Ordenanza Regional N.° 130-2007-G.R.PASCO/CR
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ORDENANZA REGIONAL N° 130 - 2007 - G.R.PASCOICR
Pasco, 20 de noviembre de 2007.
El Presidente del Gobiemo Regional Pasco.
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobiemo Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197° y 198° de la Constitución Politica del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización, la Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, Ley Organica de los Gobiemos Regionales Ley N°27867 y sus modificatorias; en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha veinte de noviembre del dos mil siete, ha
e aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
¥ A Que, los articulos 11° y 13° de la Ley N° 27867 “Ley Organica de Gobiernos Regionales" “establecen que el Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional y le PL * gorresponden las funciones y atribuciones señaladas en los articulos 15° y 16° de la ley.
Que, el articulo 3° de la Ley N° 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales”, señala que Los Gobiemos Regionales tienen Jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley;
Que, el OFICIO N° 395-2007-A-HMPP de la Municipalidad Provincial de Pasco de fecha 19 noviembre, siguiere en declarar feriado el 27 de noviembre por el Aniversario de nuestra Provincia, ya el personal en pleno y las diferentes instituciones participaran en las diferentes actividades;
Que, por lo expuesto en los considerándos anteriores y de conformidad con la Constitución Politica del Estado, el Consejo Regional del Gobiemo Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el articulo 37° inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961 y Ley N° 28968; y en estricto cumplimiento a las normas vigentes: el Consejo Regional del Gobiemo Regional Pasco ha emitido la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR FERIADO NO LABORABLE, EN TODO LA REGIÓN
PASCO, el dia 27 de noviembre de cada año, con motivo de celebrarse EL ANVERSARIO DEL DEPARTAMENTO DE PASCO.
ARTÍCULO SEGUNDO. ENCARGAR a las Gerencias Regionales y Direcciones Regionales Sectoriales que la participación de todo el personal del sector público es de carácter obligatorio a los eventos civicos.
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ARTÍCULO TERCERO.- INFORMAR de la participación del personal de las Gerencias Regionales y Direcciones Sectoriales de los sectores públicos y privados a través de las instancias pertinentes para el conocimiento del Consejo Regional.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR a la Secretaria General e Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO QUINTO.- SALUDAR a la región Pasco en su aniversario de creación política.
‘ Comuníquese al Señor Presidente del Gobiemo Regional Pasco, para su promulgación.
En la Provincia de Pasco, a los veinte dias del mes de noviembre del dos mil siete.
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APRESIDENS!
- Se SINDERCA Y
POR TANTO: Mando se Publique, Registre y Cumpla.
‘ Dado en el Auditórium de la Parroquia del Distrito de Huariaca, a los veinte dias del mes de noviembre del dos mil siete.
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7441748-130-2007-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9056764/7441748-ordenanza-regional-n-130-2007-g-r-pasco-cr.pdf