Ordenanza Regional N.° 018-2023-GR PUNO-CRP
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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” REGIÓN PUNO
ORDENANZA REGIONAL N° 18-2023-GRP-CRP QUE INSTAURA “LA SEMANA DE LA JUVENTUD PUNEÑA” EN LA REGIÓN PUNO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día 24 de agosto del año dos mil veintitrés, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la
Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y; CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2o de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuesta!;
Que, de conformidad al artículo 13° de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37° del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de acuerdo al artículo 47° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales dentro de sus funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, tienen la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región, así como las de promover y difundir las manifestaciones culturales, y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales;
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor"
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” REGIÓN PUNO
Que, el artículo V del Título Preliminar de la Ley N° 27802 - Ley del Consejo Nacional de la Juventud, modificada por la Ley N° 28722, en virtud del Principio de Participación, establece que el Estado promueve la participación organizada de la juventud como órgano de consulta y coordinación en materia de juventud, a nivel del gobierno local, regional y nacional. Asimismo, dicha ley indica que la etapa del ser humano llamada juventud, es la base de la construcción definitiva de su identidad y personalidad, comprendidos entre los 15 y 29 años de edad sin discriminación alguna que afecte sus derechos, obligaciones y responsabilidades;
Que, el Decreto Supremo N° 013 - 2019 - MINEDU, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Juventud, dispone en su Artículo 2 sobre ámbito de aplicación que “La Política Nacional de Juventud es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y los diferentes niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias” la misma que contempla en el Objetivo Prioritario 6 respecto a Incrementar la participación ciudadana de la población joven; Que, el 23 de setiembre de todos los años se celebra en nuestro país, el Día de la Juventud, fecha que coincide con el inicio de la primavera, es así que la juventud y la primavera comparten la fecha, pues la juventud simboliza a la primavera de la vida, donde se resaltan los valores de los jóvenes y adolescentes, sus aspiraciones y su futuro inmediato; Que, los jóvenes de 18 a 29 años de edad constituyen un segmento de la población con necesidades particulares en materia de empleo, siendo fundamental promover su inclusión laboral y brindarles oportunidades de desarrollo personal y profesional;
Que, es responsabilidad de las autoridades regionales implementar políticas y acciones que impulsen la generación de responsabilidad y disfrute de sus derechos, garantizando el cumplimiento de la protección social de los jóvenes; Que, la presente Ordenanza Regional busca instauración de "La Semana de la Juventud Puneña" en la región de Puno, promoviendo su desarrollo integral y contribuyendo al crecimiento económico y social de la región; Que, el Informe N° 027-2023-GRP- PUNO/GRDS/FRRA, Opinión Técnica a sido remitido mediante Oficio N° 222-2023-GR-PUNO/GRDS, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que instauración de "La Semana de la Juventud Puneña" en la Región de Puno, otorgando Opinión Técnica Favorable al mencionado proyecto de Ordenanza Regional;
Que, mediante Opinión Legal N° 568-2023-GR-PUNO/ORAJ, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye que el Proyecto de Ordenanza
“Legislar y Fiscalizar por un / r u r0 r n gj o /
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Regional que instauración de "La Semana de la Juventud Puneña" en la región de Puno, se encuentra dentro de las políticas y atribuciones conferidas en la Ley N° 27867, siendo mejorado en la parte decisoria conforme recomendación realizada, por lo que es procedente continuar con el trámite administrativo; Que, conforme al desarrollo de la agenda programada, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 035-2023-GR. PUNO/CRPGBT. Mediante el cual la Consejera Regional por la provincia de Puno; Giorni Bautista Ticona, solicita la aprobación de la Ordenanza Regional el mismo que tiene por objetivo la importancia de reconocer y promover el papel de los jóvenes en el desarrollo social, económico y cultural de la región, resulta fundamental siendo importante destacar a la juventud al representar una parte significativa de la población de Puno y que sus acciones, ¡deas y energía son fundamentales para el futuro y progreso de la Región por ello es necesario la instauración de la Semana de la Juventud como una oportunidad para promover la participación activa y responsable de los jóvenes en la vida política, social y comunitaria; además de celebrar la gran diversidad cultural y las tradiciones ricas. Siendo esta semana de la juventud una plataforma para destacar el acceso equitativo a una educación de calidad y oportunidades laborales, abriendo espacios de dialogo y escucha activa a las inquietudes, necesidades y propuestas de los jóvenes puneños ayudando a fortalecer la identidad regional la instauración de "La Semana de la Juventud Puneña” considera una variedad de actividades y eventos como: Talleres Educativos y de Formación, Eventos Culturales y Artísticos, Foros y Mesas de Dialogo, Actividades Deportivas y Recreativas, Ferias de Oportunidades laborales, Campañas de Concientización, y Reconocimiento a Jóvenes Destacados en la región;
