Ordenanza Regional N.° 018-2021-GR PUNO-CRP
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” “Perú Suyuq Iskay Pachak Wata Hunt’aynin: quíspisqan iskay pachak wat a” “Perú Suyuna Paya Pataka Marapa: paya pataka t’aqwaqtawi maranaka”
ORDENANZA REGIONAL N° 018 -2021-GRP-CRP. APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO REGIONAL DE TURISMO ■ PERTUR PUNO 2021 - 2026 Y DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA E INTERÉS REGIONAL AL TURISMO COMO ESTRATEGIA DE DESARROLLO PRIORITARIA, CON EFECTO VINCULANTE PARA LOS ACTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS DE LA REGIÓN PUNO. -« EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO -----------------------------------------------------------------------------------VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día jueves veintitrés de diciembre del año dos mil veintiuno, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión dé la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y; CONSIDERANDO: O
_W
Que, conforme establece el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el articulo 2o de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía , económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración y financiera, un Pliego Presupuesta!;Que, de conformidad al articulo 13° de la Ley N° 27867, modificado por eTarticulo único de la Ley 0 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37° del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, son funciones en materia de turismo entre otras, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional;,en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales, asi como el formular concertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico de la región; S Fiscalizar y legislar para un buen gobierno
Jr. Moquegua N° 269 - A Teléfono; 05 I - 363220 conseioregional@regionpuno gob pe I"' ■
r--" ;h': ’
CONSEJO REGIONAL PUNO
GOBIERNO REGIONAL PUNO
REGION l'UNO
H?' :
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” “Perú Suyuq Iskay Pachak Wata Hunt’aynin: quispisqan iskay pachak wata” “Perú Suyuna Paya Pataka Marapa: paya pataka t’aqwaqtawi maranaka”
Que, el articulo 4o de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, señala que le corresponde al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR aprobar y actualizar el Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), así como coordinar y orientar a los gobiernos regionales y locales en materia de turismo, fomentando el desarrollo del turismo social y la implementación de estrategias para la facilitación turística, inversión y promoción del turismo interno y receptivo, entre otras;
O
5 co o o
!l »j
le
ígNRE§SS O
O LU C¿
O z
O eígí «üc '|Ü5 ,Ooc ■ 2o e pl tu a m r cLZ ■, u o t>Du1
O
Que, mediante Ley N° 30753, se modifica los artículos 11o, 12° y 24° de la Ley 29408, Ley General de Turismo, señalando en su articulo 12° lo siguiente, los gobiernos regionales, de conformidad con su ley orgánica, aprueban el Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) como instrumento de planificación y gestión que impulsará el desarrollo turístico de cada región (...). La elaboración del PERTUR es un proceso liderado por el gobierno regional, con la participación de los gobiernos locales, el sector privado y la sociedad civil, que cuenta con la asistencia técnica del MINCETUR y considera los parámetros del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico o el que haga sus veces. El proceso es participativo e incluye fases de identificación y capacitación técnica de los agentes participantes. El PERTUR deberá contar con la opinión favorable del MINCETUR (...)"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR, ele fecha 22 de julio de 2016 se aprobó la actualización del Plan Estratégico Nacional de Turismo PENTUR 2025; en tanto que mediante esolución Ministerial N° 288-2018-MINCETUR se aprobó la Guia para la elaboración del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR, documento orientador que establece los íineamientos, pautas y recomendaciones para la formulación de los Planes Estratégicos Regionales de Turismo;
Que, mediante Informe N° 0037-2021-MINCETURVMT/DGET/DPDT-LLS, la analista de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, otorga Opinión Técnica favorable al Plan Estratégico Regional de Turismo de Puno 2021-2026; Que, mediante Informe Legal N° 579-2021-GR-PUNO/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Puno, sobre opinión solicitada concluye que, al exjst¡í,el Informe N° 00372021-MINCETURVMT/DGET/DPDT-LLS, mediante el cual brinda opinión técnica favorable del MINCETUR, el Plan Estratégico Regional de Turismo de Puno 2021-2026, puede ser aprobado por el Gobierno Regional Puno conforme lo estipulado en la Ley N° 30753; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, el consejero regional por la provincia de Puno y actual Presidente del Consejo Regional, Abog. Jorge Antonio Zúñiga Pineda, sustenta el Oficio N° 6352021-GR/CR-PUNO-PCR-JAZP, mediante el cual amparado y en aplicación del artículo 117° del Reglamento Interno de Consejo Regional, sobre la exoneración del procedimiento de Ordenanzas Regionales el cual señala, "El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión a las Ordenanzas Regionales siempre y Cuando esta Propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica correspondiente (...)" y teniendo ambos documentos, solicita la aprobación de la Ordenanza Regional que aprueba el Plan Estratégico Regional
Fiscalizar y legislar para un buen gobierno
Jr. Moquegua N&269 - A Teléfono: 051 - 363220 consejoregional@regionpuno gob pa
’¡
I"
’ J.
