Ordenanza Regional N.° 004-2022-GR PUNO-CRP
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CONSEJO REGIONAL PUNO
GOBIERNO REGIONAL PUNO REGIÓN PUNO
“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
ORDENANZA REGIONAL N° 004 -2022-GRP-CRP. QUE APRUEBA Y ACTUALIZA EL PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES DE LA REGIÓN DE PUNO AL 2026. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día miércoles 13 de abril del año dos mil veintidós, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y:
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2o de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, la Política de Estado del Acuerdo Nacional N° 32 “Gestión del Riesgo del Desastres", está orientada a promover una política de gestión del riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la vida, la salud y la integridad de las personas; así como el patrimonio público y privado, promoviendo y velando por la ubicación de la población y sus equipamientos en zonas de mayor seguridad, reduciendo las vulnerabilidades con equidad e inclusión bajo un enfoque de procesos que comprenda: la estimación y reducción del riesgo, la respuesta ante emergencias y desastres y la reconstrucción; Que, de conformidad al articulo 13° de la Ley N° 27867, modificado por el articulo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del articulo 15° de la Ley N° 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del articulo 37° del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales;
Que, mediante Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de DesastresSINAGERD, como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgo y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres, conforme señala el Capitulo V, referente a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, decreta en su articulo primero la aprobación del Reglamento de la Ley N° 29664, denominado “Reglamento de la Ley N° 29664 que
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“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional” crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)", que en Anexo forma parte integrante del Decreto Supremo; estableciendo en su articulo 11° las funciones que cumplen los Gobiernos Regionales y locales en concordancia con lo establecido en la Ley N° 29664 y las leyes orgánicas respectivas, conforme a las actualizaciones realizadas mediante el Decreto Supremo N° 038-2021-PCM, sobre la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, se tiene como antecedente la Ordenanza Regional N° 06-2017-GR PUNO-CRP., mediante el cual ordena en su Artículo Primero, aprobar el Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres Puno al 2021, instrumento que articula el accionar de la implementación de acciones y actividades para la implementación de las medidas de prevención y reducción del riesgo de desastres dentro de la región Puno;
Que, mediante Informe Técnico de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobierno Regional Puno, concluye en su parte final que el Plan de Prevención y reducción del riesgo de Desastres de la región Puno al 2026, están técnica y administrativamente bien diseñadas, constituyendo un importante documento de gestión, cuyo objetivo central es orientar la correcta implementación de proyectos de inversión a ser ejecutados por las diferentes áreas del Gobierno Regional de Puno, con el apoyo de las instituciones públicas y privadas dentro del área territorial de la región Puno, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Opinión Legal N° 076-2022-GR PUNO/ORAJ, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Puno, acorde al análisis de la propuesta concluye en su parte final que la formulación del Plan de Prevención y reducción del riesgo de Desastres de la región Puno al 2026, constituye un instrumento de gestión que actualiza y se adecúa a la estructura dispuesta en la Ley N° 29664 y su reglamento, considerando su procedencia en la aprobación del mencionado plan;
Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, conforme a la estación de Orden del Día, se tiene agendado el Oficio N° 467- 2022-GRP-PUNO/GR, remitido por el Gobernador Regional (e) de Puno, solicitando la aprobación del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo del Gobierno Regional de Puno al 2026, adjuntando el plan en 02 anillados y sus correspondientes antecedentes, ello conforme al sustento del Jefe de la Oficina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad del Gobierno Regional Puno; Que, el Consejo Regional en Pleno, después del sustento correspondiente, se procede a someter a votación entre sus miembros; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal;
ORDENA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la actualización del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Distrito de Puno al 2026, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
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ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que la aplicación de la presente Ordenanza Regional deba ser en concordancia con el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Puno, asi como con el Plan Estratégico Institucional.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR, al Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Puno y demás instancias involucradas tomen las medidas que correspondan para la implementación de las acciones y actividades del plan de prevención y reducción del riesgo de desastres de la Región Puno al 2026. ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
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Comuniqúese al Señor Gobernador Régibnal de Puno para su promulgación.
En Puno, a los 19 días del rnés de ab ¡I dei aio dos mil veintidós.
-rl -yj-r GOBIERNO REGIONAL PUNO
REGION PUNO
Cperfreddy’ÉfraiW Rivera Cutipa
PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL
MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE, CUMPLA.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los ....3,1..... días del mes de ..A'&ül.L,............ del año....JtOZ.¿-...
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