Que, conforme a la participación de los miembros del consejo regional, quienes muestran la necesidad de tener un instrumento legal, y al sustento realizado por la consejera la importancia de reconocer y promover el papel de los jóvenes en el desarrollo social, económico y cultural de la región, resulta fundamental siendo importante destacar a la juventud al representar una parte significativa de la población de Puno y que sus acciones, ¡deas y energía son fundamentales para el futuro y progreso de la Región por ello es necesario la instauración de la Semana de la Juventud como una oportunidad para promover la participación activa y responsable de los jóvenes en la vida política, social y comunitaria; además de celebrar la gran diversidad cultural y las tradiciones ricas. Siendo esta semana de la juventud una plataforma para destacar el acceso equitativo a una educación de calidad y oportunidades laborales, abriendo espacios de dialogo y escucha activa a las inquietudes, necesidades y propuestas de los jóvenes puneños ayudando a fortalecer la identidad regional la instauración de "La Semana de la Juventud Puneña” considera una variedad de actividades y eventos como: Talleres Educativos y de Formación, Eventos Culturales y Artísticos, Foros y Mesas de Dialogo, Actividades Deportivas y Recreativas, Ferias de Oportunidades laborales, Campañas de Concientización, y Reconocimiento a Jóvenes Destacados en la región;
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor”
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” REGIÓN PUNO
Que, conforme a la documentación anexada, mediante Oficio N° 035-2023-GR. PUNO/CRPGBT. y a los antecedentes y al sustento realizado por la consejera regional por la provincia de Puno, acuerdan realizar la aprobación en mérito al siguiente fundamento, conforme a las atribuciones inherentes que confiere a Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señaladas en el literal a) del articulo16° de la Ley N° 27867, concordante con el literal a) y g) del articulo15° del Reglamento Interno de Consejo Regional y en aplicación del artículo 117° del mismo cuerpo normativo, sobre la exoneración del procedimiento de Ordenanzas Regionales el cual señala, “El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión a las Ordenanzas Regionales siempre y cuando esta propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica correspondiente se pone a consideración ante el Pleno del Consejo Regional, el mismo que conforme al sustento de la consejera regional y debate entre sus miembros se aprueba; Que, el Consejo Regional en Pleno después del respectivo debate y votación; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28961 y la Ley 31433. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal;
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO. - INSTAURAR "La Semana de la Juventud Puneña" en la región de Puno, el mismo que se desarrollará del 20 al 26 de setiembre de cada año como una forma de generar un espacio para la realización de actividades en beneficio de los jóvenes de la región Puno. ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Comisión Ordinaria del Niño Juventud y Poblaciones Vulnerables del Consejo Regional, la Dirección Regional de Educación, la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Gobiernos Locales, el Consejo Regional de Juventud - COREJU de la región Puno, ONGs y demás entidades involucradas con la juventud organicen actividades y eventos como:
Talleres educativos y de formación dirigido a la juventud. Eventos culturales y artísticos. Foros y mesas de diálogo. Actividades deportivas y recreativas. Ferias de oportunidades laborales. Campañas de concientización. Reconocimiento a jóvenes destacados, entre otras actividades que acuerden y permitan la realización y cumplimiento de los fines de la presente Ordenanza Regional.
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor"
GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
REGIÓN PUNO
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, gestionen y dispongan la asignación presupuestaria para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional, la misma que será en concordancia con las normas legales vigentes.
ARTICULO CUARTO. - DISPONER, al Gobernador Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.
POR TANTO: REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Comuniqúese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 28 días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los .9'!.. días del mes de
...... del año
J GOBIERNO RéGlONAL PUNO
Richartí/Máncco Soncco GOBERNADOR regional
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor”
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