;.... .!
“
II
' '
;
T'í
-I?
í
CONSEJO REGIONAL PUNO
GOBIERNO REGIONAL PUNO REGION PUNO
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” “Perú Suyuq Iskay Pachak Wata Hunt’aynin: quispisqan iskay pachak wat a” “Perú Suyuna Paya Pataka Marapa: paya pataka t’aqwaqtawi maranaka” de Turismo - PERTUR Puno 2021 - 2026 y declara de necesidad publica e interés regional al turismo como estrategia de desarrollo prioritaria, con efecto vinculante para los actores públicos y privados de la región Puno; Que, el Consejo Regional en Pleno, después del respectivo debate y la adhesión por parte de los consejeros regionales, proceden a someter a votación entre sus miembros; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por í’4f mayoría legal; ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR Puno 2021 - 2026, como instrumento de planificación y gestión que contribuirá a impulsar el desarrollo turístico, social y económico de la región Puno; permitiendo además, el uso racional del potencial turístico; así como orientar las acciones que se deben llevar a cabo a corto, mediano y largo plazo, teniendo en consideración factores relacionados con la oferta, la demanda, la competencia, las tendencias del mercado y las características o "vocación’’ de los diferentes espacios. ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR de necesidad pública e interés regional, al turismo como estrategia de desarrollo prioritario, con efecto vinculante para los actores públicos y privados de la región Puno.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, para que a ravés de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Puno, en coordinación con los actores m olucrados, consolide la implementación del Plan Estratégico Regional de Turismo - PERTUR Puno 2 21 - 2026, en los contenidos del diseño de la estrategia del Sector Turismo de la Región Puno, que c ntempla las zonas de desarrollo turístico, vocación turística, misión, objetivos estratégicos, estrategias, lan de acción y proyectos. ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional, la asignación presupuestal para la ejecución del plan de acción y proyectos, así como la asignación de mayores recursos gestionados ante el Ministerio de Economía y Finanzas, y otras fuentes de cooperación interna y externa. ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial Gobiernos Regionales, en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO:
Fiscalizar y legislar para un buen gobierno
Jr. Moquegua N“ 269 - A Teléfono: 051 - 363220 consejoregional@regionpuno gob.pe
■
CONSEJO REGIONAL PUNO
GOBIERNO REGIONAL PUNO
K-G O qi'EXO O REGIONAL PUNO
RfcGION PUNO
O l¿
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” “Perú Suyuq Iskay Pachak Mata Hunt’aynin: quispisqan iskay pachak wata “Perú Suyuna Paya Pataka Marapa: paya pataka t’aqwaqtawi maranaka” F ií -I ■ b " Comuniqúese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 23 dias del mes de diciembre del año dos mil veintiuno. ' ■
■ í
GOBIERNO
[ I < <■ • • • ■ w -Wfc “ «aK¿.«.AboorJoroZAn
Pineda REGIONAL
MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE, CUMPLA.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los ...¿.6.....días del mes de ...<?.n?.r.o..................del año...^?.^.......
'T r
Fiscalizar y legislar para un buen gobierno
Jr. Moquegua N’ 269 - A Teléfono: 051 - 363220 consejoregional@regionpuno gob pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/2776960-018-2021-gr-puno-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2864345/ORDENANZA%20REGIONAL%20N%C2%BA%20018-2021-GRP-CRP.pdf.pdf