Decreto Regional N.° 002-2018-GRSM/GR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
DECRETO REGIONAL N°
0'0 t -2018-GRSM/GR Moyobarnba,
Z 7 SET. ZOí8
VISTO:
El Expediente N° 001-2018076068, que contiene la Nota Informativa N° 258-2018-GRSM/GRPyO, de fecha 24 setiembre del 2018, y la Nota Informativa N° 133-2018GRSM/GRPyP-SGDIde fecha 24 de setiembre del 2018, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidadcon la ConstituciónPolíticadel Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización - Ley N° 27680, Ley Orgánica de GobiernosRegionales- Ley N° 27867 y sus modificatorias,LeyN° 27902 y 28013, se les reconocea los GobiernosRegionalesautonomía política y administrativaen los asuntos de su competencia. Que, mediante Oficio N° 3044 - 2018-0PyPS-DGDIRES/SM de fecha 17 de setiembre del 2018 la Dirección Regional de San Martín, remite a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San Martín, el informe sustentatorio del Manual de Operaciones de la Oficina de Gestión de Servicios. de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada, para conocimiento y trámite correspondiente, así mismo con Memorando N° 33óO-2018~GRSM/GRDS de fecha 18 la Gerencia Regional de Desarrollo Social remite dicho informe al Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto para las acciones correspondiente, en tal sentido, mediante proveído la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto remite dicho informe a la Oficina de Desarrollo Institucional para que así pueda emitir el informe correspondiente; es así, que mediante Nota Informativa N° 133-2018-GRSM/GRPyP_SGm se informa al Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto que es favorable la aprobación mediante Decreto Regional del Manual de Operaciones de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializado de Alcance Regional-OGESS, finalmente mediante nota informativa de la referencia el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto, informa al Gerente General Regional (e) que se debe otorgar la conformidad respectiva y opinión favorable para aprobación del Manual de Operaciones de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializado de Alcance Regional --OGESS, previo informe legal, es así que mediante proveído de fecha 24-09-2018 se solicita a la oficina Regional de Asesoría Legal la opinión correspondiente. Sobre el panicular, Que, la Ordenanza Regional N° 02320 18-GRSM/CR de fecha 10 de setiembre del 2018, se aprueba la modificación al Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de San Martín, que en su artículo 179° Dirección Regional de Salud; establece que es el órgano de línea de la Gerencia Regional de Desarrollo Social responsable de promover la salud y prevenir los riesgos y daños a la salud, regula y fiscalizar los bienes y servicios de salud; organizar y promover la atención integral de servicios públicos y privados con calidad, considerando los determinantes de la salud centrados en satisfacer las necesidades de salud de las personas, familias y las comunidades, priorizando a los más vulnerables y excluidos. La Dirección Regional se constituye en la autoridad sanitaria regional, responsable de formular, adecuar, implementar, evaluar y controlar las políticas del sector salud en el ámbito del Departamento de San Martín.
DECRETO REGIONAL N° Oo¿ -2018-GRSM/GR Por otro lado el numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización establece que la Autonomía Administrativa; es la facultad de organizarse internamente y de reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad, el literal e) del artículo 35° de la Ley en mención establece como competencia exclusiva del Gobierno Regional aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de presupuesto; y mediante Ordenanza Regional N° 023-2018-GRSM/CR.el Gobierno Regional de San Martín aprueba la modificación al Reglamento de Organización y Funciones. Así mismo, las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud OGESS son órganos desconcentrados de la Dirección Regional de Salud, responsable de la "'\ 'Itj,¡.. .estión sanitaria territorial, la provisión de servicios de salud y de asegurar los servicios de apoyo . ;, }~ queridos por los establecimientos de salud (IPRESS) de Nivel 1 y II de atención que conforman \ ~ ~-i'I a red asistencial del ámbito de su responsabilidad. Todo ello con el objetivo de asegurar las &' '1 , aSI, como d e proponer e "'l Y.APA atenciones d e sa 1ud en funci .1ClOna as necesi·dad es d e la po blacion, implementar en su ámbito, políticas, normas y procesos relacionados a la salud. ifiil..
.,.1~,~
.
