Skip to content
L Legalize.pe
33-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 33-2025-G.R.PASCO/CR

8 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” ACUERDO N.* 33- 2025 - E.R. PASCO/CR

Cerro de Pasco, 21 de marzo del 2024

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la Quinta Sesión Extraordinaria del día 21 de marzo del año dos mil veinticinco, ha aprobado por unanimidad el Acuerdo Regional siguiente:

VISTO: Informe N° 280-2025-GRP-GGR-GRPPAT-SGPMI, de fecha 18 de marzo del 2025 emitido por el Mg. Vladimir Cristhian TORRES DAGA Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones; Informe N° 0912025-G.R. PASCO-GOB/GOB, de fecha 18 de marzo del 2025 de fecha emitido por la Mg. Yanet Soleda CUELLAR CHAVEZ Gerente General Regional de Pasco; Oficio N° 0194-2025-GRP/GOB, de fecha 18 de marzo del 2025, emitido por el Mg. Juan Luis CHOMBO HEREDIA. Gobernador Regional de Pasco; Oficio N° 0011-2025-GRP-CR/CPPAT, de fecha 20 de marzo de 2025, emitido por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consejera regional Carolina Caqui Calixto; Dictamen N.° 002-2025-GRP-CR/CPPAT;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley N° 27680- Ley de la Reforma constitucional del capitulo XIV, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...);

Que, al artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, precisa que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo la autonomía una atribución constitucional, conforme se desprende de los alcances del artículo 191° de la Constitución Política del Perú;

Que, de conformidad del artículo 13° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto señala: “13.1 El presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las entidades del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos. “13.3 El presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y es aprobado por el Congreso de la República a propuesta del Poder Ejecutivo. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente”;

Que, mediante INFORME N*0280-2025-GRP-GGR-GRPPAT-SGMMI, de fecha 18 de marzo del 2025, el Mag. Vladimir Cristhian TORRES DAGA, Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones señaló que la Inversión CUI 2673000, se encuentra activa viable en el Banco de Inversiones, es importante indicar que el indicador de brecha consignado de acuerdo a la GUÍA GENERAL PARA LA IDENTIFICACIÓN, FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN es responsabilidad de la Unidad Orgánica que declaró viable la Inversión CUI 2673000. Asimismo, se debe de indicar finalmente que en cuanto al cierre de brechas el indicador de brecha consignado en la Inversión CUI 2673000 se encuentro Alineado con los Objetivos Estratégicos señalados en el PEI vigente de la Entidad;

Que, en ese contexto, el Gobierno Regional de Pasco ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, IOARR, e IOARR de emergencia de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” ACUERDO N.* 33- 2025 - C.R. PASCO/CR

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230 - Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 081-2022- EF (en adelante TUO de la Ley N° 29230) establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones, de optimizar, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (en adelante IOARR), e inversiones de optimización de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia (en adelante IOARR de emergencia) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponde;

Que, de acuerdo al numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 210-2022-EF (en adelante, el Reglamento del TUO de la Ley N° 29230), corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya Inversiones, que se encuentren registradas en el Programa Multianual de Inversiones cuando corresponda, y contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponde, conforme a los criterios establecidos en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Asimismo, se pueden incluir actividades de operación y/o mantenimiento. Las Entidades Públicas del Gobierno Nacional pueden, adicionalmente, incluir proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica.;

Que, el inciso 1) del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento del TUO de la Ley N° 29230, señala que la lista de priorización de Inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N° 29230 en el caso de los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional, el Concejo Municipal o el Consejo Universitario, respectivamente. Esta facultad es indelegable;

Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobada mediante Ordenanza Regional N°368-2015-GRP/CR, el Consejo Regional ejerce su función normativa (legislativa), aprobando, modificando, derogando e interpretando ordenanzas regionales y acuerdos del consejo regional, en concordancia con las disposiciones legales de carácter nacional y de conformidad a las atribuciones conferidas en el artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, mediante el Oficio N° 0011-2025-GRP-CR/CPPAT, de fecha 20 de marzo de 2025, emitido por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consejera regional Carolina Caqui Calixto; sustenta el Dictamen N.° 002-2025-GRP-CR/CPPAT, en la quinta sesión extraordinaria del Consejo Regional, desarrollado el 21 de marzo de 2025, luego de un debate, se aprobó por unanimidad de los presentes, la priorización de las inversiones para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N° 29230 conforme se indica a continuación:

Ne NOMBRE CODIGO UNICO DE

INVERSION CUI MONTO PROYECTO: MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS O MISIONALES INSTITUCIONALES EN LA UNIDAD DE MAESTRANZA DE LA MUNICIPALIDAD — DISTRITAL DE PUERTO BERMÚDEZ, DISTRITO DE PUERTO BERMÚDEZ, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO”.

2673000 15,008,079.30

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15? y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

ACUERDO N.? 33- 2025 - G.R. PASCO/CR

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO: APROBAR, la priorización de las inversiones para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N° 29230 conforme se indica a continuación:

Ne NOMBRE CODIGO UNICO DE INVERSION CUI MONTO

PROYECTO: MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS OPERATIVOS O MISIONALES INSTITUCIONALES EN LA UNIDAD DE MAESTRANZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUERTO 1 | BERMÚDEZ, DISTRITO DE PUERTO BERMÚDEZ, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO”.

2673000 15,008,079.30

ARTICULO SEGUNDO: FACULTAR, al titular del Gobierno Regional de Pasco, aprobar y convenir todas la variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos del proyecto: "Mejoramiento de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Unidad de Maestranza de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez, Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Departamento de Pasco”, hasta la emisión de los certificados de Inversión Publica Regional y Local - Tesoro Público CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Publica Regional con las Empresas Privadas, así como aprobar, autorizar y supervisar los procedimiento del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo estable el artículo del TUO de la Ley N° 29230.

ARTICULO TERCERO. - SOLICITAR, la Asistencia Técnica en la modalidad

de asesoría, a la Agencia Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, según los alcances del artículo XI del Título Preliminar del Reglamento del TUO de la Ley N° 29230.

ARTICULO CUARTO. — FACULTAR, al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSION.

ARTICULO QUINTO. - AUTORIZAR, a la administración realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local -Tesoro Público” CIPRL, asi como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

ARTICULO SEXTO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ARTICULO SEPTIMO. - PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSION, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento del TUO de la Ley N° 29230.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

GOBIERNO REGION

ORTIZ NAHUINRIPA ORTIZ NAS REGIONAL


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/6641968-33-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7885647/6641968-acuerdo-n-33-2025-g-r-pascocr.pdf