Acuerdo de Consejo Regional N.° 83-2024-G.R.PASCO/CR
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28 CONSEJO REGIONAL DE PASCO Ke
“Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” dS “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú"
ACUERDO NM.? 83 — 2024 - C.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 16 de julio del 2024.
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POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la séptima sesión ordinaria del Consejo Regional, de fecha dieciséis de julio del año dos mil veinticuatro, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N° 0022-2024-GRP-CR/CIIAEPLAGPAT- JHCHM, de fecha 11 de julio de 2024, emitido por el consejero regional MC. Juan Haroldo CHAVEZ MAURICIO, presidente de la Comisión Investigadora del Proyecto de la Laguna Patarcocha, solicita al pleno del consejo, la ampliación de plazo de 30 días hábiles a la Comisión Investigadora;
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, en el artículo 16° inciso c) de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales, integrar las comisiones ordinarias, investigación o especiales, y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, según lo establece en el 34° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones Investigadoras son aquellas que el Consejo Regional determina circunstancialmente como consecuencia de denuncias, quejas ylo presunción de irregularidades en el manejo público a cargo delas distintas dependencias del Gobierno Regional. Su función es temporal y culmina cuando se evacua el informe correspondiente y se adoptan las medidas pertinentes. (...);
Que, las políticas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales del Estado, en tal medida las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno; de modo que estas normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, mediante Acuerdo N° 062-2023-GRP/CR de fecha 16 de agosto de 2023, se conformó la comisión investigadora a fin de investigar las acciones efectuadas a cargo de funcionarios en genérico del proyecto de la Laguna de Patarcocha;
Que, con Acuerdo N° 095-2023-GRP/CR de fecha 05 de diciembre de 2023, se amplia el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N° 062-2023- GRP/CR, referente a la comisión investigadora a fin de investigar las acciones efectuadas a cargo de funcionarios en genérico del proyecto de la Laguna de Patarcocha, por un periodo de 60 días hábiles,
“Año del Bic , de la ¡ón de y dela ración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO M.? 83 — 2024 - 6.2. PASCO/CR
Que, con Acuerdo N° 038-2024-GRP/CR de fecha 16 de abril de 2024, se amplia el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N° 062-2023- GRPICR, referente a la comisión investigadora a fin de investigar las acciones efectuadas a cargo de funcionarios en genérico del proyecto de la Laguna de Patarcocha, por un periodo de 60 días hábiles
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Que, en la décima cuarta sesión ordinaria, de fecha dieciséis de julio del año dos mil veinticuatro, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional a petición del consejero regional Juan Haroldo Chávez Mauricio, la ampliación de plazo por el periodo de 30 días calendarios, referente a la comisión investigadora a fin de investigar las acciones efectuadas a cargo de funcionarios en genérico del proyecto de la Laguna de Patarcocha, aprobado por mayoría de los consejero presentes, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: AMPLIAR el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N* 062-2023-GRPICR, referente a la comisión investigadora a fin de investigar las acciones efectuadas a cargo de funcionarios en genérico del proyecto de la laguna de Patarcocha, por un periodo de 30 días hábiles, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.
ARTICULO SEGUNDO: DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva,
ARTICULO TERCERO: PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
“Yon diner sane RTID. PRESIDZSTE DEC NSEJO REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5854264-83-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6750974/5854264-acuerdo-de-consejo-n-083-2024.pdf