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01768-2020 Regional Agreement Piura In force

Acuerdo Regional N.° 01768-2020

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REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1768 – 2020/GRP-CR Piura, 04 DE SETIEMBRE DE 2020. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización-Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) señala que es atribución del Consejo Regional

aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional ; Que, el Reglamento interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR, en el artículo 33° señala que las sesiones descentralizadas se realizarán fuera de la sede del Gobierno Regional, en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y pueden ser ordinarias o extraordinarias; Que, en la Estación de Pedidos de la Sesión Ordinaria N°09-2020, el Consejero Regional: Econ. Leónidas Flores Neira, solicita se programe Sesión de Consejo Regional Descentralizada en la Provincia de Sullana; Que, estando a lo acordado y aprobado, por mayoría, en Sesión Ordinaria N° 09-2020, celebrada el día 04 de setiembre de 2020, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, la realización de una Sesión Descentralizada Extraordinaria de Consejo Regional, en la Provincia de Sullana. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, se sirva coordinar con el Consejero por la Provincia de Sullana y demás autoridades; lugar, fecha y hora, para la realización de la Sesión Descentralizada Extraordinaria de Consejo Regional. ARTÍCULO TERCERO. - Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/2185996-01768-2020 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2220080/phpiTHoP3.pdf