Acuerdo de Consejo Regional N.° 2567-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2567 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 JULIO 2025
Vistos: En Sesión Ordinaria N° 07-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 04 de julio del 2025; Memorando N° 772025/GRP-200010-JEDD de fecha 16 de junio de 2025; Acuerdo de Consejo Regional N° 2383-2025/GRP-CR de fecha 29 de enero de 20255; y, Acuerdo de Consejo Regional N° 2529-2025/GRP-CR de fecha 16 de mayo de 2025; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con el fin de asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejos Regionales y Concejos Municipales, mediante el artículo 1° de la Ley N° 31812, se modificó el literal k del artículo 15° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en los siguientes términos: Atribuciones del Consejo Regional, inciso k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal afecto, en el presupuesto de apertura (PIA) del
gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización;
Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 2383-2025/GRP-CR, de fecha 29 de enero de 2025, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura del Año 2025; modificado con Acuerdo de Consejo Regional N° 2529-2025/GRP-CR, de fecha 16 de mayo de 2025;
Que, mediante Memorando N° 77-2025/GRP-200010-JEDD de fecha 16 de junio de 2025, el consejero regional por la provincia de Paita Sr. José Enrique Díaz Dioses, solicita la inclusión de las siguientes acciones de fiscalización de la jurisdicción de la provincia de Paita en el Programa de Acciones de Fiscalización - PAF 2025;
Que, siendo el Programa de Acciones de Fiscalización – PAF del Consejo Regional un documento aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional, es susceptible de ser modificado conforme a lo establecido en el artículo 15° literal a) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 07-2025, celebrada el día 04 de julio de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;
REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2567 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 JULIO 2025 ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la Modificación del Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura del Año 2025, aprobado con Acuerdo de Consejo Regional N° 2383-2025/GRP-CR de fecha 29 de enero de 2025, modificado con Acuerdo de Consejo Regional N° 2529-2025/GRPCR, de fecha 16 de mayo de 2025, que en anexo adjunto al presente forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, el registro de la información presentada, en el aplicativo indicado en la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI – “Presentación de Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el uso del monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG del 16 de julio de 2024. ARTÍCULO TERCERO.- ALCANZAR el presente Acuerdo y el Programa de Acciones de Fiscalización (PAF) del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura del Año 2025 modificado, a los consejeros y consejeras regionales para conocimiento. ARTÍCULO CUARTO.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/6936775-2567-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8327110/6936775-acr-2567-2025-grp-cr.pdf