Skip to content
L Legalize.pe
2425-2025 Regional Agreement Piura In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 2425-2025

7 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2425 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 11 MARZO 2025 Vistos: En Sesión Extraordinaria N° 06-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 11 de marzo del 2025; el Dictamen N° 04-2025/GRP-CRP-CPPTyAT de fecha 26 de febrero de 2025 de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial; Informe N°010-2024/GRP-CR-EACCR de fecha 03 de febrero de 2025 del Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional; Informe N° 166-2025/GRP-460000 de fecha 30 de enero de 2025 de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; Informe N° 006-2025-GRP-410400 de fecha 22 de enero de 2025 de la Sub Gerencia de Gestión Territorial; y, Oficio N° D000362-2024-PCM-SDOT de fecha 27 de diciembre de 2024 de la Secretaria de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme lo dispuesto en el numeral 4.4 del artículo 4° de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, los estudios de “Diagnostico y Zonificación” elaborados por los Gobiernos Regionales, constituyen el marco orientador de evaluación y viabilidad técnica de las iniciativas sobre Demarcación Territorial; el numeral 2 del artículo 5 de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30187, establece que los Gobiernos Regionales a través de sus áreas técnicas en demarcación territorial, realizan estudios de diagnóstico y zonificación y promueven de oficio acciones demarcatorias; Que, el artículo 10 de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30187, y posteriormente por el artículo 2 de la Ley N° 30918 publicado el 25 de febrero del 2019, establece lo siguiente:

“El desarrollo de las acciones de demarcación territorial en el nivel provincial se inicia en el respectivo gobierno regional con la elaboración y aprobación de los estudios de diagnóstico y zonificación (EDZ) mediante acuerdo de consejo regional, previo informe favorable de la SDOT-PCM. Los EDZ y los acuerdos de consejo regional son publicados en el portal del gobierno regional correspondiente. A partir de tal aprobación, el gobierno regional, en el marco del SOT, implementa las acciones de demarcación territorial identificadas en el EDZ y evalúa las iniciativas de la población organizada. El SOT es aprobado por acuerdo de consejo regional, previo informe favorable de la SDOT-PCM. Finalmente, la SDOT-PCM elabora y tramita el anteproyecto de le y de saneamiento y organización territorial de la provincia correspondiente. Los plazos para el desarrollo de las acciones de demarcación territorial, en el marco de lo señalado en los párrafos precedentes, son fijados en el reglamento de la presente ley”. Que, el Estudio de Diagnóstico y Zonificación (EDZ) es un estudio territorial de evaluación y análisis de las interacciones físicas, culturales y económicas, las cuales transforman, estructuran y finalmente organizan la dimensión espacial y/o geográfica de las circunscripciones político – administrativas. Dichos estudios son elaborados por los Gobiernos Regionales y constituyen el marco orientador de evaluación y viabilidad técnica de las iniciativas de demarcación territorial. El ámbito geográfico de nivel provincial es la unidad mínima de referencia para el análisis y tratamiento de las acciones de demarcación territorial, y el saneamiento de límites de los distritos y provincias a nivel nacional; Que, a través del Informe N° 006-2025/GRP-410400 de fecha 22 de enero de 2025, la Sub Gerencia Regional de Bienes Regionales, Demarcación y Ordenamiento Territorial alcanza a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la provincia de Sullana, concluyendo y recomendando se remita al Consejo Regional de Piura, para su aprobación mediante acuerdo de Consejo Regional, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 27795 Ley de Demarcación y Organización Territorial, con la finalidad de remitirlo a la Secretaria de Demarcación y Ordenamiento Territorial – SDOT para su aprobación con Resolución Ministerial;

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2425 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 11 MARZO 2025 Que, mediante Oficio N° 412-2024/GRP-100000 de fecha 17 de diciembre de 2024, el Gobernador Regional de Piura, remitió a la Secretaría de Demarcación y Ordenamiento Territorial – SDOT de la Presidencia del Consejo de Ministros el Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la provincia de Sullana para su evaluación y opinión favorable; Que, mediante Oficio D000362-2024-PCM-SDOT, de fecha 27 de diciembre de 2024, el Secretario de la Secretaria de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros hace de conocimiento al Gobierno Regional de Piura que, su despacho ha evaluado el Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la provincia de Sullana en el marco de sus competencias según la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2023-PCM, en virtud de ello, comunicó que se ha otorgado opinión favorable al estudio de Diagnóstico y Zonificación de la provincia de Sullana según el Informe N° D000292-2024PCM/SSATDOT el mismo que deberá ser probado mediante Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 27795; Que, mediante Informe N° 006-2025/GRP-410400, de fecha 22 de enero del 2025, el Sub Gerente Regional de Gestión Territorial informó al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que, habiéndose recepcionado el informe de evaluación y aprobación del Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la provincia de Sullana por parte de la Secretarla de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicita la aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional. con la finalidad de remitirlo a la instancia antes señalada para su aprobación con Resolución Ministerial; Que, mediante Informe N° 166-2025/GRP-460000, de fecha 30 de noviembre de 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre el Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la Provincia de Sullana, concluyendo y recomendando lo siguiente:

“Que, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, modificado por el artículo 2 de la Ley N° 30918, es oportuno que el Gobierno Regional de Piura apruebe mediante Acuerdo de Consejo Regional Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la Provincia de Sullana, el cual cuenta con informe favorable de la secretaria de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia de Consejo de Ministros a través del Informe N° D000292-2024-PCM/SSATDOT”. Que, mediante Informe N° 10-2025/GRP-CRP-EACCR de fecha 03 de enero de 2025, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable para que la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, emita Dictamen sobre la propuesta en mención.” Que, mediante proveído S/N, de fecha 30 de enero de 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remitió a la Secretaría del Consejo Regional el informe legal relacionado al proyecto de Acuerdo de Consejo Regional que apruebe el Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la Provincia de Sullana. Que, con Informe N° 010-2025/CR-GRP-EACCR de fecha 03 de enero de 2025, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional concluye que es procedente la aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional del Estudio de Diagnóstico y Zonificación de la Provincia de Sullana; y con Dictamen N° 04-2025/GRP-CR-CPPTyAT de fecha 26 de febrero de 2025, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, recomienda continuar con el trámite de aprobación de la propuesta remitida; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 06-2024, celebrada el día 11 de marzo de 2025, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, conforme al numeral 5.2 del artículo 5° de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, el Estudio de Diagnóstico y Zonificación (EDZ) de la provincia de Sullana, el cual cuenta con opinión favorable de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros a través del Informe N° D000292-2024-PCMSSATDOT. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, disponga a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Modernización y Acondicionamiento Territorial - Sub Gerencia Regional de Gestión Territorial, remitan el presente Acuerdo de Consejo Regional y el Estudio de Diagnóstico y Zonificación aprobado a la

REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2425 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 11 MARZO 2025 Secretaría de Demarcación y Organización Territorial para continuar con el procedimiento conforme Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial. ARTÍCULO TERCERO.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.

ROSA MARÍA FELICIANA SEMINARIO ARCA Presidenta del Consejo Regional Consejera Delegada (e)

JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/6558046-2425-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7761490/6558046-acr-2425-2025-grp-cr.pdf