en los equipos de intervención lécnico regionales 6n caso de broles epklemiológicos.
d) Supervisar, asesorar y capacitar al personal de las Red Regional de Laboratonos de Salud en temas de su competenc¡a.
e) Proponer directivas y protocolos relacionados a las Enfermedades transmitidas. f) Elaborar y ejecuta. proyectos de investigación en materia de Salud Pública. g) Otras funciones que designe el director. Área de Micobacterias
Art.34. Á¡ea da Micobactorias Es un área funcional adscrita a la Unidad de Microbiologia Médica y cumple las sigu¡€ntes funciones:
a) Cumplk con procedimientos estandarizados para la obtanción de muestra. b) lmplementar y cumplir las medidas de biosegurklad. c) Aplicar métodos y procedimientos estandarizados para diagnósticos bacteriológicos de Mycobacterium.
d) R€a¡izar los procesos de aislamiento por métodos de cullivo, de muestras proc€dentes de las diferentes redes de la Región. ealizar la identificación, confirmación y caracterizacón de bs Mycobacterium
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¡a¡uat oE oPERlc¡or{€s oEr LAaoRAloRro ñEorol¡Ar OE SI.LUO PUA¡.lcA OE SA¡ M¡RN"
Evaluar el tratamiento de la tuberculosis med¡ante las pruebas de susceptibilidad antimicrobiana.
s)
Controlar la calidad de Baciloscopias de la red regional de laboratorios de salud.
h)
Realizar la ¡dentmcación y confirmacirin del complejo Mycobacterias - Hansen.
i)
Participar activamente en los procesos de Evaluación Extema del Desempeño (PEED).
,)
Enviar y transportar las muestras.
k)
Enviar los resuttados confirmatorios a las redes solicirlantes.
r)
Otras funciones as§nadas por el Jefe directo.
Área de Micologla
Art.35. Area do ll¡colog¡a Es un área funcional adscrita a la Unidad de Microbiologia Médica y cumple las
s§ubntes funciones:
a) Cumplir procedim¡entos ostandarizados para la obtención, transporte y conservacón de muestras. b)
Aplicar métodos y procedimientos estandarizados para diagnosticos micológico.
c)
ldentifcar principales agentes de levaduras y hongos.
d)
Aplicar técnica de aislamiento micoüco, por medio de cultivos.
e)
Participar activamente en los procesos de Evaluación Extema del Desempeño (PEED).
Preparar reactivos y medios de cuhivo.
s)
Otras funciones as(¡nadas por el Jefe directo.
Área de Entero-Ectoparasitologla
Art.36. Árca de Entero€ctoparasitologla Es un área funcional adscrita a la Unidad de Microbiolog¡a Médica y cumple las
s§uientes funciones:
a) Cumplir proced¡m¡entos estandarizados para la obtención, transporte y conservación de muestras.
b) Aplicar métodos y procedimientos estandar¡zados para d¡agnósticos parasitológ¡co heces. y cuttivos parasitológicos.
c) Examinar las secreciones y/o fluidos y biopsias. d) lmplementar y ejecutar medídas de bioseguridad. e
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Part¡ci par act¡vamente en la vigilancia de brotes epidemiológicos
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f) Participar activamente en los procesos de Evaluación Extema del Desempeño (PEED).
g) Enviar y transportar las muestras. h) Otras funciones asignadas por el Jefe d¡recto. Área de Zoonos¡s - Bacteriana
Art.37. Área de Zoonosis - Bacterlana Es un área funcional adscrita a la Unidad de Microbiologia Médica y cumple las
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