Acuerdo de Consejo Regional N.° 2598-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2598 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 20 AGOSTO 2025 Vistos: En Sesión Extraordinaria N° 23-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 20 de agosto del 2025; y, el Acuerdo de Consejo Regional N° 2386-2025/GRP-CR del 04 de agosto de 2025; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 75° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto al régimen de fiscalización y control, en el literal a) señala lo siguiente: “el Gobierno Regional está sujeto a fiscalización permanente del Congreso de la República,
del Consejo Regional y la Ciudadanía, conforme a Ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalización se ejerce con arreglo a los Principios de gestión pública regional señalados en la presente Ley” ; Que, con Acuerdo de Consejo Regional N° 2429-2025/GRP-CR de fecha 14 de marzo de 2025, se aprobó la acción de fiscalización presentada por la Consejera Regional por la provincia de Sullana Rosa María Feliciana Seminario Arca denominada ”Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en las vías locales de las calles de la urbanización popular - Los Olivos - Sector Este, Distrito de Sullana- Provincia de Sullana- Departamento de Piura”; con CUI N° 2552472, durante el plazo de hasta treinta (30) días; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 2586-2025/GRP-CR del 04 de agosto de 2025 se aprobó el Informe de Fiscalización presentado por la Consejera Regional por la provincia de Sullana Rosa María Feliciana Seminario Arca, respecto a la acción de fiscalización encargada con Acuerdo de Consejo Regional N° 2429-2025/GRP-CR de fecha 14 de marzo de 2025 denominada ”Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en las vías locales de las calles de la urbanización popular - Los Olivos - Sector Este, Distrito de Sullana- Provincia de SullanaDepartamento de Piura”; con CUI N° 2552472, suscrito por el Equipo de Profesionales: Alexis Enrique Guzmán Velasco; Gabriel Timothy Fernández Hidalgo; Alexander Francisco Nizama Flores; y, Junior Iván Reyes Farfán; Que, entre las recomendaciones del Informe aprobado tenemos las siguientes: “1. REMITIR AL GERENTE GENERAL
REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA: Coordinar las acciones en el ámbito regional con las entidades bajo su mando conforme a las normas sectoriales, tal como lo establece el Reglamento de Organización y Funciones. 2. Se recomienda a la entidad ejecutora realizar la revisión de los expedientes técnicos de forma más eficiente y drástica ya el expediente de este proyecto se ha tenido que deficiencias, ocasionando adicionales de obra, suspensiones de plazo, así como ampliaciones de plazo, lo cual a generando retrasos en la ejecución y aumento del costo de inversión. 3.Se recomienda a las Sub Región Luciano Castillo Colonna realizar un proyecto de pavimentación para las calles aledañas al proyecto en ejecución para tener un AA. HH los Olivos con mejoras a la calidad de vida para sus habitantes. 4. Del informe presentado se recomienda a la entidad antes de la recepción final de los trabajos ejecutados verificar el acabado de los trabajos pues presentan una deficiencia técnica notable. 5. Informar a OSCE y contraloría por la deficiencias constructivas y mal manejo documentario tanto por parte del contratista, supervisión y entidad el cual puede ocasionar un perjuicio económico al estado. 6. Asimismo, que la fiscalización materializada en el presente informe y comentarios expuestos en los considerandos precedentes; es necesario señalar, que su despacho DEBERÁ REMITIR a la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” para que informe en relación a las acciones realizadas a la fiscalización de la Obra: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DE LAS CALLES DE LA URBANIZACIÓN POPULAR LOS OLIVOS SECTOR ESTE, DISTRITO DE SULLANA – PROVINCIA DE SULLANA - DEPARTAMENTO DE PIURA. CUI: 2552472" 7. DERIVAR, EL PRESENTE INFORME con todo los actuados al Órgano de Control Institucional de acuerdo a lo dispuesto en el Literal n) del Artículo 22° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, que precise “Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadanía relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o derivándolas ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva.”; Que, en la presente sesión se presentó el Gerente de la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” Ing. Jorge Irazábal Álamo y equipo técnico para sustentar los descargos al informe presentado y las acciones desarrolladas para implementar las recomendaciones antes indicadas. En el desarrollo del debate, luego de la sustentación, los consejeros regionales dieron cuenta de las presuntas deficiencias en el proceso constructivo de las veredas y pistas; ante ello, los consejeros regionales y el mismo funcionario – Gerente Sub Regional – recomendaron se efectúe una pericia técnica o pruebas especializadas que permitan conocer si los trabajos ejecutados concuerdan con lo solicitado en el expediente técnico, con el objetivo final de garantizar una obra de calidad en beneficio de la ciudadanía de este sector de la provincia de Sullana;
REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2598 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 20 AGOSTO 2025 Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 23-2025, celebrada el día 20 de agosto de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- RECOMENDAR a la Gerencia General Regional, que en el marco de sus competencias y atribuciones, evalúe la contratación de una pericia técnica u otras pruebas especializadas que permitan garantizar la calidad de la obra ”Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en las vías locales de las calles de la urbanización popular - Los Olivos - Sector Este, Distrito de Sullana- Provincia de Sullana- Departamento de Piura”; con CUI N° 2552472, obra cuya unidad ejecutora es la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna”. ARTÍCULO SEGUNDO.- Alcanzar el presente Acuerdo a la Comisión de Infraestructura del Consejo Regional, consejera regional Rosa María Feliciana Seminario Arca, y a la Gerencia Sub Regional “Luciano Castillo Colonna” para conocimiento. ARTÍCULO TERCERO.- Alcanzar el presente Acuerdo al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Piura para conocimiento. ARTÍCULO CUARTO.- Dispensar el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/7084423-2598-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8552921/7084423-acr-2598-2025-grp-cr.pdf