Acuerdo de Consejo Regional N.° 90-2025-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO A S ¢
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” Y “Año del centenario de recuperación de la Mulisa A TI y del bicentenario de la tierra del Charicamay y de los compadres”
ACUERDO N.* 90- 2025 - E.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 09 de octubre del 2025 POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la décima novena sesión extraordinaria, del día 09 de octubre del año dos mil veinticinco, ha aprobado por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes, el Acuerdo Regional siguiente;
VISTO:
El Informe No 374-2025-GRP-GGR-GRDS/DRVCS, emitido por el Lic. Adm. Juan Huanca Vivar Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Oficio N° 0803-2025/VMVUPNVR, emitido por el Ing. Hernán Tello Fernández Director Ejecutivo Programa Nacional de Vivienda Rural Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento; Informe N° 202-2025 - VIVIENDA/VMVU/PNVR-APP, emitido por Víctor Manuel Concha Aranda responsable del Área de Planeamiento y Presupuesto Programa Nacional de Vivienda Rural; Informe N° 627-2025— VIVIENDA/VMVU-PNVR-UGS, emitido por Julio López Abanto Unidad de Gestión Social Programa Nacional de Vivienda Rural y Julio Patricio Quijano Villaorduña responsable de Unidad de Gestion Social Programa Nacional de Vivienda Rural; Informe Técnico N° 001-2025PNVR/MYVS, emitido por Milton Yoel Velásquez Sevillano Evaluador Técnico Programa Nacional de Vivienda Rural; Dictamen N° 016- 2025-GRP-CRICPPAT emitido por la presidenta de la comisión ordinaria de planeamiento, organización, presupuesto y acondicionamiento territorial, consejera regional Carolina Caqui Calixto; Oficio N° 095 -2025-GRP-CR/016-2025-GRP-CRICPPAT;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley N° 27680- Ley de la Reforma constitucional del capitulo XIV, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...);
Que, al artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, precisa que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo la autonomía una atribución constitucional, conforme se desprende de los alcances del artículo 191° de la Constitución Politica del Perú;
Que, de conformidad del artículo 13° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto señala: "13.1 El presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las entidades del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos. *13.3 El presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y es aprobado por el Congreso de la República a propuesta del Poder Ejecutivo. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, asi como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente”;
Que, con el Informe N° 0374-2025-GRP-GGR-GRDS/DRVCS, emitido por el Director Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento, emite OPINION FAVORABLE respecto a la evaluación desarrollada por la Unidad de Gestión Social (UGS) del Programa Nacional de Vivienda Rural (PNVR) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, destacando que el equipo técnico desplegado llevó a cabo el proceso de eficiencia, transparencia y criterios de calidad. Asimismo, se
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Y “Año del centenario de recuperación de la Mulisa A TI y del bicentenario de la tierra del Charicamay y de los compadres”
ACUERDO N.* 90- 2025 - G.R. PASCO/CR
garantiza que la aplicación de los parámetros técnicos y sociales se realizó de manera estricta y conforme a la normativa vigente, asegurando la validez y confiabilidad de los resultados obtenidos;
Que, con el Informe N° 627-2025—VIVIENDA/VMVU-PNVR-UGS, emitido por Julio López Abanto Unidad de Gestión Social Programa Nacional de Vivienda Rural y Julio Patricio Quijano Villaorduña responsable de Unidad de Gestión Social Programa Nacional de Vivienda Rural, menciona que los resultados de la evaluación indican que se evaluaron un total de 207 familias, De ellas, 102 cumplían con los requisitos para ser consideradas viables de acuerdo al siguiente detalle:
N° de Familias Evaluadas
Total,
Equipo Dpto Provincia Distrito Centro Poblado Ubigeo Viables No viables Evaluación
Ne % N° % Ne %
DANIEL ALCIDES
1 PASCO CARRION CHACAYAN GORGORIN 1902020045 El 69.2 4 30.8 13 | 100.0 DANIEL ALCIDES
1 PASCO CARRION CHACAYAN ISCAYCOCHA 1902020044 2 66.7 1 33.3 3 100.0 DANIEL ALCIDES
4 PASCO CARRION CHACAYAN LOMA UNISH 1902020058 6 75.0 2 25 8 100.0
DANIEL ALCIDES 1 PASCO CARRION CHACAYAN UNTUPUQUIO: 1902020025 | 7 778 2 | 222) 9 | 100.0
Sub Total 24 72.7 e 27.3 | 33 | 100.0
DANIEL ALCIDES | SAN PEDRO DE 1 PASCO CARRION PILLAO ANDAHUAYLA 1902050011 4 57.1 3 42.9 7 100.0
DANIEL ALCIDES | SAN PEDRO DE 1 PASCO CARRION PILLAO CULQUIPUCRO 1902050043 0.0 4 100 4 100.0
DANIEL ALCIDES | SAN PEDRO DE
1 PASCO CARRION PILLAO MANTACOCHA 1902050015 4 66.7 2 33.3 6 100.0 Sub Total 8 47.10 El 52.9 17 | 100.0 DANIEL ALCIDES 4 PASCO CARRION VILCABAMBA MURMUNIA 1902080049 3 100.0 0 3 100.0 DANIEL ALCIDES 1 PASCO CARRION VILCABAMBA PICHUICANCHA 1902080034 5 71.4 2 28.6 7 100.0
DANIEL ALCIDES
1 PASCO CARRION VILCABAMBA QUISHUARCANCHA | 1902080026 | 10 71.4 4 28.6 14 | 100.0 DANIEL ALCIDES SAN ANTONIO DE 1 PASCO CARRION VILCABAMBA QUECCHA 1902080022 | 8 80.0 2 20 10 | 100.0 DANIEL ALCIDES SAN JOSE DE 1 PASCO CARRION VILCABAMBA PATARAYOG 1902080023 5 55.6 4 444 9 100.0 Sub Tota! 31 721 12 | 27.9 | 43 | 100.0
DANIEL ALCIDES 2 PASCO CARRION YANAHUANCA ALPAMARCA 1902010321 2 66.7 4 33.3 3 100.0
DANIEL ALCIDES 2 PASCO CARRION YANAHUANCA CACHIPAMPA 1902010217 4 11.1 8 88.9 9 100.0
DANIEL ALCIDES 2 PASCO CARRION YANAHUANCA CARHUANCHO 1902010203 0.0 3 100 3 100.0
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del centenario de recuperación de la Mulisa A TI y del bicentenario de la
tierra del Charicamay y de los compadres” ACUERDO N.* 90- 2023 - 6.R. PASCO/CR
DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA | CHARQUICANCHA | 1902010025 | 5 55.6 4 | 444 9 | 100.0 DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA CONDOR GAYAN | 1902010018 3 42.9 4 57.1 7 100.0 DANIEL ALCIDES DOCE DE
2 PASCO CARRION YANAHUANCA OCTUBRE 1902010233 5 62.5 3 37.5 8 100.0
DANIEL ALCIDES 2 PASCO CARRION YANAHUANCA HUANCAMACAY 1902010346 3 50.0 2 40 5 100.0
DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA PICHUPATA 1902010358 1 20.0 4 80 5 100.0 DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA POMAYAROS 1902010239 2 40.0 3 60 5 100.0 DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA PUCA YACU 1902010587 | 2 40.0 2 60 5 | 100.0 DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA PUMAPACHUPAN | 1902010124 7 412 ih 58.8 17 | 100.0
DANIEL ALCIDES 2 PASCO CARRION YANAHUANCA RODEO 1902010565 0.0 100 3 100.0
DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA TAMBOPAMPA 1902010321 8 25.8 8 74.2 31 | 100.0 DANIEL ALCIDES
2 PASCO CARRION YANAHUANCA | TUCTOHUACHANG | 1902010167 0.00 400 4 100.0
Sub Total 39 34,2 75 [65.8 | 114 | 100.0
Total 102 49.3 105 | 50.7 | 207 | 100.0
Que, en ese contexto, dada la Vigésima Segunda Disposición Complementaria y Final en la Ley N° 29230, modificada por la Ley N° 31735, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través del Programa Nacional de Viviendas Rurales tiene como prioritario promover la participación del sector privado para la intervención de actividades de construcción de viviendas rurales bajo el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, mediante Acuerdo N° 053-2025-G.R. PASCO/CR el Consejo Regional de Pasco dispone, en el artículo primero: Autoriza al Gobernador Regional de Pasco, la suscripción del convenio para la ejecución conjunta, en el artículo segundo delegar facultades, en el artículo tercero, faculta al Gobernador Regional aprobar, convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante las fases de mecanismo de obras por impuestos y Acondicionamiento Territorial realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF);