Ahora bien, del Manual de Operaciones de las Oficinas de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional OGESS aprobado mediante Resolución Directoral Regional N° 137-2018 de fecha 10 de mayo del 2018, se puede desprender de su artículo 5° que se identifican corno ofici las de Gestión de Servicios de Salud 0GESS las si guieníes a) Oficina de Gestión de Servicios de Salud Alto Mayo, b) Oficina de Gestión de, Servicios de Salud Bajo Mayo, e) Oficina de Gestión de Servicios de Salud Huallaga Central, y d) Oficina de Gestión de Servicios de Salud Alto Huallaga. En tal sentido, para la aprobación del Manual de Operaciones -MOP de la Oficina de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional OGESS Especializadas, se deberá tomar en consideración 10descrito por el del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado" y que en el artículo 55°.- Informe Técnico y Aprobado del MOP establece que: 55.1 La Propuesta de Manual de Operaciones se sustenta en un informe técnico que justifique sus estructura y los mecanismos de control y coordinación, 55.2 EL MOP se aprueba por el titular del sector del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía en caso de Gobiernos Regionales o Locales. Que, para el presente caso en la cual se busca la aprobación del "Manual de Operaciones -MOP de la Oficina de Servicios de Salud Especia/izados de Alcance Regional -OGESS Especializadas". se deberá tener en cuenta 10 establecido en el numeral 55.2 del artículo 55° Decreto Supremo N° 054-20J8-PCM que aprueba los "Lineamientos de Organización del Estado ", teniendo en cuenta que para la aprobación del Manual de Operación MOP se debe realizar mediante Decreto Regional. Finalmente, teniendo a la vista el informe técnico sustentario del Manual de Operaciones -MOP de la oficina de gestión de servicios de salud especializados de alcance regional -OGESS Especializada, así como la opinión favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional emitido mediante Nota informativa N° 133-2018GRSM/GRPyP-SGDI de fecha 24 de setiembre del 2018; así como el informe legal N° 656-2018GRSM/ORAL de fecha 25 de siembre del 2018 que opina de manera favorable la aprobación Mediante Decreto Regional el Manual de Operaciones -MOP de la oficina de gestión de servicios de salud especializados de alcance regional -OGESS; y siendo este un requisito indispensable
DECRETO REGIONAL N° OD(. -2018-GRSMlGR para la aprobación de acuerdo a lo establecido en el numeral 55.1 del artículo 55° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, este despacho procede a resolver. Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades y atribuciones conferidas de conformidad con el artículo 40 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902 Yel Reglamento de Organización y funciones, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Legal, la Gerencia General Regional, y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín. SE RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR Manual de Operaciones -MOP de la Oficina de Servicios de Salud Especializados de Alcance Rezional OGESS Especializadas. en virtud al informe técnico sustentatorio SIN del Manual de Operaciones
- MOP de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional OGESS, de conformidad con los numeral 55.1 y 55.2 del artículo 55° del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM. ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud de la Región San Martín las acciones administrativas para la publicación y difusión de la aprobación del Man!~al de Operaciones -MOP de la Oficina df' Sprvicios de Salud Especializ([(7(Js ;'IeAlcance Regio17ÓI-OGESS Especializadas, para_su aplicación.
Regístrese. Comuníquese y Cúmplase.
,.
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE SAN MARTIN
INFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO DEL MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA OFICINA DE GESTiÓN DE SERVICIOS DE SALUD ESPECIALIZADOS DE ALCANCE REGIONAL - OGESS ESPECIALIZADA
¡ (
OFICINA DE PLANEAMIENTO y PRESUPUESTO SECTORIAL
Moyobamba, setiembre del 2018
CONTENIDO DEL INFORME TECNICO SUSTENTATORIO
INTRODUCCIÓN
SECCiÓN 1: ANTECEDENTES. IMPLEMENTACiÓN DE LA OFICINA DE GESTiÓN DE SERVICIOS DE SALUD ESPECIALIZADOS DE ALCANCE REGIONAL OGESS ESPECIALIZADA.
SECCiÓN 2: JUSTIFICACiÓN PARA LA ELA80RACIÓN DEL MANUAL DE OPERACIONES - MOP DE LA OGESS ESP[CIALlZADA a. Sustento legal t. Análisis estructural c. Análisis de no duplicidad
INTRODUCCiÓN
El presente informe contiene la sustentación técnica de la propuesta de Manual de Operaciones - MOP de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada de la Dirección Regional de Salud de San Martín (DI RES SM), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 53 al 55 del Capítulo III - DEL MANUAL DE OPERACIONES del DECRETO SUPREMO N° 054-2018-PCM - Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. La propuesta de Manual de Operaciones - MOP se sustenta, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.- Finalidad del OS W 054-2018-PCM, en la búsqueda de "que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadania". La Dirección Regional de Salud San Martín es el órgano técnico normativo desconcentrado del Gobierno Regional responsable de formular, adecuar, implementar, controlar y evaluar las políticas de salud en la región. En cumplimiento a este mandato, la Autoridad Sanitaria Regional ha identificado la necesidad de abordar la principal problemática que atraviesa actualmente el sector público de la salud en la región, y que es expresada por la población sanmartinense como: demora para conseguir citas, demora para la atención, desabastecimiento de medicamentos y escasez de especialistas. Adicionalmente, la región viene desarrollando un proceso de fortalecimiento de la capacidad resolutiva de la red hospitalaria con inversión pública tanto del nivel central como del presupuesto regional, como producto del planeamiento de la inversión multianual en salud.
