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001-2022-GR-PUNO-CRP Regional Ordinance Puno In force

Ordenanza Regional N.° 001-2022-GR PUNO-CRP

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Jach’a suyuna qamasirinakapana p’iqt’awinakapa ch’amañchaña mara' “Llaqta kamachiynin Mama suyunchikpa kallpachasqa wata” “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”

REGIÓN PUNO

ORDENANZA REGIONAL N° 001-2022-GRP-CRP. QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO DIGITAL EN EL PLIEGO 458: GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO:

Conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 13 de octubre del 2022, el Pleno del Consejo Regional, aprobó la emisión de la Ordenanza Regional, en atención al Oficio N° 042-2022-GR. PUNO/CRP, sobre la subsanación y las recomendaciones implementadas, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva y; CONSIDERANDO: Que el artículo 191° de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo al artículo 2o de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8o precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, de conformidad al artículo 13° de la Ley N° 27867, modificado por el artículo único de la Ley N° 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37° del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentando materias de su competencia;

Que, el artículo 21° inciso o. de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es una atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de 15 días hábiles y

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Jach’a suyuna qamasirinakapana p'iqt’awinakapa ch'amañchaña mara” “Llaqta kamachiynin Mama suyunchikpa kallpachasqa wata” “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"

REGIÓN PUNO

ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional, de conformidad con su plan de implementación, bajo responsabilidad; Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, promueve la modernización del Estado Peruano en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía; Que, el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, señala que dicha normativa tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, mediante el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, cuyo objeto es regular las actividades de gobernanza y gestión de las tecnologías digitales en las entidades de la Administración Pública en materia de Gobierno Digital, que comprende la identidad digital, interoperabilidad, servicios digitales, datos, seguridad digital y arquitectura digital, así como establecer el marco jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales en los tres niveles de gobierno, conforme lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital con observancia de los deberes y derechos fundamentales previstos en la Constitución Política del Perú y en los tratados internacionales de derechos humanos y otros tratados internacionales ratificados por el Perú;

Que, por Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, disponen que en cada entidad de la Administración Pública se constituya un Comité de Gobierno Digital que sea el ente encargado de dirigir, evaluar y supervisar el proceso de transformación digital y Gobierno Digital en las entidades de la Administración Pública, contribuyendo al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, así como una mejor prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía; Que, mediante Ordenanza Regional N° 032-2016-GR PUNO-CRP, se aprueba el procedimiento de modernización de la gestión pública regional y la implementación del gobierno electrónico en el Gobierno Regional de Puno, encargando al Ejecutivo Regional su elaboración e implementación, así como la conformación de la Comisión Técnica Especial;

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REGION PUNO

Que, conforme al procedimiento legislativo, se tiene el Informe Legal N° 13872019-GR-PUNO/ORAJ, mediante el cual, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Puno, concluye que es procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre la Modernización de la Gestión Pública y la implementación del Gobierno Digital en el Gobierno Regional Puno; de igual forma, mediante el Informe N° 011-2020G.R.PUNO-GRPPAT/SGPI-AI y el Informe N° 082-2021-G.R.PUNO-GRPPAT/SGPI-AI, los responsables del área de informática, realizan sugerencias y recomendaciones de carácter favorable, para la aprobación de la Ordenanza Regional para la modernización de la gestión pública regional y la implementación del gobierno electrónico en el Gobierno Regional de Puno; el mismo que fue aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en atención y aplicación del artículo 117o del Reglamento Interno de Consejo Regional, sobre la exoneración del procedimiento de Ordenanzas Regionales y siendo remitido al Gobernador Regional para el trámite correspondiente;

