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003-2021-GR-PUNO-CRP Regional Ordinance Puno In force

Ordenanza Regional N.° 003-2021-GR PUNO-CRP

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GOBIERNO REGIONAL PUNO ; CONSEJO REGIONAL 7 á REGION PURO

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” ORDENANZA REGIONAL N° 003-2021-GRP-CRP.

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO

_—>

VISTO: ESO) 3 En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día veintiocho de enero del año dos ig coche mil veintiuno, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional siguiente

lo rgato] a ¿ con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, y;

IN prey CONSIDERANDO: Melo? Que, conforme establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiemos /—“ Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,

concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal.

Que, de conformidad al artículo 13° de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37° del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales.

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.

EE Que, motivado en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y posteriores modificatorias declararon

NG Estado de Emergencia Nacional, disponiendo el aislamiento social obligatorio, a consecuencia del brote del | COVID-19; en cumplimiento a dicha norma el Gobierno Regional Puno, adopta medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y velar la vida y salud de los agentes participantes y la población.

Que, con Oficio N° 392-2020-GR-PUNO/GGR., emitido por el Gerente General Regional y dirigido al Consejo Regional, alcanza tres proyectos de Ordenanza Regional referente a los reglamentos de, Audiencias Públicas, de rendición de cuentas del Consejo de Coordinación Regional, y del proceso de Presupuesto Participativo Multianual.Que, con Oficio N° 1017-2020-GR-PUNO/GR., emitido por el Gobernador Regional y dirigido al Consejo Regional, remite tres Opiniones Legales N° 389, 390 y 391-2020- GR-PUNO/ORAJ., respecto a los reglamentos de, Audiencias Públicas, de rendición de cuentas del Consejo de Coordinación Regional, y del proceso de Presupuesto Participativo Multianual. Que, con Oficio N° 995- 2020-GR-PUNO/GR.; emitido por el Gobemador Regional y dirigido al Consejo Regional, solicitando se registre, evalué y apruebe mediante Ordenanza Regional los proyectos de Ordenanza Regional referente a los reglamentos de, Audiencias Públicas, de rendición de cuentas del Consejo de Coordinación Regional, y del proceso de Presupuesto Participativo Multianual. Que, con Informe N° 057-2020-GR PUNO/GRPPAT/SGPI., emitido por el Sub Gerente de Planeamiento e Informática, concluye en que, los reglamentos de, Audiencias Públicas, de rendición de cuentas del Consejo de Coordinación Regional, y del proceso de Presupuesto Participativo Multianual, se aprueben con Ordenanza Regional por el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno. Que, con Informes N° 054, 055 y 056-2020-GR-PUNO/GRPPATSGPI-TR., se detallan, argumentan, justifican y concluyen en que se eleven al Consejo Regional para aprobación mediante Ordenanza Regional los reglamentos de, Audiencias Públicas, del proceso de Presupuesto Participativo Multianual, y de rendición de cuentas del Consejo de Coordinación Regional, respectivamente.

Que, mediante Dictamen N° 0001-2020-GRP-CR/CO.PPyAT., la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial indica que,en sesión de comisión de fecha vienes 18 de diciembre del año 2020, con presencia y sustento de representantes de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y basados en la siguiente documentación: Oficio

PUNO,

REGION. Crespo SIONAL

NO Cee

if

CONSEJO RI

Fiscalizar y legislar para un buen gobierno

GOBIERNO REGIONAL PUNO t CONSEJO

N° 392-2020-GR-PUNO/GGR., Oficio N° 1017-2020-GR-PUNO/GR., Opinión Legal N° 389-2020-GRPUNO/ORAJ., Opinión Legal N° 390-2020-GR-PUNO/ORAJ., Opinión Legal N° 391-2020-GR-PUNO/ORAJ., Oficio N° 995-2020-GR-PUNO/GR,, Informe N° 057-2020-GR PUNO/GRPPAT/SGPI., Informe N° 054-2020- GR-PUNO/GRPPAT-SGPI-TR., Informe N° 055-2020-GR-PUNO/GRPPAT-SGPI-TR., e Informe N° 056- 2020-GR-PUNO/GRPPAT-SGPI-TR.; concluye en que, mediante Ordenanzas Regionales individuales se apruebe por el Pleno del Consejo Regional lo siguiente 1.- El Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Puno; 2.- El Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo Multianual del Gobierno Regional Puno y 3.- El Reglamento del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Puno.

