Acuerdo de Consejo Regional N.° 69-2025-G.R.PASCO/CR
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“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”
«Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del charicamay y los compadres”
ACUERDO N.* 69- 2025 - E.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 19 de agosto del 2025.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la décima sexta sesión ordinaria, de fecha diecinueve de agosto del año dos mil veinticinco, por mayoría de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N° 0032-2025-GRP-CR/CDSDHMF de fecha 15 de agosto de 2025, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes, MC. Roberto Chale SUAREZ CHUQUIMANTARI, solicita aprobación del Plan de Trabajo de Actividad de Fiscalización (PTAF) correspondiente al año 2025;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 20° de la Ley N.° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, según el artículo 15°, de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 31433, son atribuciones del Consejo Regional, inciso k), fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios;
Que, según lo establece en el artículo 23° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones ordinarias son grupos de trabajo especializados de los consejeros, que están integradas por tres (3) o cinco (5) miembros de acuerdo a la amplitud de responsabilidades, uno de los cuales es su presidente. Cada consejero o consejera debe integrar hasta tres (3) comisiones ordinarias, pudiendo ejercer la presidencia solamente una de ellas;
Que, mediante Ley N° 31433, se modificó (...) la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que respecta a las atribuciones (...) y consejos regionales, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, la misma que para efectos de garantizar su cumplimiento, dispuso en su primera disposición complementaria que los recursos presupuestales será el que corresponda al monto que era asignado por la entidad correspondiente al órgano de control institucional para el pago de profesionales, previo a la incorporación de estos a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, extremo que fue modificado mediante Ley N° 31812, en los siguientes términos: “PRIMERA (...) Los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren (...) y el literal k del artículo 15° de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera: b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego (...)”;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “ES «Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A Uy del Bicentenario de la tierra del charicamay y los compadres”
ACUERDO N.* €9- 2029 - E.R. PASCO/CR
Que, con Acuerdo N.° 20-2025-G.R. PASCO/CR de fecha 06 de marzo de 2025, se aprobó el PLAN DE TRABAJO DE ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL, DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, LA FAMILIA Y JUVENTUDES, donde se ha considerado la contratación del servicio de asistencia en secretariado para el periodo de seis (06) meses, de (febrero a julio). Es por ello, el presidente de la Comisión de Desarrollo Social, solicita la ampliación la contratación del mencionado servicio desde el mes de (setiembre — diciembre) 2025;
Que, en la décima sexta sesión ordinaria del consejo regional, de fecha diecinueve de agosto del año dos mil veinticinco, se puso a consideración, la solicitud del consejero regional Roberto Chale Suarez Chuquimantari, mediante Oficio N° 032-2025-GRP-CR/CDSDHMF, sustenta en su condición de presidente solicita ampliar la contratación del servicio de asistencia en secretariado para la comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer, la Familia y Juventudes en el PLAN DE TRABAJO DE ACTIVIDADES DE FISCALIZACIÓN DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL, DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, LA FAMILIA Y JUVENTUDES, aprobado mediante Acuerdo N° 020-2025-G.R.PASCO/CR; luego de un debate por el magno consejo regional de Pasco, aprueba por mayoría de los consejeros presentes, EL PLAN DE TRABAJO DE ACTIVIDADES DE FISCALIZACION de la mencionada comisión;
asimiemo, aprueba por mayoría la dispensa de lectura y aprobación del acta;
mismo, apruen: yona ia 2 ect
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. — APROBAR, LA AMPLIACION DE LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA EN SECRETARIADO PARA LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL, DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, LA FAMILIA Y JUVENTUDES EN EL PLAN DE TRABAJO DE LAS ACTIVIDADES DE FISCALIZACION DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL, DERECHOS HUMANOS DE LA MUJER, LA FAMILIA Y JUVENTUDES, aprobado mediante Acuerdo N.° 20-2025-G.R. PASCOICR, periodo: 2025, según el anexo que forma parte del presente acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.
PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7180802-69-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8679350/7180802-acuerdo-n-69-2025-g-r-pasco-cr.pdf