Acuerdo de Consejo Regional N.° 115-2025-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” 4 SÍ “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del
Charicamay y los compadres” ACUERDO N.* 115— 2029 - 6.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 16 de diciembre de 2025.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en la vigésima cuarta sesión ordinaria, de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil veinticinco, por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El OFICIO N° 038-2025-GRP-CR/CFAE, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción; OFICIO N° 0898-2025-GRP-GGRGRDS/DRECCTD, emitido por el Lic. Juan Martel Matos Rímac Director Regional de Educación Pasco; OFICIO N° 056-2025-GRP-CR/CFAE, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción; OFICIO N° 000277-2025-CG/0C0738, emitido el 02 de julio de 2025, por el Señor Junior Armando Rivera Jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Pasco; OFICIO N° 076-2025-GRP-CR/COFEA, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción, reiterando el requerimiento de información y acciones adoptadas; OFICIO N° 1102-2025-GRP-GGR-GRDS/DRECCTD, emitido el 18 de julio de 2025, por el Director Regional de Educación Pasco Juan Martel Matos Rímac; OFICIO N° 056-2025-GRP-CR/CFAE, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción; OFICIO N° 000507-2025-CG/OC0738, emitido el 24 de noviembre de 2025, por el Señor Junior Armando Rivera Jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Pasco; Dictamen N° 008-2025-GRP-CR/COFEA de fecha 11 de diciembre de 2025, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción, Gerson Rolando Grijalva Santos;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece lo siguiente: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (.. .) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador ... ";
Que, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, el artículo 13” de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;
Que, según Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 15°, literal a) faculta al consejo regional, Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, según el artículo 3° de Ley 31433 — modifica el artículo 15° de Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que son atribuciones del Consejo Regional: [...] k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, el gobierno regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” ™. y “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del
Charicamay y los compadres” ACUERDO M.* 119— 2025 - 6.R. PASCO/CR
Que, mediante OFICIO N° 038-2025-GRP-CR/CFAE, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción, solicito al director regional de Educación Pasco, sobre las medidas que ha adoptado ante las situaciones adversas identificadas por el Órgano de Control Institucional a través del INFORME DE CONTROL CONCURRENTE N° 006-2025-OC1/0738-SCC, siendo estas las siguientes:
LADRE PASCO NO HABRÍA CONTRATADO EN SU TOTALIDAD LOS SERVICIOS PREVISTOS EN EL PLAN DE MEJORAS 2025, PARA EL INSTITUTO Y ESCUELA PEDAGÓGICO PÚBLICO FOCALIZADOS; SITUACIÓN QUE PODRÍA AFECTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS ORIENTADOS AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS BÁSICOS, ASÍ COMO AL FORTALECIMIENTO DE LOS ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN Y GESTIÓN.
LA DRE PASCO EN EL MARCO DEL PLAN DE MEJORAS 2025 HABRÍA CONTRATADO PROFESIONALES QUE NO CUMPLIRÍAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA; SITUACIÓN QUE PODRIA AFECTAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y EL OBJETIVO DEL REFERIDO PLAN.
Que, mediante OFICIO N° 0898-2025-GRP-GGR-GRDS/DRECCTD, de fecha 13 de junio de 2025, emitido por el Lic. Juan Martel Matos Rímac Director Regional de Educación Pasco, adjunta el Oficio N° 00261-2025-GRP-GGR-GRDS/DRECCTD-DA, de fecha 12 de junio de 2025, suscrito por el Lic, Paul Mitchell Vicuña Aquino, informa que adoptaron las acciones que corresponda como: la contratación de los meses siguientes de julio a diciembre del presente año los locadores de Servicios Educacionales Complementarios Básicos, la Unidad de Investigación e Innovación y el Fortalecimiento a la Gestión que promueven el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad y dar cumplimiento al calendario de la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos locales y Lima Metropolitana en el año fiscal 2025, se dará cumplimiento a la evaluación a los requisitos señalados en el perfil del puesto de los términos de referencia establecidos por el área usuaria;
Que, después que el Órgano de Control Institucional haya tomado conocimiento del sustento indicado líneas arriba, ha respondido ante la comisión mediante el OFICIO N° 000277-2025-CG/OC0738, emitido el 02 de julio de 2025, por el Señor Junior Armando Rivera jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Pasco, que las 02 situaciones adversas descritas aún no han sido descritas;
Que, adicionalmente con OFICIO N° 076-2025-GRP-CR/COFEA, emitido por el presidente de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción, precisa que: acordaron comunicar a usted que adopte las acciones que corresponde en vista que los funcionarios responsables no habrían corregido las situaciones adversas comunicados por el Órgano de Control Institucional mediante el citado informe, tales así que mediante el OFICIO N° 1102-2025-GRPGGR-GRDS/DRECCTD, de fecha 18 de julio de 2025, emitido por el Lic Juan Martel Matos Rímac Director Regional de Educación Pasco, adjunta el Informe N° 0002-2025-GRP-GGR-GRDS/DRECCTD/DGP-PP107 de fecha 17 de julio de 2025, emitido por el Mg. Josué Tacuri Toribio Especialista en Educación Superior Pedagógica, donde indica que los profesionales contratados prestan servicios bajo la modalidad de locación de servicios por cada tres meses;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” ™ “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del Charicamay y los compadres”
ACUERDO N.* 113— 2025 - C.R. PASCO/CR
Que, con OFICIO N° 000507-2025-CG/OC0738, emitido el 24 de noviembre de 2025, por el Señor Junior Armando Rivera Rivera jefe del Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Educación Pasco, donde precisa el estado situacional de las 02 situaciones adversas se encuentran registradas con el estado “NO CORREGIDO”, situaciones adversas que son:
LADRE PASCO NO HABRÍA CONTRATADO EN SU TOTALIDAD LOS SERVICIOS PREVISTOS EN EL PLAN DE MEJORAS 2025, PARA EL INSTITUTO Y ESCUELA PEDAGÓGICO PÚBLICO FOCALIZADOS; SITUACIÓN QUE PODRÍA AFECTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS ORIENTADOS AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS BÁSICOS, ASÍ COMO AL FORTALECIMIENTO DE LOS ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN Y GESTIÓN.
