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N-206-2026-GRP-CRP Regional Agreement Puno In force

Acuerdo Regional N.° N.°-206-2026-GRP-CRP

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno

AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento

Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

Puno, 20 de abril del 2026

ACUERDO REGIONAL N° 000206-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional, conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 16 de abril del 2026, el Pleno del Consejo Regional, en atención al Oficio N° 000037-2026-GRP/CR, se aprobó el siguiente Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional constituye el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, siendo de su competencia las funciones y atribuciones previstas en la citada norma, así como aquellas que le sean delegadas mediante disposición expresa. Asimismo, en virtud del artículo 15° de la mencionada ley, corresponde al Consejo Regional, entre otras atribuciones, la de “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. De igual manera, el artículo 16° de la misma disposición legal establece los derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales, reconociendo, como uno de sus derechos, el de “proponer normas y acuerdos regionales”. Finalmente, el artículo 39° de la citada Ley Orgánica señala que los acuerdos del Consejo Regional constituyen la manifestación de voluntad de dicho órgano respecto de asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, así como su decisión de ejecutar un determinado acto o sujetarse a una determinada conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional constituye el máximo órgano deliberativo en materia de regulación vinculada a la prestación de los servicios públicos de competencia regional, así como en lo referido a la administración pública regional. En el ejercicio de sus funciones, evalúa los hechos y adopta decisiones conforme a los principios establecidos en la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del Derecho, así como a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas modificatorias y complementarias, en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional Concertado, el Presupuesto Participativo y demás instrumentos de gestión institucional;

CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 soft Motivo: Doy V° B°

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XZBNMP6”

Nro. Exp: CR000020260000274

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Que, el literal a) del artículo 12º del Reglamento Interno de Consejo Regional de Puno aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 029-2023-GRP-CRP, señala que son atribuciones del Consejo Regional las que están consideradas en el artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, siendo una de ellas el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, según lo establecido en el artículo 125º del citado Reglamento Interno, los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o que declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende un conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdo dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 000037-2026-GRP/CR, a través del cual los Consejeros Regionales por la provincia de Carabaya, Héctor Aguilar Narváez y Víctor Raúl Tacuri Idme, presentan y solicitan la aprobación de Acuerdo Regional mediante el cual se declare de necesidad pública e interés regional la intervención en la infraestructura educativa de la Institución Educativa Inicial N° 101 “Sagrado Corazón de Jesús”, ubicada en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno, con la finalidad de garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio educativo y la seguridad de la comunidad educativa; Que, con base en la documentación presentada y en los fundamentos expuestos, se menciona que la intervención en la referida institución educativa se constituye en una medida urgente y necesaria que permitirá priorizar la atención de esta problemática en la agenda regional, facilitando la adopción de acciones concretas orientadas a la formulación, gestión y ejecución de un proyecto de inversión pública bajo los lineamientos del sistema Invierte.pe. Esta intervención no solo busca mejorar las condiciones físicas de la infraestructura, sino también garantizar la prestación de un servicio educativo de calidad, seguro, inclusivo y acorde a los estándares establecidos por el sector Educación; de igual forma, permitirá promover la articulación interinstitucional entre el Gobierno Regional de Puno, el Ministerio de Educación, a través del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), y otras entidades competentes, a fin de optimizar recursos, reducir tiempos de gestión y asegurar la sostenibilidad de la intervención; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme al sustento realizado y debate correspondiente se procede a realizar la votación entre sus miembros, siendo aprobado con diecisiete (17) votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433, y la Ley Nº 31812 por mayoría;

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XZBNMP6”

Nro. Exp: CR000020260000274

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL, la intervención en la infraestructura educativa de la Institución Educativa Inicial N° 101 “Sagrado Corazón de Jesús”, ubicada en el distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno, con la finalidad de garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio educativo y la seguridad de la comunidad educativa. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las dependencias competentes y la Dirección Regional de Educación, adoptar las acciones necesarias para la formulación, evaluación y gestión del proyecto de inversión pública correspondiente, en estricto cumplimiento de la normativa vigente en materia de infraestructura educativa; así como promover la articulación con el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) u otras entidades del Gobierno Nacional, a fin de optimizar y agilizar los procesos de intervención. ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización disponer la priorización en la asignación de recursos para la ejecución del proyecto de inversión, en el marco del Presupuesto Participativo Regional y demás fuentes de financiamiento disponibles; así como gestionar recursos adicionales ante el Gobierno Nacional y entidades de cooperación, orientados a asegurar el financiamiento integral y la ejecución oportuna de la intervención. ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a la normativa vigente, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a los 20 días del mes de abril del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _Documento Firmado Digitalmente

HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL PUNO

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: XZBNMP6”

Nro. Exp: CR000020260000274


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175692-n-206-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10027793/8175692-acuerdo-regional-n-206-2026-grp-crp.pdf