Acuerdo de Consejo Regional N.° 87-2025-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A T y del Bicentenario de la tierra del charicamay y los compadres”
ACUERDO N.* 87- 2025 - C.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 16 de setiembre del 2025
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la décima octava sesión ordinaria del Consejo Regional, desarrollado el día dieciséis de setiembre del año dos mil veinticinco, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N°0453-2025-GRP/GOB, emitido por el Gobernador Regional Mg. Juan Luis Chombo Heredia, solicito evaluación y aprobación mediante Acuerdo de Consejo Regional; Informe Legal N1069-2025-G.R. P-GGP/DRAJ, emitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica Waldemar Isidro Santos Espinoza; Informe N°0213-2025-G.R. PASCO-GOB/GGR emitido por el Gerente General Regional Mg. Yanet Soleda Cuellar Chávez; Informe N2120-2025-GRPGGR-GRPPAT/SGPT, emitido por el Sub Gerente de Presupuesto y Tributación Mg. Edwin Fredy Martin Arzapalo; Memorando N°01868-2025-GRP-GGR/GRPPAT, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Dictamen N.° 009-2025-GRPCR/CPPAT emitido por la presidenta de la comisión ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consejera Carolina Caqui Calixto; Oficio N.° 082-2025-GRP-CR/CPPAT;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191% de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, según el inciso k), artículo 15° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales ~ Ley N° 27867, modificado con Ley N° 31433, establece que las atribuciones del Consejo Regional: Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional;
Que, es procedente la transferencia solicitada por lo establecido en el artículo 20° de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado según el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República del Sistema Nacional de Control, se establece lo siguiente:
(..) “Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiemos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional favor de la Contralorí: neral de la R lica para cubrir los jue se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financie. e aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorabl la oficina de presupu o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web.
CONSEJO REGIONAL DE PASCO A
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A T y del Bicentenario de la tierra del charicamay y los compadres”
ACUERDO M.* 87- 2023 - 6.R. PASCO/CR
Que, se cuenta con el Informe N° 2120-2025-GRP-GGRGRPPAT/SGPT, de fecha 25 de junio del 2025 del Sub Gerente de Presupuesto y Tributación, suscrito por el Mg. Edwin Fredy MARTIN ARZAPALO y el Memorando N° 011868-2025-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 26 de junio del 2025, del Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, suscrito por el Mg. Fausto A. ATENCIO ALIAGA, los cuales dan la disponibilidad presupuestal por el monto de S/, 287,040,00 (Doscientos ochenta y siete Mil cuarenta con 00/100 soles), que comprende al 100% de la Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2025, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004140, de fecha 19 de junio del 2025 y Derecho de designación por los periodos 2025 y 2026, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000004141, de fecha 19 de junio del 2025;
Que, se tiene en el expediente el Informe Legal N°1069-2025-G.R. P-GGPJDRAJ de fecha 02 de Julio, emitido por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, suscrito por el Abog Waldemar SANTOS ESPINOZA que se pronuncia de manera favorable y recomienda remitir al consejo regional para la aprobación de la transferencia;
SE a Bee Que, por los aspectos considerados es procedente que se apruebe kE O) la transferencia económica a favor de la Contraloría General de la República para 7 la designación. de la Sociedad de Auditoria para los periodos 2025 y 2026, por el monto de S/. 287,040,00 (Doscientos ochenta y siete Mil cuarenta con 00/100 soles)
Que, en la décima octava sesión ordinaria del consejo regional, llevado a cabo el dieciséis de setiembre de 2025, la consejera regional Carolina Caqui Calixto, en su condición de presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Accionamiento Territorial, ha puesto en consideración y ha sustentado ante el pleno del consejo regional el Dictamen N° 009-2025-GRP-CR/CPPAT que acuerda AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Pasco, realizar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del año 2025 de la Unidad Ejecutora 001 Región Pasco-Sede Central (000885) a favor de la Contraloría General de la República por el monto total de S/ 287,040,00 soles; Luego de un amplio debate, fue aprobado por unanimidad de los consejeros presentes, Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional que expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional;
ow CONSEJO REGIONAL DE PASCO ey as Ue “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TÍ y del Bicentenario de la tierra del charicamay y los compadres”
ACUERDO N.? 87- 2025 - €6.R. PASCO/CR
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°,
15° y 37° de ia Ley N.* 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, el Magno Consejo Regional;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - AUTORIZAR, al Gobernador Regional de Pasco, realizar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del año 2025 de la Unidad Ejecutora 001 Región Pasco-Sede Central (000885) a favor de la Contraloría General de la República por el monto tota! de S/ 287,040,00 soles, en la genérica de gastos 2.4. Donaciones y Transferencias y la genérica de gastos 2.5. Otros gastos pago de derecho de designación, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, con la finalidad de designar Sociedad de Auditoria que efectué la auditoria financiera gubernamental para los periodos 2025.
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al director general de Administración, dispongan a los responsables de sus oficinas dependientes la celeridad en los procedimientos administrativos que corresponde, con el objetivo de formalizar la transferencia financiera a la Contraloría General de la República.
ARTICULO TERCERO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la secretaria técnica, la publicación en la página web del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
“Fee Tosca ORTIZ NAHUINRIPA TNA Or eo REGIONAL
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