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0004-2019 Regional Decree Piura In force

Decreto Regional N.° 0004-2019

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REPÚBLICA DEL PERÚ

GOBIERNO REGIONAL PIURA

“DICTAN DISPOSICIONES PARA EL ALLANAMIENTO EN PROCESOS CONTENCIOSOS

ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE

CLASES Y EVALUACIÓN (30%), Y POR DESEMPEÑO DE CARGO Y POR LA PREPARACIÓN DE DOCUMENTOS DE GESTIÓN (5%)'

DECRETO REGIONAL N° 004-2019/GOB.REG.PIURA.G.R.

Que, en mérito al Memorando N° 381-2019/GRP-400000 del 01 de julio de 2019, la Procuraduría Pública Regional de Piura informa con Memorando N° 989-2019/GRP- 110000 del 05 de julio de 2019 que hasta el mes de junio del afio en curso se encuentran en tramite una gran cantidad de procesos judiciales referidos a bonificación especial mensual por Preparación de Clases y Evaluación, y desempeño del cargo y por preparación de documentos de gestión;

Que, en uniforme decisión, la Corte Superior de Justicia de Piura, viene expidiendo ¿¿entencias judiciales sobre el pago de la Bonificación Especial, calculada en base a la “/Remuneraci6n Total e Integra, tal como lo dispone la Ley;

Que, mediante precedentes judiciales los cuales tienen la calidad de Cosa Juzgada y son materia del presente Decreto, el órgano jurisdiccional está aplicando lo establecido en la Ley del Profesorado — Ley N° 24029 con su modificatoria Ley N° 25212 y su Y %, respectivo Reglamento — Decreto Supremo N° 019-90-ED, en su art. 48° prescribe “EJ A profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por Preparación de ajClases y Evaluación equivalente al 30% de su Remuneración Total. El Personal $) Directivo y Jerárquico, así como el Personal Docente de la Administración de la y Educación, así como el Personal Docente de Educación Superior incluidos en la presente Ley, perciben, además, una bonificación adicional por desempeño del cargo y por la preparación de documentos de gestión equivalente al 5% de su remuneración total”;

% Que, en consideración a la cantidad de Procesos Judiciales sobre esta materia, resulta

  • necesario habilitar a la Procuraduría Pública Regional para que en ejercicio legítimo de sus funciones pueda allanarse en las pretensiones propuestas por los demandantes en los Procesos Contencioso Administrativos, en la medida que versen sobre derechos reconocidos a nivel administrativo y que para su ejecución concurran ante el Poder Judicial, evitando con dicha acción que los docentes incurran en gastos judiciales inoficiosos, toda vez que su derecho les ha sido legalmente reconocido, y en ese sentido “A el Gobierno Regional Piura reducirá la carga procesal judicial existente;

Que, uno de los objetivos de la actual gestión es contribuir a solucionar la problemática del Sector Educación, en relación a los procesos judiciales que versan sobre la deuda

social por Preparación de Clases y Evaluación, y Desempeño del Cargo y por Preparación de Documentos de Gestión, con la finalidad de garantizar en menor tiempo el ejercicio pleno de los derechos de los docentes;

Estando a lo aprobado en el Directorio de Gerentes, en sesión extraordinaria de fecha 13 de noviembre de 2019 y de acuerdo al Art. 40° de la Ley N° 27867, en uso de las atribuciones conferidas por el Inc. d) del Art. 21° de la precitada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

DECRETA: TEA. ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER, que la Procuraduría Pública Regional en ejercicio

. Ñ le sus funciones y en Defensa de los intereses del Estado, y en aplicación del Principio

ige Economía y Celeridad Procesal se podrá ALLANAR total o parcialmente, siempre y ¿guando los derechos preteridos se encuentren conforme a Ley, en los Procesos s* Contencioso Administrativos instaurados en materia de Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación (30%), y por desempeño de cargo y por la preparación de documentos de gestión (5%), a que se refiere el artículo 48° de la Ley del Profesorado — Ley N° 24029 y su modificatoria Ley N° 25212, según sea el caso del =} docente.

ARTÍCULO SEGUNDO.- EXHORTAR, a la Procuraduría Publica Regional para que en las sentencias expedidas por los órganos jurisdiccionales respecto de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación (30%), y por desempeño de cargo y a, Por la preparación de documentos de gestión (5%), impugne solo aquellas sentencias en las cuales no se precise los criterios de priorización establecidos en la Ley N° 30137

su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-JUS y otras normas que pudieran aprobarse posteriormente sobre la misma materia.

ARTÍCULO TERCERO.- EXHORTAR, al Poder Ejecutivo para que emita los dispositivos legales necesarios que posibilite a los docentes acceder al pago del derecho a la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación (30%), y por Desempeño de Cargo y por la Preparación de Documentos de Gestión (5%) en la vía -, administrativa, no requiriendo de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgad para hacerse efectiva.

7 + Dado en la sede del Gobierno Regional, a los dieciocho dias del mes de noviembre de : afio dos mil diecinueve.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpiura/normas-legales/2495101-0004-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2545633/2495101-decreto_004_2019.pdf