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78-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 78-2025-G.R.PASCO/CR

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Soe CONSEJO REGIONAL DE PASCO É 3 “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” * > “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A U1 y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”

ACUERDO N.* 78— 2025 - C.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 02 de setiembre de 2025.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la décima séptima sesión ordinaria, de fecha dos de setiembre del año dos mil veinticinco, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional", concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los artículos 11° y 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modificado por el artículo Unico N.° 29053, disponen que el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”;

Que, según el inciso k), artículo 15° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado con Ley N° 31433, establece que las atribuciones del Consejo Regional: Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional;

Que, según el artículo 16” inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales. a. Proponer normas y acuerdos regionales;

Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de participar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el literal a) y k) del artículo 15% del Reglamento Interno del Consejo Regional señala que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional;

§ ye CONSEJO REGIONAL DE PASCO > : “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economia Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”

ACUERDO N.* 78— 2025 - G.R. PASCO/CR

Que, según el artículo 63”, 64” del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece, que los acuerdos regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N.° 27867 y sus modificatorias, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; así como, en el artículo 10° establece las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la constitución; siendo una competencia compartida de acuerdo al artículo 36° de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, Ley N.* 27783, educación;

Que, el artículo 47° de la antes citada Ley Orgánica, establece que son funciones del Gobierno Regional, en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y materia: a) formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas de educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación en la región; m) diseñar implementar y promover las políticas de infraestructura y equipamiento, en coordinación con los Gobiernos Locales. Asimismo, acorde a la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización N.° 27783 respecto a las competencias compartidas, concordante con el artículo 36%, señala entre otras: a) Educación;

Que, en la Décima Séptima Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el día dos de setiembre de 2025, la consejera regional Lic. Bethy Ventura Janampa, ha sustentado ante el pleno del consejo regional, la aprobación mediante acuerdo de consejo regional, DECLARAR de necesidad pública y la atención con urgencia a las instituciones educativas de las tres provincias de la Región Pasco, listado adjunto por cada UGEL, que han sido evaluado por el Centro de operaciones de emergencia sectorial (COES Educación; luego del debate el pleno de consejo ha aprobado por unanimidad por los consejeros y consejeras presentes emitir el acuerdo. Asimismo, se ha aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” AES “Ano del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del

Charicamay y los compadres” ACUERDO N.* 78— 2025 - 6.R. PASCO/CR

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA y la atención pública con urgencia a las instituciones educativas de las tres provincias del departamento de Pasco, (UGEL OXAPAMPA, UGEL DANIEL ALCIDES CARRION, UGEL PASCO y UGEL PUERTO BERMUDEZ), según detalle:

LISTADO DE II.EE DE LAS CUATRO UGELES DE LA REGION PASCO, QUE REQUIEREN AULAS PREFABRICADAS, BAÑOS PORTATILES Y CONSTRUCCION DEL CERCO PERIMETRICO POR CAUSAS DE LAS LLUVIAS INTENSAS Y TIENEN SU SINPAD NN NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDIDOS CÓDIGO (> SINPAD LE. ELIAS PACHAR! - LOMA - LINDA - POZUZO 01 AULA PREFABRICADA 216155 o RECONSTRUCCIÓN DE CERCO LE. N° 34350 DE LOS LIBERTADORES CONSTITUCION PERIMETRICO 219228 LE. MONTEFUNER - POZUZO 01 AULA PREFABRICADA 224886 ais LE. N° 34527 ISLA DE PATMOS - PALCAZU 01 AULA PREFABRICADA 232725 E KES LE. INICIAL COMUNIDAD NATIVA DOS DE MAYO — CONSTITUCION 233858 ls UGEL DANIEL ALCIDES CARRION NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDIDOS Els SINPAD LE. INICIAL VIRGEN DEL CARMEN -MISCA- CHACAYAN 02 AULAS PREFABRICADA 223397 I.E. N° 34308 PRIMARIA-MISCA 01 AULA PREFABRICADA 229068 1.E. INICIAL VIRGEN DEL ROSARIO-HUAYLASJIRCA - YANAHUANCA — | 02 AULAS PREFABRICADA 230748 1.E. 34146- ANTAPIRCA - TUSI 02 AULAS PREFABRICADA 230260 LE. INICIAL 8 DE OCTUBRE - TUSI 01 AULA PREFABRICADA 230393 1.E. PRITE - YANAHUANCA 01 AULA PREFABRICADA 230289 LE. JAVIER HERAUD PÉREZ-HUAYLASJIRCA - YANAHUANCA 01 AULA PREFABRICADA 230768 ) UGEL PASCO CÓDIGO NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDIDOS SINEAD 1.£. 34050 VIRGEN DE LAS MERCEDES - CAJAMARQUILLA YANACANCHA 02 BANOS PORTATIL 232729 LE. MANUEL SCORZA LA QUINUA -YANACANCHA 02 BANOS PORTATIL 232729 CONSTRUCCION DEL CERCO LE. INICIAL YANACOCHA BAJA - HUARIACA PERIMETRICO FALTA CONSTRUCCION DEL CERCO 1.£, INTEGRADO ALBERT EINSTEIN-JUNIPALCA - YARUSYACAN PERIMETRICO 231351 CONSTRUCCION DEL CERCO LE. LA CANTUTA- ANASQUISQUE - YANACANCHA PERIMETRICO 232729 CONSTRUCCION DEL CERCO LE. INICIAL LOS EUCALIPTOS - 3 DE OCTUBRE - HUARIACA PERIMETRICO FALTA LE. ACOBAMBA-HUARIACA FALTA CONSTRUCCION DE SUS CERCO LE. JOSE OLAYA BALANDRA - BARRIO ACOBAMBA - HUARIACA EERIETICO 229743 LE. INICIAL SANTA ROSA DE GANISH - HUARIACA 229743 UGEL PUERTO BERMUDEZ NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDIDOS CÓDIGO SINPAD LE. N° 34525 VILLA PROGRESO - PUERTO BERMÚDEZ 01 AULA PREFABRICADA 232959

CONSEJO REGIONAL DE PASCO e

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”

ACUERDO N.* 78— 2029 - E.R. PASCO/CR

ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7178654-78-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8676309/7178654-acuerdo-n-78-2025-g-r-pasco-cr.pdf