Que, en Sesión Ordinaria de la fecha, se tiene el Dictamen N° 0001-2020-GRP-CR/CO.PPyAT., agendado, presentado y expuesto al Consejo Regional en Pleno, mediante el cual concluyeron en que, mediante Ordenanzas Regionales individuales se apruebe por el Pleno del Consejo Regional lo siguiente 1.-

El Reglamento de Audiencias Públicas de Rendi de Cuentas del Gobierno Regional Puno; 2.- El Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo Multianual del Gobiemo Regional Puno y 3.- El Reglamento del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional Puno.

Que, el Consejo Regional en Pleno después del respectivo debate y votación sobre la aprobación de la conclusión 2.- “El Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual del Gobierno Regional Puno”, conforme el Dictamen N° 0001-2020-GRP-CR/CO.PPyAT., y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal;

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual, constituido por Cinco (05) Títulos, Doce (12) Capítulos, Cuarenta y Siete (47) Artículos, Dos (2) Disposiciones Complementarias y Una (1) Disposición Final; los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Puno, a que, a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien ha formulado el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual; asuma la difusión de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial Gobiemos Regionales; y en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional Puno, bajo responsabilidad.

POR TANTO: =, Comuníquese al Señor Gobemador Regional Ge Puno para su promulgación. En Puno, a los 28 días del mes de enero del aho dos mil veintiuno.

MARESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE, CUMPLA. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los .4. .. del año dos mil .

días del mes de

AGUSTIN LUG GOBERNADOR REGI

Fiscalizar y legislar para un buen gobierno

GOBIERNO REGIONAL PUNO

1 fa REGION PUNO

REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVG MULTIANUAL

PUNO, NOVIEMBRE 2020

° CAPITULO Ill, DE LA FASE DE COORDINACIÓN ENTRE LOS NIVELES DE GOBIERNO

CONTENIDO

TÍTULO |. DISPOSICIONES GENERALES................

CAPITULO I. DEL OBJETO, OBJETIVO, FINALIDAD, ALCANCE, EMERGENCIA NACIONAL, REUNIONES VIRTUALES Y BASE LEGAL... 3

CAPITULO I. DE LOS PRINCIPIOS, CARACTERISTICAS Y DEFINICIONES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL. 4

TITULO Il. DE LOS ACTORES Y CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO 2 7

PARTICIPATIVO MULTIANUAL...

CAPITULO I, DE LOS ACTORES, ROLES Y CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TECNICO DEL PROCESO DE

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL.. CAPÍTULO Il. DELA CONVOCATORIA E INSCRIPCION “DE AGENTES DE iA SOCIEDAD CIVIL E INSTITUCIONES ... e

TÍTULO lll. DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES. 10 CAPITULO |. DE LAS FALTAS Y SANCIONES 10

'ULO IV. DE LAS FASES DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL .. 10

CAPITULO. DE LA FASE DE PREPARACIÓN ‘APITULO II. DE LA FASE DE CONCERTACIÓN

CAPÍTULO IV. DE LA FASE DE FORMALIZACIÓN . CAPÍTULO V. DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS ..

TÍTULO V. DE LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA.

CAPÍTULO |. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA. CAPÍTULO Il, OTROS ACTORES DE VIGILANCIA.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. DISPOSICIÓN FINAL...

REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO

TÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO!

DEL OBJETO, OBJETIVO, FINALIDAD, ALCANCE, EMERGENCIA NACIONAL, REUNIONES VIRTUALES Y BASE LEGAL

ARTICULO 1°- DEL OBJETO

El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones técnicas legales, de procedimientos de

participación efectiva del Estado y la sociedad civil organizada, en la toma de decisiones, dentro el marco del

Proceso de Presupuesto Participativo Multianual, que garantice la priorización de proyectos de inversión, para el 1 cumplimiento de objetivos y metas institucionales en el marco del proceso de desarrollo sostenible.

ARTÍCULO 2°- DEL OBJETIVO

i Establecer los mecanismos para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual, que debe A estar orientado al logro de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Regional Concertado; con Participación de la población organizada y el Estado.

Foi

fiplecer la gobernabilidad, con la participación de la población organizada, que permita garantizar la parencia en la gestión pública regional.

‘a oe . , ; ee Nu Alcanzar proyectos priorizados del presupuesto participativo para la incorporación en la Programación Multianual de Inversiones.