,
Ante estas condiciones actuales, el Gobierno Regional de San Martín a través de la Dirección Regional de Salud responde con una propuesta de modernización de la gestión con la finalidad de asegurar la sostenibilidad financiera y operativa de la inversión en salud que se viene desarrollando, y de mejorar el desempeño del sistema sanitario público en San Martín, en beneficio de la población regional. Esta propuesta se consolida con la creación de las OGESS territoriales y la OGESS Especializada mediante OR W 005-2017-GRSM/CR y OR N° 009-2017-GRSM/CR, respectivamente. En esa misma línea, y como parte de la Hoja de Ruta de implementación de las OGESS, la DIRES SM cumple con elaborar sobre la base del ROF vigente del GRSM, los Manuales de Operaciones - MOP de las OGESS territoriales y el Manual de Operaciones - MOP de la OGESS Especializada, documentos de gestión que son claves para la gestión interna institucional. Mientras que el MOP de las OGESS territoriales fue aprobado mediante RDR W 137-2018-GRSM/DIRES-SM/OPPS de fecha 10 de mayo del 2018 en virtud a la delegación de facultades de aprobación del MOP establecida en el ROF del GRSM (OR W 021-2018-GRSM/CR), el MOP de la OGESS Especializada requiere un procedimiento diferente en cumplimiento de lo establecido en el Capítulo 111 del OS W 054-2018-PCM, vigente desde el18 de mayo del 2018. En el marco de lo anterior se plantea el presente informe que incorpora la sustentación del Manual de Operaciones - MOP de la OGESS Especializada. Para tal efecto, el documento se ha dividido en las siguientes secciones:
Sección 1: Antecedentes. Incluye un recuento de la implementación de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada. Sección 2: Justificación para la elaboración del MOP de la OGESS Especializada. Una vez aprobado el MOP de la OGESS Especializada, la Dirección Regional de Salud procederá a desarrollar las acciones de socialización e implementación pertinentes.
SECCiÓN 1: ANTECEDENTES. IMPLEMENTACiÓN DE LA OFICINA DE GESTiÓN DE SERVICIOS DE SALUD ESPECIALIZADOS DE ALCANCE REGIONAL - OGESS ESPECIALIZADA.
El 2015 la gestión regional de San Martín inició el desarrollo de una iniciativa de redes integradas de servicios. En esta iniciativa, los hospitales juegan el rol de establecimiento de mayor complejidad, con una cartera de servicios que se articula al primer nivel de atención bajo una organización con perspectiva territorial. Las preguntas centrales de la iniciativa San Martín fueron: ¿Cuál es el modelo de gestión más adecuado para los nuevos hospitales que están en construcción? ¿Vamos a construir y poner en funcionamiento nuevos hospitales con el viejo modelo de gestión? ¿Qué debemos innovar para tener mejores resultados y mejores hospitales que respondan a las necesidades de la población en sus ámbitos territoriales de referencia? Esta iniciativa regional fue ampliamente debatida en el seno de la Comisión Intergubernamental de Salud entre fines del 2015 y el primer semestre del 2016. A partir del debate se generaron acuerdos referidos a la puesta en operación de los nuevos establecimientos de salud; construidos y equipados bajo la nueva política nacional de inversiones en salud, con la nueva perspectiva de Hospitales en Red. La iniciativa del Gobierno Regional de San Martín de desarrollar pilotos regionales de hospitales en redes integradas de servicios, responde a una orientación de política regional para dar racionalidad a la oferta pública, dar más atención a los ciudadanos desde el primer nivel y orientar la demanda, además de evitar el colapso técnico y financiero de sus hospitales. Bajo esta orientación el Gobierno Regional ha adoptado la decisión de conformar 4 Redes Integradas: Alto Mayo. Provincias de Moyobamba y Rioja. Bajo Mayo. Provincias de San Martín, Picota, El Dorado y Lamas. Alto Huallaga. Provincia de Tocache. Huallaga Central. Provincias de Mariscal Cáceres, Huallaga y Bellavista
Cada una de estas nuevas redes integradas de servicios de salud (RISS) tendrá como cabeza de conducción una Oficina de Gestión de Servicios de Salud - OGESS para asumir las labores de conducción y soporte de la prestación, y articular la entrega de servicios de salud de primer y segundo nivel.
