Acuerdo de Consejo Regional N.° 097-2024-G.R.PASCO/CR
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Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoracio Y. sud
de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” “Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO M.* 97— 2024 - E.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 17 de setiembre de 2024.
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modificatorias, en la décima octava sesión ordinaria, de fecha diecisiete de setiembre del año dos mil veinticuatro, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, el inciso k) del artículo 15° de la ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referente a las atribuciones del Consejo Regional prescribe “Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional”;
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Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional en su artículo 18° señala que son obligaciones funcionales de los consejeros Regionales: “Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las Leyes, el presente Reglamento, el Reglamento de Comisiones y demás leyes que rigen el funcionamiento del Gobierno Regional de Pasco”; por lo que es imprescindible realizar el seguimiento del cumplimiento irrestricto de las formalidades exigidas en la ley;
Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante ORDENANZA REGIONAL N° 368-2015-G.R.PASCOICR, en el artículo 100° estipula respecto a las facultades del consejo regional de evaluación, rendición de cuentas y remoción de funcionarios públicos: “el Consejo Regional tiene facultades para evaluar y solicitar rendición de cuentas a los funcionarios públicos de confianza y de carrera del Gobierno Regional y solicitar la remoción de acuerdo a ley, enunciativamente al: Gerente General Regional, Gerentes Regionales, Directores de oficinas regionales, directores regionales sectoriales y directores ejecutivos de Proyectos Especiales o de cualquier funcionario del Gobierno Regional”;
Que, en la Décima Octava Sesión Ordinaria de Consejo Regional, desarrollada el día diecisiete de setiembre de 2024, el Director de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Pasco, Abog. Jorge Luis Cabello Ventocilla, sustentó su Informe N° 1068-2024-GRP-GGR-DGA/DRH, de fecha 10 de setiembre de 2024, sobre el control posterior realizado referente a la designación del Gerente General Regional Mg. Edson Cornelio Carbajal Shiraishi, por haber presentado documentos presuntamente falsos o inexactas, como es la constancia de trabajo de la Universidad Daniel Alcides Carrión y la Municipalidad Distrital de Paucartambo. Luego de un debate, el consejero regional Ing. Gerson Rolando Grijalva Santos, en aplicación del artículo 100° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-G.R. PASCO/CR, plantea sugerir al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Pasco, la remoción inmediata del Gerente General Regional, Mag. Edson Cornelio Carbajal Shiraishi, que fue designado mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 227-2024-GRP/GOB bajo la modalidad del Decreto Legislativo N° 276, y, con fecha 13 de junio de 2024 designado con Resolución Ejecutiva Regional N° 242-2024- GRP/GPB bajo el régimen Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil. El pleno de consejo ha determinado por unanimidad de los consejeros presentes emitir el acuerdo. asimismo, aprobado por unanimidad la dispensa de la lectura del acta;
Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoracic® de las heroicas batallas de Junin y Ayacucho”
“Año Bicentenario de la arenga de Simón Bolívar y revaloración de las comunidades de Pasco en la
consolidación de la Independencia del Perú”
ACUERDO M.* 97— 2024 - G.R. PASCO/CR
Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867 — Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N* 27902, señala que los acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos intemos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno; ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. - SUGERIR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Pasco, la remoción inmediata del cargo de Gerente General Regional del Gobierno Regional Pasco, Mg. Edson Cornelio Carbajal Shiraishi, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura
y aprobación del acta respectiva.
ARTÍCULO TERCERO. - PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/6726823-097-2024-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8005733/6726823-acuerdo-de-consejo-n-97-2024.pdf