ARTÍCULO 3°. DE LA FINALIDAD

Promover la participación activa y concertada de la sociedad civil organizada y el Estado, en los espacios del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual, orientados al cierre de brechas de infraestructura y de acceso a servicios públicos, que contribuyan al bienestar de la sociedad.

ARTÍCULO 4°- DEL ALCANCE

El presente Reglamento, es de alcance regional, para la participación de los agentes y actores en el Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

ARTÍCULO 5°- DE LA EMERGENCIA NACIONAL

En el marco del estado de emergencia nacional, establecida por Decreto Supremo N° 44-2020-PCM, que declara en emergencia nacional porlas graves circunstancias que afecta la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19, por lo que es necesario adoptar medidas preventivas en los procesos del presupuesto participativo, hasta que se disponga nuevo dispositivo legal.

ARTÍCULO 6°- DE LAS REUNIONES VIRTUALES

Las reuniones virtuales, constituyen espacios de encuentro en tiempo real a través de medios electrónicos en momentos donde no es posible la participación presencial de los agentes participantes y actores del Presupuesto Participativo; por lo que se debe adaptar a medios virtuales.

a

ARTÍCULO 7”.- BASE LEGAL

El Reglamento, se sustenta en las siguientes normas legales:

  • Constitución Política del Perú

  • Ley N”27783- Ley de Bases de la Descentralización,

  • Ley N*27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 27902 y Ley N° 28013.

  • Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley N° 29298.

  • Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

  • Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modemización de la Gestión del Estado y su Reglamento el Decreto

Supremo N° 030-2002-PCM,

  • Decreto Legislativo N° 1088 - Ley de Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y de Centro Nacional

de Planeamiento Estratégico.

  • Decreto Supremo N° 142-2009-EF - Reglamento de la Ley N° 28056 y su modificatoria el Decreto

Supremo N° 131-2010-EF.

  • Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de

Inversiones y su reglamento el Decreto Supremo N° 027-2018-EF.

  • Decreto Supremo N° 284-2018-EF, aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, decreto

Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

  • Decreto Supremo N° 097-2009-EF - Criterios para Delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y

Distrital en el Presupuesto Participativo y su modificatoria el Decreto Supremo N° 132-2010

  • Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01-

Instructivo para el Proceso Participativo Basado en Resultados.

Resolución Ministerial N° 035-2018-E1/15, que aprueba la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto.

Resolución Directoral N° 01-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

Directiva N° 002-2019-EF/50.01; Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria.

  • Directiva N° 001-2020-EF/50.01, Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación

Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral N* 009-2020-EF/50.01.

  • Decreto Supremo N° 44-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves

circunstancias que afecta la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

  • Ordenanza Regional N° 002-2018-GR PUNO-CRP, aprueba la modificación del Reglamento de

Organizaciones y Funciones y la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Puno.

CAPITULO I

DE LOS PRINCIPIOS, CARACTERISTICAS Y DEFINICIONES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL Y PROGRAMACION MULTIANUAL

ARTÍCULO 8°.- PRINCIPIOS

El Proceso del Presupuesto Participativo Multianual se fundamenta en los siguientes principios:

a).

bp.

Participación. El Gobierno Regional Puno, promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil y el Estado.

Transparencia. El proceso del presupuesto participativo, asi como los resultados alcanzados serán publicados en el portal web del Gobiemo Regional.

Igualdad de oportunidades. Las organizaciones de carácter regional de la sociedad civil, tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar, sin discriminación alguna en los Procesos de Presupuesto Participativo Multianual.

d). Tolerancia. Garantiza el respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de los actores del Presupuesto Participativo.

e). Equidad. Igualdad de oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales, sin discriminación alguna.

  1. Respeto a los acuerdos. La participación de la sociedad civil en el Presupuesto Participativo del Gobiemo Regional Puno, está orientada al cumplimiento de los acuerdos.

ARTÍCULO 9”.- CARACTERISTICAS DEL PROCESO

El proceso de Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Puno, tiene las siguientes características:

a). Multianual. El Proceso de Presupuesto Participativo será para un periodo de tres años, teniendo en consideración el diagnóstico de brechas de infraestructura y/o acceso a los servicios.

b).. Competencia. Los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo, deben ser de impacto y competencia regional,

c). Coordinado. Las instituciones públicas y privadas que operan dentro del ámbito regional, deben armonizar y articular sus propuestas, a fin de evitar la duplicidad de acciones.

Concertado. Los proyectos priorizados son validados por los agentes participantes en el espacio del proceso del Presupuesto Participativo.