Que, según el CONVENIO PARA LA EJECUCION CONJUNTA DE LAS ACTIVIDADES DE CONTRUCCION DE VIVIENDAS RURALES MEDIANTE EL MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Y GOBIERNO REGIONAL DE PASCO, este tiene como objetivo establecer las condiciones para que VIVIENDA, a través del PROGRAMA y el GOBIERNO REGIONAL DE PASCO realicen acciones conjuntas la elaboración del Expediente Ejecutivo y/o ejecución de LAS ACTIVIDADES; asimismo, establece las responsabilidades, compromisos y otras condiciones mediante las cuales opera tas OXL en el marco de lo establecido en la Ley N° 29230 y su Reglamento;
Que, mediante Ley N° 31735, Ley que modifica la Ley 29230 Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector público y la décima quinta disposición
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E, “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Y e) “Año del centenario de recuperación de la Mulisa A TI y del bicentenario de la tierra del Charicamay y de los compadres”
ACUERDO N.* 90- 2025 - 6.R. PASCO/CR
complementaria final del decreto supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local la participación del sector privado, aprobado con Decreto Supremo N° 210-2022-EF, dan prioridad al financiamiento y ejecución de actividades de construcción de viviendas rurales en zonas de friaje extremo y heladas declaradas por el Gobierno, lo estipulado en disposiciones específicas el numeral 6.1. Fases de Priorización de LINEAMIENTO N° 001-2025- VIVIENDA-DM, aprobado con Resolución Ministerial N° 20-2025-VIVIENDA;
Que, de acuerdo al numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N*210-2022—EF y sus modificatorias (en adelante, el Reglamento de la Ley N°29230), corresponde a la Entidad Publica aprobar la lista de priorización de intervenciones;
Que, el inciso 1) del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, señala que la lista de priorización de intervenciones a ejecutarse en el marco de la Ley N° 29230 en el caso de los Gobiernos Regionales se aprueba mediante Acuerdo del Consejo Regional. Esta facultad es indelegable;
Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29230, en su numeral 23.1 señala que las Entidades Públicas deben actualizar las listas de priorización periódicamente y como mínimo una vez al año, para lo cual, PROINVERSION brinda asistencia técnica a las respectivas entidades públicas, cuando así lo soliciten. La lista de priorización es publicada por PROINVERSION en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida la información a la que se refieren los artículos 19 y 20, Asimismo, en su portal institucional, retirando aquellas intervenciones que cuenten con un convenio suscrito y/o aquellos que se encuentren en ejecución o ejecutados bajo otra modalidad. Para ello, PROINVERSION requiere a las entidades públicas la debida actualización de la lista de priorización;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con empresas privadas para impulsar la ejecución de proyectos de inversión, Estos proyectos deben estar en armonía con las políticas y planes de desarrollo y contar con la declaración de viabilidad o aprobación;
Que, en la décima novena sesión extraordinaria del consejo regional, desarrollado el nueve de octubre de dos mil veinticinco, ta presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Carolina Caqui Calixto, ha presentado y sustentado el Dictamen N.° 016- 2025-GRP-CR/CPPAT, para emitir un acuerdo de consejo regional, que dictamina APROBAR la lista de priorización de la intervención para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N° 29230 y sus modificatorias, en ejecución conjunta con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; los componentes que se compromete a financiar el Gobierno Regional de Pasco serán asumidos con cargo a los recursos del tope máximo de capacidad anual vigente. Luego de un debate amplio el pleno del consejo regional, fue aprobado por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes, Asimismo, se aprobó por unanimidad la dispensa de la lectura y trámite del acta de la sesión extraordinaria;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Consejo Regional de Pasco;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO os “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economia Peruana” el “Año del centenario de recuperación de la Mulisa A T y del bicentenario de la tierra del Charicamay y de los compadres”