LA DRE PASCO EN EL MARCO DEL PLAN DE MEJORAS 2025 HABRÍA CONTRATADO PROFESIONALES QUE NO CUMPLIRÍAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA; SITUACIÓN QUE PODRIA AFECTAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y EL OBJETIVO DEL REFERIDO PLAN.
Que, en la Vigésima Cuarta Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el día dieciséis de diciembre de 2025, se puso en consideración el Dictamen N° 08-2025-GRP-CR/COFEA, aprobado por unanimidad por los miembros integrantes de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Ética y Anticorrupción, presentado por el presidente Gerson Rolando Grijalva Santos, quien ha sustentado ante el magno consejo que dictamina: REMITIR, a la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Sede Central del Gobierno Regional de Pasco, para el inicio de las acciones Administrativas, a fin de someter a proceso disciplinario en contra de los funcionarios de la Dirección Regional de Educación Pasco y a los que resulten responsables por no haber implementado las situaciones adversas formuladas por el OCI en su INFORME DE CONTROL CONCURRENTE N° 006-2025-OCI/0738-SCC, que consiste en:
e LADRE PASCO NO HABRÍA CONTRATADO EN SU TOTALIDAD LOS SERVICIOS PREVISTOS EN EL PLAN DE MEJORAS 2025, PARA EL INSTITUTO Y ESCUELA PEDAGÓGICO PÚBLICO FOCALIZADOS; SITUACIÓN QUE PODRÍA AFECTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS ORIENTADOS AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS BÁSICOS, ASÍ COMO AL FORTALECIMIENTO DE LOS ASPECTOS DE INVESTIGACIÓN Y GESTIÓN.
- LA DRE PASCO EN EL MARCO DEL PLAN DE MEJORAS 2025 HABRÍA CONTRATADO PROFESIONALES QUE NO CUMPLIRÍAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA; SITUACIÓN QUE PODRIA AFECTAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y EL OBJETIVO DEL REFERIDO PLAN.
Luego de un debate el magno consejo regional aprobó por unanimidad el dictamen.
Asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa del trámite de la lectura del acta;
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
CONSEJO REGIONAL DE PASCO
“Año de la Recuperación y Consolidación de la Economía Peruana” “Año del Centenario de Interpretación de la Muliza A TI y del Bicentenario de la tierra del
Charicamay y los compadres” ACUERDO N.* 119— 2029 - C.R. PASCO/CR
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - REMITIR, a la secretaria técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Sede Central del Gobierno Regional de Pasco, para el inicio de las acciones Administrativas, a fin de someter a proceso disciplinario en contra de los funcionarios de la Dirección Regional de Educación Pasco y a los que resulten responsables por no haber implementado las situaciones adversas formuladas por el OC] en su INFORME DE CONTROL CONCURRENTE N° 006-2025-OCI/0738-SCC, que consiste en:
LA DRE PASCO NO HABRÍA CONTRATADO EN SU TOTALIDAD LOS SERVICIOS PREVISTOS EN EL PLAN DE MEJORAS 2025, PARA EL INSTITUTO Y ESCUELA PEDAGÓGICO PÚBLICO FOCALIZADOS; SITUACIÓN QUE PODRÍA AFECTAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES BÁSICAS ORIENTADOS AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS BÁSICOS, ASÍ COMO AL ne DE LOS ASPECTOS DE INVESTIGACION Y GESTION.
LA DRE PASCO EN EL MARCO DEL PLAN DE MEJORAS 2025 HABRÍA CONTRATADO PROFESIONALES QUE NO CUMPLIRIAN CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA; SITUACIÓN QUE PODRIA AFECTAR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y EL OBJETIVO DEL REFERIDO PLAN.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva.
ARTICULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Tec. Jessic ORTIZ NPRESIDEN QRUZ NAHUINRIPI
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/7617092-115-2025-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9285931/7617092-acuerdo-de-consejo-regional-n-115-2025-g-r-pasco-cr.pdf