Acuerdo de Consejo Regional N.° 2650-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2650 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 01 DICIEMBRE 2025 Vistos: En Sesión Extraordinaria N° 34-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 01 de diciembre del 2025; el Dictamen N° 01-2025/GRP-CR-CSyDN de la Comisión de Seguridad y Defensa Nacional del 24 de noviembre de 2025; el pedido de consejera Rosa María Feliciana Seminario Arca en sesión ordinaria de fecha 14 de noviembre de 2025; Reunión de Comisión de Seguridad y Defensa Nacional de fecha 24 de noviembre de 2025; Oficio N° 0785-2025/MPSA de fecha 27 de octubre de 2025; y, el Acuerdo de Concejo N° 142-2025/MPS de fecha 24 de octubre de 2025 del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Sullana; CONSIDERANDO: Que, el artículo el artículo 166 de la Constitución Política del Perú dispone que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; así como, prevenir, investigar y combatir la delincuencia; asimismo el artículo 191° de la Constitución, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el artículo 15º inciso a), establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; en su artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR publicado en el Diario Oficial “ Comisión de Seguridad y Defensa Nacional pronunciarse sobre los temas y/o funciones que correspondan a la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, así como la coordinación con el Consejo Regional de Seguridad Ciudadana – CORESEG; Que, el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que este ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y, competencia compartida en materia de seguridad ciudadana; y, conforme al artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú ejerce competencia funcional y exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y, competencia compartida en materia de seguridad ciudadana. En el marco de las mismas, presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes, la seguridad del patrimonio público y privado; previene, investiga y combate la delincuencia y el crimen organizado; vigila y controla las fronteras; Que, el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, establece el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, en cuyo Título II se establecen las normas del uso de la fuerza en otras situaciones de violencia, en zonas declaradas en Estado de Emergencia con el control del orden interno a cargo de la Policía Nacional del Perú, en cumplimiento de su función constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho; Que, la inseguridad ciudadana se ha convertido en una de las principales preocupaciones de la población de la provincia de Sullana, donde se ha reportado un aumento alarmante en delitos como robos, extorsiones, asaltos y violencia. Esta situación no solo afecta la integridad física y emocional de los habitantes, sino que también socava la confianza en las instituciones encargadas de velar por la seguridad pública. medida que se intensifica la presencia del crimen organizado; por ello, a través del Decreto Supremo N° 105-2023-PCM de fecha 19 de setiembre de 2023, se aprobó la Declaratoria de Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, entre otros a los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa de la provincia de Sullana del departamento de Piura, indicándose que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se requiera dicho apoyo;
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2650 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 01 DICIEMBRE 2025 Que, según cifras de la Policía Nacional del Perú (PNP), en la provincia de Sullana se concentra el 27% de los homicidios de toda la región Piura, porcentaje que se ha incrementado en comparación a cifras del año pasado, por lo que las autoridades de dicha provincia han señalado que la declaratoria del año 2023 no habría dado los resultados esperados; sin embargo, justifican un nuevo pedido de declaratoria de emergencia por el incremento de las extorsiones que afectan a los ciudadanos y comerciantes de la provincia, pero señalan que esta nueva declaratoria de emergencia debería ser con el adecuado incremento de presupuesto y logística que le permita a la autoridad policial ejercer sus funciones; Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 142-2025/MPS-A, de fecha 24 de octubre de 2025, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Sullana, aprobó el pedido del señor alcalde de la provincia de Sullana de reiterar al Gobierno Central, a la Presidencia del Consejo de Ministros y a los Congresistas de la Región Piura, el Acuerdo de Concejo N° 088-2025/MPS de fecha 21 de julio de 2025, en el que se aprobó la moción de orden del día que recomienda al señor alcalde de la provincia de Sullana EXIJA al Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, se declare en emergencia la provincia de Sullana, por la grave inseguridad ciudadana por la que atraviesa, dado a que la violencia criminal ha desbordado