Asimismo, como parte de su orientación de política de ordenamiento de servicios para fortalecer la capacidad regional de atención de las necesidades de salud de la población, el Gobierno Regional busca generar las condiciones organizacionales para una real articulación funcional entre ell y II Nivel de Atención (Hospital en Red) en las Redes Integradas de Servicios de Salud, para lo cual conformó la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada para manejar los servicios especializados de alcance regional existentes en la región: (i) Hospital 11-2de Tarapoto, (ii) Laboratorio Regional de Salud Pública, y (iii) Banco de Sangre Regional. Estos cambios obedecen a una política de modernización de los servicios, que va aunada al fortalecimiento de la Autoridad Sanitaria Regional de Salud. La creación de nuevas redes, sus respectivas cabezas conductoras que gobiernen la prestación, denominadas Oficina de Gestión de Servicios de Salud (OGESS), así como la conducción articulada de los servicios especializados de alcance regional en la región, tiene implicancias en la actual estructura organizativa del sector salud en San Martín. Las adecuaciones a la estructura organizativa en el sector fueron aprobadas mediante OR W 005-2017-GRSM/CR y OR W 009-2017-GRSM/CR para que se constituyan las OGESS como autoridad única responsable de la operación y prestación de servicios a los ciudadanos, gestionando y administrando los recursos en un ámbito jurisdiccional determinado. El diseño de las adecuaciones organizacionales para las OGESS territoriales y la OGESS Especializada se basa en la especialización de las responsabilidades de conducción prestacional, la administración de los recursos económicos y materiales, la gestión de las políticas de recursos humanos y la conducción no asistencial de los procesos de atención a los ciudadanos. COMPONENTES DE LAS REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD DE SAN MARTíN: \
El modelo de organización de los órganos desconcentrados de la DIRES SM, aprobado mediante OR N° 005-2017-GRSM/CR y OR W 009-2017 -GRSM/CR, incorporan los siguientes elementos componentes: • Articulación efectiva del primer y segundo nivel de atención • Diferenciación y separación de las funciones de conducción y soporte de las de atención sanitaria • Las funciones de conducción y soporte que hacen posible la prestación de servicios. • Las funciones de atención sanitaria. • Transparencia y reducción de la discrecionalidad en la ejecución • Optimización y Modernización de procesos
SECCiÓN 2: JUSTIFICACiÓN PARA LA ELABORACiÓN OPERACIONES - MOP DE LA OGESS ESPECIALIZADA
DEL MANUAL
DE
a. Sustento legal Los cambios organizacionales que dan lugar a la estructura orgánica y funcional de la OGESS Especializada están sustentados en la siguiente base legal: • • • • • • •
• •
•
•
Constitución Política del Perú Ley W 26842, Ley General de Salud. Ley de reforma constitucional del capítulo XIV, Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27680, publicada el7 de marzo del 2002. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, publicada el 17 de julio del 2002. Ley N° 27687, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, publicada el 16 de noviembre del 2002. Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, publicada el 17 de enero del 2002. Ley N° 27902, Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27687 para regular la participación de los alcaldes provinciales y la sociedad civil en los gobiernos regionales y fortalecer el proceso de descentralización y regionalización, publicada el 1° de enero del 2003. Ley W 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. OR W 005-2017-GRSM/CR, Aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín para la creación de las OGESS territoriales (Técnico Sustentatorio adjunto a la Nota Informativa W 022-2016-GRSM/SGDI) OR W 009-2017-GRSM/CR, Aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de San Martín para la creación de la OGESS Especializada DS W 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado
Este contexto normativo asigna a la DIRES SM, en virtud a la PRIMERA DISPOSICiÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL del ROF del GRSM aprobado mediante OR W 009-2017-GRSM/CR, la responsabilidad de "modificar los respectivos instrumentos de gestión relacionados a las instancias de la Dirección Regional de Salud, que son materia de las modificaciones introducidas en el presente Reglamento, en un plazo de 120 días conforme a los lineamientos establecidos en el DS N°043-2006-PCM y disposiciones emitidas por SERVIR' Posteriormente, en virtud a la PRIMERA DISPOSICiÓN COMPLEMENTARIA, TRANSITORIA Y FINAL del ROF del GRSM aprobado mediante OR W 0212017-GRSM/CR, a la DIRES SM se le asigna la responsabilidad de, "en el marco del presente Reglamento, [ ...] desarrollar Manuales de Operaciones (MOP) para precisar la distribución de responsabilidades entre unidades funcionales, especializadas u otras, a efecto de facilitar su mejor cumplimiento. [ ...] Estos Manuales de Operaciones (MOP) serán aprobados por resolución del respectivo Director Regional y/o Gerente, previa conformidad de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucionaf'.
