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2668-2026 Regional Agreement Piura In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 2668-2026

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REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2668 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 12 DE ENERO 2026 VISTO: En Sesión Ordinaria N° 01-2026 del Consejo Regional de Piura, realizada el día 12 de enero de 2026, la propuesta del Cuadro de Comisiones Ordinarias del Consejo Regional del año 2026 presentada conforme al artículo 13° numeral 13 del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 515-2024/GRPCR; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, en el artículo 191°, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; y en su artículo 192° inciso 1) dispone que: “Los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto”; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el artículo 14º literal b) referido al Régimen de Sesiones del Consejo Regional, establece que, para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones; Que, asimismo, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15° literal a) establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39° establece que: “Los Acuerdos del Consejo

Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR publicado en el Diario Oficial “

“(…) El Consejero Delegado (Presidente) del Consejo Regional tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: (…) 13. Proponer al Consejo Regional el cuadro de comisiones ordinarias de acuerdo con las disposiciones del presente reglamento.”; agrega además, en el artículo 104° “Las Comisiones Ordinarias se constituyen con los Consejeros que se designen por acuerdo del Consejo Regional y su duración es anual. En la primera sesión ordinaria del año se propondrá el Cuadro de Comisiones y la asignación de la comisión específica que integrará cada Consejero.” ; y, en su artículo 105° señala que las comisiones se conformaran por tres (03) consejeros, quienes elegirán a un Presidente, un Secretario y un Vocal;

Que, el artículo 109° del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala como funciones generales de la Comisiones Ordinarias del Consejo Regional las siguientes: “a. Proponer a la Gobernación Regional y al Consejo

Regional las medidas necesarias para mejorar y optimizar la administración regional; b. Evaluar el Plan de Trabajo del área que le corresponda, efectuar inspecciones, recabar informes sobre las actividades de su área o repartición regional. Es obligación de todos los funcionarios y servidores del área, brindarle las facilidades del caso a efectos de que el Consejo Regional adopte las disposiciones y medidas convenientes; c. Dictaminar los proyectos de Ordenanzas y Acuerdos; d. Dictaminar los pedidos y las proposiciones de los Consejeros y la iniciativa de los ciudadanos cuando la ejerciten; e. Dictaminar en las iniciativas de la sociedad civil, organismos no gubernamentales y otros organismos de participación ciudadana o gremial; f. Efectuar investigaciones y estudios; g. Otras que proponga el Reglamento o encargue el Consejo Regional; h. Coordinar con las comisiones conformadas dentro del Consejo de Coordinación Regional para la socialización de los proyectos de normas regionales”;

Que, en ese sentido, el Consejo Regional de acuerdo al artículo 111° de su Reglamento Interno, cuenta con las siguientes Comisiones Ordinarias: 1) Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, 2)

Comisión de Desarrollo Social, 3) Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, 4) Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, 5) Comisión de Promoción de Inversiones en los Sectores de Agricultura, Producción, Minería, Pesquería, Energía e Hidrocarburos, 6) Comisión de Fiscalización, 7) Comisión de Seguridad y Defensa Nacional; 8) Comisión de Mancomunidad Regional; 9) Comisión de Infraestructura; 10) Comisión de Salud; y, 11) Comisión de Educación y Desarrollo Humano ;

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2668 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 12 DE ENERO 2026 Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 01-2026, celebrada el día 12 de enero de 2026, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Cuadro de Comisiones Ordinarias para el Período Anual de Sesiones 2026, del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, el cual quedará conformado de la siguiente manera: La Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Roberth Sánchez Córdova : Milker Castro Flores : José Enrique Díaz Dioses

La Comisión de Desarrollo Social, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Wilmer Bocanegra Berna : Milker Castro Flores : Karina de las Mercedes Morales Andrade

La Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: José Enrique Díaz Dioses : Carlos Andrés Castillo Ipanaqué : Víctor Bernardo Sosa Gonzáles

La Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Víctor Bernardo Sosa Gonzáles : Angler Pazo Jacinto : Roberth Sánchez Córdova

La Comisión de Promoción de Inversiones en los Sectores de Agricultura, Producción, Minería, Pesquería, Energía e Hidrocarburos, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Angler Pazo Jacinto : Carlos Andrés Castillo Ipanaqué : Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez

La Comisión de Fiscalización, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Rosa María Feliciana Seminario Arca : Pedro Enrique Alama Farfán : Wilmer Bocanegra Berna

La Comisión de Seguridad y Defensa Nacional, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Víctor Bernardo Sosa Gonzáles : Roberth Sánchez Córdova : Pedro Enrique Alama Farfán

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2668 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 12 DE ENERO 2026 La Comisión de Mancomunidad Regional, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Carlos Andrés Castillo Ipanaqué : José Enrique Díaz Dioses : Pedro Enrique Alama Farfán

La Comisión de Infraestructura, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Rosa María Feliciana Seminario Arca : Angler Pazo Jacinto : Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez

La Comisión de Salud, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez : Carlos Andrés Castillo Ipanaqué : Rosa María Feliciana Seminario Arca

La Comisión de Educación y Desarrollo Humano, integrada por: Presidente Secretario Vocal

: Milker Castro Flores : Wilmer Bocanegra Berna : Karina de las Mercedes Morales Andrade

ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaría del Consejo Regional notifique el presente Acuerdo a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencias Regionales, Gerencias Sub Regionales, Proyectos Especiales, Direcciones Regionales Sectoriales, y demás unidades de organización adscritas al Pliego Gobierno Regional Piura, para conocimiento y se brinden las facilidades para el cumplimiento de las funciones de las Comisiones conforme al artículo 109° del Reglamento Interno del Consejo Regional. ARTÍCULO TERCERO.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional

JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7614221-2668-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9281652/7614221-acr-2668-2026-grp-cr.pdf