Skip to content
L Legalize.pe
N-214-2026-GRP-CRP Regional Agreement Puno In force

Acuerdo Regional N.° N.°-214-2026-GRP-CRP

9 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno

AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento

Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

Puno, 15 de mayo del 2026

ACUERDO REGIONAL N° 000214-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional de Puno, conforme a la Sesión Extraordinaria desarrollada el 15 de mayo del 2026, en atención al Oficio N° 000294-2026-GRP/GR PUNO, realizó la aprobación del siguiente Acuerdo Regional, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional constituye el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo de su competencia las funciones y atribuciones previstas en la citada norma, así como aquellas que le sean delegadas mediante disposición expresa. Asimismo, en virtud del artículo 15° de la mencionada ley, corresponde al Consejo Regional, entre otras atribuciones, la de “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. De igual manera, el artículo 16° de la misma disposición legal establece los derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, reconociendo, como uno de sus derechos, el de “proponer normas y acuerdos regionales”. Finalmente, el artículo 39° de la referida Ley Orgánica señala que los acuerdos del Consejo Regional constituyen la manifestación de voluntad de dicho órgano respecto de asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, así como su decisión de ejecutar un determinado acto o sujetarse a una determinada conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional constituye el máximo órgano deliberativo en materia de regulación vinculada a la prestación de los servicios públicos de competencia regional, así como en lo referido a la administración pública regional. En el ejercicio de sus funciones, evalúa los hechos y adopta decisiones conforme a los principios establecidos en la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del Derecho, así como a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias, en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Presupuesto Participativo y demás instrumentos de gestión institucional;

CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 soft Motivo: Doy V° B°

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: WTKYTPT”

Nro. Exp: CR000020260000309

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Que, el literal a) del artículo 12º del Reglamento Interno de Consejo Regional de Puno aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 029-2023-GRP-CRP, señala que son atribuciones del Consejo Regional las que están consideradas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, siendo una de ellas el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, según lo establecido en el artículo 125º del citado Reglamento Interno de Consejo Regional, los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o que declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende un conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdo dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Extraordinaria, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 000294-2026-GRP/GR PUNO, suscrito por el Gobernador Regional de Puno, Richard Hancco Soncco, mediante el cual se eleva ante el Consejo Regional el expediente administrativo relacionado a la solicitud de emisión de Acuerdo Regional para la declaratoria de interés regional de la garantía presupuestal y ejecución del “Plan de Continuidad Operativa del Centro de Salud Metropolitano y de la Red Administrativa de la Red Integrada de Salud Puno 2026-2029”, aprobado mediante Resolución Gerencial Regional N° 364-2025-GRDS-GR PUNO, así como la priorización de proyectos de inversión para la Dirección Regional de Salud Puno – DIRESA Puno, Red Integrada de Salud Puno y Centro de Salud Metropolitano; ello, en el marco de la ejecución del Proyecto de Inversión “Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Manuel Núñez Butrón”, sustentando la necesidad de garantizar la continuidad operativa, administrativa y asistencial de los servicios de salud durante el proceso de ejecución de la nueva infraestructura hospitalaria, motivo por el cual corresponde al Consejo Regional evaluar y pronunciarse conforme a sus atribuciones normativas y fiscalizadoras previstas en la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la salud constituye un derecho fundamental de la persona reconocido en los artículos 7° y 9° de la Constitución Política del Perú, siendo responsabilidad del Estado determinar la política nacional de salud y facilitar a la población el acceso equitativo a los servicios sanitarios; en ese contexto, las entidades públicas competentes se encuentran obligadas a adoptar medidas preventivas, administrativas y presupuestales destinadas a garantizar la continuidad, regularidad y eficiencia de los servicios de salud, especialmente durante procesos de ejecución de infraestructura hospitalaria de alta complejidad que impliquen contingencias operativas o reubicaciones temporales de servicios asistenciales y administrativos; Que, conforme a la documentación alcanzada, se indica que la ejecución del Proyecto de Inversión “Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Manuel Núñez Butrón”, con CUI N° 2271673, constituye una intervención estratégica de impacto regional orientada al fortalecimiento del sistema de salud pública en la región Puno; sin embargo, debido a la naturaleza progresiva y plurianual de su ejecución, resulta necesario adoptar mecanismos institucionales de previsión y priorización presupuestal que “Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: WTKYTPT”

