Acuerdo de Consejo Regional N.° 2461-2025
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GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2461 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 ABRIL 2025 VISTO: En Sesión Extraordinaria N° 08-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 04 de abril del 2025; el Dictamen N° 05-2025/GRPCR-CPPTyAT del 27 de marzo de 2025 de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial; el Informe N° 16-2025/GRP-CRP-ECCR del 13 de marzo de 2025 del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional; Memorándum N° 492-2025/GRP-400000 de fecha 06 de marzo de 2025, de Gerencia General Regional; Informe N° 1028-2025/GRP-460000 de fecha 06 de marzo de 2025, de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; y, Memorándum N° 0412025/GRP-410400 de fecha 25 de febrero de 2025 de la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. El artículo 16° literal a) establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, a través de la Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01, se aprobó la “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”. Ahora bien, en el Artículo 1 (Objeto) del Título I (Disposiciones Generales) de la mencionada Directiva, se establece lo siguiente:
Artículo 1 (Objeto).La presente Directiva tiene por objeto regular los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles privados; así como, la disposición final de bienes inmuebles de titularidad del Estado o de las entidades públicas para su adecuada gestión en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento.
Que, en ese orden de ideas, en el Artículo 11 (Definición) de la “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, respecto de la definición de “Afectación en uso”, se señaló textualmente lo siguiente:
Artículo 11.- Definición La afectación en uso es el acto de administración mediante el cual se otorga el uso, a título gratuito de un bien inmueble de libre disponibilidad a favor de una entidad pública, para que lo destine al uso público o servicio público.
Que, por otro lado, el en numeral 14.1 del Artículo 14 (Solicitud para el otorgamiento de la afectación en uso o cambio de finalidad) de la “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, se establece que la solicitud para el otorgamiento de la afectación en uso se presenta ante la entidad pública titular del bien inmueble, o ante la DGA, en caso el bien inmueble sea de titularidad del Estado. Asimismo, en el numeral 14.4 del Artículo 14 de la citada Directiva, exige un Acuerdo de Consejo Regional en el caso de Gobiernos Regionales, conforme se aprecia a continuación:
Artículo 14 (Solicitud para el otorgamiento de la afectación en uso o cambio de finalidad)
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2461 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 ABRIL 2025
14.1 La solicitud para el otorgamiento de la afectación en uso se presenta ante la entidad pública titular del bien inmueble, o ante la DGA, en caso el bien inmueble sea de titularidad del Estado. (…) 14.4 En caso la solicitud sea efectuada por Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, se debe presentar, además, el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, aprobando el requerimiento para la afectación en uso de un bien inmueble a su favor. (…).
Que, a través del Oficio N° 1929-2024-HAPCSRII-2.C.OFT, de fecha 19 de setiembre de 2024, el Director Ejecutivo del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2, remitió a la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial, un Plan de Conceptual o idea de proyecto denominado: “Mantenimiento y Acondicionamiento de Centro Oftalmológico para la prestación del servicio de Oftalmología del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II – 2”, a fin que se solicite el otorgamiento de un acto de administración sobre el bien inmueble inscrito en la Partida N° P15003777 del registro de predios de la Zona Registral N° I Sede Piura, favor del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Informe N° 129-2024/GRP-410400, de fecha 12 de diciembre de 2024, la Sub Gerencia Regional, realizó el análisis del Plan Conceptual o idea de proyecto alcanzado, formulando observaciones que fueron puestas de conocimiento de la Dirección Ejecutiva del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2, a fin de que sean levantadas y se continúe con el trámite correspondiente; Que, con Oficio N° 207-2025/HAPCSRII-2-430020171, de fecha 30 de enero de 2025, el Director Ejecutivo del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II – 2, remitió a la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial, el Plan Conceptual o idea de proyecto denominado: “Mantenimiento y Acondicionamiento de los ambientes del Centro Oftalmológico del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2”, a fin que se solicite a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la afectación en uso del predio de 3,439,400 m2, inscrito en la Partida N° P150003777 del registro de predios de la Zona Registral N° I Sede Piura; Que, con Informe Técnico Legal N° 001-2025/GRP-410400, de fecha 20 de febrero de 2025, el Sub Gerente Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial comunicó a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Modernización y Acondicionamiento Territorial lo siguiente:
V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: 5.1. Que, conforme lo expuesto en los numerales anteriores, esta Sub Gerencia Regional es de la opinión que se solicite la Regularización de la Afectación en Uso del área de 2,104.7588 m 2 que forma parte del bien inmueble inscrito en la Partida N° P15003777 del registro de Predios de la Zona Registral N° I Piura – Oficina Registral Piura, ubicado en el A.H Los Médanos Mz N Lote 01, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, ello al haberse comprobado que el Gobierno Regional Piura, a través de la Dirección Regional de Salud Piura, viene brindando el servicio en beneficio de la población, se debe regularizar la situación jurídica del predio, por ello, al amparo de lo regulado por las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento; esto es, el Decreto Legislativo N° 1439, su reglamento Decreto Supremo N° 217-2019-EF y Directiva N° 002-2021-EF-54.01, solicitud que deberá ser presentada ante la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. 5.2. Que, a fin de continuar con el procedimiento de Regularización de la afectación en Uso de parte del área del bien inmueble detallado en el numeral anterior, se requiere la emisión de un Acuerdo de Consejo Regional, autorizando al titular del pliego (Gobernador Regional) a solicitar la regularización; en consecuencia, esta Sub gerencia Regional es de la opinión que se remita el presente informe a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; a fin que, en mérito a sus competencias emita opinión legal correspondiente y se continúe con el procedimiento correspondiente.
