Decreto Regional N.° 006-2024-GR-GR PUNO
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REGIÓN PUNO
El Gobernador del Gobierno Regional Puno;
Vistos, el expediente SGP00020240000098, sobre convocatoria a la Il Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Puno;
CONSIDERANDO:
Que, en el numeral 3) del Artículo 8” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, establece que la Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de
AN desempeño. En este marco, la Audiencia Pública constituye un mecanismo de A NVC rendición de cuentas que el Gobierno Regional Puno adopta para dar cuenta a la a RN 'F ciudadanía sobre las acciones realizadas, logros alcanzados, dificultades y las S SENNA Y) perspectivas de gestión del Gobierno Regional Puno;
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xy PU Que, el Articulo N° 24° de la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de Concejos Municipales y Consejos Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización; dispone sobre las Audiencias Públicas Regionales “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia”, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, la Ordenanza Regional N° 002-2021-GRP-CRP, aprueba el Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Puno, así como la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/CD, establecen los procedimientos para el desarrollo de las mismas, con la finalidad de promover la eficiencia, eficacia y transparencia económica; además, se debe informar a la población sobre los logros, dificultades y desafíos de la gestión del Gobierno Regional Puno;
Que, esta Audiencia Pública, se debe llevar a cabo con la participación de la población en general, los miembros del Consejo de Coordinación Regional, Agentes Participantes, Comité de Vigilancia, Autoridades de Entidades Públicas y Privadas, las Fuerzas del Orden y la Iglesia; se realizará en la ciudad de Puno, en fecha 30 de setiembre de 2024; y
Estando al Informe N° 000263-2024-GRP/SGP de la Sub Gerencia de Planeamiento, Informe N° 00957-2024-GRP/GRPPM de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Informe N° 000247-2024-GRP/GGR de Gerencia General Regional, y Proveído 001502-2024-GRP/GR PUNO DE Gobernación Regional;
En el marco de las funciones y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27783, Ley N° 27867 y sus modificatorias;
DECRETO REGIONAL N° 06 -2024-GR PUNO/GR
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la convocatoria de la II Audiencia Pública oy de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Puno; para el día 30 de setiembre del año 2024, iniciará a horas 09.00 a.m. en el Teatro Municipal de la ciudad de Puno.
of ARTICULO SEGUNDO.- La Gerencia General Regional, las Gerencias
d Regionales, Direcciones Regionales y Oficinas Regionales, deberán implementar las acciones administrativas y logística necesarias para la realización de la II Audiencia e Pública de Rendición de Cuentas setiembre 2024.
OFICINA
E REGIONAL S ere ARTICULO TERCERO.- ENCARGUESE, a la Oficina de Comunicaciones y A 2 Relaciones Públicas la difusión del presente Decreto Regional.
Dado en la Sede del Gobierno Regional Puno, a los cinco días del mes de setiembre del año dos mil veinte y cuatro. ,
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/5958805-006-2024-gr-gr-puno PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6897366/5958805-decreto-regional-nro-006-2024-gr-gr-puno.pdf