Ordenanza Regional N.° 014-2023-GR PUNO-CRP
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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo ‘Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
_ REGION PUNO
ORDENANZA REGIONAL N° 014-2023-GRP-CRP QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD VIAL 2023 DE LA REGIÓN PUNO. VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día 17 de julio del año dos mil veintitrés, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y;
CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 191° que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. (...)”; agregando en su artículo 192° que son competentes para entre otras funciones, “Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (...) salud y medio ambiente, conforme a ley”; Que, conforme señalan los artículos 2o, 3o y 5o de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, teniendo a su cargo la organización y conducción de la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 9o prescribe como competencia constitucional: “(...) g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (...) viabilidad, comunicaciones (...), conforme a Ley; en su artículo 56° sobre función de los Gobiernos Regionales en materia de transporte prescribe: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales. (...) g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional (...)”; Que, Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito, en su artículo 3o prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor'’ On O nO
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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres REGIÓN PUNO
asimismo en su artículo 4o señala que el rol estatal en materia de transporte y tránsito terrestre proviene de las definiciones nacionales de política económica y social, haciendo mención que el Estado procura la protección de los intereses de los usuarios, el cuidado de la salud y seguridad de las personas y el resguardo del medio ambiente”;
Que, 'a Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito, establece en el o^rtículo 16-A lo siguiente: “De las Competencias de los Gobiernos Regionales: Los :o \ \Z
.¿.Gobiernos Regionales tienen en materia de transporte competencia normativa, de gestión y fiscalización, conforme a lo señalado en el artículo 56° de la Ley N° 27867, Ley
GOBERNÓ BP<PI®NA|_ PUNO
Orgánica de Gobiernos Regionales. Los Gobiernos Regionales aprobarán normas específicas en materia de transportes, con sujeción a lo establecido en cada Reglamento Nacional”; Que, medignteJDecreto Supremo N° 017- 2009-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, mediante el cual en su artículo 10o establece que los Gobiernos Regionales en materia de transporte terrestre, cuentan con las competencias previstas en este Reglamento, se encuentran además facultados para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdicción sujetándose a los criterios previstos en la Ley y los reglamentos nacionales También es competente en materia de gestión y fiscalización del transporte terrestre de personas de ámbito regional \
Que, mediante Decreto Supremo N° 010-96-MTC se crea el Consejo Nacional de Seguridad Vial, como ente rector encargado de promover y coordinar las acciones vinculadas a la seguridad vial en el Perú; asimismo mediante Resolución Directoral N° 020-2020-MTC/18 se aprueba el Manual para la formulación del Plan de Acción Regional para la Seguridad Vial; Que, mediante Ordenanza Regional N° 016-2007-CR-PUNO, se crea el Comité Regional de Seguridad Vial de Puno, conformado por diferentes entidades, estableciendo las funciones y facultades conforme señala la norma; Que, conforme al desarrollo de la agenda programada, se tiene como punto de agenda el Oficio N° 536-2023-GR-PUNO/GR, mediante el cual el Gobernador Regional, eleva el Plan de Acción Regional para la Seguridad Vial 2023, a fin de desarrollar acciones de seguridad vial en la región de Puno, en aras de la reducción de siniestros viales, el mismo que se encaminó a través del Director de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional Puno, en su calidad de Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Vial de Puno, quien mediante Oficio N° 276 2023-GRPUNO/GRI/DRTC de fecha 09 de junio del 2023, solicita se apruebe mediante Ordenanza Regional el Plan de Acción Regional para la Seguridad Vial 2023, formulado sobre la base del Decreto Supremo N° 019-2017-MTC "Plan Estratégico Nacional de Seguridad Vial - PENSV 2017-2021", que tiene como objetivo estratégico reducir las
“Legislar y Fiscalizar por un futuro mejor"
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consecuencias que generan los siniestros de tránsito sobre las vidas humanas, en que la vida, la salud y la dignidad del ser humano, está por encima de la movilidad y otros objetivos de transporte;
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Que, se ^ene como antecedente la Opinión Legal N° 378-2023-GR~PUNO/ORAJ, mediante el cual el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, ' "v-fu nconcluye entre otros que, la solicitud de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Puno, en la que se adjunta el Plan de Acción Regional para la Seguridad vial 2023, se encuentra formulado dentro de los lineamientos de política nacional; Por lo que, en atención a la documentación alcanzada, en el que se da cuenta que contiene opinión e informe técnico de carácter favorable y en aplicación al artículo 117° del Reglamento Interno del Consejo Regional, el cual indica que, "El Pleno del Consejo Regional puede exonerar del Procedimiento Legislativo y estudio de comisión a las Ordenanzas Regionales siempre y cuando esta Propuesta de Ordenanza Regional cuente con Opinión Legal y Técnica correspondiente se pone a consideración ante el pleno del Consejo Regional, el mismo que conforme al sustento de los funcionarios y al debate entre los miembros se aprueba con quince votos a favor; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, la Ley 28961 y la Ley 31433, por mayoría legal;
ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE
SEGURIDAD VIAL 2023 del Gobierno Regional de Puno, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO. - DEJAR SIN EFECTO, según corresponda, todo dispositivo legal que se oponga a lo señalado en la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.
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REGION PUNO
PRESIDENTE DEL.OTNS
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POR TANTO: REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Comuniqúese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 19 días del mes de julio del año 2023.
GOBIEI^ÍOJIEG^AL
Blgo./Alfredo Ikhariqó Uruchi REGIONAL.
Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los .?5.. días del mes de
..... ........................ del año
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“Legislary Fiscalizar por un futuro mejor”
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