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Que, a través del Memorándum N° 041-2025/GRP-410400, de fecha 25 de febrero de 2025, la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación, Modernización y Ordenamiento Territorial, remitió a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico Legal N° 001-2024/GRP-410400, respecto al procedimiento de regularización de la afectación en uso a favor del Gobierno Regional Piura, del área de 2,104.7588 m 2, que forma parte del bien inmueble inscrito en la Partida N° P15003777 del Registro de Predios de la Zona Registral N° I Piura – Oficina Registral Piura; a fin que se continúe con el procedimiento correspondiente, mediante el presente documento se adjuntó el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios emitido por la Municipalidad Distrital de Castilla; Que, a través del Informe N° 1028-2025/GRP-460000, de fecha 06 de marzo de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica remitió a la Gerencia General la Opinión legal sobre la regularización de la afectación en uso de un bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica N° P15003777 del registro de la Zona Registral N° I Sede Piura a favor del Gobierno Regional Piura para la ejecución del Plan Conceptual o idea de proyecto denominado: “Mantenimiento y Acondicionamiento de los ambientes del Centro Oftalmológico del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2”, señalando lo siguiente:
III CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: Por las consideraciones expuestas en el presente informe, esta Oficina Regional de Asesoría Jurídica OPINA: 3.1. Resulta factible continuar con las gestiones para solicitar a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, la Afectación en Uso a favor del Gobierno Regional Piura del área de 2,104.7588 m2 que forma parte del bien inmueble inscrito en la Partida N° P15003777 del Registro de Predios de la Zona Registral N° I Piura – Oficina Registral Piura, ubicado en el A.H. Los Médanos Mz. N Lote 01, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, para destinarlo a la ejecución del Plan Conceptual o idea de proyecto denominado: “Mantenimiento y Acondicionamiento de los ambientes del Centro Oftalmológico del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2”, para lo cual se requiere, por ser un requisito establecido por norma establecido por norma, de la emisión del Acuerdo de Consejo Regional que autorice la presentación de la solicitud correspondiente.
Que, con Memorándum N° 492-2025/GRP-400000, de fecha 06 de marzo de 2025, la Gerencia General Regional remitió a la Secretaría del Consejo Regional el expediente respecto a la regularización de la afectación en uso de un bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica N° P15003777 del Registro de Predios de la Zona Registral N° I Sede Piura a favor del Gobierno Regional Piura para la ejecución del Plan Conceptual o idea de proyecto denominado: “Mantenimiento y Acondicionamiento de los Ambientes del Centro Oftalmológico del Hospital de la Amistad Perú Corea Santa Rosa II-2”; a fin de que emita el Acuerdo de Consejo Regional que autorice la presentación de la solicitud correspondiente; Que, mediante Informe N° 016-2025/GRP-CRP-EACCR de fecha 13 de marzo de 2025 el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regionla recomienda continuar el procedimiento de aprobación de la propuesta en mención ante la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial; y con Dictamen N° 05-2025/GRP-CR-CPPTyAT del 27 de marzo de 2025, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, recomienda la aprobación de la referida propuesta; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 08-2025-CR, celebrada el día 04 de abril de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y sus modificatorias; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional Nº 2122011/GRP-CR, y sus modificatorias;
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ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2461 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 04 ABRIL 2025 ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - AUTORIZAR al señor Gobernador Regional, a efectos que presente ante la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Solicitud de “REGULARIZACIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO (A TIEMPO INDETERMINADO)” a favor del Pliego Gobierno Regional Piura, del área de 2,104.7588 m2 que forma parte del bien inmueble inscrito en la Partida N° P15003777 del Registro de Predios de la Zona Registral N° I Piura – Oficina Registral Piura; ubicado en el A.H. Los Médanos Mz. N Lote 01, distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura. Esto en aplicación del numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la “Directiva que regula los Actos de Adquisición y Disposición Final de Bienes Inmuebles”, Aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2021-EF/54.01. ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a Gerencia General Regional, a través de la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente al trámite precisado en el Artículo Primero, informando al Consejo Regional. ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Modernización y Acondicionamiento Territorial y Sub Gerencia de Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial; para los fines de Ley. ARTÍCULO CUARTO. - DISPENSAR el presente acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación de acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.
ROSA MARÍA FELICIANA SEMINARIO ARCA Presidenta del Consejo Regional Consejera Delegada (e)
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/6643944-2461-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7888306/6643944-acr-2461-2025-grp-cr.pdf