Participativo. Los miembros del Consejo de Coordinación Regional y agentes participantes acreditados participan en la toma de decisiones orientadas al cierre de brechas prioritarias, en el proceso de priorización y validación de proyectos de inversiones.

ARTÍCULO 10°.- DEFINICIONES 10.1.- Presupuesto Participativo

El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones entre el Estado y la sociedad civil, | mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones y proyectos de inversión a implementar por el

Gobierno Regional, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la concretización de objetivos institucionales.

10.2.- Programación Multianual de Inversiones

Programación Multianual de Inversiones, es un sistema administrativo del Estado, que busca lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de proyectos de inversión orientado al cierre de brechas.

10.3.- Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto

La programación multianual es un proceso institucional de análisis técnico que realizan las entidades públicas con la finalidad de establecer prioridades en los objetivos y metas en los ámbitos de su responsabilidad funcional, así como la estimación de los recursos necesarios para su financiamiento, dentro de los límites de la Asignación Presupuestaria Multianual.

10.4.- Asignación Presupuestaria Multianual

Es el límite máximo de los créditos presupuestarios, que corresponderán a cada entidad para el año, cuyo presupuesto se esté elaborando (año t) y los dos (02) años siguientes (años t+1, t+2).

La Asignación Presupuestaria Multianual no implica un compromiso definitivo sobre los créditos presupuestarios que correspondan a cada entidad para el presupuesto de los años respectivos. La asignación será revisada anualmente y modificada en caso haya cambios en cualquiera de los factores considerados para su estimación,

10.5.- Brecha de infraestructura o de acceso a servicios públicos

Es la diferencia entre la oferta disponible optimizada de infraestructura o acceso a servicios y la demanda a una fecha determinada en el ámbito geográfico determinado.

10.6.- Indicador

Medida cualitativa o cuantitativa observable, que permite describir características, comportamientos o fenómenos, a través de su comparación con períodos anteriores o con metas o compromisos.

| 10.7.- Presupuesto por Resultados

Es una estrategia de gestión pública que permite vincular la asignación de recursos presupuestales a bienes

y servicios (productos) y a resultados a favor de la población, con la característica de permitir que estos puedan y Ser medibles. Para lograrlo es necesario un compromiso de las entidades públicas, definir responsables,

generar información, y rendir cuentas.

El Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se enmarca dentro del nuevo enfoque de la nueva gerencia y gestión por resultados, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios específicos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población.

10.9.- Sostenibilidad Debe garantizar que las inversiones cuya ejecución se programe y cuenten con un futuro presupuesto para su operación y mantenimiento, procurando un adecuado balance entre el gasto de capital programado de inversiones y el gasto corriente futuro que demandará su funcionamiento.

10.10.- Consistencia

Es la acción por la cual la Unidad Formuladora corrobora que la concepción técnica dure inalterada y que se cumple con las condiciones de dimensionamiento y viabilidad del proyecto de inversión.

10.11.- Agentes Participantes

Son aquellos representantes de la sociedad civil e instituciones que participan con voz y voto en la priorización y validación de proyectos de inversión y análisis de brechas de infraestructura y de servicios en las fases del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

10.13.- Plan de Desarrollo Regional Concertado

Es un instrumento de base territorial y de gestión pública a largo plazo, que orienta el desarrollo regional, contiene la síntesis del análisis prospectivo, el escenario apuesta, la visión territorial, los objetivos estratégicos, indicadores y metas, acciones estratégicas, ruta estratégica, y la relación de proyectos de inversión de impacto regional.

10.14.- Talleres de Trabajo

Son especios de participación de los agentes participantes convocados por el Gobernador Regional, con la finalidad de determinar las brechas de infraestructura y de servicios sociales, para priorizar y validar los proyectos de inversión.

1 10.15.- Consejo de Coordinación Regional

Es el órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional Puno, conformado por trece Alcaldes de las municipalidades provinciales, el Gobernador Regional, quien lo preside, y nueve representantes de la sociedad civil.

10.16.- Estado de Emergencia Sanitaria El estado de emergencia sanitaria en el Perú, es declarado mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA; que dicta medidas de prevención y control del COVID-19, por el brote de enfermedad contagiosa reconocido como el coronavirus (COVID-19), que afecta la vida y la salud de sus habitantes, y requiere el aislamiento social obligatorio por la presencia de la pandemia.

