Acuerdo de Consejo Regional N.° 2384-2025
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REPÚBLICA DEL PERÚ
SE
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2384 - 2025/GRP-CR
San Miguel de Piura, 29 DE ENERO 2025 VISTO:
En Sesión Extraordinaria N° 003-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el día 29 de enero de 2025; Acuerdo de Consejo Regional N° 2379-2025/GRP-CR, de fecha 22 de enero de 2025; Acuerdo de Consejo Regional N° 2377-2025/GRP-CR, de fecha 22 de enero de 2025; Sesión Ordinaria N° 01-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el día 22 de enero de 2025;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, en el artículo 191°, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, y en su artículo
Regional, establece que, para el cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras y normativas, el Consejo Regional organiza su trabajo en Comisiones;
Que, asimismo, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15° literal a) establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; y en el artículo 39° establece que: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta 0 norma institucional:
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR, de fecha 20 de diciembre de 2024, cuyo Anexo fue publicado en el Diario Oficial “ numeral 13 establece como atribución del Consejero Delegado el proponer al Consejo Regional el cuadro de comisiones ordinarias. Agrega el artículo 104° que las comisiones ordinarias se constituyen con los Consejeros que se designen por acuerdo del Consejo Regional y su duración es anual, siendo su elección en la primera sesión ordinaria del año, y señalando el artículo 105? que las comisiones se conformaran por tres (03) consejeros, quienes elegirán a un Presidente, un Secretario y un Vocal;
Que, de acuerdo a lo expuesto en el párrafo anterior; es preciso señalar que, durante la Sesión Ordinaria N° 001-2025, realizada el día 22 de enero de 2025, se aprobó el Acuerdo de Consejo Regional N° 2377-2025/GRP-CR, precisando lo siguiente: "Artículo Primero: Aprobar el Cuadro de Comisiones Ordinarias para el Período Anual de Sesiones 2025, del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, el cual quedará conformada de la siguiente manera: (...);
Que, el artículo 11° de la Ley N° 29768 - Ley de Mancomunidad Regional prescribe la Organización y Estructura Básica de la Mancomunidad Regional, señalando lo siguiente: “a. Asamblea de la Mancomunidad. Está conformada por tres representantes. A A A baler) A a ee ere
Que, al respecto es menester indicar que, en la Sesión Ordinaria N° 001-2025, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 2379- 2025/GRP-CR, de fecha 22 de enero de 2025, se acordó en el Artículo Segundo lo siguiente: "ENCARGAR, las funciones de Presidente de Consejo Regional /Consejero (a) Delegado (a) a la Señora ROSA MARÍA FELICIANA SEMINARIO ARCA, Consejera: Regional por la provincia de Sullana, para que se continúe con el Periodo de Sesiones del año 2025, en tanto se cuente con la votación requerida para la elección del Presidente del Consejo Regional / Consejero Delegado del presente año”. Por elto, conforme a lo señalado en el Párrafo anterior, corresponde modificar la conformación de la Comisión Ordinaria de Mancomunidad Regional del Cuadro de Comisiones Ordinarias, la misma que fue aprobada mediante el Artículo Primero del Acuerdo del Consejo Regional N° 2377-2025/GRP-CR;
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 03-2025, celebrada el día 29 de enero de 2025, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N® 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;
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REPÚBLICA DEL PERÚ yO 4, a
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2384 - 2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 29 DE ENERO 2025
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. - MODIFICAR, el Artículo Primero del Acuerdo de Consejo Regional N° 2377-2025/GRP-CR, de fecha 22 de enero de 2025, en cuanto a la Conformación de la Comisión Ordinaria de Mancomunidad Regional, conforme a los. argumentos expuestos en el presente Acuerdo de Consejo Regional, quedando de la siguiente manera:
DICE:
La Comisión de Mancomunidad Regional, integrada por:
Presidente : Angler Pazo Jacinto
Secretario. : Roberth Sánchez Córdova
Vocal : Pedro Enrique Alama Farfán
DEBE DECIR:
La Comisión de Mancomunidad Regional, integrada por: Presidente : Rosa María Feliciana Seminario Arca Secretario : Roberth Sánchez Córdova
Vocal : Pedro Enrique Alama Farfán
ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR a Secretaría del Consejo Regional notifique el presente Acuerdo a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, gerencias Regionales, Gerencias Sub Regionales, Proyectos Especiales, Direcciones Regionales Sectoriales, y demás unidades de organización adscritas al pliego Gobierno Regional Piura, para conocimiento y brinde las facilidades para el cumplimiento de las funciones de la Comisión de Mancomunidad Regional, conforme al artículo 109 del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR.
ARTÍCULO TERCERO. - Dispensar el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ta del Consejo Regional Consejera Delegada (e)
GOBIERNO REGIONAL Plu,
JAIME EDUARD TAVARA ALVAR::
Secretario
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/6429075-2384-2025 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7571931/6429075-acr-2384-2025.PDF?v=1738602242