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17-2025-G-R-PASCO-CR Regional Agreement Pasco In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 17-2025-G.R.PASCO/CR

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CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

1S Ca ACUERDO N.° 17-2025 - €.R. PASCO/CR >

Cerro de Pasco, 04 de marzo del 2025.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la cuarta sesión ordinaria, de fecha cuatro de marzo del año dos mil veinticinco, por UNANIMIDAD de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Politica del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N.° 27687- Ley Orgánica de

Gobiernos Regionales, y su modificatoria Ley N.° 27902, los gobiernos regionales son

personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa

en los asuntos de su competencia;

Que, los Artículo 11° y 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, disponen que el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”;

Que, según el inciso k), artículo 15” de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales — Ley N° 27867, modificado con Ley N° 31433, establece que las atribuciones del Consejo Regional: Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional;

Que, según el artículo 16” inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece derechos y obligaciones funcionales de los consejeros regionales. a. Proponer normas y acuerdos regionales;

Que, según el artículo 63”, 64” del Reglamento Interno del Consejo Regional, establece, que los acuerdos regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional o declarar su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, en la quinta sesión ordinaria del consejo regional, desarrollado el cuatro de marzo de 2025, el presidente de la Comunidad Campesina de Tambochaca de la provincia de Daniel Alcides Carrión Sr. Roberto Luna Salcedo, ha informado que la posta médica ha colapsado, que están hospedado en la comunidad, pese que la comunidad se encuentra casi estar por caerse, no saben cómo atender a los pacientes, porque se han malogrados los medicamentos;

Que, en la quinta sesión ordinaria del consejo regional desarrollado el cuatro de marzo de 2025, el consejero regional Jon Jilmer Bonilla Malpartida, ha propuesto ante el pleno del consejo regional, que se emita un acuerdo regional para DECLARAR DE INTERÉS Y NECESIDAD PÚBLICA REGIONAL, el “Mejoramiento y Fortalecimiento de los servicios de salud del Puesto de Salud de Tambochaca, con la finalidad de mejorar el acceso y la prestación del servicio en bienestar de la población de la provincia Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco”; Luego de un amplio debate, fue aprobado por unanimidad de los consejeros presentes. Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;

Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

CONSEJO REGIONAL DE PASCO “Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana”

<< ACUERDO N.* 17- 2025 - E.R. PASCO/CR

En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR de interés y necesidad pública regional, el “MEJORAMIENTO Y FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL PUESTO DE SALUD DE TAMBOCHACA, CON LA FINALIDAD DE MEJORAR EL ACCESO Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN BIENESTAR DE LA POBLACIÓN EN LA PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRIÓN, DEPARTAMENTO DE

PASCO”.

ARTICULO SEGUNDO. - INVOCAR, al Gobernador Regional de Pasco Lic. Juan Luis Chombo Heredia, disponga de acuerdo a sus atribuciones la continuación de gestión respecto a la fase de inversión y ejecución de la infraestructura considerando las gestiones a realizar para la atención del presupuesto respectivo.

ARTICULO TERCERO. - INVOCAR, la incorporación por emergencia al presupuesto 2025 del Gobierno Regional de Pasco.

ARTICULO CUARTO. — DISPENSAR el presente acuerdo dei trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.

ZA PENA

dehConsejo Regional

ARTICULO QUINTO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

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S GOBIERNO REGIONAL

ecc (ORTIZ NAHUINRIPA


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/6576412-17-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7788166/6576412-acuerdo-n-17-2025-g-r-pascocr.pdf