Acuerdo de Consejo Regional N.° 2566-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2566 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 JULIO 2025 Vistos: En Sesión Ordinaria N° 07-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 04 de julio de 2025; Memorándum N° 1067-2025/GRP-100010, de fecha 30 de junio de 2025, emitido por el Secretario General del Gobierno Regional Piura; Carta S/N (HRyC N° 25336) de fecha 30 de junio de 2025, emitido por Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR; el Oficio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR; y el Memorando N° 1071-2025/GRP-100010 de fecha 01 de julio de 2025 de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867. Asimismo, el artículo 15° de esta Ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 5152024/GRP-CR, señala las atribuciones del Consejo Regional, precisando así en el numeral 3 lo siguiente: “Autorizar al
Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales del año”;
Que, a través de la Carta S/N (HRyC N° 25336) de fecha 30 de junio de 2025, emitido por la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR invita al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura a participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, que se llevará a cabo en Nueva York, espacio clave para evaluar los avances en la implementación de la Agenda 2030, a realizarse desde el lunes 14 al miércoles 23 de julio de 2025, bajo los auspicios del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOС). Señala la invitación que el tema central a tratar en este Foro es "Avanzar en soluciones sostenibles, inclusivas, basadas en la ciencia y en la evidencia para la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, sin dejar a nadie atrás"; Que, mediante Memorándum N° 1067-2025/GRP-100010, de fecha 30 de junio de 2025; Secretaría General del Gobierno Regional Piura, comunica que el Secretario General de la Organización de Regiones Unidas - ORU – FOGAR, ha cursado invitación al Gobernador Regional para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, a llevarse a cabo en la ciudad de Nueva York desde el 14 de julio al 23 de julio del año en curso, bajo los auspicios del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), para lo cual traslada la solicitud de autorización de viaje al exterior al señor Gobernador Regional de Piura a Nueva York en los Estados Unidos de América desde el 14 de julio al 23 de julio del año en curso; Que, con Oficio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR, reitera la invitación cursada por la Organización de Regiones Unidas ORU-FOGAR, para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF), que se desarrollará en la ciudad de Nueva York del 14 al 23 de julio del presente año, bajo el auspicio del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), acreditando al Gobernador Regional de Piura para que pueda participar en dicho evento internacional del 14 al 17 de julio de 2025, sustentando su participación en las gestiones impulsadas en el ámbito del desarrollo regional, representando una oportunidad para visibilizar las buenas prácticas de gobernanza regional del país y contribuir al posicionamiento de las regiones del Perú ante la comunidad internacional; dejando constancia que todos los gastos relacionados con el viaje, estadía y demás requerimientos en la ciudad de Nueva York serán asumidos íntegramente por la ANGR, sin generar gasto alguno para el Gobierno Regional de Piura; Que, mediante el Memorando N° 1071-2025/GRP-100010 de fecha 01 de julio de 2025, Secretaría General señala que, visto el Oficio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR, la solicitud para autorización de viaje al señor Gobernador Regional, realizada con el Memorándum N° 10672025/GRP-100010 de fecha 30 de junio de 2025, es del 14 de julio al 17 de julio de 2025; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria N° 07-2025, celebrada el día 04 de julio de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas
REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2566 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 JULIO 2025 por la Constitución Política del Estado, y sus modificatorias; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR; ACUERDA: ARTICULO PRIMERO. - AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios a Nueva York en los Estados Unidos de Norte América, al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura, Abg. Luis Ernesto Neyra León, entre el 14 al 17 de julio del año en curso, atendiendo la invitación del Secretario General de la Organización de Regiones Unidas - ORU – FOGAR, para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas. ARTICULO SEGUNDO. - El desplazamiento en comisión de servicio del Gobernador Regional no irrogará gasto alguno al Gobierno Regional Piura, los mismos que serán cubiertos en su totalidad por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR. ARTICULO TERCERO. - Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el comisionado presentará al Consejo Regional un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado. ARTÍCULO CUARTO. - NOTIFICAR el presente Acuerdo al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, y a las instancias administrativas que correspondan. ARTÍCULO QUINTO. - DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. ARTÍCULO SEXTO. - DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ Presidente del Consejo Regional (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/6931764-2566-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8320340/6931764-acr-2566-2025-grp-cr.pdf