Acuerdo de Consejo Regional N.° 2638-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2638 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 14 NOVIEMBRE 2025 Vistos: En Sesión Ordinaria N° 11-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 14 de noviembre del 2025; el pedido realizado por el consejero regional Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez para conformar una Comisión Especial del Consejo Regional para atender problemática en obra “Mejoramiento servicios de transitabilidad vial interurbana en carretera departamental PI 102 tramo : EMP PE-1N (Óvalo Turicarami – Jíbito) en los distritos de Sullana y Miguel Checa”, con CUI N° 2549452; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. En el artículo 15° literal a) señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Y, en el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR de fecha 25 de diciembre de 2024, en su artículo 126° establece que: “Se conformarán Comisiones Especiales para
asuntos específicos que no correspondan a ninguna de las Comisiones Ordinarias o que por su importancia se hiciera necesaria. El Acuerdo de Consejo Regional determinará con precisión el encargo, la conformación y el plazo de vigencia de la Comisión”;
Que, la obra “Mejoramiento servicios de transitabilidad vial interurbana en carretera departamental PI 102 tramo : EMP PE-1N (Óvalo Turicarami – Jíbito) en los distritos de Sullana y Miguel Checa”, con CUI N° 2549452, cuya unidad ejecutora es la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, es un importante proyecto que une dos distritos de la provincia de Sullana – Sullana y Miguel Checa – con presupuesto de S/ 82,091,771.42, cuyo plazo de ejecución inició el 16 de agosto de 2024 y finaliza el 06 de febrero de 2026; Que, en la presente sesión ordinaria, el consejero regional por Sullana Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez, solicitó la conformación de una Comisión Especial del Consejo Regional para que se encargue de atender los reclamos y molestia de los ciudadanos que residen en las zonas aledañas a la ejecución de la obra debido al abandono que presenta la obra mencionada en algunas zonas como la que se ubica en el tramo de la avenida José de Lama entre la urbanización Santa Rosa y la urbanización Jardín, lo que ha ocasionado caos vehicular, contaminación ambiental y otros que afectan a los pobladores de esas zonas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 11-2025, celebrada el día 14 de noviembre de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- Conformar una Comisión Especial del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, para que emita informe respecto a los reclamos y molestia de los ciudadanos que residen en las zonas aledañas a la ejecución de la obra “Mejoramiento servicios de transitabilidad vial interurbana en carretera departamental PI 102 tramo: EMP PE-1N (Óvalo Turicarami – Jíbito) en los distritos de Sullana y Miguel Checa”; con CUI N° 2549452, debido al abandono que presenta la obra mencionada en algunas zonas como la que se ubica en el tramo de la avenida José de Lama entre la urbanización Santa Rosa y la urbanización Jardín, lo que ha ocasionado caos vehicular, contaminación ambiental y otros que afectan a los pobladores de esas zonas. Esta Comisión quedará integrada por: • • •
Consejera Regional por la provincia de Sullana, Rosa María Feliciana Seminario Arca. Consejero Regional por la Provincia de Sullana, Manuel Alberto Vargas Machuca Vílchez. Consejero Regional por la Provincia de Piura, Roberth Sánchez Córdova.
REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2638 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 14 NOVIEMBRE 2025 ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión conformada en el artículo primero tendrá un plazo de treinta (30) días calendario para presentar su informe ante el Consejo Regional. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, brinde el apoyo con los profesionales que requiera esta Comisión para efectuar las visitas de campo. ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, brinde las facilidades para el cumplimiento de las funciones de la Comisión conformada en el artículo primero del presente Acuerdo, haciendo de conocimiento de las contratistas o consorcios a cargo de la ejecución y supervisión de la obra; y, remitiendo la información que se le solicite, respetando los plazos establecidos en el Reglamento Interno del Consejo Regional, bajo responsabilidad funcional. ARTÍCULO QUINTO.- Alcanzar el presente Acuerdo al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Piura para conocimiento. ARTÍCULO SEXTO.- Alcanzar el presente Acuerdo a los integrantes de la Comisión conformada, Gerencia General Regional, Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”, Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Piura, y demás interesados. ARTÍCULO SÉTIMO.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7404906-2638-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9004362/7404906-acuerdo-n-2638-2025-conforma-comision-especial-obra-turicarami-sullana-miguel-checa-r-r-r-r.pdf