Que, conforme al Oficio N° 420-2022-GR-PUNO/GR, el Gobernador Regional, remite el Informe N° 099-2022-GR-PUNO/ORAJ, el Informe N° 00185-2022-GRPUNO/GRPPAT, el Informe N° 033-2022-GR PUNO/GRPPAT/SGMDI e Informe Legal N° 063-2022-GR-PUNO/ORAJ, mediante el cual esencialmente realiza observaciones y recomendaciones a fin de que sean evaluadas por el Consejo Regional en los siguientes extremos: Que la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, comprenda el desarrollo de (05) pilares, (03) ejes transversales y (01) proceso de gestión del cambio; Que la "Ordenanza Regional N° 001-2022-GRP-CRP., Declara de Prioridad e Interés Regional la Modernización de la Gestión Pública Regional y la Implementación del Gobierno Electrónico en el Gobierno Regional Puno" y su contenido solamente comprende a uno de los ejes transversales "Gobierno Electrónico o Gobierno Digital"; Que la Ordenanza Regional 032-2016-GR PUNO-CRP se encuentra desactualizada y requiere su modificación en su integridad a fin de que sea aprobado por la Ordenanza Regional N° 001-2022-GRP-CRP.; Recomienda la modificación del título de la Ordenanza Regional N° 001-2022-GRP-CRP.; así como, los artículos primero, tercero y cuarto de acuerdo a lo precisado en los numerales 3.9., 3.10., 3.11. y 3.12. del Informe N° 0332022-GR PUNO/GRPPAT/SGMDI', recomendando en su parte final derivar el informe a la Gobernación Regional, Gerencia General, Consejo Regional e instancias responsables de la implementación del Gobierno Digital; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollada en fechal 3 de octubre del 2022, conforme a la agenda programada y en la estación orden del día se tiene agendado el oficio N° 042-2022-GR.PUNQ/CRP, mediante el cual los consejeros regionales Samuel Pacori López, Walter Mamani Quispe y Severo Vidal Flores Ccopa, presentan las subsanaciones de la Ordenanza Regional en referencia al Informe N° 0332022-GR PUNO/GRPPAT/SGMDI, mediante el cual la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, indicando que según la política nacional de Modernización de la Gestión Pública, el Gobierno Electrónico, implica el uso intensivo de las tecnologías de información y comunicación (TICs), con el objetivo de mejorar la información y los

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno Jach'a suyuna qamasirinakapana p’iqt’awinakapa ch’amañchaña mara' “Llaqta kamachiynin Mama suyunchikpa kallpachasqa wata” “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”

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CONSEJ REGION

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REGIÓN PUNO

servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la gestión pública e incrementar la transferencia y participación de los ciudadanos, para lo cual la política de modernización desarrolla cinco pilares centrales, tres ejes transversales y un proceso de gestión del cambio;

Que, conforme al sustento, análisis y recomendaciones, los consejeros regionales plantean las subsanaciones a la iniciativa legislativa realizando la modificación a la Ordenanza Regional en adecuación del marco normativo de la Ley 27658, lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 118-2018-PCM, Decreto de Urgencia N° 006-2020 y demás normas conexas; Que, el Pleno del Consejo Regional, conforme a la documentación y el sustento correspondiente, se procede a realizar la votación entre sus miembros siendo aprobado con trece votos a favor, por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley N° 29053, Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal;

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO.DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA IMPLEMENTACIÓN DEL GOBIERNO DIGITAL EN EL PLIEGO 458: GOBIERNO REGIONAL DE PUNO. ARTÍCULO SEGUNDO. - EXHORTAR al Ejecutivo del Gobierno Regional Puno, destine los recursos presupuestarios y humanos necesarios, para la ejecución e implementación del Gobierno Digital, tal como establece el Plan de Gobierno Digital PGD. ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR, al Gobernador Regional para que, a través de la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicación del Gobierno Regional Puno, realice la implementación del Gobierno Digital, bajo responsabilidad. ARTÍCULO CUARTO.- ENCOMENDAR, al Comité de Gobierno Digital del Gobierno Regional Puno, conforme a las funciones establecidas en la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, realice la implementación del Gobierno Digital en el Gobierno Regional Puno, conforme a los lineamientos de gestión y planificación del Gobierno Digital en la Administración Publica, en un plazo no mayor a 90 días. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR al Gobernador Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en

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GOBIERNO REGIONAL PUNO Consejo Regional Puno “Jach’a suyuna qamasirinakapana p’iqt'awinakapa ch'amañchaña mara” “Llaqta kamachiynin Mama suyunchikpa kallpachasqa wata” “Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”

el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad.

POR TANTO: REGÍSTRESE COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Comuniqúese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 17 días del mes de ostupre del año dos mil 2022.

POréddy t rain Rivera Cutipa MOOENR Df CONSEJO REOlCHAL

Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno/ Regional de Puno, a los ....... del año dos mil veintidós^

írmátn AiejoApaza .FRNADOR RrbaSE^-

Fiscalizar y legislar para un buen gobierno

días del mes de


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