Acuerdo Regional N.° N.°-200-2026-GRP-CRP
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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno
AGUILAR NARVAEZ Hector FAU 20406325815 hard Motivo: Soy el autor del documento
Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres
Puno, 20 de marzo del 2026
ACUERDO REGIONAL N° 000200-2026-GRP/CR VISTO: El Consejo Regional de Puno, conforme a la Sesión Ordinaria desarrollada el 20 de marzo del 2026, en atención al Oficio Nº 000002-2026-GRP/VGR, realizó la aprobación del siguiente Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas (...); asimismo conforme se desprende del artículo 15° de la Ley N° 27867, son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...); así también el artículo 16° establece derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. proponer normas y acuerdos regionales (...); finalmente el artículo 39° de la Ley N° 27867, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, constituye el máximo órgano deliberativo en asuntos de regulación sobre prestación de servicio público regional y administración pública regional, aprecia los hechos y resuelve de acuerdo a los principios contenidos en la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del derecho; conforme a lo establecido en la Constitución Política, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, y de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado, Presupuesto Participativo Regional y demás normas de gestión institucional;
CHOQUEMAMANI PALOMINO Hector Ivan FAU 20406325815 soft Motivo: Doy V° B°
Que, el artículo 125° del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 029-2023-GRP-CRP, señala que los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar
“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: OZJJNRJ”
Nro. Exp: CR000020260000246
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdos dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, cuyo objeto es establecer la regulación de autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público (…); Que, la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece en el numeral 10.1 del artículo 10° que, durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica. No obstante, se exceptúa de dicha disposición a los funcionarios comprendidos en el artículo 52 de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. Asimismo, la autorización de dichos viajes se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, se tiene como antecedente la Resolución Ejecutiva Regional N° 311-2024GR-PUNO/GR, mediante la cual se modifica la Directiva Regional N° 03-2024-GR PUNO, denominada “DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS Y PAGO DE VIÁTICOS EN EL GOBIERNO REGIONAL PUNO”, la cual tiene por finalidad establecer las disposiciones y procedimientos internos para la autorización de viajes por comisión de servicios, tanto al interior como al exterior del país y dentro del ámbito regional; así como regular y controlar los gastos derivados de dichos viajes de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Puno, en el marco de las medidas de austeridad y racionalidad del gasto público; Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se agendó el Oficio N° 0000022026-GRP/VGR, mediante el cual la Vicegobernadora Regional de Puno, Eladia Margot de la Riva Valle, remite al Consejo Regional la solicitud de autorización para su participación en un evento internacional de carácter cultural, invitación cursada por el presidente de la Cámara Departamental del Libro de La Paz, entidad organizadora de la Feria Internacional del Libro de El Alto, a fin de participar en la ceremonia de inauguración de la 3ª Feria Internacional del Libro de El Alto, a realizarse el 1 de abril a las 19:00 horas en las instalaciones de la Terminal Metropolitana de la ciudad de El Alto, Bolivia, sede oficial del referido evento; Que, la Directiva Regional N° 03-2024-GR PUNO, denominada “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios y pago de viáticos en el Gobierno Regional Puno”, establece dentro de su apartado VI. Procedimientos los niveles de autorización correspondientes, señalando expresamente que, para el caso de viajes al exterior de funcionarios por elección popular, se deberá contar con Acuerdo de Consejo Regional debidamente publicado en el portal web institucional, el cual deberá “Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: OZJJNRJ”
Nro. Exp: CR000020260000246
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno incluir toda la información relativa al viaje, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad a su realización, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, conforme al debate del Pleno del Consejo Regional, se aprueba autorizar el viaje al exterior del país de la Vicegobernadora Regional de Puno, Eladia Margot de la Riva Valle, para su participación en la ceremonia de inauguración de la 3.ª Feria Internacional del Libro de El Alto, a desarrollarse en la ciudad de El Alto, Bolivia, el mismo que fue sometido a debate y votación, siendo aprobado por mayoría con dieciséis (16) votos a favor y uno (01) en contra; Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias Ley 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926 y Ley N° 28961 y la Ley 31433, por mayoría; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. – APROBAR Y AUTORIZAR el viaje al exterior de la Vicegobernadora Regional de Puno, Eladia Margot de la Riva Valle, a la ciudad de El Alto, Bolivia, a efectos de participar en la ceremonia de inauguración de la 3ª Feria Internacional del Libro de El Alto, la cual se llevará a cabo el día 01 de abril del presente año. ARTICULO SEGUNDO. – PRECISAR que el viaje autorizado se efectuará en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27619 y normas complementarias, debiendo cumplirse con las disposiciones sobre austeridad, racionalidad del gasto público y uso adecuado de recursos institucionales. ARTICULO TERCERO. - DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a través de las oficinas competentes, realice la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Puno y en el diario oficial El Peruano, conforme a la normativa vigente y bajo responsabilidad. POR TANTO: Dado en la ciudad de Puno, a los 20 días del mes de marzo del año 2026. Regístrese, comuníquese y cúmplase. _Documento Firmado Digitalmente
HECTOR AGUILAR NARVAEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL PUNO
“Esta es una representación impresa cuya autenticidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la sede digital del Gobierno Regional Puno, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070–2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionpuno.gob.pe/verificadoc/inicio.do e ingresando la siguiente clave: OZJJNRJ”
Nro. Exp: CR000020260000246
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/8175539-n-200-2026-grp-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/10027544/8175539-acuerdo-regional-n-200-2026-grp-crp.pdf