con fecha 18 de mayo del 2018 se publica el OS W 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el cual en su Capítulo III establece un procedimiento diferente para la estructura y procedimiento de aprobación del Manual de Operaciones de la OGESS Especializada, dejando sin efecto lo pautado por el OS N° 043-2006-PCM. Consecuencia de esto es que, en aplicación de estas nuevas pautas, la DIRES SM debe dejar sin efecto la RDR W 451-2018-GRSM/DIRES-SM/OPPS de fecha 12 de julio del 2018 mediante la cual aprobó el MOP de la OGESS Especializada, y alinearse con las disposiciones vigentes al respecto establecidas por el OS W 054-2018-PCM. Sin embargo,
Por tanto, en cumplimiento del marco normativo vigente es que la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martín, plantea el Manual de Operaciones - MOP de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada, incorporando las precisiones que se describen a continuación: i. Se crea la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada como órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud responsable de la gestión y provisión de servicios de salud especializados de alcance regional y de asegurar los servicios de apoyo requeridos por las IPRESS especializadas I servicios especializados de alcance regional, que son parte del sistema regional de salud. Todo ello con el objetivo de asegurar las atenciones especializadas de salud en función a las necesidades de la población, así como de proponer e implementar en su ámbito de responsabilidad, políticas, normas y procesos relacionados a la salud. ii. La OGESS Especializada se constituye en una UGIPRESS. iii. La OGESS Especializada administra los recursos, ejecuta el presupuesto y gestiona los sistemas administrativos de su competencia, para lo cual asume la titularidad de la Unidad Ejecutora presupuestal correspondiente. iv. La OGESS Especializada está bajo la dirección técnico-normativa de la Dirección Regional de Salud. v. Para el cumplimiento de sus funciones, la OGESS Especializada cuenta con una Unidad de Planeamiento Financiero, Planificación y Administración, una Unidad de Recursos Humanos y una Unidad de Gestión Prestacional. vi. Se establecen como funciones de la OGESS Especializada, las siguientes:
Conducir y organizar la prestación de servicios de salud especializados de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de salud de las personas, así como la cartera de servicios de las IPRESS especializadas de alcance regional.
Suscribir, en coordinación con la DIRES SM, convenios específicos con entidades públicas y privadas para realizar el intercambio de prestaciones de salud, y para otros propósitos y temas en el marco de sus competencias y dentro de su jurisdicción, de acuerdo con las disposiciones de la Dirección Regional de Salud de San Martín.
Programar, asegurar, vigilar y controlar la disponibilidad de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, de acuerdo a estándares nacionales de la DIGEMID.
Formular y proponer a la Dirección Regional de Salud documentos de gestión organizacional de las IPRESS de su ámbito de responsabilidad y de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional - OGESS Especializada, y asegurar su implementación.
Proveer oportunamente los bienes y servicios requeridos por las IPRESS de su ámbito de responsabilidad para el cumplimiento de sus objetivos y metas, a través de las adquisiciones, almacenamiento, distribución y control que sean pertinentes.
Organizar, conducir y ejecutar la compra institucional de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, en situaciones de contingencia que lo ameriten, y bajo autorización expresa de la Dirección Regional de Salud.
Administrar y supervisar los almacenes de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de las IPRESS de su ámbito de responsabilidad.
Implementar, conducir y supervisar los sistemas administrativos de contabilidad, tesorería, logística, control patrimonial y de administración de recursos humanos que corresponden a la sede de la OGESS Especializada y las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, en el marco de las disposiciones generales que establezca la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional.
Implementar y controlar el sistema administrativo de presupuesto de la sede de la OGESS Especializada y las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial de la Dirección Regional de Salud, y en el marco de las disposiciones generales que establezca la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional. 10.Dirigir y coordinar la formulación presupuestal, así como consolidar y elevar a la Dirección Regional de Salud, a través de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial, el proyecto de Presupuesto de las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, individualizándolo según cada instancia bajo su competencia y prioridades. 11.Elaborar, consolidar, aprobar, modificar, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de la OGESS Especializada, en coordinación con cada área usuaria, de acuerdo al Plan Operativo y presupuesto debidamente aprobados para cada año fiscal, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, el Reglamento de Contrataciones del Estado y las directivas que para tal efecto establezca la Oficina Regional de Administración. 12.Dirigir la ejecución y evaluación presupuestal de las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, asequrando que su ejecución se enmarque en las políticas y metas regionales. y sectoriales correspondientes, y que esté alineada al respectivo Plan Operativo; así como elevar los instrumentos financieros de Unidad Ejecutora
presupuestal correspondiente, Regional de Administración.
en
coordinación
con
la Oficina
13.Ejecutar modificaciones presupuestales en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial de la Dirección Regional de Salud y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto. 14.0rganizar, implementar y controlar el sistema de información y estadística en salud, en su ámbito de competencia, así como aplicar y difundir la información en salud para la gestión de los procesos sectoriales e institucionales en las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, garantizando la seguridad, oportunidad y veracidad de la información emitida. 15.Brindar soporte administrativo y técnico a las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, en el desarrollo y mantenimiento de la plataforma tecnológica de los sistemas de información, informáticos, de telecomunicaciones y telemática de salud, en el marco de las políticas, normas y estándares nacionales y regionales vigentes en la materia. 16.Ejecutar, supervisar y evaluar los procesos administrativos de gestión de recursos humanos conforme a los lineamientos de la Oficina de Gestión de las Personas del Gobierno Regional, y de la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud. 17.Formular las bases y los expedientes de contratación de los procesos de selección de bienes y servicios que soliciten las IPRESS de su ámbito de responsabilidad. 18.Conducir y ejecutar el proceso de selección, contratación y asignación de personal en la OGESS Especializada y las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, en coordinación y con autorización de la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud, en el marco de las normas que establece la Ley. 19.Coordinar la implementación y participar en la evaluación de los procesos de capacitación, inducción, evaluación de desempeño y certificación del personal de su ámbito, en coordinación con la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud. 20.Programar, solicitar y asignar las plazas de los programas de internado y segunda especialización en su ámbito de competencia, en coordinación y con autorización de la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud. 21.Seleccionar y proponer a los directivos de las IPRESS de su ámbito de responsabilidad, en coordinación con la Dirección Regional de Salud, y en el marco de las normas que resulten aplicables. 22.Dirigir la difusión, aplicación y supervisión del uso de normas sobre gestión y perfiles de competencias de recursos humanos en los establecimientos de salud de su jurisdicción. 23.Emitir actos resolutivos y suscribir contratos en asuntos técnicos y administrativos en el ámbito de su competencia. 24.Supervisar el cumplimiento de los términos contractuales y convenios dentro de los alcances de su competencia.
