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N-217-2026-GRP-CRP Regional Agreement Puno In force

Acuerdo Regional N.° N.°-217-2026-GRP-CRP

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno

AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento

Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

Puno, 18 de mayo del 2026

ACUERDO REGIONAL N° 000217-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional, conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 14 de mayo del 2026, el Pleno del Consejo Regional, en atención al Oficio N° 000009-2026-GRP/CR-JCPH, se aprobó el siguiente Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional constituye el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo de su competencia las funciones y atribuciones previstas en la citada norma, así como aquellas que le sean delegadas mediante disposición expresa. Asimismo, en virtud del artículo 15° de la mencionada ley, corresponde al Consejo Regional, entre otras atribuciones, la de “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. De igual manera, el artículo 16° de la misma disposición legal establece los derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, reconociendo, como uno de sus derechos, el de “proponer normas y acuerdos regionales”. Finalmente, el artículo 39° de la referida Ley Orgánica señala que los acuerdos del Consejo Regional constituyen la manifestación de voluntad de dicho órgano respecto de asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, así como su decisión de ejecutar un determinado acto o sujetarse a una determinada conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional constituye el máximo órgano deliberativo en materia de regulación vinculada a la prestación de los servicios públicos de competencia regional, así como en lo referido a la administración pública regional. En el ejercicio de sus funciones, evalúa los hechos y adopta decisiones conforme a los principios establecidos en la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del Derecho, así como a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias, en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Presupuesto Participativo y demás instrumentos de gestión institucional;

CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 hard Motivo: Doy V° B°

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: L4GMWFH”

Nro. Exp: CR000020260000321

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Que, el literal a) del artículo 12º del Reglamento Interno de Consejo Regional de Puno aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 029-2023-GRP-CRP, señala que son atribuciones del Consejo Regional las que están consideradas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, siendo una de ellas el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, según lo establecido en el artículo 125º del citado Reglamento Interno, los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o que declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende un conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdo dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 000009-2026-GRP/CR-JCPH, a través del cual el Consejero Regional por la provincia de San Antonio de Putina, Jaime Chanel Perlas Hancco, presenta y solicita la aprobación de Acuerdo Regional mediante el cual se declare de necesidad pública e interés regional la ejecución del IOARR denominado "Reparación de tribuna y/o palco y campo deportivo; construcción de tribuna y/o palco y pista de atletismo (deporte recreativo); además de otros activos en el(la) Estadio Municipal de Putina distrito de Putina, provincia San Antonio de Putina, departamento Puno", con CUI Nº 2645376, por constituir una intervención prioritaria orientada a garantizar espacios adecuados, seguros y funcionales para la práctica deportiva y recreativa de la población; Que, con base en la documentación presentada y en los fundamentos expuestos, se menciona que la infraestructura actual del Estadio Municipal de Putina presenta limitaciones estructurales y funcionales que restringen el adecuado desarrollo de actividades deportivas, recreativas, escolares e interinstitucionales, debido al deterioro progresivo de sus tribunas, deficiencias en el campo deportivo y la insuficiencia de condiciones técnicas adecuadas para la práctica segura y organizada de disciplinas atléticas y recreativas. Esta situación genera una brecha significativa en el acceso de la población a espacios públicos dignos, seguros y funcionales, afectando directamente la posibilidad de desarrollar eventos deportivos de alcance distrital, provincial y regional, así como la identificación y promoción del talento deportivo emergente; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme al sustento realizado y debate correspondiente se procede a realizar la votación entre sus miembros, siendo aprobado con quince (15) votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433, y la Ley Nº 31812 por mayoría;

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: L4GMWFH”

Nro. Exp: CR000020260000321

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL, la ejecución del IOARR denominado "Reparación de tribuna y/o palco y campo deportivo; construcción de tribuna y/o palco y pista de atletismo (deporte recreativo); además de otros activos en el(la) Estadio Municipal de Putina distrito de Putina, provincia San Antonio de Putina, departamento Puno", con CUI Nº 2645376, por constituir una intervención prioritaria orientada a garantizar espacios adecuados, seguros y funcionales para la práctica deportiva y recreativa de la población. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de sus órganos de línea y unidades orgánicas competentes, que, en el marco de sus atribuciones, adopte las acciones administrativas, técnicas y presupuestales necesarias orientadas a garantizar el seguimiento permanente, supervisión efectiva y adecuada ejecución contractual del Contrato N° 025-2026-LPA-GR PUNO, cautelando el estricto cumplimiento de las obligaciones contractuales, especificaciones técnicas, cronograma de ejecución, calidad de obra, seguridad en obra y correcta utilización de los recursos públicos. ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, en coordinación con la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina y las entidades competentes, realizar las acciones necesarias para la priorización y ejecución del IOARR con CUI N° 2645376, a fin de garantizar su adecuada implementación en beneficio de la población. ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a la normativa vigente, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a los 18 días del mes de mayo del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _Documento Firmado Digitalmente

HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL PUNO

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: L4GMWFH”

Nro. Exp: CR000020260000321


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175799-n-217-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10028021/8175799-acuerdo-regional-n-217-2026-grp-crp.pdf