Acuerdo Regional N.° N.°-216-2026-GRP-CRP
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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno
AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento
Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres
Puno, 18 de mayo del 2026
ACUERDO REGIONAL N° 000216-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional, conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 14 de mayo del 2026, el Pleno del Consejo Regional, en atención al Oficio N° 000005-2026-GRP/CR-WWCC, se aprobó el siguiente Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional constituye el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo de su competencia las funciones y atribuciones previstas en la citada norma, así como aquellas que le sean delegadas mediante disposición expresa. Asimismo, en virtud del artículo 15° de la mencionada ley, corresponde al Consejo Regional, entre otras atribuciones, la de “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. De igual manera, el artículo 16° de la misma disposición legal establece los derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, reconociendo, como uno de sus derechos, el de “proponer normas y acuerdos regionales”. Finalmente, el artículo 39° de la referida Ley Orgánica señala que los acuerdos del Consejo Regional constituyen la manifestación de voluntad de dicho órgano respecto de asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, así como su decisión de ejecutar un determinado acto o sujetarse a una determinada conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional constituye el máximo órgano deliberativo en materia de regulación vinculada a la prestación de los servicios públicos de competencia regional, así como en lo referido a la administración pública regional. En el ejercicio de sus funciones, evalúa los hechos y adopta decisiones conforme a los principios establecidos en la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del Derecho, así como a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias, en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Presupuesto Participativo y demás instrumentos de gestión institucional;
CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 hard Motivo: Doy V° B°
“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XONSF59”
Nro. Exp: CR000020260000320
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Que, el literal a) del artículo 12º del Reglamento Interno de Consejo Regional de Puno aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 029-2023-GRP-CRP, señala que son atribuciones del Consejo Regional las que están consideradas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, siendo una de ellas el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, según lo establecido en el artículo 125º del citado Reglamento Interno, los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o que declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende un conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdo dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 000005-2026-GRP/CR-WWCC, a través del cual el Consejero Regional por la provincia de El Collao, Wido Willam Condori Castillo, presenta y solicita la aprobación de Acuerdo Regional mediante el cual se declare de necesidad pública e interés regional la intervención integral en la infraestructura de la Institución Educativa Primaria N° 70026 “Barrio Porteño”, ubicada en la ciudad de Puno, provincia y departamento de Puno, a fin de garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio educativo y el bienestar de la comunidad estudiantil; Que, con base en la documentación presentada y en los fundamentos expuestos, se menciona que la solicitud responde a la responsabilidad institucional del Gobierno Regional de Puno de promover políticas públicas orientadas al fortalecimiento de la infraestructura educativa como mecanismo estratégico para reducir brechas de acceso y calidad en el servicio educativo regional. La mejora de la infraestructura de la Institución Educativa Primaria N° 70026 “Barrio Porteño” no solo implica una intervención material sobre ambientes físicos, sino una inversión directa en capital humano, desarrollo social y equidad territorial; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme al sustento realizado y debate correspondiente se procede a realizar la votación entre sus miembros, siendo aprobado con dieciséis (16) votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433, y la Ley Nº 31812 por mayoría; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL, la intervención integral en la infraestructura de la Institución Educativa Primaria N° 70026 “Barrio Porteño”, ubicada en la ciudad de Puno, provincia y departamento de Puno, a fin de garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio educativo y el bienestar de la comunidad estudiantil. “Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XONSF59”
Nro. Exp: CR000020260000320
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las dependencias competentes, la Dirección Regional de Educación de Puno, la Unidad de Gestión Educativa Local Puno y demás entidades involucradas, adoptar las acciones técnicas, administrativas y presupuestales necesarias para la formulación, evaluación, priorización y gestión del proyecto de inversión pública correspondiente, en estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de infraestructura educativa; así como promover la articulación y coordinación interinstitucional con el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) u otras entidades competentes del Gobierno Nacional, a fin de viabilizar, optimizar y agilizar los procesos orientados a la intervención integral de la infraestructura de la Institución Educativa Primaria N° 70026 “Barrio Porteño” de la ciudad de Puno. ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización disponer la priorización en la asignación de recursos para la ejecución del proyecto de inversión, en el marco del Presupuesto Participativo Regional y demás fuentes de financiamiento disponibles; así como gestionar recursos adicionales ante el Gobierno Nacional y entidades de cooperación, orientados a asegurar el financiamiento integral y la ejecución oportuna de la intervención. ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a la normativa vigente, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a los 18 días del mes de mayo del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _Documento Firmado Digitalmente
HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL PUNO
“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XONSF59”
Nro. Exp: CR000020260000320
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175795-n-216-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10028010/8175795-acuerdo-regional-n-144-2026-grp-crp.pdf