ACUERDO N.* 90- 2025 - E.R. PASCO/CR ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR la lista de priorización de la intervención para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N° 29230 y sus modificatorias, en ejecución conjunta con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; los componentes que se compromete a financiar el Gobierno Regional de Pasco, serán asumidos con cargo a los recursos del tope máximo de capacidad anual vigente, de acuerdo al siguiente detalle:
FINANCIA FINANCIA PARTICIPACION MVCS (GR) CODIGO NOMBRE DE LA ACTIVIDAD COMPONENTES (%) DE CIPGN (CIPRL) UBIGEO MONTO MVCS (Si. (8). GR
MEJORAMIENTO DE VIVIENDA | Elaboración de RURAL EN LOS CC. PP, DE SAN | Expediente ANTONIO DE QUECCHA, SAN JOSE | Ejecutivo 92,820.00 92,820.00 1.00 DE PATARAYOG,
QUISHUARCANCHA, = PICHUICANCHA, — MURMUNIA = | Supervisión para DISTRITO DE VILCABAMBA, LOS CC. | *Yaluación — de PP. ANDAHUAYLA, MANTACOCHA - | Expediente 46,410.00 46,410.00 0.80 DISTRITO DE SAN PEDRO DE | Elecutivo Ne PILLAO, LOS CC. PP, UNTUPUQUIO, 190201 | ISCAYCOCHA, GORGORIN, LOMA | Ejecución — de UNISH- DISTRITO DE CHACAYAN Y | Viviendas
LOS CC.PP DE CONDOR GAYAN, | Rurales 8,914,684.86 | 4,120,257.43 | 4,794,427.43 | 44,53 | 51.82 CHARQUICANCHA, PUMAPACHUPAN, TAMBOPAMPA, CACHIPAMPA, DOCE DE OCTUBRE, POMAYAROS, ALPAMARCA, HUANCAMACAY, PICHUPATA, PUCA | Supervisión de | 198,900.00 | 198,900.00 2.15 YACU- DISTRITO DE YANAHUANCA | Viviendas
- PORVINCIA DANIEL ALCDES | Rurales CARRION Y DEPARTASMENTO DE PASCO,
Total 9,252.814.86 | 4,458,387,43 | 4,794,427.43 48.18 51.82
ARTICULO SEGUNDO: DELEGAR, facultades al Gobernador Regional Pasco del Gobierno Regional de Pasco, para la suscripción del convenio para la ejecución conjunta; y, de sus modificaciones que resulten necesarias para el cumplimiento del objeto referido convenio,
ARTICULO TERCERO: FACULTAR, al Gobernador Regional de Pasco, aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante las fases del mecanismo de obras por impuestos, para el cumplimiento de los objetivos de la intervención del proyecto “MEJORAMIENTO DE VIVIENDA RURAL EN LOS SIGUIENTES CC. PP. DE SAN ANTONIO DE QUECCHA, SAN JOSE DE PATARAYOG, QUISHUARCANCHA, PICHUICANCHA, MURMUNIA — DISTRITO DE VILCABAMBA LOS CC. PP. ANDAHUAYLA, MANTACOCHA - DISTRITO DE SAN PEDRO DE PILLAO, LOS CC. PP, UNTUPUQUIO, ISCAYCOCHA, GORGORIN, LOMA UNISH — DISTRITO DE CHACAYAN Y LOS CC.PP DE CONDOR GAYAN, CHARQUICANCHA, PUMAPACHUPAN, TAMBOPAMPA, CACHIPAMPA, DOCE DE OCTUBRE, POMAYAROS, ALPAMARCA, HUANCAMACAY, PICHUPATA, PUCA YACU- DISTRITO DE YANAHUANCA — PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION Y DEPARTAMENTO DE PASCO", a través del convenio de ejecución conjunta entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Gobierno Regional de Pasco, hasta la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local Tesoro Público” CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Regional con las Empresas Privadas, así como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6° del TUO de la Ley N° 29230.
CONSEJO REGIONAL DEPASCO — ¿%
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “®:
“Año del centenario de recuperación de la Mulisa A 11 y del bicentenario de la tierra del Charicamay y de los compadres”
ACUERDO N.* 90- 2025 - E.R. PASCO/CR
ARTICULO CUARTO. - AUTORIZAR, al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Publica Regional y Local ~ Tesoro Público” CIPRL, asi como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público,
ARTICULO QUINTO. — DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO SEXTO. - PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento del TUO de la Ley N° 29230.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
a ORTIZ NAHUINRIPA
Tec. Jes PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7389215-90-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8980995/7389215-acuerdo-de-consejo-regional-n-90-2025-g-r-pasco-cr.pdf