Skip to content
L Legalize.pe
2666-2025 Regional Agreement Piura In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 2666-2025

4 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2666 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 23 DICIEMBRE 2025 VISTOS: En Sesión Extraordinaria N° 36-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 23 de diciembre del 2025; la Solicitud N° 01 de fecha 15 de diciembre de 2025, de la consejera regional por la provincia de Morropón Sra. Karina de las Mercedes Morales Andrade; y Solicitud N° 02 de fecha 15 de diciembre de 2025, del consejero regional por la provincia de Piura Sr. Roberth Sánchez Córdova; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15° literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional” ; Que, a través del Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, se convoca a Elecciones Generales el 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino; Que, el ítem 5 de la Resolución N° 0110-2025-JNE, de fecha 12 de marzo de 2025, dispone que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos a los cargos de senador o diputado del Congreso de la República o representantes peruanos ante el Parlamento Andino en las Elecciones Generales 2026, deben observar lo siguiente: a) Las solicitudes de licencia deben ser presentadas ante la entidad pública con la debida antelación. La solicitud de licencia debe mencionar expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 11 de febrero de 2026; Que, mediante Solicitud N° 01 de fecha 15 de diciembre de 2025, dirigida al Presidente del Consejo Regional (e), la consejera regional por la provincia de Morropón Sra. Karina de las Mercedes Morales Andrade, solicita poner en consideración del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, su solicitud de licencia a funciones sin goce de haber con efectividad al 11 de febrero de 2026, por el periodo establecido por la normativa electoral vigente, a fin de participar en el proceso de Elecciones Generales 2026; Que, mediante Solicitud N° 02 de fecha 15 de diciembre de 2025, dirigida al Presidente del Consejo Regional (e), el consejero regional por la provincia de Piura Sr. Roberth Sánchez Córdova, solicita poner en consideración del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, su solicitud de licencia a funciones sin goce de haber con efectividad al 11 de febrero de 2026, por el periodo establecido por la normativa electoral vigente, a fin de participar en el proceso de Elecciones Generales 2026; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 36-2025, celebrada el día 23 de diciembre de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la LICENCIA, por el periodo de sesenta (60) días calendario en sus funciones como consejera regional por la provincia de Morropón, a la Sra. Karina de las Mercedes Morales Andrade, la cual se hará efectiva al 11 de febrero de 2026, por motivo de postular como candidata a Diputada en el Proceso de Elecciones Generales del año 2026, convocado mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM. ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR la LICENCIA, por el periodo de sesenta (60) días calendario en sus funciones como consejero regional por la provincia de Piura, al Sr. Roberth Sánchez Córdova, la cual se hará efectiva al 11 de febrero de 2026, por motivo de postular como candidato a Senador Nacional en el Proceso de Elecciones Generales del año 2026, convocado mediante Decreto Supremo N° 039-2025-PCM. ARTÍCULO TERCERO.- ALCANZAR el presente Acuerdo al Jurado Nacional de Elecciones para conocimiento y actuación conforme a Ley.

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2666 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 23 DICIEMBRE 2025

ARTÍCULO CUARTO.- ALCANZAR el presente Acuerdo a la consejera regional Karina de las Mercedes Morales Andrade y al consejero regional Roberth Sánchez Córdova, para conocimiento. ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la implementación del presente Acuerdo. ARTÍCULO SEXTO.- Dispensar al presente Acuerdo, del trámite de lectura y aprobación del acta, para su inmediata ejecución. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)

JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7555182-2666-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9203276/7555182-acr-2666-2025-grp-cr.pdf