Decreto Regional N.° 002-2019-GRSM/GR
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_ DECRETO REGIONAL N° 02. -2019-GRSM/GR
Moyobamba, 15 MAYO 2019 VISTO:
El Expediente N° 001-2019031612, que contiene la Nota - Informativa N° 0155-2019-GRSM/GRPy?, de fecha 24 de abril del 2019, y el Informe Técnico N°012-2019- GRSM/GRPyP/SGPEyER, de fecha 24 de abril del 2019, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con {4 Constitución Politica. del Estado, Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Desceniralización, Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales y sus modificaciones, se lésreconoce a los Gobierno: Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. ,
Que, la autonomía política de los Gobierno Regionales sedefine como la faculiad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas. decidir a través de sus Órganos de gobierno, y desarrolla: las funciones que le so: inherentes, conforme lo establuce el numeral 9.1 lel artículo 9° de la Ley N*27793. Lev de Bases uo la Descentralización. .
Que, mediante Nota Informaiva N° 1Y155-2019- GRSM/GRPyP, la Gerez Regiona; de Planeamiento y Presupuesto del Goviv:no Regional de.San Martin, solicita a la cia General Regional emita el acto administrativo (decreto regional), para aprobar el cronograma del Proceso Electoral para elegir a: low representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional San Martin pera el Periodo 2019-2021.
Que, los Decretos Regionales establecen normas “reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos nedgsarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de inteyés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, cowacuerdo del directorio de Gerencias Regionales, conforme lo establece-el artículo 40° de la Ley x” 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Que, de acuerdo al artículo 11°- A de la ley N° 27867, se establece la composición y funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional, el cual está integrado por el Gobernador Regional quien preside, pudiendo delegar tal función en- el Vicegobernador Regional; los alcaldes provinciales de la región y los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil, señalado además que la proporción de los alcaldes provinciales y representantes de la sociedad civil, será del 60% y 40% respectivamente.
Que, el Consejo de Coordinación Regional es un órgano consultivo y de coordinación del gobierno regional con las municipalidades. Está integrado por los alcaldes provinciales y por los representantes de la sociedad civil, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 002-2019- GRSM/CR. se aprobó el “Reglamento de Elección de Representantes. de la Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional 2019-2021”, estableciendo en su artículo
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DECRETO REGIONAL N° q02__-2019-GRSM/GR
20°, que la convocatoria a elección de representantes de la sociedad civil al Consejo de Coordinación Regional, la efectúa el Gobernador del Gobierno Regional San Martín mediante Decreto Regional, el
mismo que establecerá el lugar. ta fecha y hora en la que se procederá al acto electoral, siendo ello así corresponde emitir el acto resolutivo que así lo disponga.
Que, mediante Informe Legal N° 262 -2019-GRSM/ORAL, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín opina favorablemente, a fin de se apruebe el proceso de convocatoria a elecuión indicando el lugar, fecha y hora en la que se procederá a realizar el acto electoral.
Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades y atribuciones conferidas de conformidad con el artículo 40 de la Ley N° 27867 -- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902 y el Reglamento de Organización y funciones, con el visto bueno de la Oficina Regional de Asesoría Legal y Gerencia General Regional del Gobierno Regional San Martín. -
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el cronograma del + Proceso Electora! para elegir a los representantes de las'organizaciones de la Sociedad Civil‘ante es Consejo de Coordinación Regional San Martín para el Periodo 2019-2021, en los términttis establecidos en el anexo I, el cual forma parte integrante del presente Decreto Regional. 5
AR ick JLQ_ SEGUNDO: CONVOCAR al proceso de ¿ elección de Representantes de las Organi l ante el Consejo de i Coordinación Regional San Martin para el perivdo 2019-2021, a llevarse a cabo del día 21 de juny * del 2019, a partir de las 9:00 a.m hasta ¡as 13:00 horas, en el Auditorio del Proyecto Especial Alte 4 Mayo-PEAM: Moyobamba. .
proceso de convocatoria y elección democrática de los representantes titulares y accesitarios de la gociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional San Martín para un periodo de dos (02) años, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto — Secretaria Técnica, del Consejo de 0 Coordinación Regional San Martín. >
Regístrese, Comuniquese y Archívese.
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ogarín Vargas GOBERNADOR REGIONAL
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_ DECRETO REGIONAL N*_00% -2019-GRSM/GR
ANEXO 1
Ne ACTIVIDADES F FECHAS
Aprobación de Ordenanza Regional para el Reglamento «de
1 Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional 2019-2021
11 de marzo al 19 de abril del
Convocatoria Inscripcién de las Organizaciones de la Sociedad 22 Abril al 07 de junio dei
Civil “Registro Departamertal” 2019 Actualización de datos a Inscripción de las Organizaciones de la - 22 Abril al 07 de junio del Sociedad Civil » 2019 ej ii i J 4 Subsanacior de observaciones a la inscripción 10 de woe Junio det
Resolución (erencial de aprobación a la lista de Organizaciones de ¡a socieda-! civil aptos para participar del pruceso electoral
n del Comité Electoral 24 de junio 2919 Capacitación a ciganizaciones de ia Sociedad Civil sobre el 25 «e junio 249 proceso de om. a cargo“de |x ONPE.
Cronograma Miectoral
14 de junio del 21:19
Elerción det
7.1 Convocatoria a Elecciones 7.1.1 Instalación | , 7.1.2 Nominacién de Candidatos 21 de ¡unio 2019 7.1.3 Clasificación e Impugnación
7.2 Proveso Electoral
7,3 Resultado del Proceso y Proclamación de Delegados aptos al
Consejo de Coordinación Regional (Acta)
ión de: “omité Electora!
Lugar: Proyecto Especial Alto Mayo-PEAM-Moyobamba Carretera Fernando Belaúnde Terry Km. 493
Fecha: 21 de junio del 2019
Hora: 9:00 a.m.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionsanmartin/normas-legales/1328423-002-2019-grsm-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1429958/DR%20002.pdf_?v=1604946879