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002-2023-GRSM-GR Regional Decree San Martín In force

Decreto Regional N.° 002-2023-GRSM/GR

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GOBIERNO REGIONAL

SAN MARTÍN

N° 002,-2023-GRSM/GR Moyobamba, 0 6 MAYO 2823

VISTO:

El Expediente N° 001-2023938761 que contiene el Acta N° 002- 2023-GRSM/GGR de fecha 3 de mayo del 2023, la Nota Informativa N° 170-2023-GRSM/GRPyP de fecha 04 de mayo del 2023, el Memorando N° 493-2023- GRSM/GGR de fecha 05 de mayo del 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Titulo IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y N° 28013, se reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Acta N° 002-2023-GRSM/GGR de fecha 03 de mayo del 2023, los funcionarios del Gobierno Regional mencionados en la misma, acordaron, entre otros lo siguiente: “3.1. Realizar la I Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional San Martín, el día martes 30 de mayo de 2023 a las 10 horas, en el Polideportivo de Picota, sito en Prolongación Sucre S/N de la ciudad de Picota bajo la modalidad presencial y transmitido a través de plataformas digitales y sociales.3.2. Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, elaborar la Agenda correspondiente a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2023, la misma que podrá ser observada por los ciudadanos en un plazo de siete (07) días hábiles contados a partir de su difusión, para realizar las observaciones a dicha agenda y proponer nuevos temas que sean de su interés. 3.3. Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la elaboración de la exposición del Gobernador Regional precisando los logros alcanzados por el Gobierno Regional San Martín y el Resumen Ejecutivo que será distribuido a los colaboradores que participen en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas. 3.4. Encargar a la Oficina Regional de Asesoría Legal, proyectar el Decreto Regional de convocatoria para el desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas año 2023. 3.5. Encargar a la Secretaria General la difusión del Decreto Regional de convocatoria para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas año 2023 y a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional, la difusión en los medios de comunicación a nivel del ámbito territorial de la región. 3.6. Finalmente, es responsabilidad de las Unidades Ejecutoras, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados del Gobierno Regional San Martín, brindar la información conforme a las precisiones y en el plazo establecido, que les sean solicitados,

Que, mediante Nota Informativa N° 170-2023-GRSM/GRPyP de fecha 04 de mayo del 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto remitió a la Gerencia General Regional la propuesta para la 1 Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 del Gobierno Regional San Martín, adjuntando al presente la propuesta de agenda y plan de trabajo en marco al desarrollo de la I Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023;

Que, mediante Memorando N° 493-2023- GRSM/GGR de fecha 05 de mayo del 2023, la Gerencia General Regional solicitó a la Oficina Regional de Asesoría Legal lo siguiente: “(...) conforme a lo establecido en el numeral 3.4 del Acta N° 2-2023- GRSM/GGR, proyectar el Decreto Regional de convocatoria para el desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de

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GOBIERNO REGIONAL

SAN MARTÍN

N° 002 -2023-GRSM/GR

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VISTO:

El Expediente N° 001-2022938761 que contiene el Acta N° 002- 2023-GRSM/GGR de fecha 3 de mayo del 2023, la Nota Informativa N° 170-2023-GRSM/GRPyP de fecha 04 de mayo del 2023, el Memorando N° 493-2023- GRSM/GGR de fecha 05 de mayo del 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Politica del Estado, Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV sobre Descentralización, Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y N° 28013, se reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Acta N° 002-2023-GRSM/GGR de fecha 03 de mayo del 2023, los funcionarios del Gobierno Regional mencionados en la misma, acordaron, entre otros lo siguiente: “3.1. Realizar la I Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional San Martín, el día martes 30 de mayo de 2023 a las 10 horas, en el Polideportivo de Picota, sito en Prolongación Sucre S/N de la ciudad de Picota bajo la modalidad presencial y transmitido a través de plataformas digitales y sociales.3.2. Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, elaborar la Agenda correspondiente a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2023, la misma que podrá ser observada por los ciudadanos en un plazo de siete (07) días hábiles contados a partir de su difusión, para realizar las observaciones a dicha agenda y proponer nuevos temas que sean de su interés. 3.3. Encargar a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la elaboración de la exposición del Gobernador Regional precisando los logros alcanzados por el Gobierno Regional San Martin y el Resumen Ejecutivo que será distribuido a los colaboradores que participen en la Primera 4udiencia Pública de Rendición de Cuentas. 3.4. Encargar a la Oficina Regional de Asesoría Legal, proyectar el Decreto Regional de convocatoria para el desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas año 2023. 3.5. Encargar a la Secretaria General la difusión del Decreto Regional de convocatoria para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas año 2023 y a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional, la difusión en los medios de comunicación a nivel del ámbito territorial de la región. 3.6. Finalmente, es responsabilidad de las Unidades Ejecutoras, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados del Gobierno Regional San Martín, brindar la información conforme a las precisiones y en el plazo establecido, que les sean solicitados;

Que, mediante Nota Informativa N° 170-2023-GRSM/GRPyP de fecha 04 de mayo del 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto remitió a la Gerencia General Regional la propuesta para la I Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 del Gobierno Regional San Martín, adjuntando al presente la propuesta de agenda y plan de trabajo en marco al desarrollo de la I Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023;

Que, mediante Memorando N° 493-2023- GRSM/GGR de fecha 05 de mayo del 2023, la Gerencia General Regional solicitó a la Oficina Regional de Asesoría Legal lo siguiente: “/...) conforme a lo establecido en el numeral 3.4 del Acta N° 2-2023- GRSM/GGR, proyectar el Decreto Regional de convocatoria para el desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de