'.
25.Formular y aprobar disposiciones administrativas, técnico normativas o reglamentarias sobre asuntos vinculados con su ámbito de responsabilidad, en coordinación con la Dirección Regional de Salud. 26.Emitir informes técnicos de evaluación prestacional, administrativos y financieros a la Dirección Regional de Salud en el ámbito de su competencia. 27. Promover los derechos, responsabilidades y participación ciudadanos en salud en su ámbito de competencia. 28.0tras funciones que le sean asignadas por el Director Regional de Salud en el ámbito de su competencia. b. Análisis estructural 1.1.
Modelo Organizacional de la OGESS Especializada La Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de Alcance Regional OGESS Especializada, es una unidad orgánica desconcentrada cuyo modelo se encuentra integrado por tres gerencias que reportan a la máxima autoridad ejecutiva definida como gerencia general (Director General de la OGESS Especializada). Su diseño se basa en la especialización de la administración de los recursos económicos y materiales, la gestión de las políticas de recursos humanos y la conducción no asistencial de los procesos de atención a los ciudadanos, en la lógica de Redes Integradas. Tendrá como unidades básicas de organización a las siguientes IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional: a. Hospital 11-2de Tarapoto b. Laboratorio Regional de Salud Pública c. Banco de Sangre Regional
1.2.
Organización de las OGESS Con el fin de incrementar la eficiencia de la gestión de los servicios de salud, mejorar la calidad de los servicios prestados y su oportunidad en la entrega a la ciudadanía, se plantea el rediseño de la organización de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional bajo una autoridad única y desconcentrada del nivel regional para ser responsable de la operación y entrega de servicios públicos a los ciudadanos. Para ello, se plantea la siguiente composición:
,,-----, DIRECTOR GENERAL
'----,----'
Dirección de Planificación, Gestión Financiera y Administración
Comité de
---l_ só:
_I
Dirección de Gestión de Recursos Humanos y Docencia
1.2.1. Comité Directivo y Dirección General de la OGESS Especializada. a) Comité Directivo: el Comité Directivo es el único órgano decisor sobre el futuro de la OGESS Especializada. Como ya se ha mencionado, el Consejo Directivo tiene por objeto orientar la política de la organización, controlar las instancias de gestión y servir de enlace entre quienes tienen a su cargo la gestión de la OGESS y los máximos órganos de gobierno sectorial del Gobierno Regional de San Martín, así como con la ciudadanía. Es ante este órgano máximo de gobierno de las OGESS donde se rinde y presenta los estados financieros y el avance de los indicadores de salud pública y salud individual pactados. Los estados financieros y los indicadores hospitalarios/sanitarios constituyen la primera aproximación al nivel de gestión y ejecución de las actividades de la UGIPRESS, siendo fundamental su presentación cada mes de manera obligatoria. Los estados financieros se presentan ante el Consejo Directivo utilizando los principios contables comprendidos en la normatividad vigente. Son funciones del Comité Directivo:
- Monitorear y evaluar los avances en el cumplimiento del Plan Operativo Institucional de la OGESS Especializada.
- Evaluar el desempeño de la gestión financiera y administrativa de la OGESS Especializada en relación al logro de los objetivos sanitarios
- Evaluar los resultados del desempeño de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional del ámbito de responsabilidad de la OGESS Especializada
- Opinar y proponer la continuidad o cambio del Director General de la OGESS Especializada. b) Director General de la OGESS Especializada: La Dirección General es el órgano responsable de dirigir el funcionamiento de la OGESS Especializada, de acuerdo con el marco de las políticas y planes regionales y sectoriales y los acuerdos del Comité Directivo, para mejorar su gestión y condiciones operativas tal que permita la entrega oportuna y de calidad de las atenciones de salud que requiere la población. Es la autoridad ejecutiva máxima de la OGESS Especializada y de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional a su cargo. Garantiza la definición de objetivos de calidad y la implementación de políticas y planes de mejora de la calidaá de la atención de salud percibida por los usuarios. 1.2.2. Órganos consultivos. Comité de Gestión. Es un espacio funcional conformado por los jefes de las unidades de línea de la OGESS, bajo la conducción de su Director, para realizar el seguimiento de los avances en los resultados aprobados por el Comité Directivo, las acciones programadas, y adoptar acuerdos de medidas a implementar para el normal funcionamiento de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional de su ámbito de responsabilidad, en la perspectiva de la Red Integrada de Servicios de Salud.