10.17.- Plataforma Virtual

Plataforma virtual es un sistema que permite la ejecución de diversas aplicaciones bajo el mismo entomo, dando a los usuarios la posibilidad de acceder a ella a través de Internet.

TÍTULO

/ DELOS ACTORES Y CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TECNICO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL

CAPITULO! DE LOS ACTORES, FUNCIONES Y CONFORMACION DEL EQUIPO TECNICO ARTÍCULO 17°.- Los actores del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual Constituyen actores del Presupuesto Participativo Multianual:

  • Gobemador Regional y/o Vice Gobernador

  • Miembros del Consejo de Coordinación Regional

  • Consejeros Regionales

  • Agentes Participantes de la Sociedad Civil acreditados.

  • Miembros del Comité de Vigilancia.

  • Miembros del Equipo Técnico

  • Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en calidad de Secretaría Técnica

ARTÍCULO 12°.- De las funciones de los actores del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual | Los actores del proceso del Presupuesto Participativo Multianual, tienen las siguientes funciones: 12.1. Gobernador Regional | - Convoca, preside y dirige el Proceso de Presupuesto Participativo Multianual en su calidad de Gobernador

Regional.

  • Dispone las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados y su implementación.

Presenta el informe de rendición de cuentas en la Audiencia Pública. Suscribe actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

12.2. Miembros de! Consejo de'Coordinación Regional

Asiste, participa y promueve en forma activa en el proceso de presupuesto participativo. Participa con voz y voto en la priorización y validación de proyectos de inversión. Apoya al Comité de Vigilancia para el cumplimiento de sus funciones.

Suscriben actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

12.3. Consejo Regional

Aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual, mediante Ordenanza Regional.

Fiscaliza el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Multianual.

Vela por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobiemo Regional.

12.4, Agentes Participantes de la Sociedad Civil acreditados

Representan a su organización.

Asisten y participan con voz y voto en el proceso del Presupuesto Participativo Multianual.

Informan a su organización de los acuerdos y conclusiones de los talleres del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

Suscriben actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

Elaborar el Plan de Trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Multianual.

Definir pautas metodológicas y mecanismos para la realización de los talleres del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

Preparar información para el desarrollo de talleres de Presupuesto Participativo Multianual.

Participar activamente con voz y voto en el proceso del Presupuesto Participativo Multianual.

Realizar la evaluación técnica de los proyectos propuestos en el proceso de Presupuesto Participativo Multianual,

Otras tareas que le encargue el presidente del Presupuesto Participativo.

12.6, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

Presentar en coordinación con las Unidades Ejecutoras del pliego, la evaluación de la cartera de proyectos de inversión multianual.

Presentar el informe final del Presupuesto Participativo Multianual al titular del Pliego.

Remitir copia del acta de acuerdos y compromisos, al Comité de Vigilancia y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

Registrar en el aplicativo del Proceso del Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas.

12.7. Comité de Vigilancia

Vigila el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo Multianual.

Informa al Consejo de Coordinación Regional, Consejo Regional y otras dependencias competentes en caso de incumplimiento de acuerdos.

Informa en los talleres de Presupuesto Participativo, sobre acciones de vigilancia y avance del Presupuesto Participativo Multianual.

ARTICULO 13°.- Conformación del Equipo Técnico

El Equipo Técnico estará conformado con representantes de las gerencias regionales del Gobiemo Regional Puno; y se formaliza mediante Resolución Ejecutiva Regional, a propuesta de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y es quien la preside.

CAPITULO II

DE LA CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL E INSTITUCIONES

ARTICULO 14°.- El Gobernador Regional realiza la convocatoria a las organizaciones de la sociedad civil de carácter regional, instituciones públicas y privadas, para la inscripción de agentes participantes en el proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

La difusión de la convocatoria es por medios de comunicación de alcance regional (Pagina Web y vitrina del Gobierno Regional, medios televisivos, emisoras entre otras); durante 10 días.

ARTÍCULO 15°.- Las organizaciones con carácter regional de la sociedad civil e instituciones públicas y privadas deben pertenecer a los siguientes segmentos:

Universidades e Institutos Superiores no Universitarias Entidades públicas de desarrollo

Organizaciones empresariales

Colegios profesionales

Asociaciones juveniles

Asociación de personas con discapacidad

Asociación de mujeres

  • Asociaciones agrarias y campesinas

  • Gremios laborales

  • Mesa de concertación

  • Iglesias

  • Asociación de municipalidades de centros poblados y mancomunidades municipales

ARTÍCULO 16°.- La solicitud de inscripción, se alcanzará en físico o virtual dirigida al Gobernador Regional, adjuntando los siguientes requisitos:

  • Solicitud de inscripción, suscrita por el representante legal de la organización de carácter regional a la que pertenece, indicando el cargo que desempeña, dirección actual, teléfono, número de socios activos, el nombre del delegado designado y el listado de documentos que acompaña.