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GOBIERNO REGIONAL

SAN MARTÍN

N*002 -2023-GRSM/GR

Cuenta del año 2023, a llevarse a cabo el día martes 30 de mayo de 2023 a las 10 horas, en el Polideportivo de Picota, sito en Prolongación Sucre S/N de la ciudad de Picota. ”;

Que, el Artículo 191° de la Constitución Politica del Perú señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomia política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”;

Que, el Articulo 5° de la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” (en adelante, la “Ley””) señala lo siguiente: “La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. ”;

Que, el numeral 3 del Artículo 8° de la Ley, que se refiere a los principios rectores de las políticas y la gestión regional, precisa lo siguiente: “(...) 3. Gestión moderna y rendición de cuentas. - La Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporan a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadania sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestión. La Audiencia Pública será una de ellas. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidos a las

responsabilidades que la ley establezca. (...)”;

Que, el Artículo 3° de la Ley N° 31433, Ley que Modifica al artículo 24° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que: “Las Audiencias públicas regionales; El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el período. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 006-2023-GRSM/CR de fecha 06 de mayo del 2023 y mediante publicación en el Diario Oficial el Peruano con fecha 09 de mayo del 2023, en su artículo primero , el Consejo Regional San Martín en su artículo primero resuelve “APROBAR la actualización del Reglamento para el desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional San Martín,” (en adelante, el “Reglamento”) y asimismo, en su artículo segundo resuelve “DEROGAR Ordenanza Regional N° 031-2018- GRSMICR, de fecha 19 de noviembre del 2018, que aprobó el Reglamento que Norma las audiencias públicas de rendición de cuentas del Gobierno Regional de San Martín”, por lo que, conforme a la ordenanza regional vigente ha establecido en su artículo 1° lo siguiente que tiene como finalidad fortalecer el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional San Martín a través de lineamientos que promuevan la

transparencia y faciliten la participación democrática y responsable de los ciudadanos y ciudadanas ;

Que, el Artículo 10° del Reglamento precisa lo siguiente: “La realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas es responsabilidad del Gobernador o Gobernadora Regional, como autoridad politica del Gobierno Regional. ”;

Que, el Artículo 11° del Reglamento, que se refiere a los responsables en la organización en la realización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, señala lo siguiente: “(...) 11.1. La Gobernación Regional, como órgano ejecutivo del gobierno regional. Le corresponde: (...) c. Emitir la convocatoria. (...) 11.5. La Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto a. Proponer la agenda. (...)”;

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N* 002 -2023-GRSM/GR

Que, el Artículo 7° del Reglamento señala lo siguiente: “El gobierno regional realizará, como minimo, dos (02) Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas al año, una en la capital de la región y otra en una provincia distinta. (...)”;

Que, el Artículo 13° del Reglamento establece lo siguiente: “La convocatoria será realizada mediante Decreto Regional, con un plazo no menor a quince (15) días calendario previo al desarrollo de la audiencia y debe contener: a. Fecha, hora y lugar de la audiencia., b. La agenda y plazos para observación de la agenda., c. Lugar y plazo para la inscripción de participantes; entre otros aspectos. La convocatoria se difundirá através de comunicaciones escritas acada una de las organizaciones e instituciones. Además, debe ser publicitada en el Portal Institucional del Gobierno Regional, medios de comunicación (Páginas institucionales, redes sociales), y otros mecanismos de difusión, que aseguren el conocimiento de la ciudadanía en general. ”;

Que, la Presidencia Regional (Gobernación Regional) es el Órgano ejecutivo del Gobierno Regional y recae en el Presidente Regional (Gobernador Regional), quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional (Artículo 20° de la Ley);

Que, el literal d., del Artículo 21° de la Ley establece que es atribución del Presidencia Regional (Gobernación Regional) dictar Decretos Regionales;

Que, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la administración regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano (Artículo 40° de la Ley);

Que, por las razones expuestas, de conformidad con la Ley N°

7867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes N° 27902 y 28013, la

1 fet = Wrdenanza Regional N° 006-2023-GRSM/CR que Aprueba la actualización del Reglamento para el

pS) mio de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional San Martín, el

ES Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Regional N° 023-2018-

/ GRSMICR, modificada parcialmente por la Ordenanza Regional N° 019-2022-GRSM/CR; y con las

visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal , la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín;

SE DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la convocatoria de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 Gobierno Regional San Martín:

Fecha : Martes, 30 de mayo de 2023. Hora : 10:00 a.m. Lugar : Polideportivo de Picota, sito en Prolongación Sucre S/N de la ciudad de Picota.

Modalidad : Presencial y transmitido a través de plataformas digitales y sociales

GOBIERNO REGIONAL

SAN MARTÍN

N° 002 -2023-GRSM/GR

ARTÍCULO _SEGUNDO.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional del Gobierno Regional San Martín, la difusión del presente Decreto Regional en los medios de comunicación del Departamento de San Martín.”.

ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional al Consejo Regional San Martín, Gerencias Regionales, Direcciones Regionales y demás Órganos, Unidades Orgánicas y Órganos Desconcentrados del Gobierno Regional San Martín para cumplimiento y fines.

Regístrese, Comuníquese y Archívese.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionsanmartin/normas-legales/6424999-002-2023-grsm-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7565361/6424999-decreto-002-2023.pdf