Ordenanza Regional N.° 526-2025-G.R.P/CR
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“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del
charicamay y los compadres” CONSEJO REGIONAL es ORDENANZA REGIONAL e Vo)
N. ° 526-2025-G.R. P/CR
APROBAR EL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO 2025-2034 (PDRC)
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias, en la décima primera sesión ordinaria del consejo regional, desarrollado el 03 de junio del año dos milveinticinco, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente;
VISTO:
Informe Técnico N.° D000009- 2023-CEPLAN —- DNCPPDRC de fecha 17 de agosto del 2023, Informe Técnico de la fase 01 "Conocimiento integral de la realidad” del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC); Oficio N.° D000636-2023-CEPLANDNCP de fecha 17 de agosto del 2023; Informe Técnico N.° 000009-2024-CPLANDNCPPDRC de fecha 05 de julio de 2024; Oficio N.° 000657-2024-CEPLAN-DNCP de fecha 05 de julio de! 2024, solicita evaluación técnica del Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco; Oficio N° 0304-2025-CEPLAN-DNCP, de fecha 01 de abril del 2025, Informe Técnico N.° 000005 -2025-CEPLAN-DNCPPDRC de fecha 01 de abril del 2025; Informe Técnico de la fase 03 “Políticas y Planes Coordinados” det proyecto de PDRE de Pasco; Informe N.° 132-2025-GRP-GGR-GRPPAT/SGPEDT de fecha 02 de abril de 2025, Informe N.° 0264-2025-GRP-GGR/GRPPAT de fecha 04 de abril del 2025; Informe Legal N.° 593-2025-GRP-GGR/DRAJ de fecha 21 de abril del 2025; Informe N.* 0138-2025- GR.PASCO-GOB/GGR de fecha 23 de abril de 2025; Oficio N.° 0284-2025-GRP/GOB de
Ao. RESN, fecha 24 de abril de 2025; Dictamen N.° 005-2025-GRP-CR/CPPAT de fecha 02 de junio ME ihe 3 J
fes/ Lae 3% del 2025; Oficio N.* 044-2025-GRP-CR/CPPAT de fecha 02 de junio de 2025;
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CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma de los artículos 91°, 191° y 194° de la Constitución Política del Perú; asi como la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 11° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señala que: “(...) Los gobiernos regionales tienen la estructura orgánica básica siguiente: (...) EL CONSEJO DE COORDINACIÓN REGIONAL es un órgano consultivo y de coordinación del gobierno regional con las municipalidades. Está integrado por los alcaldes provinciales y por los representantes de la sociedad civil, con tas funciones y atribuciones que le señala la presente Ley. (...)"; asimismo, en el Artículo 11 — B, sobre funciones del Consejo de Coordinación Regional, señala que: “(...) Los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva, concertando entre sí, sobre: (...) b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado; c) La visión general y los lineamientos estratégicos de los programas componentes del Plan de Desarrollo Regional Concertado; (... )”;
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Que, el Articulo 13° de la Ley antes mencionada, respecto al Consejo Regional, establece que: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, (...)”;
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Que, el artículo 6” de la Ley N*27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que "El desarrollo regional” comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo, la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional; así mismo en su artículo 21, literal "p", numeral 1. Establece que es atribución del Gobernador Regional presentar ante el Consejo Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y en su artículo 32°, señala que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Mediano y Largo Plazo;
Que, según la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es
Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional;
Que, mediante Decreto Legislativo N°1088, se crea y regula la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho;
Que, el Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050, está organizado en cuatro objetivos nacionales, bajo un enfoque sistémico, que busca alcanzar el pleno desarrollo 1; de las capacidades humanas, la gestión del territorio de manera sostenible, productividad con empleo digno y una sociedad justa, democrática, pacífica con un Estado moderno y efectivo al servicio de las personas como expresión de las aspiraciones de la Visión del Perú al 2050 y las políticas del Estado del Acuerdo Nacional"; Que, el objetivo general del CEPLAN es institucionalizar un proceso de planeamiento que revalore el territorio y su entorno, identificando y priorizando ejes estratégicos de desarrollo que permitan una mejor orientación, coordinación y articulación de la gestión del Gobierno Regional con la sociedad civil y el sector privado para potenciar el desarrollo humano en el largo plazo;
Que, con Informe Técnico N° D000009-2023-CEPLAN-DNCPPDRC de fecha 17 de agosto del 2023, Especialista en Planes y Políticas con Enfoque Territorial — Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico CEPLAN, donde indica que, el proyecto del Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco - 2025 — 2034, en lo que respecta en lo que respecta a la Fase 01 “Conocimiento Integral de la Realidad” CUMPLE con los lineamientos establecidos por CEPLAN, comunicada a la Entidad mediante Oficio N° D000636-2023-CEPLAN-DNCP, de fecha 17 de agosto del 2023, por el Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico-CEPLAN;