I
1.2.3. Órganos de línea. a) Dirección de Planificación, Gestión Financiera y Administración: tiene las funciones de planear, programar, formular, ejecutar y controlar las actividades presupuestales y gestionar la obtención de los recursos materiales, técnicos y financieros que se requiere para la ejecución de planes, programas y proyectos orientados al buen funcionamiento de la OGESS Especializada, así como el cumplimiento de los objetivos sanitarios de los establecimientos de salud del ámbito. Asimismo, es la responsable de organizar, coordinar y supervisar las acciones presupuestales que se ejecuten en la OGESS y las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional de su ámbito de responsabilidad, así como las actividades financieras y contables, controlando la correcta aplicación de los recursos a nivel de: ../ Planeamiento financiero: control de la ejecución ../ Ingresos: control de ingresos, auditoría, cobranzas . ../ Tesorería y contabilidad: planear y coordinar el control de pagos y egresos. Planear y coordinar las acciones presupuesta les de la OGESS Especializada y las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional bajo su responsabilidad, así como las actividades financieras y contables, controlando la aplicación racional de los recursos. Se constituye a partir del personal existente en la Oficina de Operaciones Servicios Regionales Referenciales y se organiza en equipos de trabajo de la siguiente forma: Servicios generales y control patrimonial: Contempla lo correspondiente a logística y administración de inventarios, control patrimonial. Proporciona a la OGESS Especializada y a las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional bajo su responsabilidad, los servicios generales requeridos para el desarrollo de sus funciones y el cumplimiento de sus objetivos, así como llevar el control de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la OGESS; gestiona la baja y destino final de los bienes que por sus características no se encuentren apto para su consumo o uso. Asimismo, contrata y supervisa la prestación idónea de los servicios de seguridad, luz, agua, telefonía y mantenimiento menor y arrendamiento de mobiliario y equipo de oficina, así como supervisar que en los establecimientos se proporcionen efectivamente estos servicios con la calidad, cantidad y oportunidad que se requiere para el logro de los objetivos. Control presupuestal: Tiene como funciones asignar, distribuir e integrar el presupuesto operativo de a la OGESS Especializada y a las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional bajo su responsabilidad, así como realizar el seguimiento de la ejecución del gasto, proponiendo modificaciones durante el ejercicio presupuesta!. Logística y mantenimiento: Es la unidad responsable de planear, organizar, dirigir y supervisar las acciones orientadas
al oportuno suministro de insumos, materiales y servicios generales; la construcción y mantenimiento de infraestructura y equipamiento .. Debe velar por: ,¡'
Suministros de bienes y servrcros: ejecutar las actividades dirigidas a la adquisición, almacenamiento y suministro de bienes muebles, alimentos, equipos y materiales, que se requieran en la OGESS Especializada y las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional bajo su responsabilidad para el logro de sus objetivos, a efectos de que puedan disponer de ellos en el tiempo, lugar, cantidad, y calidad requeridos. Asimismo, prestar el apoyo necesario a los comités de adquisiciones, en el trámite de los asuntos derivados de sus funciones, en los términos de lo dispuesto por la legislación vigente. Operar el programa anual de adquisiciones, invitar a oferentes a participar con sus cotizaciones, organizar los procesos de concurso público. Es responsable de la adquisición de medicamentos e insumos bajo las características y condiciones establecidas por la sub gerencia de farmacia. Asimismo, se encarga del almacenamiento y la distribución -según sea el caso- oportuna y en condiciones apropiadas de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios directamente a las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional.
,¡'
Inversiones y mantenimiento: planear, ejecutar y supervisar los programas de construcción, conservación y mantenimiento de la infraestructura sanitaria, de equipos médicos especializados y electromecánico, con el objetivo de mantenerlos en niveles óptimos de operación, aplicando criterios de protección del medio ambiente.
