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71-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 71-2025-G.R.PASCO/CR

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CONSEJO REGIONAL DE PASCO (ey:

“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economia Peruana” ~s “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”

ACUERDO N.* 71— 2025 - 6.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 19 de agosto de 2025. POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la décima sexta sesión ordinaria, de fecha diecinueve de agosto del año dos mil veinticinco, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Que, el inciso k) del artículo 15° de la Ley N.° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, referente a las atribuciones del Consejo Regional prescribe, “Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”;

Que, el Reglamento interno del Consejo Regional en su artículo 18% señala que son obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: “Cumplir y hacer cumplirla Constitución Política del Estado, las Leyes, el presente Reglamento, el Reglamento de Comisiones y demás leyes que rigen el funcionamiento del Gobierno Regional de Pasco”; por lo que es imprescindible realizar el seguimiento del cumplimiento irrestricto de las formalidades exigidas en la ley;

Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante ORDENANZA REGIONAL N.° 368-2015-G.R.PASCOICR, en el artículo 100* estipula respecto a las facultades del consejo regional de evaluación, rendición de cuentas y remoción de funcionarios públicos que: el Consejo Regional tiene facultades para evaluar y solicitar rendición de cuentas a los funcionarios públicos de confianza y de carrera del Gobierno Regional y solicitar la remoción de acuerdo a ley, enunciativamente al: Gerente General Regional, Gerentes Regionales, Directores de oficinas regionales, directores regionales sectoriales y directores ejecutivos de Proyectos Especiales o de cualquier funcionario del Gobierno Regional”;

Que, mediante Carta N°004-2025 emitido por los secretarios de la Unión sindical de la provincia de Oxapampa, solicitan la remoción del Gerente Sub Regional de Pasco Selva Central de Oxapampa, Lic. Richard Elvis Bazán Pereyra, porque en Oxapampa no inician ninguna obra, no tiene proyección para obras como capital de Oxapampa; No hay solución de problemas de la clase trabajadora, esa incapacidad se refleja a necesidad;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO A “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” : “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A T1 y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”

ACUERDO N.* 71— 2025 - €.R. PASTO/ER

Que, en la Décima Sexta Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el día diecinueve de agosto de 2025, la presidenta del consejo regional Jessica Ortiz Ñahuinripa, en aplicación del artículo 100” del Reglamento interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368- 2015-G.R. PASCO/CR, pide sugerir al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Pasco, la remoción inmediata del Gerente Sub Regional de la Unidad Ejecutora Pasco Selva Central, al Lic. Richard Elvis Bazán Pereyra por el incumplimiento de los compromisos invocados ante la población de Oxapampa; Luego de! debate el pleno de consejo ha determinado por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes aprobar el acuerdo. Asimismo, se aprueba por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - SUGERIR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Pasco, la remoción inmediata del cargo de Gerente Subregional de la Unidad Ejecutora Pasco Selva Central de Oxapampa, al Lic. Richard Elvis Bazán Pereyra, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTÍCULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7389114-71-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8980726/7389114-acuerdo-de-consejo-regional-n-71-2025-g-r-pasco-cr.pdf