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95-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 95-2025-G.R.PASCO/CR

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CONSEJO REGIONAL DE PASCO E

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A Ú y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los Compadres”

ACUERDO N.* 95- 2025 - 6.2. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 04 de noviembre del 2025, POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la vigésima primera sesión ordinaria, de fecha cuatro de noviembre del año dos mil veinticinco, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

VISTO:

El Oficio N° 079-2025-GRP-CR/CINFRA de fecha 04 de noviembre de 2025, emitido por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Infraestructura, Lic. Bethy Ventura Janampa, solicita la aprobación del Plan de Trabajo de Actividad de Fiscalización (PTAF) correspondiente al año 2025;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191% de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 20° de la Ley N.° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, según el artículo 15°, de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 31433, son atribuciones del Consejo Regional, inciso k), fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios;

Que, según lo establece en el artículo 23° del Reglamento interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° ~ 368-2015-GRP/CR, las comisiones ordinarias son grupos de trabajo especializados de los consejeros, que están integradas por tres (3) o cinco (5) miembros de acuerdo a la amplitud de responsabilidades, uno de los cuales es su presidente. Cada consejero o consejera debe integrar hasta tres (3) comisiones ordinarias, pudiendo ejercer la presidencia solamente una de ellas;

Que, mediante Ley N° 31433, se modificó (...) la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que respecta a las atribuciones (...) y consejos regionales, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, la misma que para efectos de garantizar su cumplimiento, dispuso en su primera disposición complementaria que los recursos presupuestales será el que corresponda al monto que era asignado por la entidad correspondiente al órgano de control institucional para el pago de profesionales, previo a la incorporación de estos a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría

CONSEJO REGIONAL DE PASCO ey

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y def Bicentenario de la tierra del Charicamay y los Compadres”

ACUERDO N.° 95- 2025 - E.R. PASCO/CR

General de la República y del Sistema Nacional de Control, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, extremo que fue modificado mediante Ley N° 31812, en los siguientes términos: “PRIMERA (...) Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren (...) y el literal k del artículo 15° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera: b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego (...)”;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.4.4 de la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, es obligación de los consejeros regionales proponer al consejo regional, a través de la Secretaria del Consejo, cada actividad de fiscalización contenida en el PTAF, elaborado según la estructura prevista en el Anexo N° 4, teniendo en cuenta el PAF aprobado en el primer trimestre; siendo que, conforme al numeral 6.4.3 de la norma en mención, es obligación del consejo regional, aprobar mediante acuerdo de consejo regional, cada actividad de fiscalización, propuesta de manera individual o en comisión, a través del PTAF;

Que, mediante Acuerdo N° 002-2025-GRP/CR de fecha 9 de enero de 2025, se conformó las comisiones ordinarias del consejo regional, entre ellos la Comisión Ordinaria de Infraestructura;

Que, mediante Acuerdo Regional N° 08-2025-GRP/CR, se aprobó el Programa de Acciones de Fiscalización — PAF, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco para el periodo fiscal 2025, en cumplimiento de lo establecido en el Literal d) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 31812, Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, en la vigésima primera sesión ordinaria, de fecha cuatro de noviembre del año dos mil veinticinco, se puso a consideración ante el pleno del consejo regional, el Oficio N° 079-2025-GRP-CR/CINFRA emitido por la presidenta de la comisión ordinaria de Infraestructura, Lic. Bethy Ventura Janampa, que solicita la aprobación del PLAN DE TRABAJO DE ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN DE LA COMISION ORDINARIA DE INFRAESTRUCTURA; Luego de un debate por el magno consejo regional de Pasco, aprueba por mayoría de los consejeros presentes, el PLAN DE TRABAJO DE ACTIVIDAD DE FISCALIZACION (PTAF); asimismo, aprueba por mayoría la dispensa de lectura y aprobación del acta;

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“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A Ty del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los Compadres”

ACUERDO N.?* 95- 2025 - 6.R. PASCO/CR

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N* 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO, - APROBAR, el PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACION DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE INFRAESTRUCTURA (PTAF), ACTIVIDAD DE FISCALIZACION DEL AVANCE FISICO - FINANCIERO DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE LA REGION PASCO, con CUI: 2541138, 2645290, 2657627, 2459035, 2489123, por el periodo de cincuenta y seis (56) dias, correspondiente al año 2025, según el anexo que forma parte del presente acuerdo,

ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

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