  • Copia simple de la Partida de Registro Público y de las instituciones públicas o privadas, norma de creación y/o acta de fundación de la organización, con una antigiedad no menor de dos años.

  • Copia simple del Acta de acuerdo por los socios, que contenga: acuerdo de participación para ser agente participante en el Proceso del Presupuesto Participativo Multianual y designar su representante,

  • Fotocopia simple del DNI del representante y del delegado.

  • Copia de documentos que acredite acciones realizadas por su organización en los últimos 02 años, que demuestra que la organización está en actividad en el ámbito regional.

ARTÍCULO 17°.- La presentación de los documentos señalados en el artículo precedente, se realizará en la Unidad de Tramite Documentario en fisico o vía virtual del Gobierno Regional Puno, de acuerdo al cronograma establecido.

ARTÍCULO 18°.- Los resultados de la calificación de los expedientes presentados como aptos y observados, se publicará en el Portal Web del Gobierno Regional Puno y en la vitrina de la institución.

ARTÍCULO 19°.- La absolución de observaciones si hubiera se debe realizar en el plazo de 02 días hábiles, después de la publicación de los resultados de la calificación.

ARTÍCULO 20”.- Recepción de tachas, es acompañado de documentos probatorios en físico; posterior a la fecha de publicación de los resultados de calificación por la Sub Gerencia de Planeamiento e Informática, para lo que se tiene dos (02) días hábiles.

ARTÍCULO 21°.- La absolución de tachas se efectuará en un plazo de dos (02) días hábiles de recibido los documentos de observación y estará a cargo de la Sub Gerencia de Planeamiento e Informática.

ARTÍCULO 22°.- La publicación definitiva de inscritos para ser agente participante se realiza en el portal Web y vitrina de la sede del Gobierno Regional, conforme al plazo establecido.

ARTÍCULO 23”.- Las entidades públicas del Estado, que tienen intervención en la jurisdicción de la región Puno, deberán presentar la solicitud de inscripción acompañado del documento de creación y la acreditación de su representante para el proceso del Presupuesto Participativo Multianual dentro el plazo establecido en la convocatoria. TITULO I

DELAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

CAPITULO 1

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

ARTICULO 24°.- FALTAS. Se consideran faltas aquellas conductas injustificables, dentro de las normas de

convivencia democrática de los agentes participantes, en el proceso del Presupuesto Participativo Multianual, entre las cuales se consideran:

Inasistencia no justificada al taller.

Agresión física y/o verbal a agentes participantes y asistentes. Asistir al taller en estado etílico y/o con alteración emocional. Alterar de manera violenta el desarrollo del taller.

ARTÍCULO 25°. SANCIONES. Se aplica sanción por algún tipo de falta según el artículo 24, de acuerdo a la gravedad:

  • Por primera vez, llamada de atención verbal en el taller.

  • Por segunda vez, comunicación escrita de llamada de atención por el Gobernador Regional, agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organización de la sociedad civil o institución pública a la que representa.

  • Por tercera vez, separación definitiva del agente participante, con conocimiento a la organización que representa, para efectuar la suplencia correspondiente.

  • La inasistencia o abandono reiterado e injustificado, será causal de nulidad de participación del agente participante en los talleres del Presupuesto Participativo Multianual.

TÍTULO IV DELAS FASES DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO MULTIANUAL

ARTÍCULO 26°.- El Proceso del Presupuesto Participativo Multianual, se realizará feniendo en cuenta la realidad territorial, organización del Gobierno Regional Puno y la normatividad vigente, que comprende las siguientes fases:

Fasel : Preparación

Fase Il : Concertación Fase ll: Coordinación Fase IV :Formalización CAPÍTULO | | DE LA FASE DE PREPARACION

i ARTÍCULO 27°.- La fase de preparación comprende el desarrollo de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación y registro de agentes participantes, capacitación para el desarrollo del proceso, debiendo realizarse en forma oportuna y anticipada; previa aprobación del Plan de Trabajo.