Nro. Exp: CR000020260000309

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno permitan asegurar la continuidad operativa de las dependencias administrativas y asistenciales involucradas, evitando riesgos de paralización, afectación del servicio público o desatención de la población usuaria durante el periodo de ejecución del proyecto; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Decreto Legislativo N° 1252 – Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y en atención al Convenio N° 019-2024-PRONIS, suscrito entre el Gobierno Regional de Puno y el Programa Nacional de Inversiones en Salud – PRONIS, el Gobierno Regional de Puno mantiene obligaciones institucionales orientadas a garantizar las condiciones administrativas, operativas y presupuestales necesarias para la adecuada ejecución del Proyecto de Inversión del nuevo Hospital Regional Manuel Núñez Butrón; Que, mediante el Informe N° 000149-2026-GRP/GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social sustenta técnica y administrativamente la necesidad de declarar de interés regional la garantía presupuestal y priorización de acciones vinculadas a la implementación del referido plan, precisando que dicha medida resulta necesaria para asegurar la sostenibilidad operativa de la Dirección Regional de Salud Puno, la Red Integrada de Salud Puno y el Centro de Salud Metropolitano, evitando afectaciones en la prestación continua y oportuna de los servicios de salud a la población; Que, mediante la Opinión Legal N° 000159-2026-GRP/ORAJ, emitida por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Puno, concluye favorablemente respecto a la viabilidad legal de la emisión del Acuerdo Regional el mismo que se encuentra dentro del marco competencial y normativo del Consejo Regional de Puno; en mérito a ello, mediante Informe N° 0000107-2026-GRP/GGR, la Gerencia General Regional elevó la propuesta correspondiente al Despacho de Gobernación Regional para la prosecución del trámite administrativo ante el Consejo Regional de Puno; por lo que, habiéndose acreditado el sustento técnico y legal correspondiente, resulta procedente emitir el acto regional correspondiente; Que, durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Puno, se efectuó la exposición y sustento técnico correspondiente por parte del encargado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, respecto a la necesidad de declarar de interés regional la garantía presupuestal del “Plan de Continuidad Operativa del Centro de Salud Metropolitano y de la Red Administrativa de la Red Integrada de Salud Puno 20262029”, así como la priorización de proyectos de inversión vinculados a la DIRESA Puno, RIS Puno y Centro de Salud Metropolitano; posteriormente, luego del análisis, deliberación y debate efectuado por los miembros del Pleno del Consejo Regional, y sometida la propuesta a votación conforme al procedimiento correspondiente, esta fue aprobada con once (11) votos a favor y dos (02) en contra; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961 y la Ley 31433, por mayoría;

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: WTKYTPT”

Nro. Exp: CR000020260000309

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL la garantía presupuestal, implementación y ejecución del “Plan de Continuidad Operativa del Centro de Salud Metropolitano y de la Red Administrativa de la Red Integrada de Salud Puno 2026-2029”, aprobado mediante Resolución Gerencial Regional N° 3642025-GRDS-GR PUNO, en el marco de la ejecución del Proyecto de Inversión “Fortalecimiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital Regional Manuel Núñez Butrón de Puno”, con CUI N° 2271673. ARTÍCULO SEGUNDO. - DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL la formulación, evaluación, financiamiento, ejecución y sostenibilidad de los proyectos de inversión vinculados a la Dirección Regional de Salud Puno – DIRESA Puno, la Red Integrada de Salud Puno – RIS Puno y el Centro de Salud Metropolitano, en el marco de las competencias y funciones del Gobierno Regional de Puno, orientados al fortalecimiento de la capacidad operativa y la mejora de los servicios de salud en beneficio de la población. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional, a través de las oficinas competentes, adoptar y priorizar las acciones administrativas, presupuestales y técnicas necesarias para garantizar la continuidad operativa de los servicios administrativos y asistenciales de la RIS Puno y del Centro de Salud Metropolitano, durante la ejecución del Proyecto de Inversión con CUI N° 2271673, conforme al Plan de Continuidad Operativa aprobado mediante Resolución Gerencial Regional N° 364-2025GRDS-GR PUNO. ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a la normativa vigente, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a los 15 días del mes de mayo del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _Documento Firmado Digitalmente

HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL PUNO

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: WTKYTPT”

Nro. Exp: CR000020260000309


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175783-n-214-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10027982/8175783-acuerdo-regional-n-214-2026-grp-crp.pdf