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81-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 81-2025-G.R.PASCO/CR

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y Ex 2 CONSEJO REGIONAL DE PASCO:

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del

Charicamay y los compadres” ACUERDO N.? 81— 2025 - €.P. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 11 de setiembre de 2025.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la décima séptima sesión extraordinaria de fecha 11 de setiembre del año dos mil veinticinco, por mayoría de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, señala en su artículo 2° Legitimidad y naturaleza jurídica que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, en su artículo 13°, el Consejo Regional, es el Órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; en su artículo 15° Inciso K) fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del gobierno regional y dentro de ello llevar a cabo las investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional;

Que, mediante la Ley N° 27867 — Ley Organica de ios Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 31433 respecto a las atribuciones y responsabilidades de los consejeros regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, en el literal a) del artículo 15°, señala que es atribución y responsabilidad de los consejeros regionales, aprobar, modificar o derogar las hormas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Pasco, en su artículo 1° dice: el Pleno del Consejo Regional es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones, con autonomía normativa y fiscalizadora como ente colegiado y representativo del Gobierno Regional de Pasco. Cumple además acciones administrativas, políticas especiales de investigación en asuntos de su competencia;

Que, en la décima séptima sesión extraordinaria del consejo regional, realizado el 11 de setiembre del año 2025, los consejeros y consejeras regionales han debatido referente a la problemática del proceso de selección de la licitación pública de la ejecución de saldo de obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO

gx CONSEJO REGIONAL DE PASCON Ys

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economia Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A 1 y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres?

ACUERDO N.*? 81— 2025 - E.R. PASCO/CR

Que, habiendo escuchado las opiniones solicitadas con anterioridad de los asesores externos (Legales, técnicos y administrativos) y luego de un amplio debate la consejera regional Lic. Bethy Ventura Janampa, ha propuesto ante el pleno del consejo regional, que, antes de realizar alguna acción administrativa, penal y civil se debe esperar el pronunciamiento del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE); La misma que fue aprobado por mayoría de los consejeros y consejeras presentes. Asimismo, se aprobó la dispensa de lectura y aprobación del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.” 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional Pasco;

SE ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - ESPERAR, el pronunciamiento del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), antes de realizar alguna acción administrativa, penal y civil en contra de los funcionarios presuntos responsables, sobre los supuestos irregularidades en el proceso de adjudicación de la Obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL INTEGRAL DE EMAPA PASCO, PROVINCIA DE PASCO - PASCO — COMPONENTE Il”.

ARTICULO SEGUNDO. — DISPENSAR el trámite y aprobación de la lectura del acta.

ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Tec. Jessica (QRTIZ NAHUINRIPA PRESIDENTA MEL CONSEJO REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7389150-81-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8980827/7389150-acuerdo-de-consejo-regional-n-81-2025-g-r-pasco-cr.pdf