Que, con Informe Técnico N° D000009-2024-CEPLAN-DNCPPDRC de fecha 05 de julio del 2023, Especialista en Planes y Políticas con Enfoque Territorial ~ Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico CEPLAN, donde indica que, el proyecto del Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco — 2025 — 2034, en lo que respecta a la Fase 02 “Futuro Deseado” CUMPLE conforme los lineamientos establecidos por CEPLAN, comunicada a la Entidad mediante Oficio N° D000657-2024- CEPLAN-DNCP, de fecha 15 de julio del 2024, por el Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico-CEPLAN;
¿ we Atribución del Consejo Regional, lo señalado en el artículo 15° literal b) Aprobar el Plan de
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A T y del Bicentenario de la tierra del
charicamay y los compadres”
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N. ° 526-2025-G.R. P/CR
Que, con Informe Técnico N° DO00009-2025-CEPLAN-DNCPPDRC de fecha 31 de marzo del 2025 Especialista en Planes y Políticas con Enfoque Territorial — Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico CEPLAN, donde indica que, el proyecto del Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco — 2025 — 2034, en lo que respecta a la Fase 03 "Políticas y Planes Coordinados” CUMPLE con la metodología establecido por CEPLAN, comunicada a la Entidad mediante Oficio N° D000304-2025- CEPLAN-DNCP, de fecha 01 de abril del 2025, por el Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico-CEPLAN;
Que, con el INFORME N° 132-2025-GRP-GGR/GRPPAT/SGPEDT, de bak fecha 02 de abril del 2025, suscrito por el Mg. Diomedes Teodoro SANCHEZ RICRA, la S,
<2\Sub Gerencia de Planificación Estratégica y Demarcación Territorial; emite su informe . \edando cuenta que se ha cumplido con los procedimientos y opiniones favorables de las’ §/ofases 1, 2 y 3, por parte de CEPLAN respecto al Plan de Desarrollo Regional Concertado 7 / 2025-2034; quedando en condiciones de ser aprobado el citado documento;
Que, mediante Informe N° 0264-2025-GGR/GRPPAT de fecha 04 de abril del 2025, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Mg. Fausto ATENCIO ALIAGA solicita aprobación con Ordenanza Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco — 2025 — 2034;
Que, mediante Informe Legal N° 593-2025-G.R. P-GGR/DRAJ de fecha 21 de abril del 2025, emitido por el director regional de Asesoría Juridica Abog. Waldemar Isidro SANTOS ESPINOZA, opina ELEVAR el expediente administrativo al despacho de la Presidencia de Consejo Regional, para su EVALUACION y APROBACION del Plan de Desarrollo Regional Concertado Pasco — 2025 — 2034, que comprende la Fase 01 “Conocimiento Integral de la Realidad”, Fase 02 “Futuro deseado” y Fase 03 Políticas Públicas y Planes Coordinados”, formulado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Sub Gerente de Planificación Estratégica y Demarcación Territorial, el mismo que se cuenta con opinión favorable del Especialista en Planes y Políticas con Enfoque Territorial — Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico CEPLAN;
Que, en la décima primera sesión ordinaria de Consejo Regional de Pasco, de fecha tres de junio de dos mil veinticinco, la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Organización, Presupuesto y Acondicimiento Territorial, consejera regional Carolina Caqui Calixto, pone en consideración y ha sustentado ante el pleno del consejo regional, el Dictamen N.° 005-2025-GRP-CR/CPPAT de fecha 02 de junio de 2025, que fue aprobado por unanimidad de los miembros integrantes de dicha Comisión; luego de un debate de la propuesta de ordenanza regional, fue aprobado por unanimidad de los consejeros presentes; Asimismo, se aprobó por unanimidad de los presentes la dispensa del trámite y lectura del acta;
Estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el articulo 38° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
ARTICULO PRIMERO. — APROBAR, el Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Pasco 2025-2034 (PDRC), que tiene como propósito orientar el desarrollo integral de la Región Pasco. Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
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ARTICULO SEGUNDO. - ENCARGAR, al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la formulación de los demás documentos de gestión teniendo como sustento el mencionado Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Pasco 2025-2034 (PDRC).
ARTICULO TERCERO. - DISPENSAR, el trámite de lectura y aprobación del acta.
ARTICULO CUARTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación.
En Cerro de Pasco, a los tres días del mes de junio de dos mil veinticinco.
Tec. Jessicd ORTIZ NAHUINRIPA PRESIDENTWDEL CONSEJO REGIONAL
POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha nueve de junio del año dos mil veinticinco.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7176835-526-2025-g-r-p-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8673545/7176835-ordenanza-regional-n-526-2025-g-r-p-cr.pdf