la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú en la provincia de Sullana; Acuerdo que es comunicado al Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura con Oficio N° 0785-2025/MPS-A de fecha 27 de octubre de 2025, del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Sullana; Que, la consejera regional por la provincia de Sullana en sesión ordinaria N° 11-2025 del Consejo Regional, realizada en fecha 14 de noviembre de 2025, solicitó se atienda el clamor de la población y de las autoridades de Sullana para que sea declarada en emergencia por la inseguridad reinante; pero que esta declaratoria se acompañe de los recursos presupuestales y planes operativos que permitan materializar la lucha contra la delincuencia y extorsión; caso contrario la autoridad policial con los mismos recursos presupuestales y logística existente no podrán enfrentar esta lacra; Que, con fecha 20 de noviembre de 2025 se realizó la VI Sesión Ordinaria del Comité Regional de Seguridad Ciudadana - CORESEG, aprobándose por unanimidad de sus integrantes el pedido del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Sullana para que se requiera a la Policía Nacional del Perú – Piura, la formulación del informe técnico que sustente ante la instancia correspondiente la declaratoria de emergencia por inseguridad a la provincia de Sullana; Que, en reunión de Comisión de Seguridad y Defensa Nacional del Consejo Regional de fecha 24 de noviembre de 2025, que contó con la participación del Jefe de la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional y Secretario Técnico del CORESEG; el Jede de Estado Mayor de la I Región Policial de Piura; el Presidente de Central de Rondas Campesinas, Secretario Técnico del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana - COPROSEG de Sullana, y la Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Sullana; el Secretario Técnico del CORESEG sustentó las estadísticas sobre los delitos cometidos en lo que va del año y las acciones comunicadas por la Policía Nacional para enfrentarlos. De igual manera la Comisión de Seguridad y Defensa Nacional recibió el testimonio de la Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Sullana, quien señaló que viene siendo amenazada por bandas delincuenciales desde hace algunos meses por el cumplimiento de sus funciones, y que ya ha puesto ello de conocimiento de la autoridad policial sin respuesta concreta a la fecha, señalando que “si a la misma gerente de seguridad ciudadana de Sullana la amenazan, qué quedará para los ciudadanos de esta provincia”; además indicó que una de las razones por las que la Policía señala que las estadísticas de denuncias de delitos ha disminuido sería la falta de confianza de la ciudadanía en formalizar las denuncias ante la autoridad y por el miedo a interponer las denuncias ante las represalias de los grupos delincuenciales; Que, mediante Oficio N° 117-2025/GRP-CORESEG-ST de fecha 25 de noviembre de 2025, el Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana – CORESEG, comunica al Jefe de la Región Policial Piura el acuerdo adoptado en la VI Sesión Ordinaria del CORESEG, solicitando disponga la formulación del informe técnico correspondiente; Que, mediante Dictamen N° 01-2025/GRP-CR-CSyDN de fecha 24 de noviembre de 2025, la Comisión Ordinaria de Seguridad y Defensa Nacional, emite opinión favorable, recomendando la aprobación del presente Acuerdo; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 34-2025, celebrada el día 01 de diciembre de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2650 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 01 DICIEMBRE 2025 ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- RESPALDAR el acuerdo adoptado por unanimidad de los integrantes del Comité Regional de Seguridad Ciudadana – CORESEG en la VI Reunión de este colegiado de fecha 20 de noviembre de 2025; el Acuerdo de Concejo Municipal N° 142-2025/MPS de fecha 24 de octubre de 2025, de la Municipalidad Provincial de Sullana; y de la población en general de los distritos de la provincia de Sullana; para que la Presidencia del Consejo de Ministros emita el Decreto Supremo que declare en emergencia los distritos de la provincia de Sullana por la situación incontrolable de violencia; emergencia que deberá contemplar los recursos presupuestales y logísticos adicionales que permitan el cumplimiento de las acciones a cargo de la autoridad policial. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, disponga a la Oficina Regional de Seguridad y Defensa Nacional, implemente el presente Acuerdo, debiendo informar al Consejo Regional sobre el procedimiento de esta solicitud. ARTÍCULO TERCERO.-. ALCANZAR el presente Acuerdo a la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio del Interior; Municipalidad Provincial de Sullana; Región Policial Piura, y demás interesados. ARTÍCULO CUARTO.- Dispensar el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7457221-2650-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9080988/7457221-acr-2650-2025-grp-cr.pdf