Acuerdo de Consejo Regional N.° 094-2023-G.R.PASCO/CR
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CONSEJO REGIONAL DEPASCO ¿GAL “Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” a Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Democrática en la Región Pasco”
ACUERDO N.* 94 — 2023 - E.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 06 de diciembre del 2023. POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N.° 27867, y sus modificatorias, en vigésima tercera sesión ordinaria y sexta sesión descentralizada del Consejo Regional, de fecha cinco de diciembre del año dos mil veintitrés, por unanimidad de los consejeros presentes se ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N° 044-2023-GRP-CRICEFCPUEH, de fecha 24.11.2023, emitida por la Comisión Especial de Fiscalización creación de unidades ejecutoras de los tres hospitales; Román Egoavil Pando del distrito de Villa Rica, Ernesto Guzmán Gonzales de la provincia de Oxapampa y Centro de Salud Fredy Vallejo Oré de la Provincia Daniel Alcides Carrión.
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N.° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley N.° 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N.° 27902, la que establece en su artículo 39° que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional;
Que, en el articulo 16° inciso c) de la Ley 27867 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala, son derechos y obligaciones funcionales de los consejeros Regionales, integrar las comisiones ordinarias, investigación o especiales, y el inciso d) indica, asistir a las sesiones del Consejo Regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto;
Que, según lo establece en el 35° del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-GRP/CR, las comisiones Especiales son creadas por el Consejo Regional para atender asuntos específicos de interés público que no estén relacionadas a las funciones de las comisiones ordinarias yo investigadoras. Se extinguen cuando culmina el cargo encomendado por el Consejo Regional, (...).
Que, las politicas de los gobiernos regionales guardan concordancia con las políticas nacionales de Estado, en tal medida las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de gobierno; de modo que estas normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, en la vigésima tercera sesión ordinaria y sexta sesión descentralizada, de fecha cinco de diciembre del año dos mil veintitrés, se puso a consideración del pleno de Consejo Regional a petición del Consejero Juan Haroldo Chávez Mauricio, la ampliación de vigencia del Acuerdo Regional N° 019-2023-G.R.P/C.R, referente a la comisión especial de fiscalización de creación de unidades ejecutoras de los tres hospitales, Román Egoavil Pando del distrito de Villa Rica, Emesto Guzmán Gonzales de la provincia de Oxapampa y Centro de Salud Fredy Vallejo Oré de la Provincia Daniel Alcides Carrión, en efecto después de un debate, el pleno del consejo regional aprobó por unanimidad ta ampliación del periodo de vigencia del mencionado acuerdo, esto, por 90 días hábiles, la cual entrara en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.
CONSEJO REGIONAL DE PASCO E,
“Año de la Unidad, la Paz y el Desarrollo” Año de la Integración Regional, Concertación y Gobernabilidad Democrática en la Región Pasco”
ACUERDO N.* 94 — 2023 - G.R. PASCO/CR
Que, el artículo 39° de la Ley N.° 27867 ~ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N.° 27902, señala que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37° de la Ley N.? 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno;
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: AMPLIAR el periodo de vigencia del Acuerdo Regional N° 019- 2023- GRP/CRI, referente a la comisión especial de fiscalización de creación de unidades ejecutoras de los tres hospitales, Román Egoavil Pando del distrito de Villa Rica, Emesto Guzmán Gonzales de la provincia de Oxapampa y Centro de Salud Fredy Vallejo Oré de la Provincia Daniel Alcides Carrión, por un periodo de 90 días hábiles, la cual entrará en vigencia desde su recepción y publicación de la misma.
ARTICULO SEGUNDO: PUBLICAR y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42° de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así mismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionpasco/normas-legales/5003894-094-2023-g-r-pasco-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/5645717/5003894-acuerdo-de-consejo-n-094-2023.pdf