Comunicación

El Gobierno Regional Puno, efectuará mediante medios de comunicación masiva de alcance regional y portal web, acciones de difusión sobre el Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

Sensibilización

El Gobierno Regional Puno, promoverá la participación de la sociedad civil organizada en la gestión de desarrollo regional y el compromiso que deben asumir en las decisiones tomadas.

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Jpentificación y Registro de Agentes Participantes

| La identificación y registro de agentes participantes, se realizará en la Subgerencia de Planeamiento e Informática ! de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Puno.

Capacitación de Agentes Participantes

El Gobierno Regional Puno, implementará mecanismos de capacitación presencial y/o virtual, de acuerdo a la coyuntura de riesgos en salud, orientados al fortalecimiento de las capacidades de los agentes participantes, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, Defensoría del Pueblo, equipo técnico y otras entidades.

CAPÍTULO II DE LA FASE DE CONCERTACIÓN

ARTÍCULO 28°.- la Fase de Concertación, comprende desarrollar talleres necesarios y actividades de identificación y evaluación técnica de proyectos y concertación para la priorización de los mismos, los cuales deben estar plasmados en actas de acuerdo y compromisos por los agentes participantes.

ARTÍCULO 29”.- De los talleres de trabajo

El Gobierno Regional Puno, convocará a los agentes participantes mediante documento en fisico o virtual a los | diferentes talleres temáticos en las que se analiza, discute, prioriza y valida las propuestas de proyectos de inversión | en el marco de las normas vigentes siguientes; Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, aprobada por Resolución

Directoral N° 007-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Decreto

Legislativo N° 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones -

Invierte.Pe y la Directiva N° 001-2019-EF/63.01; Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversión y otros.

ARTÍCULO 30° En el taller del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual, el equipo técnico dirigirá la presentación de los talleres temáticos junto al Gobemador Regional sobre los siguientes temas:

  • Avances sobre la implementación del Plan de Desarrollo Regional Concertado.

  • Programación y nivel de avance en ejecución y resultados del año fiscal anterior en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado Puno,

  • Diagnóstico de brechas de infraestructura y de servicios.

  • Criterios de priorización de proyectos de inversiones

  • Cartera de proyectos de inversiones multianual en ejecución, con expediente técnico, viables y otros

  • — Presupuesto para programación multianual de inversiones del Gobierno Regional Puno

ARTÍCULO 31°.- La validación, priorización de proyectos de inversión de impacto regional, se realizará teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos en el Decreto Supremo N° 132-2010-EF.

  • Alcance regional y/o multiprovincial.
  • Población objetivo no menor al 5% de la población total regional.
  • Monto total de proyecto de inversión no menor de S/. 3,000,000.00.

ARTÍCULO 32*.- La programación presupuestaria de los proyectos priorizados se realizará de acuerdo al orden de

lación establecida en la Directiva N° 001-2019-EF/63.01; Directiva General del Sistema Nacional de

<Pedgramacién Multianual y Gestión de Inversiones. y)

El Gobemador Regional y los agentes participantes acreditados, suscriben el Acta de Acuerdos y Compromisos, en señal de conformidad. Los actores que participan de manera virtual en los talleres darán su conformidad de manera verbal, la misma que estará registrada en grabaciones.

Los agentes participantes acreditados que omitan su firma en el Acta de Acuerdos y Compromisos, y los participantes de manera virtual que no den conformidad verbal, serán considerados ausentes, no teniendo derecho areclamos posteriores. CAPÍTULO Ill DE LA FASE DE COORDINACIÓN ENTRE LOS NIVELES DE GOBIERNO

ARTÍCULO 34”.- El Gobierno Regional en coordinación con los gobiernos locales provinciales, efectuaran la consistencia presupuestaria en materia de inversión, para el cofinanciamiento de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo Multianual.

ARTÍCULO 35".- Los acuerdos y compromisos para la ejecución de las inversiones deberán especificar la Participación de los niveles de gobierno de acuerdo a su competencia.

CAPÍTULO IV DE LA FASE DE FORMALIZACIÓN

ARTÍCULO 36°.- Los acuerdos y compromisos adoptados en el proceso del Presupuesto Participativo Multianual, se formalizarán dentro el marco de la Directiva de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria y sus Anexos, que se emite para cada año fiscal; Directiva N° 001-2019-EF/63.01 Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; y el registro de proyectos de inversión en el Aplicativo de Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas.

