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2756-2026 Regional Agreement Piura In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 2756-2026

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REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2756 - 2026/GRP-CR San Miguel de Piura, 25 MARZO 2026 Vistos: En Sesión Extraordinaria N° 06-2026 del Consejo Regional de Piura, realizada el 25 de marzo del 2026; Acuerdo de Consejo Regional N° 2269-2024/GRP-CR de fecha 23 de agosto de 2024; y, el Acuerdo de Consejo Regional N° 2755-2026 de fecha 25 de marzo de 2026; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto d ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico – Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, en nuestra región el PRONIED ejecuta la reconstrucción y mejora de diversas instituciones educativas que quedaron afectadas tras el fenómeno del Niño Costero. Algunos de los proyectos son: I.E N° 20137 (El Molino, Piura); I.E N° 20436 “Rosa Suárez Rafael” (Piura); I.E N° 016 “Emilia Barcia Boniffatti” (Veintiséis de Octubre); I.E Ignacio Merino (Talara); I.E N° 20473 (Frías) y Cujaca Lanche (Ayabaca); I.E N° 068 (Vichayal-Paita); I.E N° 14077 (Sechura), entre otros; Que, la I.E “Carlos Augusto Salaverry” (Sullana), es una de las instituciones más representativa en nuestra región; actualmente se encuentra en un proceso de ejecución de obras de mejoramiento y remodelación de su infraestructura educativa, el cual lleva más de una década con interrupciones, cambios de contratistas y reinicios de obra. La Ejecución de esta obra se inició en el mes de noviembre del año 2015; estuvo inicialmente a cargo del Consorcio CANRI, con una inversión aproximada de S/ 28,810,627.03, teniendo como finalidad la mejora de los ambientes de la institución y así tener ambientes adecuados para que los alumnos reciban una enseñanza de calidad; en el año 2016, PRONIED dispuso la resolución del contrato debido al incumplimiento de los plazos establecidos por parte de la empresa contratista, registrándose únicamente un avance físico aproximado del 33 %, cuando de acuerdo con el cronograma de ejecución debía alcanzarse un avance aproximado de 55 %, situación que generó la paralización de las obras. Posteriormente, en el año 2017 se volvió a realizar la adjudicación para el saldo de obra, otorgándose la buena pro a la empresa Constructora Hermanos Huarcaya (H&H) para la continuidad de los trabajos; sin embargo, el contrato también tuvo que ser resuelto en el mes de octubre del año 2018, debido a diversas dificultades que impidieron la culminación del proyecto. Luego de un periodo de paralización aproximado de trece meses (13), en noviembre del año 2019, el PRONIED suscribió un nuevo contrato correspondiente al saldo de obra con la empresa JOHESA Constructora S.A.C., reiniciándose las labores en febrero del año 2020; debido a la pandemia mundial del COVID – 19, se paralizó la obra nuevamente a consecuencia de las restricciones generadas por dicha pandemia. El 18 de agosto del año 2023 se dispuso el reinicio de los trabajos a cargo del Consorcio Inti Raymi, contemplando un saldo de obra ascendente a S/ 26,776,897.76, estableciéndose que el proyecto se ejecutaría en tres etapas, cuya culminación estaba prevista para los meses de febrero, junio y agosto del año 2024, lo cual a la fecha no se ha cumplido; Que, debido a las paralizaciones y reinicios de la obra de la I.E “Carlos Augusto Salaverry” (Sullana), los alumnos, vienen desarrollando sus actividades académicas en ambientes provisionales, los estudiantes del nivel secundario se encuentran instalados en ambientes prefabricados contiguos a las instalaciones de la Institución Educativa “Amauta”; mientras que los estudiantes del nivel primario desarrollan sus clases en ambientes temporales ubicados en las inmediaciones del local institucional del referido colegio, situación que lleva ya una década de perjuicio para los educandos y comunidad estudiantil Salaverryna; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 2269-2024/GRP-CR de fecha 23 de agosto de 2024, se aprobó el Informe de Fiscalización y seguimiento a la obra: “Adecuación, mejoramiento y sustitución de la infraestructura educativa de la I.E Carlos Augusto Salaverry - Sullana - Sullana - Piura", con Código Único de Inversiones N° 2131606, cuyas conclusiones y recomendaciones fueron alcanzadas al Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED;

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GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2756 - 2026/GRP-CR San Miguel de Piura, 25 MARZO 2026 Que, con Acuerdo de Consejo Regional N° 2755-2026 de fecha 25 de marzo de 2026, se aprobó el Informe de Fiscalización presentado por el Consejero Regional por la provincia de Sullana, Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez, denominada: “Fiscalización del estado en que se encuentran las Instituciones Educativas antes del inicio del periodo escolar año 2026 / Monitoreo a periodo de matrículas de estudiantes en Instituciones Educativas – Provincia de Sullana”, entre sus recomendaciones se solicita a PRONIED realizar las acciones de coordinación interinstitucional necesarias para la definición e implementación de una solución integral respecto a la Institución Educativa “Carlos Augusto Salaverry”, incluyendo la reactivación, culminación o reformulación del proyecto de inversión, según corresponda; y vista la problemática expuesta y el daño irreparable que se le viene ocasionando a los escolares de la I.E “Carlos Augusto Salaverry”, el Presidente del Consejo Regional Sr. Carlos Andrés Castillo Ipanaqué sometió a consideración del pleno del Consejo Regional la propuesta para que, mediante Acuerdo de Consejo Regional, se exprese al PRONIED la posición institucional de este colegiado para que se presente en Sesión Extraordinaria – a coordinar fecha y hora – para que presente informe sobre la situación de los proyectos de mejoramiento de infraestructura que tiene a cargo del PRONIED en cada una de las provincias de nuestra Región; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 06-2026, celebrada el día 25 de marzo de 2026, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- EXPRESAR la posición del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura de INVITAR a los funcionarios titulares responsables del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED del Ministerio de Educación a una Sesión Extraordinaria del Consejo Regional para tratar sobre la problemática de demora y/o abandono en la ejecución de los proyectos de infraestructura en diversas Instituciones Educativas ubicadas en el ámbito jurisdiccional del departamento de Piura. ARTÍCULO SEGUNDO.- Alcanzar el presente Acuerdo al Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, Ministerio de Educación, Dirección Regional de Educación y Unidades de Gestión Educativa Locales – UGEL’s del ámbito regional. ARTÍCULO TERCERO.- La participación del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED será a través de los funcionarios titulares para que se puedan tomar decisiones. ARTÍCULO CUARTO.- Alcanzar el presente Acuerdo a la Comisión Ordinaria de Educación y Desarrollo Humano del Consejo Regional. ARTÍCULO QUINTO.- Dispensar el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional

JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7948587-2756-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9718308/7948587-acr-2756-2026-grp-cr.pdf