Acuerdo Regional N.° 01715-2020
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REPÚBLICA DEL PERÚ
GOBIERNO REGIONAL PIURA CONSEJO REGIONAL
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1715 - 2019/GRP-CR Piura, 09 DE JULIO DE 2020. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización-Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 212-2011/GRP-CR, en el artículo 33° señala que las sesiones descentralizadas se realizarán fuera de la sede del Gobierno Regional, en el lugar que acuerde previamente el Consejo Regional y pueden ser ordinarias o extraordinarias; Que, mediante Oficio N°638-2020-MPM-CH-A, de fecha 08 de julio del 2020, el Alcalde Provincial de la Municipalidad Provincial de Morropon Ing. Nelson Mío Reyes, solicita se programe Sesión de Consejo Regional Descentralizada en la Provincia de Morropon; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad de los presentes, en Sesión Extraordinaria N° 34-2020, celebrada el día 09 de julio de 2020, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N° 27680 y Ley 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, la realización de una Sesión Descentralizada Extraordinaria de Consejo Regional, en la ciudad de Chulucanas, Provincia de Morropon, para el día 17 de julio del 2020. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, se sirva coordinar con el Consejero por la Provincia de Morropon, respectivamente y demás autoridades; lugar, fecha y hora, para la realización de la Sesión Descentralizada Extraordinaria de Consejo Regional. ARTÍCULO TERCERO. - Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/2186048-01715-2020 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2220140/php4pCqfe.pdf