ARTÍCULO 37°.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, publicará los resultados del Presupuesto Participativo en el portal web de la entidad para el conocimiento de los miembros del Comité de Vigilancia, Consejo de Coordinación Regional, Agentes Participantes y la población en general.

Los proyectos de inversión priorizados en el Presupuesto Participativo, estarán considerados en la Programación Multianual de Inversiones de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y orden de prelación establecida en la Directiva N° 001-2019-EF/63.01. CAPÍTULO V DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS ARTÍCULO 38°.- La Rendición de Cuentas, es un espacio de interlocución por el cual el Gobierno Regional Puno,

__ informa a la sociedad civil sobre los principales logros, avances, limitaciones y acciones realizadas de la gestión secieiegional, en materia de:

Nivel de avance en la ejecución de los proyectos de inversión. Nivel de avance del Presupuesto Institucional de Apertura y Modificado del año fiscal.

“ARTÍCULO 39°.- La Rendición de Cuentas, se realizará dos veces al año; la primera en una capital de provincia y la segunda en la capital regional. Asimismo la participación de los agentes participantes debe ser de manera presencial, pero en momentos de riesgo en la salud de la población, corresponde la presentación y participación de manera virtual.

TÍTULO Y DE LOS MECANISMOS DE VIGILANCIA CAPÍTULO I

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

ARTÍCULO 40°.- El Comité de Vigilancia, es una instancia de participación ciudadana para vigilar y controlar el adecuado desarrollo de cada etapa del Proceso del Presupuesto Participativo, así como el cumplimiento de los acuerdos concertados entre el Gobierno Regional, la sociedad civil e instituciones públicas y privadas.

Los miembros de Comité de Vigilancia, son elegidos en el Proceso de Presupuesto Participativo por un periodo de dos años y es reconocido mediante Resolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO 41°.- Los requisitos para ser elegidos como miembros del Comité de Vigilancia:

  • Seragente participante de la organización de la sociedad civil o de una institución privada de carácter regional.

  • Residir en la jurisdicción regional.

  • No haber transgredido las reglas establecidas en el artículo 24 del presente reglamento.

ARTÍCULO 42”.- Miembros del Comité de Vigilancia El número mínimo de miembros que integran el Comité de Vigilancia, es de cuatro (04) cargos:

Presidente Secretario Primer Vocal y Segundo Vocal

ARTÍCULO 43°. Funciones del Comité de Vigilancia:

  • Vigila el cumplimiento de los acuerdos y compromisos del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

  • Vigila los compromisos asumidos en la ejecución de las inversiones de acuerdo a sus competencias de los diferentes niveles de gobierno.

  • Informa al Consejo de Coordinación Regional, sobre los resultados de la vigilancia.

  • Presenta denuncia en caso de existir irregularidades en la ejecución de inversiones a las instancias correspondientes.

ARTÍCULO 44°.- El Gobiemo Regional Puno, proporcionará información a solicitud del Comité de Vigilancia, para El listado de ejecución de los proyectos incorporados en el Presupuesto Institucional. Programación Multianual de Inversiones

Información complementaria que solicite el Comité de Vigilancia.

CAPITULO I

OTROS ACTORES DE VIGILANCIA

ARTÍCULO 45°,- El Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Puno, en el marco de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, cumplirá las acciones de control conforme a las funciones que le asiste,

ARTÍCULO 46° La Dirección Nacional del Presupuesto Público - DNPP, entidad encargada de impartir las instrucciones y lineamientos del Proceso de Presupuesto Participativo para el cumplimiento de acciones de vigilancia, contro! y registro de la información en el Aplicativo Informático.

ARTÍCULO 47° El Consejo Regional desarrolla acciones de fiscalización sobre el cumplimiento del Proceso del Presupuesto Participativo, así como de los acuerdos y compromisos asumidos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- El Gobierno Regional Puno en el marco de las normas legales vigentes es responsable del Proceso de Presupuesto Participativo Multianual.

SEGUNDA.- La Rendición de Cuentas del año 2020, excepcionalmente se efectuara de manera virtual, considerando los riesgos en la salud de la población.

DISPOSICION FINAL

UNICA. - Derogase el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional Puno, aprobado por Ordenanza Regional N° 014-2016-GRP-CRP.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpuno/normas-legales/1759989-003-2021-gr-puno-crp PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1739817/ORDENANZA%20REGIONAL%20N%C2%BA%20003-2021-GRP-CRP.pdf.pdf