Skip to content
L Legalize.pe
N-201-2026-GRP-CRP Regional Agreement Puno In force

Acuerdo Regional N.° N.°-201-2026-GRP-CRP

8 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno

AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento

Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres

Puno, 23 de marzo del 2026

ACUERDO REGIONAL N° 000201-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional de Puno, conforme a la Sesión Ordinaria desarrollada el 20 de marzo del 2026, en atención al Oficio N° 007-2026-GR.PUNO/CRP/COPOAAGP-JHMQ mediante el cual se remite el Dictamen Nº 002-2026-GRP-CR/COPOAAAyP-JHMQ, realizó la aprobación del siguiente Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas (...); asimismo conforme se desprende del artículo 15° de la Ley N° 27867, son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...); así también el artículo 16° establece derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. proponer normas y acuerdos regionales (...); finalmente el artículo 39° de la Ley N° 27867, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, constituye el máximo órgano deliberativo en asuntos de regulación sobre prestación de servicio público regional y administración pública regional, aprecia los hechos y resuelve de acuerdo a los principios contenidos en la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del derecho; conforme a lo establecido en la Constitución Política, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, y de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado, Presupuesto Participativo Regional y demás normas de gestión institucional;

CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 hard Motivo: Doy V° B°

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: 5KJEHKV”

Nro. Exp: CR000020260000247

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Que, el artículo 125° del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 029-2023-GRP-CRP, señala que los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdos dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, de acuerdo al artículo 82° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Puno, señala que las Comisiones de Consejo Regional, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo Regional, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir informes y/o dictámenes según sea el caso, sobre los asuntos de su competencia o los que Consejo Regional les encargue; Que, conforme a lo establecido en el artículo 113° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Puno, los dictámenes emitidos por las Comisiones Ordinarias, como resultado de sus trabajos, pueden concluir en la aprobación de la propuesta en sus términos originales o con modificaciones sugeridas por la comisión, acompañando el respectivo proyecto de Acuerdo u Ordenanza Regional sustitutorio; en la aprobación con modificaciones propuestas por el Pleno del Consejo Regional y/o la Secretaría Técnica; o en la no aprobación de la propuesta, en cuyo caso esta será archivada, garantizando así un proceso deliberativo y normativo en la adopción de acuerdos y ordenanzas regionales; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 007-2026-GR.PUNO/CRP/COPOAAGP-JHMQ, mediante el cual se remite el Dictamen N° 002-2026-GRP-CR/COPOAAAyP-JHMQ, presentado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Pueblos Originarios, Asuntos Agrarios, Ganaderos y Pesqueros del Consejo Regional de Puno, quienes emiten dictamen recaído en la solicitud de aprobación de Ordenanza Regional que declara aprobar el ordenamiento del catastro acuícola de la Laguna Lagunillas por emergencia; Que, conforme a la documentación remitida y al sustento expuesto en el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Pueblos Originarios, Asuntos Agrarios, Ganaderos y Pesqueros, concluyen indicando lo siguiente: Que, del análisis de la información técnica y legal contenida en el expediente, se advierte que si bien la Laguna Lagunillas constituye un ecosistema de relevancia para el desarrollo de actividades productivas vinculadas al aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos, conforme lo ha señalado la Dirección Regional de la Producción; y la gestión, regulación y administración del recurso hídrico asociado a dicho ecosistema se encuentra comprendida dentro del ámbito de competencias del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, cuya rectoría corresponde a la Autoridad Nacional del Agua, tal como se desprende del Informe Técnico Nº 0109-2025-ANA-AAA.TIT/RLM; en ese sentido, considerando que la Opinión Legal Nº 000535-2025-GRP/ORAJ se limita a señalar la viabilidad de continuar con el trámite del expediente sin efectuar un pronunciamiento de fondo respecto a la distribución de competencias en materia de gestión del recurso hídrico, esta comisión concluye que resulta necesario evitar eventuales superposiciones de funciones entre entidades públicas, “Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: 5KJEHKV”

Nro. Exp: CR000020260000247

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno por lo que corresponde recomendar el archivamiento del expediente materia del presente dictamen. De igual manera la comisión recomienda lo siguiente: 1. Archivar el expediente relacionado con el estudio sobre el ordenamiento de la Laguna Lagunillas, en atención a las consideraciones técnicas formuladas por la Autoridad Nacional del Agua y al marco de distribución de competencias establecido en la normativa nacional vigente en materia de gestión de recursos hídricos; 2. Recomendar al Ejecutivo Regional a promover mecanismos de coordinación y articulación interinstitucional con la Autoridad Nacional del Agua, los sectores competentes y las entidades involucradas, a fin de impulsar acciones orientadas a la conservación, protección y uso sostenible del ecosistema de la Laguna Lagunillas; Que, el Pleno del Consejo Regional en sesión, conforme al sustento realizado y debate correspondiente se procede a realizar la votación entre sus miembros, siendo aprobado con diecisiete (17) votos a favor; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley 31433, y la Ley Nº 31812 por mayoría; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR el Dictamen N° 002-2026-GRPCR/COPOAAAyP-JHMQ, emitido por la Comisión Ordinaria de Pueblos Originarios, Asuntos Agrarios, Ganaderos y Pesqueros, recaído en la solicitud de aprobación de Ordenanza Regional sobre el ordenamiento del catastro acuícola de la Laguna Lagunillas por emergencia; en consecuencia, disponer el archivo de la referida solicitud conforme a los considerandos expuestos. ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER en cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el Dictamen N° 002-2026-GRP-CR/COPOAAAyP-JHMQ, aprobadas por el Pleno del Consejo Regional:

  1. Archivar el expediente relacionado con el estudio sobre el ordenamiento de la Laguna Lagunillas, en atención a las consideraciones técnicas formuladas por la Autoridad Nacional del Agua y al marco de distribución de competencias establecido en la normativa nacional vigente en materia de gestión de recursos hídricos.
  2. Recomendar al Ejecutivo Regional a promover mecanismos de coordinación y articulación interinstitucional con la Autoridad Nacional del Agua, los sectores competentes y las entidades involucradas, a fin de impulsar acciones orientadas a la conservación, protección y uso sostenible del ecosistema de la Laguna Lagunillas ARTÍCULO TERCERO. - DISPONER que Secretaria Técnica de Consejo Regional, realice el trámite que corresponde, conforme a las funciones específicas señaladas en el Reglamento Interno de Consejo Regional. “Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: 5KJEHKV”

Nro. Exp: CR000020260000247

GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno ARTÍCULO CUARTO. - DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno conforme a la normativa vigente, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a 23 días del mes de marzo del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

_Documento Firmado Digitalmente HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL PUNO

“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: 5KJEHKV”

Nro. Exp: CR000020260000247


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175566-n-201-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10027587/8175566-acuerdo-regional-n-144-2026-grp-crp.pdf