Unidad de Farmacia e insumos médicos: Responsable de: Planear, organizar, ejecutar y supervisar las acciones orientadas al oportuno suministro de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional a su cargo, garantizando la continuidad de la atención a los ciudadanos. Planear, organizar, dirigir y controlar el suministro oportuno de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios mediante el análisis de las necesidades y la gestión de los requerimientos de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional a su cargo. ,¡'
Diseñar, articular y aplicar mecanismos de evaluación económica del consumo de medicamentos que permitan
f
./
./
la toma de decisiones tendientes a mejorar la efectividad del presupuesto . Elaborar y actualizar permanentemente el petitorio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, bajo criterios de fármaco economía, someterlo para su revisión al Comité Farmacológico y de Terapéutica de la OGESS Especializada y difundirlo entre los establecimientos de salud a su cargo . Determinar y operar el sistema de control de inventarios a través de la recepción, almacenamiento, conservación y suministro de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de la OGESS Especializada.
b) Dirección de Recursos Humanos. Administra el empleo, el rendimiento y el desempeño de los recursos humanos que laboran en el ámbito de la UGIPRESS; promueve el desarrollo de los profesionales y técnicos y gestiona el compromiso, la compensación y el incentivo de los recursos humanos, buscando incrementar el desempeño que mejore los niveles de satisfacción y salud de la población mediante las atenciones de salud provistas. Le corresponde cumplir con los siguientes procesos: Gestión del empleo . ./ Formular e implementar políticas, normas, lineamientos, procedimientos, metodologías y estándares en materia de organización del trabajo y su distribución, así como en asuntos de desarrollo y realización del trabajo, gestión del empleo, gestión de la compensación y entregas económicas y gestión del rendimiento de los recursos humanos en salud, según las políticas, planes y programas del Gobierno Regional; ./ Definir los perfiles ocupacionales, diseño y administración de puestos de los recursos humanos en salud en el ámbito de la OGESS Especializada . ./ Formular e implementar estrategias para el reclutamiento, selección e incorporación de los recursos humanos, así como la dotación, distribución y cierre de brechas de los recursos humanos en salud, en respuesta a las necesidades de salud de la población, ./ Mantener actualizado el registro de recursos humanos en salud, incluyendo datos apropiados de la educación, formación, habilidades y experiencia; ./ Realizar el seguimiento y monitoreo de la implementación de las políticas, normas, lineamientos y otros en materia de su com petencia. Desarrollo de recursos humanos ./ Formular las políticas, normas, lineamientos, protocolos, metodologías, estándares y procedimientos en materia de desarrollo de competencias de los recursos humanos en salud; ./ Formular e implementar el plan de desarrollo de capacidades en función de las necesidades de los establecimientos del ámbito y la reducción de las brechas de desempeño;
./
./
./
Programar, solicitar y asignar las plazas de los programas de internado y segunda especialización en su ámbito de competencia, en coordinación con la Dirección de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Salud.; Evaluar periódicamente el nivel de satisfacción de los recursos humanos e implementar acciones para incrementar el nivel de satisfacción y fomentar una cultura organizacional favorable al cambio. Realizar el seguimiento y monitoreo de la implementación de las políticas, normas, lineamientos y otros en materia de su competencia.
e) Dirección de Gestión Prestacional. Cumple con ejecutar funciones en los siguientes temas: Operaciones: ./ Planear, organizar dirigir y controlar los mecanismos de gestión de la demanda para el acceso oportuno y eficaz de los ciudadanos y pacientes a servicros de salud especializados de las Redes Integradas de Servicios de Salud de la región . ./ Promover la atención integral de los pacientes y ciudadanos, mediante el establecimiento de mecanismos e instrumentos de coordinación entre las UPSS, y entre las áreas y los servicios especializados de su responsabilidad, con el fin de garantizar una atención integral y continua a pacientes y ciudadanos que ingresan desde las Redes Integradas de Servicios de Salud de la región . ./ Dirigir en el ámbito de su competencia, los procesos de atención administrativa integral de los ciudadanos en base a las políticas de uso racional de recursos asignados para la atención . ./ Atender, tramitar, hacer seguimiento y resolver las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos y pacientes. Tecnologías de la información y soporte: ./ Planear, organizar, dirigir y controlar el diseño, construcción, implementación, operación y mantenimiento de los equipos de cómputo, redes de voz y data de la OGESS Especializada, así como las medidas necesarias para dotar de seguridad, actualización oportuna, mantenimiento e instalación de equipos de cómputo, telefonía y radiocomunicación requeridos por las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional. ./ Coordinar y controlar el servicio de soporte técnico que se proporcione en las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional de la OGESS Especializada para mantener en operación la infraestructura informática y de comunicaciones, en el mismo horario de funcionamiento delos establecimientos.
Estadística y evaluación: ./ Integrar, evaluar y validar la información estadística de la OGESS Especializada, así como la información e indicadores
de las IPRESS/Servicios Especializados de alcance regional, incluyendo la medición de los procesos y el logro de resultados de la calidad percibida por los usuarios de los servicios de salud, con el fin de evaluar el cumplimiento de los objetivos y coadyuve en el proceso de planeación, cuantifique los fenómenos en materia de salud relacionada con los ciuda
Texto truncado por su extensión. Consulta el texto completo en la fuente oficial (enlace arriba).